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ToggleEn México, las operaciones simuladas implican emitir o usar facturas de transacciones inexistentes para evadir impuestos. Las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) son quienes emiten y venden esas facturas falsas; los compradores (EDOS) las deducen para reducir su carga fiscal. Esta práctica está prohibida por el Código Fiscal de la Federación (CFF) y conlleva severas sanciones (multas altas, nulidad de deducciones, incluso cárcel).
Para evitar riesgos, es fundamental verificar proveedores, usar herramientas oficiales (por ejemplo, el Servicio de Verificación de Facturas del SAT) y mantener documentación probatoria de cada operación, es recomendable usar un software contable actualizado (como Alegra) y consultar siempre fuentes oficiales para mantenerse al día con la normativa fiscal.
¿Qué son las operaciones simuladas y por qué importan?
Las operaciones simuladas son transacciones fiscales que nunca ocurrieron en realidad. En estas prácticas, un contribuyente emite o adquiere comprobantes (facturas CFDI) aparentemente legales, pero sin entregar producto ni prestar servicio alguno. El objetivo es evadir impuestos: simular gastos para disminuir la base gravable del ISR o acreditar IVA de forma indebida. Por ejemplo, una empresa podría comprar “servicios de consultoría” inexistentes para reducir el ISR a pagar. El SAT considera esto como una forma de fraude fiscal muy grave, sujeta a multas y hasta a penas de prisión
¿Quiénes son las EFOS y qué hacen?
En este esquema de fraude intervienen dos tipos de empresas:
EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas)
Son quienes venden las facturas falsas. Estas empresas emiten comprobantes por ventas o servicios que no existen, con todos los requisitos formales (RFC, folio, etc.), pero la operación es simulado. El SAT define que las EFOS “simulan operaciones para obtener beneficios fiscales indebidos. En otras palabras, emiten facturas por servicios o bienes que nunca fueron prestados ni entregados”. Según el SAT, “venden las facturas para ser deducidas por Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS) y así disminuir la base del impuesto”.
EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas)
Son las que compran esas facturas falsas. Su objetivo es usar esas facturas como supuestos gastos para “apoyar” deducciones fiscales. Al incluirlos en su contabilidad, reducen artificialmente sus pagos de ISR o IVA. Es importante aclarar que muchas EDOS pueden alegar inocencia, pero el SAT las considera cómplices por deducir operaciones inexistentes.
En resumen, los EFOS actúan como proveedores ficticios: emiten y venden comprobantes sin respaldo real; los EDOS los adquieren para deducir impuestos. Esta dinámica facilita la evasión fiscal y, en casos extremos, el lavado de dinero.
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| Tipo de empresa | Rol en la operación simulada | Objetivo fiscal |
| EFOS (facturan operaciones simuladas) | Emiten y venden facturas por servicios/ventas inexistentes. No cuentan con empleados ni operaciones reales. | Disminuir la base del ISR/IVA propio e, incluso, obtener devoluciones de impuestos. |
| EDOS (deducen operaciones simuladas) | Compran las facturas de los EFOS para incluirlas como gastos ficticios en su contabilidad. | Reducir su carga fiscal simulando gastos, pagando menos impuestos. |
¿Cuáles son las consecuencias legales para EFOS y EDOS?
Operar con facturas simuladas tiene graves repercusiones legales. La ley fiscal mexicana lo tipifica como defraudación fiscal (artículos 108 – 109 del CFF). En la práctica, si el SAT determina que una empresa es EFOS, invalida todos sus comprobantes (artículo 69-B del CFF). Esto implica que cualquier deducción o acreditamiento basado en esas facturas queda sin efecto, generando adeudos fiscales. Además, las EFOS enfrenten multas cuantiosas y los responsables pueden alcanzar de 3 a 9 años de cárcel.
