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ToggleEl cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el Dictamen Fiscal y el Informe Sobre la Situación Fiscal (ISSIF) representa uno de los compromisos más importantes para los contribuyentes de mayor capacidad económica en México. Para el ejercicio 2024, con presentación en 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha actualizado los parámetros que determinan la obligatoriedad de estas presentaciones, conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y las orientaciones jurídicas emitidas por la autoridad fiscal.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), a través del Folio 25/2024-2025, ha difundido los criterios actualizados conforme a la orientación jurídica del SAT, clarificando las cifras y condiciones para el cumplimiento de estas obligaciones. Estos criterios son fundamentales para que los contadores públicos puedan asesorar adecuadamente a sus clientes sobre sus obligaciones fiscales.
Fundamento legal para el Dictamen Fiscal e ISSIF
El Dictamen Fiscal encuentra su fundamento en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, mientras que el ISSIF está regulado por el artículo 32-H del mismo ordenamiento. Ambas disposiciones han experimentado actualizaciones en sus montos y requisitos conforme a la inflación y los criterios establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada a finales de 2024.
Obligados a presentar el Dictamen Fiscal en 2025
El Dictamen Fiscal representa una revisión profunda de los estados financieros y el cumplimiento fiscal de los contribuyentes, realizado por un Contador Público Certificado. Para el ejercicio 2024, con presentación en 2025, los parámetros de obligatoriedad han sido actualizados.
Conforme a la orientación jurídica emitida por el SAT y difundida por el IMCP, los ingresos acumulables que determinan la obligación de dictaminar estados financieros para efectos fiscales son los declarados en el ejercicio 2023. Para 2024, este umbral corresponde a $1,855,919,380.00, conforme a lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Adicionalmente, existe la opción de presentar el Dictamen Fiscal de manera voluntaria para aquellos contribuyentes que:
- Hayan obtenido ingresos en el ejercicio anterior (2024) por $157,785,270.00 o más.
- Posean un valor de activo determinado según las reglas del SAT superior a $124,650,380.00.
- Hayan tenido al menos 300 trabajadores prestando servicios en cada mes del ejercicio inmediato anterior.
Esta opción voluntaria sigue siendo una estrategia recomendada por muchos especialistas para fortalecer la seguridad jurídica de los contribuyentes y prevenir futuras revisiones por parte de la autoridad.
Sujetos obligados a presentar ISSIF en 2025
El Informe Sobre la Situación Fiscal (ISSIF) constituye una declaración informativa que complementa la declaración anual, proporcionando a la autoridad fiscal detalles sobre la situación fiscal del contribuyente durante el ejercicio.
Obligados por nivel de ingresos y características específicas
El principal criterio para determinar la obligación de presentar el ISSIF es el nivel de ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $1,062,919,860 de acuerdo con el artículo 32-H del CFF.
Además del criterio de ingresos, están obligados a presentar el ISSIF los siguientes contribuyentes:
- Sociedades mercantiles pertenecientes al Régimen Opcional para Grupos de Sociedades.
- Entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.
- Personas morales residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México.
- Personas morales residentes en México con operaciones realizadas con residentes en el extranjero que excedan $100,000,000..
- Contribuyentes que sean partes relacionadas de aquellos que dictaminen sus estados financieros, cuando:
- La operación por actividad empresarial exceda $13,000,000.
- La operación por prestación de servicios exceda $3,000,000.
Diferencias entre Dictamen Fiscal e ISSIF
Es fundamental que los contadores en México comprendan las diferencias sustanciales entre estas dos obligaciones:
Aspecto | Dictamen Fiscal | ISSIF |
Marco legal | Artículo 32-A del CFF | Artículo 32-H del CFF |
Naturaleza | Opinión sobre estados financieros por un CPC | Informe informativo detallado |
Umbral de ingresos 2024 | $1,855,919,380. | $1,062,919,860. |
Responsable | Contador Público Certificado | El propio contribuyente |
Alcance | Revisión integral | Información específica sobre situación fiscal |
Formato | Sipred | Integrado en declaración anual |
Plazos de presentación para 2025
Un aspecto crucial en el cumplimiento de estas obligaciones es respetar los plazos establecidos por la autoridad fiscal. El IMCP ha difundido las fechas límite para la presentación de estas obligaciones correspondientes al ejercicio 2024.
