Obligaciones fiscales en noviembre de 2025 en México: Estas son los vencimientos más importantes antes del cierre fiscal

En noviembre de 2025 las empresas y contadores deben cumplir con fechas clave. Destacan la contabilidad electrónica y las declaraciones mensuales de ISR, IVA, IEPS y retenciones correspondientes a octubre. Así como el pago de cuotas de seguridad social (IMSS, INFONAVIT e Impuesto Sobre Nóminas) de octubre. Aquí se detalla cada obligación fiscal con base en fuentes especializadas.

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Actualizado el: 28 Oct 2025

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Obligaciones fiscales en noviembre de 2025

En la recta final del cierre de 2025 la economía mexicana opera en un entorno de crecimiento moderado y baja inflación. La Secretaría de Hacienda proyecta un crecimiento del PIB entre 0.5 % y 1.5 %, manteniendo una meta de inflación cercana al 3.8 %. En el ámbito contable, es recomendable hacer un pre-cierre en noviembre: revisar los saldos de cuentas clave (bancos, clientes, proveedores) y provisiones contables antes del cierre anual. En este escenario macroeconómico y contable, las obligaciones fiscales en noviembre de 2025 cobran especial importancia. 

El cumplimiento fiscal al cierre de año es crítico para la salud financiera de las empresas; implica coordinar los requisitos del SAT con un cierre contable ordenado. Este mes previo al cierre del año fiscal permite ajustar anticipadamente deducciones y provisiones, evitando sorpresas el 31 de diciembre.

Obligaciones fiscales en noviembre de 2025 en México

Fecha límiteObligación fiscalSujetos obligados
3 noviembre de 2025Envío de balanza de comprobación (contabilidad electrónica) de septiembre 2025Personas morales (RFC activos)
Nota: Fracción II de la Regla 2.8.1.6 de la Resolución Miscelanea Fiscal de 2025
5 noviembre de 2025Envío de balanza de comprobación de septiembre de 2025Personas físicas con actividad empresarial
Nota: Fracción II de la Regla 2.8.1.6 de la Resolución Miscelanea Fiscal de 2025
10 noviembre de 2025Último día para emitir CFDI con complemento de pagos (pagos en parcialidades) de facturas de octubreContribuyentes con facturas en parcialidades
18 noviembre de 2025
(Ajuste por feriado del 17 de noviembre de 2025)
Declaración mensual de ISR, IVA, IEPS y retenciones (período octubre)Personas físicas y morales con ingresos o retenciones de octubre
Pago del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) de octubrePatrones de todo el país (impuesto local)
Pago de cuotas IMSS (salarios de octubre)Patrones con trabajadores registrados
Pago de cuotas al Sistema de Ahorro para el Retiro -SAR- (bimestre septiembre – octubre de 2025)Patrones (aportaciones al retiro)
Presentación del aviso de Actividades Vulnerables (correspondiente a octubre)Sujetos obligados a actividades vulnerables
18 noviembre de 2025
(Ajuste por feriado del 17 de noviembre de 2025)
Pago de cuotas IMSS e INFONAVIT (salarios de octubre y bimestre sep-oct)Patrones.
28 noviembre de 2025Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT, noviembre 2025)Personas morales y físicas con proveedores sujetos a retención

Contabilidad electrónica (presentación de la balanza de comprobación)

Las empresas deben enviar al SAT su balanza de comprobación por medios electrónicos con cierta periodicidad. La Ley del ISR (artículo 28) y el Código Fiscal de la Federación exigen llevar y presentar la contabilidad para fiscalización. En la práctica, la balanza de comprobación de septiembre de 2025 debió enviarse a más tardar en noviembre: por regla general el 3 de noviembre para personas morales y el 5 de noviembre para personas físicas. (En caso de feriados puede extenderse un par de días, como ocurrió este mes.) El incumplimiento acarrea multas (según el CFF) y pone en riesgo la deducibilidad de gastos.

Te puede interesar: ¿Cómo actuar ante un aviso del SAT por incumplimiento de Contabilidad Electrónica?

Declaraciones mensuales de impuestos (período de octubre de 2025)

La fecha oficial es el martes 18 de noviembre de 2025 (este día es límite legal para presentar las declaraciones mensuales federales de:

  • ISR (Impuesto Sobre la Renta) de personas físicas y morales (mes de octubre).
  • IVA (Impuesto al Valor Agregado): diferencia de IVA trasladado vs. acreditable de octubre.
  • IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios): montos de gasolina, tabacos, bebidas, alcohol u otros gravados en octubre.
  • Retenciones de ISR e IVA: impuestos retenidos a asalariados, arrendadores o proveedores en octubre.

Tip Alegra: El 17 de noviembre es feriado oficial (Dia de la revolución mexicana, aunque oficialmente es el 20 de noviembre), por lo que las obligaciones con vencimiento en esa fecha se recorren al día hábil siguiente (18 de noviembre de 2025).

