Revisión del Buzón Tributario y la renovación de e.firma: Cómo mantener el cumplimiento fiscal

Los contadores deben recordar mantener en orden los medios de comunicación con la autoridad fiscal, especialmente el Buzón Tributario y la e.firma del contribuyente. Aquí te contamos la importancia de estas herramientas.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 07 Abr 2025

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5 min de lectura

Revisión del Buzón Tributario y la renovación de e.firma

El Buzón Tributario y la renovación de e.firma son dos herramientas fundamentales para el cumplimiento fiscal en México, y su correcta gestión es esencial para evitar sanciones y problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En abril, mes clave para la presentación de diversas declaraciones fiscales, tanto personas físicas como morales deben asegurarse de que sus medios de comunicación electrónica y sus firmas digitales estén actualizados y operativos.

El Buzón Tributario, como canal oficial de notificación del SAT, y la e.firma, que es esencial para validar declaraciones y otros trámites fiscales, requieren atención constante. La renovación o actualización de estos elementos no solo es una obligación, sino una medida preventiva para evitar contratiempos durante la temporada fiscal. 

Este artículo aborda la importancia de vigilar el Buzón Tributario y la renovación de la e.firma en abril, proporcionando recomendaciones clave para mantener el cumplimiento fiscal sin sorpresas de última hora.

Buzón Tributario

Es obligatorio para prácticamente todos los contribuyentes (personas morales y personas físicas inscritas con obligaciones fiscales) tener activo su Buzón Tributario, es decir, registrar al menos un correo electrónico y un número celular para notificaciones. De hecho, desde 2020 el SAT ha impuesto multas a contribuyentes que no activan su buzón. 

En abril 2025, además de tenerlo activo, es crucial revisar constantemente el Buzón en busca de cualquier mensaje o notificación del SAT. El período de declaración anual suele desencadenar el envío de “cartas invitación” o recordatorios: por ejemplo, el SAT podría comunicar vía Buzón alguna discrepancia detectada, o requerir información adicional. Los contribuyentes deben monitorear su buzón durante todo abril y atender de inmediato cualquier comunicación. 

Recordemos que una notificación vía Buzón se considera legalmente hecha en el momento en que el contribuyente abre el mensaje, o bien, después de tres días hábiles de enviado si no lo abre. Ignorar el Buzón puede llevar a que corran plazos legales sin que la empresa se entere. 

En suma, abril no es mes de descuidar el Buzón Tributario; por el contrario, es parte de las obligaciones estar atento. (De hecho, la activación del buzón es en sí misma una obligación: las personas físicas que presentan declaración anual deben tener su buzón activado conforme a las reglas vigentes​).

Te puede interesar: Consecuencias de no contar con un buzón tributario activo

Vigencia de la e.firma y renovaciones

La e.firma (firma electrónica) es indispensable para muchos trámites fiscales, incluyendo presentar declaraciones anuales (especialmente si resultan saldos a favor mayores a $150,000 o compensaciones), solicitar devoluciones, emitir facturas como persona moral, entre otros. 

La e.firma tiene una vigencia de 4 años; muchos contribuyentes la tramitaron en 2021 para diversas obligaciones, por lo que en 2025 podrían enfrentar vencimientos. Es recomendable que en abril 2025 se verifique la fecha de expiración de la e.firma del contribuyente. Si su vigencia está próxima a vencer (por ejemplo, vence en mayo o junio 2025), es aconsejable iniciar el proceso de renovación con anticipación. 

Renovar la e.firma requiere agendar cita en el SAT (o intentar la renovación en línea si el SAT lo permite y la firma aún está vigente), y dada la alta demanda de citas en temporada de declaraciones, más vale prevenir. No esperar hasta que la e.firma esté expirada es clave, ya que una vez vencida, el trámite se complica (debe hacerse presencial con todos los documentos de nuevo). 

Para un contador, planear la renovación en abril si se anticipa el vencimiento en los próximos meses evitará que el contribuyente se quede sin medios para firmar trámites cruciales.

Te puede interesar: Pasos para la renovación de la e.firma de personas morales

Revisión de cumplimiento en portal SAT

Además del buzón, conviene ingresar al portal del SAT en las secciones de “Mis declaraciones” o “Opinión de cumplimiento” para verificar que el RFC del contribuyente esté al corriente. Abril es buena época para solicitar la Opinión de Cumplimiento POSITIVA (también conocida como 32-D) y confirmar que no existan adeudos fiscales ni obligaciones omitidas. 

Si algo aparece pendiente (por ejemplo, una declaración no localizada por el SAT), se puede subsanar de inmediato. También revisar la sección de “pendientes” en el portal (a veces aparecen requerimientos de información pendiente, actualizaciones de actividad, etc.).

En conclusión, abril 2025 exige al contador una visión integral: no solo presentar las declaraciones y pagos, sino también garantizar que las vías formales de interacción con el SAT estén en orden. Un buzón tributario bien atendido y una e.firma vigente son herramientas que aseguran que el contribuyente pueda cumplir sin contratiempos el resto de sus obligaciones durante el año. Son detalles administrativos que, de descuidarse, pueden generar problemas (por ejemplo, una empresa con e.firma vencida no podría presentar en mayo su declaración informativa de inversiones extranjeras, o un profesionista con firma vencida no podría facturar). Por ello, el contador debe incluir en su checklist de abril: “¿Buzón ok? ¿e.firma ok?”.

Te puede interesar: Obligaciones fiscales de abril 2025: Declaración anual, pagos provisionales, PTU y más

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