¿Cuál es la multa por la omisión del CFDI al público en general?

La omisión de la factura global o CFDI al público en general conlleva sanciones significativas en México. Las empresas y profesionales deben emitir estos comprobantes por ventas al consumidor final para cumplir con las disposiciones fiscales. No hacerlo es una infracción que puede derivar en multas desde $19,700 hasta $112,650 pesos, e incluso la clausura temporal del negocio en caso de reincidencia.

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Actualizado el: 17 Oct 2025

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omisión del CFDI al público en general

La emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) es una responsabilidad fundamental de los contribuyentes en México. Entre los distintos tipos de comprobantes, destaca la factura al público en general (también conocida como factura global), utilizada para registrar operaciones con clientes que no solicitan un CFDI individual. Este documento consolida todas esas ventas minoristas en un solo comprobante, facilitando el cumplimiento fiscal al simplificar el registro de las operaciones diarias. En otras palabras, el CFDI global permite agrupar transacciones con el consumidor final, agilizando la contabilidad y reportes ante el fisco.

Sin embargo, la omisión del CFDI al público general cuando es obligatorio constituye una infracción fiscal. Dado su carácter técnico pero a la vez preventivo, en este artículo explicaremos qué es el CFDI al público en general, cuál es su fundamento legal, las sanciones vigentes hasta 2025 por no expedirlo, y cómo evitar multas cumpliendo correctamente con esta obligación. También brindamos recomendaciones prácticas para proteger tu negocio, incluyendo herramientas contables actualizadas.

¿Qué es el CFDI al público en general?

El CFDI al público en general es un comprobante fiscal que ampara las operaciones con clientes que no proporcionaron un RFC ni solicitaron factura nominal. Comúnmente se le llama factura global porque resume todas las ventas del período (día, semana o mes) a consumidores finales en un solo documento. Por ejemplo, un pequeño comercio que realiza muchas ventas de mostrador a personas que no piden factura deberá emitir un CFDI global diario, semanal o mensual con el total de esas transacciones.

Este mecanismo está pensado para simplificar el cumplimiento: en lugar de generar cientos de facturas individuales de pequeño monto, el contribuyente puede consolidar en un CFDI global los importes totales e impuestos trasladados de esas operaciones. Cada CFDI global debe incluir un folio de identificación y detalles agregados de las transacciones agrupadas.

Tip Alegra: Emitir facturas globales periódicas es sencillo con soluciones de facturación electrónica en la nube. Por ejemplo, Alegra permite generar automáticamente tu CFDI global al final del día o mes, consolidando todas las ventas de mostrador. Así aseguras que ninguna operación quede sin facturar y cumples con las normas del SAT de forma rápida y precisa.

La obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades y ventas realizadas proviene de diversas disposiciones legales. Leyes tributarias como la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del IVA establecen que los contribuyentes deben entregar comprobantes fiscales a sus clientes, y el detalle de cómo hacerlo está regulado por el Código Fiscal de la Federación (CFF). En particular, el artículo 29 del CFF señala que cuando las leyes fiscales exijan comprobantes por actos o ingresos, estos deben generarse en formato digital a través de la plataforma del SAT (es decir, emitir CFDI).

A su vez, el artículo 29-A del CFF detalla los requisitos que debe contener cada CFDI. Algunos de los datos esenciales incluyen:

  • RFC del emisor (y su Régimen Fiscal conforme a la LISR).
  • Folio fiscal del comprobante y sellos digitales del SAT y del emisor.
  • Fecha y lugar de expedición.
  • RFC del receptor (cliente o beneficiario del comprobante).
  • Descripción de los bienes o servicios, cantidad, unidad de medida.
  • Valor unitario e importe total en números, entre otros requisitos.

De todos estos requisitos, uno de los más problemáticos en la práctica es el RFC del receptor, ya que en las ventas al público en general muchas veces no se obtiene el RFC del cliente. Para solucionar este punto, el propio artículo 29-A del CFF prevé una opción: si no se cuenta con el RFC del comprador, se debe utilizar una clave genérica autorizada por el SAT.

