Nuevas tarifas CFE para 2026: Impacto contable y cómo acreditar el IVA del recibo de luz ante el SAT

En 2026, las nuevas tarifas de la CFE pueden afectar los costos y el registro contable de las empresas. Además, los contadores deben revisar que el recibo de luz cumpla los requisitos fiscales para acreditar correctamente el IVA ante el SAT.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 14 Abr 2026

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siempre al dia tarifas CFE 2026 México

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 3 de abril de 2026 las tarifas finales del Suministro Básico, aplicables desde el 1 de marzo de 2026. Esto significa que los recibos de electricidad de marzo ya reflejan las nuevas tarifas — y que los registros contables de tus clientes deben actualizarse, especialmente para efectos del acreditamiento del IVA del recibo de luz ante el SAT.

Aquí te explicamos qué implican estas tarifas para la contabilidad, cómo acreditar correctamente el IVA de energía eléctrica y cuáles son los puntos críticos para empresas con alto consumo de electricidad.

¿Qué son las tarifas del Suministro Básico de la CFE?

La CFE presta el servicio de electricidad a usuarios finales en la modalidad de Suministrador de Servicios Básicos. Las tarifas que aplica se dividen según el tipo de usuario:

Tipo de tarifaAplica aRelevancia contable
Doméstica (1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E, 1F)Uso habitacional, bajo consumoGasto no deducible si el inmueble es habitacional puro
Comercial general (6)Negocios pequeños y medianos con medidor individualGasto deducible, IVA acreditable al 16%
Industrial media tensión (HM)Industria, manufactura, grandes comerciosGasto deducible, IVA acreditable, puede ser costo directo
Pequeña demanda (BT)Negocios con demanda menor a 25 kWGasto deducible, IVA acreditable al 16%

La actualización de marzo 2026 afecta los costos por kWh, la cuota fija por demanda y el cargo de distribución según el tipo de tarifa. Consulta el DOF del 3 de abril de 2026 para ver las tarifas específicas por región y tipo.

¿Cómo afecta el cambio de tarifas al registro contable?

Desde el punto de vista contable, el cambio de tarifas impacta en tres áreas:

1. Costo de la energía eléctrica

El importe del recibo de la CFE es un gasto deducible para efectos del ISR, siempre que esté vinculado a la actividad económica del contribuyente y cuente con el CFDI correspondiente emitido por la CFE.

  • Cuenta contable sugerida (NIF B-5): Gastos de operación → Servicios generales → Energía eléctrica
  • Para empresas manufactureras: Puede clasificarse parcialmente como costo de producción si la electricidad es insumo directo del proceso productivo.

2. Acreditamiento del IVA

El IVA del recibo de luz es acreditable cuando se cumplen estas condiciones:

  • El contribuyente realiza actividades gravadas al 16% o a la tasa 0%
  • El CFDI de la CFE está timbrado correctamente con RFC del contribuyente
  • El gasto es estrictamente indispensable para la actividad
  • El pago se realizó desde cuenta bancaria del contribuyente cuando el monto supera $2,000 MXN

Punto crítico: Si el inmueble donde se consume la electricidad tiene uso mixto (habitacional y comercial), solo es acreditable la proporción correspondiente a la actividad empresarial. Documenta el cálculo.

3. Impacto en presupuesto y flujo de caja

Si el cambio de tarifa genera un incremento en el costo mensual de electricidad, recomienó a tus clientes:

  • Actualizar el presupuesto de gastos fijos del ejercicio 2026
  • Revisar si el incremento en costos impacta el punto de equilibrio o los márgenes de contribución
  • Evaluar si existe contrato de Suministro Calificado con la CFE o con un proveedor privado de energía que pueda ofrecer condiciones más competitivas

¿Cómo obtener el CFDI de la CFE correctamente?

El CFDI de la CFE es el soporte fiscal del gasto de electricidad. Para que sea válido y el IVA sea acreditable, verifica estos puntos con tus clientes:

  • El CFDI está a nombre del contribuyente (RFC correcto, no del dueño del inmueble si es inquilino)
  • El RFC del receptor coincide con el del contribuyente que acredita el IVA
  • El uso del CFDI está correcto (G03 — Gastos en general, o D01 si aplica)
  • El CFDI está timbrado y verificable en el portal del SAT
  • Si el domicilio del servicio es diferente al domicilio fiscal, existe documentación que acredita la relación con la actividad económica

Si el recibo de la CFE está a nombre del propietario del inmueble y tu cliente es arrendatario, necesita un convenio por escrito donde el propietario le traslada el gasto, o bien gestionar el cambio de titular ante la CFE.

¿Qué pasa con las empresas que consumen mucha electricidad?

Para clientes con alto consumo (manufactura, refrigeración, minado, data centers), el cambio de tarifas puede representar un impacto significativo en el estado de resultados. Considera analizar:

  • Suministro Calificado: Empresas con demanda mayor a 1 MW pueden contratar electricidad directamente con generadores privados, fuera de las tarifas de la CFE.
  • Contratos de precio fijo: Algunos suministradores privados ofrecen tarifas fijas por períodos de 1 a 3 años, lo que da certeza al presupuesto.
  • Créditos fiscales por energía limpia: Si la empresa instala paneles solares o utiliza energía de fuentes renovables, puede acceder a certificados de energía limpia (CEL) y reducir la carga fiscal del ISR.

Fuentes

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Gracias por llegar hasta aquí,
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