Entregar estas declaraciones a tiempo evita multas y recargos. Por ejemplo, la Ley del ISR establece sanciones por declaraciones extemporáneas. Para quienes emiten comprobantes en pagos (CFDI con complemento para recepción de pagos), el último día para timbrar facturas con pagos de octubre fue el 10 de noviembre. Esto asegura que todas las operaciones de ingresos y egresos queden reportadas correctamente.

Aportaciones patronales (IMSS, Infonavit, SAR e ISN)

El 17 de noviembre de 2025 (lunes) es la fecha límite general para pagar las contribuciones laborales de octubre (debido al feriado, en la práctica puede cumplirse hasta el martes 18 de noviembre). En concreto:

  • Cuotas obrero-patronales IMSS (seguridad social): Los patrones deben enterar al IMSS las aportaciones correspondientes a los salarios pagados en octubre 2025. Esto incluye salud, riesgos de trabajo, pensiones, guarderías, etc. El Artículo 15 Ley del Segura Social (LSS) obliga a cubrir estas cuotas dentro de los plazos fijados por el IMSS.
  • Aportaciones patronales Infonavit: Deben pagarse las cuotas bimestrales septiembre – octubre 2025 (5 % del SBC de cada trabajador) a más tardar el 18 de noviembre. El Artículo 29 de la Ley del Infonavit señala esta obligación.
  • Cuotas SAR (Sistema Ahorro Retiro): Las aportaciones al fondo de retiro (2 % del SBC de cada empleado) del bimestre septiembre – octubre se pagan en los mismos plazos. La Ley del Seguro Social (artículo 159) establece la obligación patronal de estas aportaciones.
  • Impuesto Sobre Nóminas (ISN): Impuesto estatal sobre remuneraciones (varía 2 % – 4 % según estado) que se liquida el 17 de noviembre por la nómina de octubre. Es obligatoria en la mayoría de entidades y su pago oportuno es requisito local.

Cumplir estas cuotas patronales es esencial para garantizar los derechos de los trabajadores. El incumplimiento puede acarrear sanciones altas (multas y recargos que en algunos casos llegan al 100 % de lo omitido), además de afectar créditos sociales y derechos laborales.

Declaraciones informativas

  • Aviso de Actividades Vulnerables: Si la empresa realiza actividades sujetas a la Ley Anti-lavado (por ejemplo, compra-venta de metales, juegos, muebles de lujo), debe presentar el informe mensual a más tardar el 18 de noviembre, cubriendo octubre 2025.
  • DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros): Es obligatoria para quienes hicieron retenciones de IVA a proveedores. El 28 de noviembre de 2025 vence la DIOT mensual de noviembre. En este reporte se detalla cada operación gravada y las retenciones practicadas. El artículo 32 de la LIVA exige presentarla mensualmente. La omisión puede causar multas severas (hasta varios miles de pesos) o auditorías.

Preparación estratégica para contadores

La planeación anticipada en noviembre permite a contadores y despachos contables en México transformar el cierre fiscal en una oportunidad, no sólo en un trámite. Como señalan expertos, el cierre no debe verse solo como un cumplimiento formal, sino como una oportunidad estratégica para fortalecer la posición financiera de la empresa. Entre las estrategias clave se incluyen:

  • Acelerar gastos deducibles: si se proyecta pagar ISR alto, conviene adelantar erogaciones estrictamente necesarias (compras de equipo, servicios, etc.) antes de fin de año para maximizar las deducciones permitidas. Esto puede reducir la utilidad fiscal de 2025.
  • Consolidar documentación fiscal: revisar que todos los gastos estén correctamente soportados con CFDI válidos, medios de pago fiscales y evidencia de servicios. El SAT exige que las deducciones cumplan requisitos formales (facturas, recibos de nómina, contratos); reforzar esta documentación minimiza objeciones en futuras revisiones.
  • Revisar provisiones de nómina: evaluar las provisiones contables de sueldos, aguinaldo y PTU del ejercicio. Es fundamental registrar correctamente estas obligaciones para deducirlas en 2025. Asimismo, considerar aportaciones a fondos de previsión social que beneficien fiscalmente al ejercicio.

Estas acciones preparan el camino para un cierre de diciembre ordenado y con ahorros fiscales. Planificar el fin de año con anticipación –alineando presupuesto corporativo y carga tributaria– ayuda a los contadores a ofrecer un servicio de valor agregado: anticipar riesgos, aplicar estrategias de defensa fiscal y maximizar deducciones dentro del marco legal.

Consecuencias y recomendaciones

No presentar cualquiera de estas obligaciones implica multas, recargos y hasta suspensión del certificado de sello digital. Por ello, es vital planear con antelación. Para los contadores y empresas, se recomienda usar herramientas contables que automaticen la gestión fiscal. Por ejemplo, Alegra es un software en la nube diseñado para despachos contables que cumple con la normativa SAT automáticamente

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Fuentes 

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