En la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, la regla 2.7.1.23 establece que la clave genérica para operaciones con el público en general es XAXX010101000. Usando este RFC genérico en el campo del receptor, el comprobante se considera emitido “al público en general”.

Asimismo, la regla 2.7.1.21 de la RMF permite expedir un CFDI global de manera diaria, semanal o mensual, según le convenga al contribuyente, consolidando el total de las operaciones con público en general en ese período. Cada CFDI global debe reflejar el monto acumulado de las ventas y, opcionalmente, se pueden incluir notas sobre el folio o número de tickets de las operaciones individuales realizadas en el lapso. Es importante señalar que una vez elegido el período (ejemplo: emitir un CFDI global diario), se debe ser consistente durante el ejercicio.

En resumen, si realizas ventas a consumidores finales que no piden factura, la normativa te exige emitir estos CFDI globales usando el RFC genérico y cumpliendo con todos los requisitos formales. No expedirlos, no entregarlos a las autoridades cuando se soliciten, o emitirlos con datos incompletos se considera una infracción fiscal grave.

Te puede interesar: CFDI 4.0: 5 datos relevantes sobre la facturación electrónica

¿Cuáles son las sanciones por omisión del CFDI al público en general?

No emitir o omitir la factura global cuando corresponde se tipifica como infracción en el Código Fiscal. Específicamente, el artículo 83, fracción VII del CFF establece que es infracción no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes los comprobantes fiscales de las actividades cuando las disposiciones lo exigen, o expedirlos sin cumplir todos los requisitos legales. Esto abarca los CFDI que documentan operaciones con el público en general, por lo que dejar de hacer tu factura global es una violación a dicha obligación.

Las consecuencias económicas de esta omisión son importantes. De acuerdo con el artículo 84 del CFF, la sanción por no expedir un CFDI requerido (como la factura global) es una multa que va de $19,700 hasta $112,650 pesos. La cifra exacta dentro de ese rango la determinará la autoridad fiscal considerando las circunstancias del caso.

Además, en caso de reincidencia (si vuelves a cometer la infracción), el SAT puede clausurar preventivamente el establecimiento del contribuyente por un período de 3 a 15 días. Es decir, podrían cerrar temporalmente tu negocio como medida sancionatoria adicional, lo cual puede ser aún más perjudicial que la propia multa por la interrupción de actividades. (Para determinar la duración de la clausura, la autoridad se basa en criterios del artículo 75 del CFF sobre agravantes y reincidencias.)

Cabe destacar que las cantidades de las multas se actualizan periódicamente. El SAT publica cada año en el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal los montos actualizados de las sanciones. Por ejemplo, los rangos mencionados de $19,700 a $112,650 pesos han sido vigentes en 2023-2024 y permanecen para 2025, sujetos a cambios futuros conforme a la inflación o ajustes legales. Siempre es recomendable verificar las cifras más recientes.

Por otro lado, existe un tratamiento especial para contribuyentes pequeños: aquellos que tributan bajo esquemas simplificados. En particular, la normativa indica que si el contribuyente pertenece al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) –hoy sustituido por otros regímenes de confianza para pequeños contribuyentes– la multa por no emitir sus facturas al público en general es menor, oscilando entre $1,910 y $3,800 pesos. Esta sanción reducida aplicaba al RIF conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la LISR. Aunque el RIF dejó de estar vigente para nuevos ingresos desde 2022, algunos negocios que aún concluyen su periodo en dicho régimen podrían enfrentar esas multas reducidas. No obstante, para la mayoría de contribuyentes actuales (personas morales y personas físicas en régimen general o RESICO) rige el monto general más alto indicado anteriormente.

Para mayor claridad, a continuación se resume el rango de multas por omitir la expedición del CFDI:

ContribuyenteMulta por omisión de CFDIReincidencia
Personas morales y personas físicas (régimen general)$19,700 a $112,650 MXNClausura de 3 a 15 días
Pequeños contribuyentes (Régimen de Incorporación Fiscal)$1,910 a $3,800 MXNClausura de 3 a 15 días (misma medida)

Como vemos, las sanciones pueden ser severas incluso en el caso más benigno. Una multa de decenas de miles de pesos puede afectar las finanzas de una Pyme, y ni hablar de cerrar el negocio por dos semanas, con la pérdida de ingresos y reputación que ello implica.

