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ToggleEn febrero de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025. Entre las novedades destacan ajustes al esquema de reducción de multas y descuentos en sanciones fiscales.
Estas modificaciones se basan en el Artículo 74 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que faculta a la autoridad para reducir hasta el 100 % de las multas por infracciones a disposiciones fiscales, estableciendo los requisitos y supuestos mediante reglas generales.
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A continuación se explican los cambios clave:
Eliminación de restricciones por año en curso
Antes de 2025, la RMF excluía de este beneficio a las multas derivadas de obligaciones omitidas del año en curso. Es decir, no se podían reducir multas por declaraciones que debieron presentarse en el mismo año calendario de la infracción. La RMF 2025 eliminó esta limitación, ampliando la reducción de multas a infracciones del año corriente.
Esto representa una extensión importante del alcance del beneficio.
Actualización del procedimiento de solicitud
La Segunda Modificación actualiza el procedimiento para solicitar la reducción de multas a través del nuevo portal del SAT. En la versión anterior, el trámite se realizaba mediante una ficha de trámite específica (antes referida como 185/CFF) y en el portal tradicional.
Ahora, la regla 2.14.14 reformada detalla paso a paso cómo ingresar en el Portal nuevo del SAT: navegar a “Trámites y servicios > Más trámites y servicios > Herramientas de cumplimiento > Presenta tu aclaración… > Solicitud” y seleccionar el trámite “REDUCCIÓN DE MULTAS VIG 74 CFF”.
Una vez enviada la solicitud, la autoridad genera y envía la línea de captura (FCF) al correo del contribuyente para que pague la parte no condonada.
Incluso se habilitó la opción de solicitar la reducción vía telefónica por MarcaSAT, facilitando el acceso al trámite.
Desistimiento de medios de defensa
Se reforzó en la norma la exigencia de que la multa esté firme (definitiva) y sin procedimientos impugnativos activos para poder obtener la reducción.
Si el contribuyente interpuso un recurso o medio de defensa contra la multa, deberá desistirse del mismo y presentar el acuse de desistimiento ante la autoridad fiscal encargada de su cobro.
La nueva regla especifica que dicho acuse se puede entregar a través del portal siguiendo el procedimiento mencionado, simplificando el cumplimiento de este requisito.
En esencia, no se otorgará la reducción si la multa está impugnada; primero hay que renunciar formalmente a la defensa en curso.
Porcentaje de condonación y condiciones
La normativa no cambió los porcentajes máximos de reducción, que permanecen hasta el 100 % de la multa a criterio de la autoridad hacendaria.
Tampoco se modificaron los tipos de multas elegibles: principalmente aplica a multas por incumplimiento de obligaciones formales (obligaciones fiscales federales distintas a las de pago) detectadas por la autoridad en labores de vigilancia, como la omisión en la presentación de declaraciones periódicas.
La condonación continúa siendo de naturaleza discrecional (no un derecho automático del contribuyente), sujeta a que se cumplan todos los requisitos establecidos en las reglas de la RMF y a la autorización del SAT. Las resoluciones sobre reducción de multas no son impugnables mediante recursos o juicios, por lo que es crucial presentar la solicitud correctamente y dentro de los plazos que indique la autoridad (por ejemplo, pagar la parte no reducida en tiempo).
En síntesis, los cambios normativos de 2025 simplifican y amplían el acceso a la reducción de multas fiscales: más multas pueden ser reducidas (incluyendo las del año en curso) y el trámite es más accesible vía portal. Esto supone un alivio potencial para contribuyentes cumplidos con rezagos formales, siempre que atiendan las nuevas reglas operativas.
