En diciembre de 2025 concluye el ejercicio fiscal, por lo que las empresas (personas morales) y los contribuyentes individuales (personas físicas) deben atender fechas clave para evitar multas o sanciones. Las obligaciones fiscales en diciembre, último mes del año, incluye declaraciones mensuales, ajustes anuales y pagos definitivos.
En paralelo al calendario mensual, diciembre requiere atención al cierre contable y fiscal. Deben estar emitidos todos los CFDI de nómina 2025, conciliadas las cuentas y preparada la información para la declaración anual. Además, en primeros días de diciembre se presenta la contabilidad electrónica:
- 3 de diciembre para personas morales.
- 5 de diciembre para personas físicas (siempre que estén obligadas a llevarla).
Es esencial usar herramientas digitales que ayuden a automatizar estos procesos y mantener el buzón tributario al día. Un buen hábito es validar la información contable antes de declararla, evitando errores que después provoquen requerimientos del SAT.
A continuación, se resumen las principales obligaciones fiscales de diciembre.
| Fecha | Obligación fiscal | Sujetos obligados |
| 3 de diciembre | Presentación de la contabilidad electrónica (balanza de comprobación) correspondiente a octubre de 2025. | Personas morales |
| 5 de diciembre | Presentación de la contabilidad electrónica (balanza de comprobación) correspondiente a octubre de 2025. | Personas físicas con actividad |
| 10 de diciembre | Último día para emitir CFDI con Complemento para recepción de pagos (facturación en parcialidades) de noviembre de 2025. | Contribuyentes con ingresos diferidos (por ejemplo: facturas en parcialidades) |
| 17 de diciembre | • Pago de cuotas obrero-patronales del IMSS por salario de noviembre de 2025. • Declaración provisional de ISR (noviembre de 2025). • Declaración de retenciones (ISR e IVA) del período noviembre de 2025. • Declaración definitiva de IVA, IEPS e ISN de noviembre 2025. • Aviso de Actividades Vulnerables de noviembre de 2025. • Pago provisional de ISR (décimo tercer pago) para personas morales, mes de noviembre de 2025. | Personas físicas y morales con operaciones en noviembre; empleadores (IMSS). |
| 19 de diciembre | Último día para el pago de aguinaldo a los trabajadores (antes del 20 de diciembre, según la LFT). | Patrones (empresas, empleadores) |
| 31 de diciembre | • Presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) correspondiente al cuarto trimestre de 2025. • Cálculo del ajuste anual de ISR en nómina (plazo final). • Pago definitivo del ISR anual para personas morales (año 2025). • Cierre contable y fiscal del ejercicio: preparar información para la declaración anual 2026 (balances, conciliaciones, etc.). | Personas físicas y morales obligadas a DIOT; empleadores (ISR anual); todas las empresas (cierre fiscal). |
Estas fechas clave reflejan los compromisos mensuales y anuales que tanto personas físicas como morales deben cumplir. Por ejemplo, las declaraciones mensuales de impuestos (ISR, IVA, IEPS) del mes anterior vencen en diciembre y se pagan preferentemente el 17 de diciembre.
Adicionalmente, antes del cierre del ejercicio es obligatorio pagar el aguinaldo anual a los trabajadores (no menor a 15 días de salario, antes del 20 de diciembre) según el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
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Finalmente, para personas morales se calcula y paga el ISR anual definitivo en este mes, y se presentan los informes informativos correspondientes (DIOT) en la fecha límite. Mantener actualizadas las obligaciones, emitir correctamente los CFDI y revisar las retenciones de nómina son pasos imprescindibles de cierre.
Para facilitar el cumplimiento, se recomiendan estrategias contables como realizar un precierre anual, revisar saldos clave (bancos, clientes, proveedores) y asegurar que la información fiscal sea consistente. Además, conviene aprovechar plataformas contables digitales, como Alegra, para automatizar facturación, conciliaciones y cálculo de impuestos.
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Un buen pre-cierre y validar la vigencia de la e.firma son acciones útiles antes de presentar la declaración anual. De ese modo se reduce el riesgo de errores y agiliza la gestión fiscal. Mantente Siempre Al Día con cambios normativos.
Fuentes
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025, 21 de febrero). Ley Federal del Trabajo. Diario Oficial de la Federación.
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2024, 1 de abril). Ley del Impuesto sobre la Renta. Diario Oficial de la Federación.
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2024, 1 de abril). Ley del Impuesto al Valor Agregado. Diario Oficial de la Federación.
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025, 7 de noviembre). Código Fiscal de la Federación. Diario Oficial de la Federación.