Los plazos establecidos varían según el tipo de contribuyente y la obligación específica:
Dictamen de Estados Financieros para Efectos Fiscales 2024 (Formato Sipred)
Contribuyente | Plazo de presentación |
Personas Físicas y Morales | 15 de mayo de 2025 |
ISSIF (junto con la declaración anual del ejercicio 2024)
Contribuyente | Plazo de presentación |
Personas Morales del Título III | 15 de febrero de 2025 |
Personas Morales del Título II | 31 de marzo de 2025 |
Personas Físicas | 30 de abril de 2025 |
Herramientas tecnológicas para el cumplimiento
En la era digital, el cumplimiento de estas obligaciones fiscales se ha facilitado gracias a la disponibilidad de software especializado. Los contadores mexicanos disponen de diversas soluciones que pueden optimizar la preparación tanto del Dictamen Fiscal como del ISSIF.
Recomendaciones prácticas para contadores
La preparación adecuada del Dictamen Fiscal y del ISSIF requiere un enfoque metódico y anticipado. A continuación, presentamos recomendaciones prácticas para los contadores públicos en México:
Preparación Anticipada
Es fundamental iniciar la recopilación de información y análisis preventivo varios meses antes del vencimiento. Se recomienda:
- Realizar un diagnóstico previo para identificar posibles discrepancias o áreas de riesgo.
- Mantener comunicación constante con el cliente para asegurar la disponibilidad de toda la documentación necesaria.
- Revisar con detalle los saldos de las cuentas fiscales como CUFIN, CUCA, y pérdidas fiscales pendientes de amortizar.
- Verificar la consistencia entre las cifras presentadas en declaraciones mensuales y la anual.
- Analizar con especial cuidado las operaciones con partes relacionadas y su documentación soporte.
Puntos críticos de revisión
La experiencia de fiscalización del SAT ha identificado algunas áreas que requieren especial atención:
- Determinación correcta de la proporción de acreditamiento del IVA.
- Soporte documental adecuado para deducciones por donativos.
- Cumplimiento de requisitos para la deducción de gastos a favor de trabajadores.
- Documentación de operaciones con partes relacionadas, nacionales e internacionales.
- Adecuada aplicación de los criterios de deducibilidad en inversiones.
Consecuencias del incumplimiento
Las repercusiones de no presentar el Dictamen Fiscal o el ISSIF cuando existe la obligación pueden ser significativas, tanto en términos económicos como operativos.
Sanciones y riesgos
El incumplimiento puede generar:
- Multas que oscilan entre $12,900 y $179,000, dependiendo de la gravedad y reincidencia.
- Mayor probabilidad de ser seleccionado para una revisión profunda por parte del SAT.
- Imposibilidad de acceder a ciertos beneficios fiscales y administrativos.
- Daños a la reputación fiscal del contribuyente que pueden afectar sus relaciones con instituciones financieras y socios comerciales.
¿Qué sucede si presenté el ISSIF pero no estaba obligado?
No existe ninguna consecuencia negativa. De hecho, presentar información adicional a la autoridad puede considerarse como un ejercicio de transparencia fiscal.
¿El ISSIF sustituye a la declaración anual?
No. El ISSIF es un complemento que se presenta junto con la declaración anual, pero no la sustituye. Ambas obligaciones deben cumplirse en los plazos establecidos.
¿Cómo afecta la presentación del Dictamen Fiscal a las facultades de comprobación del SAT?
Aunque la presentación del Dictamen Fiscal no limita las facultades de comprobación de la autoridad, en la práctica puede reducir la probabilidad de ser seleccionado para una revisión profunda, especialmente si el dictamen no contiene salvedades u observaciones significativas.
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Conclusión: Estrategia 2025 para contadores profesionales
El cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el Dictamen Fiscal y el ISSIF representa uno de los servicios de mayor valor agregado que los contadores pueden ofrecer a sus clientes. La preparación adecuada no solo evita sanciones, sino que también constituye una oportunidad para realizar una revisión integral de la situación fiscal del contribuyente, identificando áreas de mejora y oportunidades de planificación fiscal.
Para 2025, los contadores mexicanos deben mantenerse actualizados sobre cualquier modificación en los criterios o plazos establecidos por el SAT, así como aprovechar las herramientas tecnológicas disponibles para optimizar este proceso. La comunicación proactiva con los clientes y la planificación anticipada serán clave para enfrentar con éxito estos compromisos fiscales.