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Comparativa: normativa anterior vs. nueva (RMF 2024 vs. RMF 2025)
Para visualizar mejor los cambios, a continuación se presenta un cuadro comparativo entre la normativa previa a 2025 y la vigente tras la 2ª Modificación de la RMF 2025, en lo referente a la reducción de multas fiscales:
Aspecto | Antes (RMF 2024 / regla previa) | Ahora (RMF 2025, 2ª Modificación) |
Multas elegibles por periodo | Solo multas firmes por obligaciones omitidas de años anteriores. Multas derivadas de obligaciones del año en curso no eran susceptibles de reducción. | Multas firmes por obligaciones omitidas de cualquier año, incluyendo el año en curso, son elegibles para la reducción (se eliminó la restricción previa). |
Procedimiento de solicitud | Mediante ficha de trámite específica (ejemplo: 185/CFF) y portal anterior del SAT o vía presencial. El proceso no estaba integrado al nuevo portal; se requería ingresar una solicitud genérica o escrito en oficinas. | A través del nuevo portal SAT con ruta definida en la RMF: Trámites > Herramientas de cumplimiento > Presenta tu solicitud. Se selecciona el trámite “Reducción de Multas artículo 74 CFF” y el SAT envía la línea de captura para pago.También se habilitó la opción de solicitar vía telefónica (MarcaSAT) para mayor facilidad. |
Desistimiento de impugnaciones | Implícitamente requerido (la multa debía estar firme y sin medios de defensa pendientes, conforme al Artículo 74 CFF), pero el proceso para desistir no se especificaba en la regla. | Expreso y en línea: Se exige presentar el acuse de desistimiento de cualquier recurso contra la multa, a fin de obtener la reducción.Este trámite de desistimiento puede realizarse por el portal, siguiendo el mismo procedimiento (inciso e) de la regla) para mayor agilidad. |
Alcance de la reducción | Hasta 100 % de la multa, discrecional del SAT, si se cumplen requisitos (sin cambios en porcentajes). Se aplicaban las mismas condiciones generales del Artículo 74 CFF. | Hasta 100 % de la multa, discrecional del SAT, sin cambios en porcentajes. Se mantienen las condiciones generales (multa firme, pago de la parte no reducida en plazo, etc.), con la nueva facilidad operativa del portal para cumplirlas. |
En la práctica, la nueva normativa conserva la esencia del beneficio (posibilidad de condonar total o parcialmente multas), pero elimina restricciones y moderniza el trámite. Ahora es más sencillo acceder a la reducción, siempre y cuando el contribuyente regularice la omisión que dio origen a la multa (por ejemplo, presentando la declaración faltante) y no mantenga disputas legales sobre la sanción.
Ejemplos prácticos de aplicación de los descuentos en sanciones fiscales
Para entender cómo se aplican estos beneficios en casos concretos, a continuación se presentan tres escenarios prácticos:
Ejemplo 1: Reducción del 100 % de una multa por declaración omitida
La empresa “ABC, S.A.” omitió la presentación de su declaración mensual de IVA de julio 2024. En 2025, el SAT, en ejercicio de facultades de vigilancia, le impone una multa de $14,430 (aproximadamente) por dicha omisión, conforme al Art. 82 del CFF. La multa ya quedó firme (la empresa no la impugnó).
Con la RMF 2025, “ABC, S.A.” puede solicitar la reducción del 100 % de esta multa bajo el Artículo 74 CFF. Su contador ingresa al nuevo portal del SAT y sigue la ruta indicada para “Reducción de Multas (artículo 74 CFF)”, adjuntando evidencia de que la declaración omitida ya fue presentada.
Tras enviar la solicitud, el SAT revisa que la empresa cumple los requisitos (la obligación formal ya está cumplida y no hay medios de defensa pendientes). Al estar todo en orden, la autoridad aprueba la reducción del 100 %: la multa queda condonada en su totalidad.
El SAT emite una línea de captura por $0 en concepto de multa, confirmando la condonación. Gracias a este mecanismo, la empresa no paga ninguna sanción, corrigiendo su falta sin cargo económico, lo cual incentiva la regularización voluntaria.
Ejemplo 2: Descuento del 20 % por pago anticipado de la multa
Un contribuyente persona física recibió una multa de $10,000 por no atender un requerimiento de información en 2025. La notificación de la resolución sancionatoria surtió efectos el 1 de marzo de 2025. Si el contribuyente paga la multa antes del 31 de marzo de 2025 (dentro de los 30 días siguientes), tendrá derecho a un 20 % de reducción automática en el monto, según el Artículo 73 del CFF (fracción VII).
En este caso, decide no impugnar y paga oportunamente. El resultado es que liquidará $8,000 en lugar de $10,000, ahorrando $2,000 por pronto pago. Este descuento no requiere ningún trámite especial en el SAT, ya que está previsto por la ley; la autoridad aplica la reducción del 20 % de oficio al calcular el monto a pagar.
Este ejemplo muestra un descuento inmediato en una sanción fiscal por cumplir rápidamente con el pago, mecanismo distinto al Art. 74 pero igualmente vigente y útil para los contribuyentes.
Ejemplo 3: Condonación de recargos y multas mediante el estímulo fiscal 2025
La empresa “XYZ, S.A. de C.V.” arrastra un crédito fiscal desde 2022: $100,000 de Impuesto Sobre la Renta omitido, con $30,000 de recargos acumulados y $15,000 en multas por infracciones relacionadas.
La Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2025 incluyó un Estímulo de Regularización Fiscal (Transitorio Trigésimo Cuarto) que permite a ciertos contribuyentes ponerse al corriente en contribuciones atrasadas condonando accesorios.
En este caso, “XYZ” califica para el estímulo (sus ingresos del ejercicio no exceden $35 millones, entre otros criterios). Conforme a la RMF 2025, reglas 9.19 a 9.22, la empresa puede solicitar la condonación de recargos y multas asociados a su adeudo.
Su contador presenta la solicitud del estímulo en el portal SAT (mediante el servicio “APLICACIÓN ESTÍMULO LIF DYP” habilitado) indicando los créditos a regularizar. Al amparo de este programa, “XYZ” pagará solo el impuesto principal omitido ($100,000) y quedarán perdonados el 100 % de los $30,000 de recargos y $15,000 de multas relacionados
En otras palabras, la empresa cubre el adeudo principal de 2022 y obtiene un descuento total de $45,000 en sanciones fiscales (multas y recargos). Este ejemplo ilustra el poderoso beneficio temporal otorgado en 2025 para fomentar la regularización: condonar sanciones fiscales pasadas para quien pague sus contribuciones atrasadas.
Cabe señalar que el estímulo fiscal requiere cumplir varios requisitos y solicitarse dentro del plazo establecido (el programa está vigente solo durante 2025), pero el impacto financiero para el contribuyente elegible es significativo.

Recomendaciones para la adecuada aplicación de estos beneficios fiscales
Dada la importancia de estos cambios, a continuación se enumeran algunas recomendaciones clave para que los contadores asesoren mejor a sus clientes en la aplicación de las reducciones de multas y descuentos en sanciones fiscales:
Identificar multas susceptibles de reducción
Revise en su cartera de clientes qué multas fiscales están firmes (definitivas) y podrían calificar para la reducción bajo el Artículo 74 CFF. Priorice aquellas por obligaciones formales omitidas (por ejemplo: multas por no presentar declaraciones), ya que son candidatas claras según la RMF.
Verifique que el contribuyente ya haya cumplido con la obligación omitida (entregando la declaración o información requerida) antes de solicitar la condonación.
Evaluar desistir de medios de defensa
Si su cliente tiene una multa impugnada (recurso de revocación o juicio pendiente), analice fríamente la conveniencia de desistirse del medio de defensa para acogerse a la reducción.
En muchos casos, especialmente con infracciones claras, renunciar al juicio y solicitar la condonación del 50 % al 100 % de la multa puede resultar más beneficioso y rápido que litigar. Asegúrese de formalizar el desistimiento ante la autoridad competente y obtener el acuse, ya que deberá presentarlo al SAT para que proceda la reducción.
Usar correctamente el portal del SAT
Capacítese y familiarícese con la navegación del Portal del SAT en su nueva versión. Siga la guía de la RMF 2025 para ubicar el apartado de “REDUCCIÓN DE MULTAS VIG 74 CFF” y demás trámites relevantes.
Un error común es ingresar la solicitud en una categoría incorrecta del portal; evítelo seleccionando exactamente la opción indicada. Tenga a la mano los datos necesarios: RFC y contraseña del contribuyente, y un correo electrónico válido donde recibirá la línea de captura para pago.
Cumplir con plazos de pago y condiciones
Una vez obtenida la autorización o línea de captura con la reducción otorgada, pague puntualmente la parte no reducida de la multa dentro del plazo señalado (generalmente la línea de captura tiene vigencia corta).
Si el contribuyente no paga a tiempo la porción no condonada, podría perder el beneficio otorgado. Asimismo, verifique si aplica alguna condición adicional: por ejemplo, en el estímulo de la LIF 2025, el contribuyente debe pagar la contribución principal dentro de 30 días y puede solicitar pagos en parcialidades hasta en 6 meses; incumplir estas condiciones anularía el estímulo.
Documentar todo el proceso
Conserve copia de las solicitudes presentadas en el portal, los acuses de recibo y las resoluciones o líneas de captura emitidas por el SAT. Esto servirá como respaldo ante cualquier aclaración futura. Recuerde que, al no poder impugnar la resolución de reducción de multa, es vital que el expediente esté bien integrado por si se requiere demostrar que se cumplió con lo solicitado por la autoridad.
En resumen, la planificación y una asesoría proactiva son fundamentales. Los contadores en México, al dominar estas facilidades de reducción de multas y descuentos en sanciones, podrán brindar un valor agregado significativo a sus clientes: minimizar el costo de sus incumplimientos fiscales pasados y guiarlos hacia un cumplimiento futuro más estricto, evitando así recurrir nuevamente a estas medidas de alivio.
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