En años recientes hubo cierta controversia legal sobre si omitir requisitos en un CFDI global constituía realmente una infracción, debido a interpretaciones gramaticales del artículo 83. Algunos contribuyentes argumentaron que la ley no sancionaba expresamente la falta de requisitos en comprobantes al público en general. Este debate llegó a los tribunales, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) intervino para aclararlo.

Recientemente, la SCJN emitió una tesis aislada cuyo rubro señala:

“Comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) que amparan operaciones efectuadas con el público en general. Su expedición sin cumplir con los requisitos aplicables actualiza el supuesto de infracción previsto en el artículo 83, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación.”

En otras palabras, la Corte confirmó que la obligación de expedir CFDI válidos también aplica a los comprobantes globales. Emitir una factura global que no cumpla con los requisitos (o peor, no emitirla en absoluto) sí configura una conducta infractora sancionable por el SAT. Este criterio refuerza la legalidad de las multas descritas y desmonta la idea de que las operaciones con público en general estuvieran exentas de estas obligaciones formales. Para fines prácticos, no hay distinción: todas las facturas, incluyendo las globales, deben cumplir con los requisitos fiscales.

Recomendaciones para evitar multas por CFDI global

Dada la importancia de este tema, es fundamental tomar medidas preventivas y buenas prácticas en la emisión de CFDI al público en general. A continuación, te presentamos algunas recomendaciones clave para evitar incurrir en sanciones por omisión o errores en tus facturas globales:

  • Emite CFDI global con periodicidad adecuada: Define un procedimiento para generar tu factura global al cierre de cada día, semana o mes, según el volumen de operaciones y lo que permita la regla miscelánea. Lo importante es no dejar periodos sin facturar. Si tu negocio tiene ventas diarias al detalle, lo más ordenado es hacer un CFDI diario al público en general al final de la jornada.
  • Utiliza el RFC genérico correctamente: Asegúrate de que en cada factura global el campo RFC del receptor sea XAXX010101000 (u otra clave genérica vigente que el SAT haya establecido). Este pequeño detalle es crítico: cualquier otro dato (como RFC genéricos incorrectos) podría invalidar el CFDI o considerarse falta de requisito.
  • Verifica el contenido y requisitos del CFDI: Aunque sea un comprobante global, debe contener todos los datos obligatorios (folio, sello, fecha, descripción, importe, impuestos, etc.). Es recomendable utilizar sistemas de facturación que validen automáticamente el cumplimiento de la estructura del CFDI 4.0, para no omitir campos requeridos. Un software actualizado te alertará si falta algún dato antes de timbrar la factura.
  • Capacita a tu personal de ventas y contabilidad: Todo el equipo debe conocer la importancia de registrar todas las operaciones de venta, aunque el cliente no pida factura. Implementa controles internos para que las ventas de mostrador queden registradas (por ejemplo, con notas de venta o tickets) y luego sean integradas en la factura global.
  • Regulariza omisiones lo antes posible: Si descubres que olvidaste emitir algún CFDI al público en general de meses pasados, no esperes a que el SAT te lo requiera. Es posible emitir facturas globales retroactivas para esos periodos y así corregir la omisión, siempre y cuando aún no hayas recibido una notificación oficial. Ten en cuenta que, al hacerlo, probablemente debas presentar declaraciones complementarias de impuestos para incorporar esos ingresos omitidos y pagar la diferencia de IVA/ISR que corresponda. Esta acción correctiva voluntaria puede ayudarte a evitar multas mayores en el futuro y a mantener tu historial fiscal limpio.
  • Lleva un control riguroso de tus ingresos en efectivo: Recuerda que las operaciones en efectivo mayores a $2,000 y amparadas en un CFDI global igualmente deben reportarse de forma adecuada. El SAT presta especial atención a los ingresos en efectivo del público en general, ya que pueden ser foco de auditorías por presunta evasión si no están correctamente facturados. Registra separadamente ventas en efectivo y con otros medios de pago, para facilitar cualquier comprobación.

