7 modificaciones de la RFM 2024 contempladas en la primera resolución

Conoce los principales ajustes realizados a las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 04 Jun 2024

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Modificaciones de la RMF 2024

El 4 de junio de 2024 se publicó en el DOF la “Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y anexos 1, 9, 11, 14, 15, 23, 29 y 30”. Para sorpresa de propios y extraños, es la primera vez en el año que se modifica dicho documento; siendo que en años anteriores ya tendríamos mínimo tres modificaciones de la RMF 2024 para esta época, los principales ajustes realizados al instrumento están los siguientes:

Modificaciones de la RMF 2024

TemaModificación
Procedimiento amistoso en un tratado para evitar la doble tributaciónLa regla 2.1.29 se modifica para incluir en los procedimientos amistosos la «Convención Multilateral para Implementar las Medidas Relacionadas con los Tratados Fiscales Destinadas a Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios».  
Inscripción en el RFCSe actualiza la regla 2.4.11 para agregar que la inscripción en el RFC de mexicanos que residen en el extranjero sin obligaciones fiscales en México, personas físicas que solo perciben ingresos por salarios o por la prestación de un servicio personal subordinado, así como personas físicas sin obligaciones fiscales, se llevará a cabo según la ficha de trámite 321/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas a través de oficina virtual”, contenida en el Anexo 1-A.
Declaración del ISR por liquidaciónSe introduce una nueva regla (2.8.3.6) que establece que los contribuyentes que las personas morales de los Capítulos VI, VII y VIII, Título II de la LISR, y que se encuentren en liquidación, deben presentar tanto la declaración del ejercicio por terminación anticipada como las declaraciones anuales por cada ejercicio durante el proceso de liquidación, a través de la aplicación «Presenta tu declaración anual de personas morales».
Solicitud para pago a plazosLa regla 2.11.1 se modifica cambiando el término «créditos fiscales determinados» a «créditos fiscales controlados». Además, se especifica que antes de presentar la solicitud de autorización de pago a plazos, el contribuyente debe solicitar la Línea de Captura (FCF) mediante los medios indicados en la regla 2.11.2, fracciones I y III, para realizar un pago inicial de al menos el 20% del monto total del adeudo actualizado al momento de la solicitud. Asimismo, si el contribuyente debe presentar declaraciones para autodeterminarse o autocorregirse, deberá realizar el pago inicial de al menos el 20% del monto total del adeudo mediante la Línea de Captura (FCF) que el sistema de declaraciones y pagos genere al momento de presentar la declaración.
Decreto de beneficios “Otis”Se añade el capítulo 11.14, que detalla el procedimiento para la determinación, aplicación y pérdida del derecho a los estímulos en materia de ISR, IVA e IEPS, así como la aplicación del crédito fiscal en los pagos provisionales.
Inscripción, reanudación y suspensión en el RFC de trabajadoresSe agrega a la regla 2.4.6 en el segundo párrafo, el supuesto de patrones que reanudaron la actividad de los trabajadores en el RFC, para que en el escenario de que se concluya la relación laboral, sea el mismo patrón quien deberá presentar el aviso de suspensión.
Buzón tributario y e.firma para personas físicas del RESICOLa obligación de contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario para los contribuyentes del RESICO persona físicas, se pospone hasta el 1o. de enero de 2025.

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