Índice
ToggleEn México, la economía digital ha experimentado un crecimiento exponencial en los últimos años, lo que ha llevado a un aumento en la complejidad de las obligaciones fiscales para las empresas y particulares que operan en este ámbito. La tributación digital abarca desde la emisión de comprobantes fiscales digitales (CFDI) hasta el cumplimiento de impuestos como el ISR e IVA en transacciones realizadas a través de plataformas tecnológicas.
A continuación, se abordarán las preguntas frecuentes sobre tributación digital en México, proporcionando una guía práctica para entender y cumplir con las obligaciones fiscales en el contexto digital.
Te puede interesar: Régimen tributario para la economía digital en México en 2025
¿Qué impuestos deben pagar las plataformas digitales extranjeras en México?
Deben pagar principalmente IVA por los servicios digitales que ofrecen a usuarios en México, aplicando la tasa del 16 %. No “pagan” ISR sobre sus ingresos como tal si no tienen residencia fiscal en México, pero sí deben retener ISR a los usuarios (personas físicas) que ganan dinero en su plataforma (por ejemplo, conductores, vendedores).
También están obligadas a inscribirse en el RFC y cumplir diversas obligaciones formales ante el SAT. Incumplir puede llevar a sanciones e incluso al bloqueo de la plataforma en territorio mexicano.
¿Cómo se grava el comercio electrónico de bienes en México?
Las ventas de bienes por internet están sujetas a los mismos impuestos que las ventas tradicionales. Esto significa pagar IVA 16 % sobre el valor del bien (trasladado al comprador) y declarar los ingresos para ISR (ya sea persona física o empresa, pagando la tasa que corresponda según utilidades o tablas de ISR). Para ventas de bienes a través de plataformas de marketplace, la plataforma retiene 1 % de ISR al vendedor persona física.
Y desde 2025, si son productos importados por paquetería, se aplican tasas de importación de 17 % o 19 % dependiendo del origen del paquete, con lo cual el comprador termina pagando ese impuesto al momento de internar el producto al país.
¿Las ventas por plataformas digitales pagan IVA aunque el vendedor sea pequeño contribuyente?
Sí. Todas las ventas de bienes o servicios gravados causan IVA. La diferencia es quién entera el IVA. En el esquema de plataformas, la plataforma retiene 50 % del IVA (es decir, 8 %) al vendedor y lo paga al fisco.
El otro 8 % del IVA lo tendría que pagar el vendedor; sin embargo, si cumple los requisitos (ingresos bajo umbral, solo ingresos por plataforma), puede optar por no pagar ese 8 % restante y considerar el 8 % retenido como pago definitivo.
En tal caso, efectivamente su venta habría generado solo 8 % de IVA al fisco en lugar del 16 %. Si el vendedor no califica para la facilidad, debe calcular y pagar el IVA completo, pudiendo acreditar el 8 % retenido por la plataforma.
Te puede interesar: Emisión de CFDI en la venta de criptoactivos: requisitos, errores frecuentes, estrategias de optimización fiscal
¿Cómo se declaran las ganancias por criptomonedas ante el SAT?
Se declaran en la Declaración Anual del ISR como ganancia por enajenación de bienes. No existe un formulario especial solo para criptos; se integran como parte de los ingresos del contribuyente. Debes calcular la ganancia o pérdida por cada operación (precio de venta menos costo de adquisición) y sumarla a tus demás ingresos acumulables.
Si hubo pérdidas, puedes restarlas de las ganancias de criptos u otros activos en el año. El total neto de ganancias se somete a la tarifa anual de ISR. Es recomendable emitir CFDIs por las ventas de criptomonedas que realices y conservar reportes de tus exchanges como respaldo.
Actualmente, no hay retención automática ni pago provisional específico por criptos, por lo que la obligación recae en el contribuyente de reportarlo voluntariamente. El SAT considera que “las ganancias por criptomonedas son ingresos acumulables”, por lo que omitir declararlos puede implicar omisión de ingresos.
Te puede interesar: Criptomonedas: tratamiento fiscal de los criptoactivos
¿Existe algún régimen simplificado o estímulo para negocios digitales pequeños?
Sí, México cuenta con el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, aplicable desde 2022, que ofrece tasas reducidas de ISR (1 % hasta 2.5 % máximo) para pequeños contribuyentes con ingresos hasta $3.5 millones anuales.
Un pequeño negocio digital (por ejemplo, una tienda en línea propia) podría tributar en RESICO si cumple los requisitos, lo que simplifica sus cálculos de ISR. Sin embargo, cuando opera a través de plataformas, normalmente se somete al esquema de retenciones mencionado.
Adicionalmente, la facilidad de considerar impuestos retenidos como definitivos (ISR e IVA) para ingresos bajo $300,000 en plataformas es otra medida de simplificación específica del sector digital.
No hay por ahora subsidios o exenciones especiales solo por ser negocio digital; más bien se aplican los mismos impuestos con mecanismos adaptados para facilitar el cumplimiento.
¿Cómo preparo a mis clientes (o a mi negocio) para una auditoría del SAT en materia digital?
Es importante llevar un control documental y contable detallado. Algunas recomendaciones son:
- Emitir CFDI por cada venta o servicio prestado, incluyendo operaciones en plataformas (muchas plataformas ya ofrecen herramientas para facturar al cliente final).
- Conciliar los ingresos reportados por la plataforma con los depósitos bancarios recibidos y las constancias de retenciones que la plataforma emita. Estas constancias serán clave para la declaración anual.
- En comercio exterior e importaciones, conservar la documentación de aduana o la información que provea la empresa de paquetería sobre los impuestos pagados (17 % o 19 %) por cada envío importado, para asegurarse de que se están cumpliendo correctamente y para incorporarlos al costo deducible de la mercancía.
- Para criptomonedas, guardar los estados de cuenta de exchanges, historiales de transacciones y cualquier cálculo de ganancia/pérdida. También, si se opera con montos importantes, inscribirse en el padrón de actividades vulnerables y presentar los avisos anti-lavado necesarios.
- Mantenerse actualizado con las resoluciones misceláneas y guías del SAT. En 2025, por ejemplo, el SAT intensificó la fiscalización de plataformas digitales como parte de su plan maestro, por lo que es previsible más requerimientos de información. Anticiparse a ello con registros claros reduce riesgos.
En conclusión, el régimen fiscal para la economía digital en México en 2025 abarca múltiples facetas, pero conociendo las obligaciones de IVA, ISR y las recientes reformas, los contadores pueden asesorar adecuadamente a los negocios digitales para cumplir con el fisco sin sacrificar su crecimiento. La clave está en la información y la planificación: un negocio digital bien asesorado podrá navegar el panorama tributario actual aprovechando las facilidades disponibles y evitando sanciones, mientras contribuye de manera justa al desarrollo económico del país.
Te puede interesar: Régimen tributario para la economía digital en México en 2025
¡Transforma la contabilidad de tus clientes con Alegra!
Asesora a tus clientes y automatiza todos los procesos manuales con el poder de la Contabilidad Inteligente de Alegra. El control de su contabilidad nunca había sido tan fácil. Prueba Alegra gratis durante 15 días y descubre cómo puedes optimizar el trabajo contable, mejorar la precisión y ahorrar tiempo.