Buscar

Salida del Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas: pronunciamiento de los tribunales

Explora cómo las recientes resoluciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa están afectando a los contribuyentes del RESICO.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 29 Ago 2024

Compartir:

4 min de lectura

Salida del Régimen Simplificado de Confianza

A finales de 2023, numerosos contribuyentes se encontraron con la sorpresa de la salida del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO-PF), debido a que ya no podían tributar bajo este régimen, esto se debió principalmente a la omisión de la declaración del ejercicio. Algunos de estos contribuyentes presentaron medios de defensa ante acto administrativo, los cuales han empezado a resolverse, por ello te contamos el pronunciamiento de la autoridad respecto a la salida del Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas.

A pesar de que la autoridad había extendido el plazo para la presentación de la declaración anual del ejercicio 2022, hasta octubre de 2023 para evitar la pérdida del régimen, esta extensión no resultó suficiente, y muchas personas físicas fueron cambiadas automáticamente de régimen por la autoridad.

Consulta nuestro artículo: Generalidades del Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas para conocer más detalles sobre este régimen.

Motivo de salida del régimen simplificado de confianza

Estos pueden dividirse en dos grupos:

Por características del contribuyente

  • Perciban ingresos que en el ejercicio inmediato anterior que hubieran sido superiores de la cantidad $ 3,500,000.00.
  • Obtengan ingresos por plataformas digitales.
  • Sean socios, accionistas o integrantes de personas morales o partes relacionadas según el artículo 90 de la LISR.
  • Residentes en el extranjero con uno o varios establecimientos permanentes en México.
  • Obtengan ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
  • Perciban ingresos asimilados a salarios por honorarios a miembros de consejos directivos, administradores, comisarios, gerentes generales, o personas que presten servicios en instalaciones del prestatario, y que elijan pagar el impuesto bajo el Título IV, Capítulo I de la LISR.

Por incumplimiento a las disposiciones fiscales

  • Incumplimiento en:
    • Solicitar su inscripción en el RFC y mantenerlo actualizado.
    • Tener firma electrónica avanzada y buzón tributario activo.
    • Contar con CFDI por la totalidad de sus ingresos efectivamente cobrados.
    • Obtener y conservar CFDI que amparen sus gastos e inversiones.
    • Expedir y entregar a sus clientes CFDI por las operaciones
  • Los contribuyentes que omitan tres o más pagos mensuales en un año calendario consecutivos o no, o bien, no presenten su declaración anual
  • Cuando haya transcurrido un ejercicio fiscal sin que el contribuyente emita CFDI´s y este no haya presentado pago mensual alguno, así como tampoco la declaración anual.

Pronunciamiento de los tribunales

Los contribuyentes afectados han presentado recursos de defensa ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y amparos indirectos, cuyos resultados han variado y aumentado la incertidumbre sobre las prácticas de la autoridad. La Segunda Sala Regional del Noroeste I (Baja California) del TFJA resolvió sobreseer el procedimiento y negó la medida cautelar positiva.

En el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, se rechazó tanto el amparo como la suspensión provisional. Además, el TFJA anuló la regla 3.13.34 de la Quinta Resolución de Modificaciones para la RMISC, por no cumplir con los principios de supremacía de ley y subordinación jerárquica. Esta regla excedía lo establecido por el legislador en cuanto al momento de exclusión del RESICO.

Sin embargo, en otro caso, el TFJA determinó que el acto de expulsión del RESICO por omisión de la declaración anual era intraprocedimental, requiriendo que el contribuyente hubiera agotado primero el procedimiento de aclaración a través del portal del SAT.

Estos fallos variados reflejan la falta de consenso y subrayan la necesidad de esperar nuevas resoluciones para establecer un criterio claro sobre la legalidad de las acciones de la autoridad en relación con el cambio de régimen (RESICO-PF).

¡No te pierdas nuestras actualizaciones en el Portal Siempre Al Día! Ahí encontrarás la información más reciente sobre los pronunciamientos de los tribunales respecto a este y otros temas fiscales importantes.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

Compartir

¿Contabilidad Siempre Al Día?

Con Alegra Contabilidad le das poder a tu trabajo, conoce la Contabilidad Inteligente y gestiona más rápido tu día a día.
guest
0 Comentarios
Más antiguo
Más reciente Más votados
Feedbacks de Inline
Ver todos los comentarios

Notas relacionadas

Descubre cómo la constancia de situación fiscal permite a las autoridades fiscales en México controlar el estatus de los contribuyentes.
12 Sep

4 min de lectura

noticias para contadores, comparte
El buzón tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes que facilita notificaciones electrónicas. ¡Conoce más detalles!
11 Sep

6 min de lectura

noticias para contadores, comparte
La compensación universal solo aplica a los contribuyentes revisados en facultades de comprobación. ¡Conoce aquí todos los detalles!
10 Sep

3 min de lectura

noticias para contadores, comparte
0
Me encantaría conocer su opinión.x

Recibe información Siempre
Al Día en tu celular

Únete a la comunidad en WhatsApp donde podrás tener novedades y noticias
al momento, ¡y sin tener
que mover un dedo!