Apoyarte en una plataforma contable y de facturación electrónica te facilitará enormemente el cumplimiento. Por ejemplo, Alegra ofrece un software integral donde puedes registrar diariamente tus ventas de mostrador y el sistema generará automáticamente el CFDI global al finalizar el período, incluyendo todos los requisitos de ley. Además, Alegra mantiene actualizadas las tasas de impuestos y formatos requeridos por el SAT, reduciendo la posibilidad de error humano. Con este tipo de herramientas, también puedes programar alertas automáticas que te recuerden emitir los comprobantes pendientes, evitando omisiones involuntarias. En definitiva, la tecnología puede ser tu gran aliada para disminuir riesgos fiscales.

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Conclusión

El CFDI al público en general es tan importante como cualquier otra factura en la contabilidad de tu negocio. Aunque se trate de operaciones con consumidores finales que no exigen un comprobante nominativo, la autoridad fiscal espera que cumplas con la emisión puntual y correcta de tus facturas globales. Todas las obligaciones normativas aplicables a los CFDI (expedición, requisitos, entregarlos a clientes o autoridad) también rigen para los comprobantes globales, sin excepción.

Incumplir con esta obligación, ya sea por descuido o desconocimiento, puede exponerte a multas cuantiosas e incluso al cierre temporal de tu empresa, afectando tu estabilidad financiera y operativa. Por ello, es esencial que cada aspecto normativo se observe con cuidado. Desde recopilar los datos diarios de ventas, hasta utilizar el RFC genérico correcto y emitir en tiempo los CFDI globales, cada paso cuenta para mantener tu empresa al día.

La mejor estrategia es preventiva: invierte tiempo en ajustar tus procesos administrativos, capacitar a tu personal y apoyarte en soluciones tecnológicas confiables como Alegra para automatizar y verificar la emisión de comprobantes. Así minimizarás errores y podrás dedicarte a hacer crecer tu negocio con la tranquilidad de estar cumpliendo con el fisco.

¡No te quedes atrás! Mantente siempre actualizado con los cambios fiscales y utiliza herramientas modernas para simplificar tus obligaciones. Recuerda que en Siempre al Día encontrarás información contable y fiscal confiable, explicada de forma sencilla. Visita nuestro portal con regularidad y aprovecha recursos como Alegra para llevar tu facturación al día y sin complicaciones. Proteger tu empresa de multas y sanciones está en tus manos: infórmate, implementa buenas prácticas y cumple a tiempo con todas tus obligaciones. ¡Tu tranquilidad y la salud financiera de tu negocio lo valen!

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CORINA
CORINA
1 año hace

Entonces si tengo facturas al publico en general que no he emitido desde hace varios meses las puedo realizar de manera normal (con el fin de regularizarme) si aún no me ha llegado ningún requerimiento

Mary
Mary
6 meses hace

Hola! Si es un RESICO que no presento todo 2024 y 2025 declaraciones ni elaboró factura global, debe hacerlo este año o como se soluciona ese problema? Gracias

Equipo Siempre Al Día
Equipo Siempre Al Día
Admin
Responder a  Mary
3 meses hace

¡Hola, Mary! Es una situación que tiene solución, aunque requiere actuar con orden. Si el contribuyente RESICO no presentó declaraciones ni elaboró facturas globales durante 2024 y 2025, lo primero es regularizar las declaraciones omitidas, que se pueden presentar exómporaneas con los recargos y actualizaciones correspondientes. Respecto a las facturas globales no emitidas, el SAT puede detectar la omisión a través del cruce de información, por lo que lo recomendable es presentarlas a la brevedad. Las multas por omisión pueden reducirse si el contribuyente se autocorrige antes de que el SAT inicie una revisión formal. Lo ideal es que un contador revise el historial fiscal completo en el portal del SAT y determine el plan de regularización más conveniente. ¡Ánimo y suerte con el proceso!

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