Por su parte, una empresa que reciba facturas de un EFOS corre riesgo de ser reclasificada como EDOS. Esto significa perder el derecho a deducir esos gastos y enfrentar multas equivalentes al 55 – 75 % del valor de cada CFDI involucrado. También pueden aplicarse actualizaciones, recargos y, en casos de mayor gravedad, procesamientos penales (por defraudación fiscal). Por ejemplo, el SAT señala que el simple uso de una factura falsa, aún sin conocimiento del contribuyente, puede desencadenar investigación y sanciones severas. Además, asociar facturas simuladas con movimientos sospechosos puede activar alertas por lavado de dinero bajo la LFPIORPI, con consecuencias de pérdida de patrimonio o cárcel.
En síntesis, colaborar (activamente o no) con EFOS puede causar: anulación de deducciones, multas masivas, cierre de sellos digitales y cargos penales.
¿Cuál es el procedimiento del SAT para las operaciones simuladas?
Como se mencionó, tanto las EFOS como las EDOS juegan un papel importante en el procedimiento para identificar operaciones simuladas o inexistentes, el cual está previsto en el artículo 69- del CFF.
Dicho procedimiento establece que cuando el SAT detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.
El procedimiento prevé la publicación de un listado de los contribuyentes que presuntamente celebraron operaciones simuladas; de tal forma el propio mecanismo prevé un plazo para que dicho contribuyente aclare o subsane su situación fiscal.
En el escenario de que no se desvirtúe la presunción de la autoridad, se publicará un listado definitivo de las empresas que simulan operaciones (los datos de los llamados EFOS). Esto con la finalidad de que los EDOS (empresas que deducen las operaciones), presenten declaraciones complementarias para eliminar los efectos fiscales de los comprobantes emitidos por los EFOS.
Cabe mencionar, que una vez publicado el listado definitivo en el que se evidencian a los EFOS, los contribuyentes que celebraron operaciones con ellos pueden presentar un caso de aclaración a través del portal del SAT con la finalidad de aportar la documentación soporte que demuestre que la operación se llevó a cabo.
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¿Cómo evitar operaciones con EFOS?
Las siguientes medidas ayudan a evitarlo:
- Verificar proveedores: Antes de contratar, asegúrate de que el proveedor existe y tiene infraestructura real. El SAT actualizó su Servicio de Verificación de Facturas (desde diciembre de 2020) para verificar si un emisor CFDI está en la lista EFOS. Usar esta herramienta preventiva previene sorpresas legales.
- Revisar el DOF: El Diario Oficial de la Federación publica regularmente los listados definitivos o presuntos de EFOS y EDOS. Es recomendable consultar estos listados cada vez que se inicia una relación con un proveedor nuevo.
- Garantizar materialidad: Conserva contratos con fecha cierta, comprobantes de pago, correos, actas de entrega, fotografías, etc., que demuestren que la operación fue real. En caso de reclasificación injusta, un “expediente de defensa” con toda la evidencia puede desvirtuar la presunción de simulación.
- Auditoría interna: Implementa filtros internos para revisar periódicamente el cumplimiento fiscal de tus proveedores (ejemplo, que tengan nómina, activos, infraestructura). Cuestiona si un proveedor repentinamente ofrece facturas muy baratas sin justificar descuentos; esto puede ser señal de esquema simulador.
- Asesoría fiscal: En situaciones de detección o controversia, busca asesoría especializada (contadores o abogados fiscales). Ellos pueden guiarte para presentar pruebas ante el SAT (artículo 18 del CFF) y solventar adecuadamente cualquier señalamiento.
Herramientas para la gestión de la contabilidad y facturación de operaciones
Para un contador público o empresa, la mejor práctica es llevar su contabilidad y facturación con sistemas confiables y actualizados. Por ejemplo, la plataforma Alegra permite administrar facturas electrónicas y contabilidad en la nube, además de integrar servicios de verificación fiscal. Usar un software como Alegra ayuda a automatizar la validación de CFDI y facilita la revisión de obligaciones tributarias (esto reduce el riesgo de involucrarse sin querer en esquemas simulados).
Adicionalmente, mantente siempre informado con fuentes oficiales. Consulta periódicamente el sitio del SAT, los Decretos publicados en el DOF y los criterios de la autoridad (Prodecon, IMCP, etc.). Una buena estrategia es asignar a un responsable contable la tarea de revisar las actualizaciones fiscales. Si identificas facturas sospechosas, corrige tus declaraciones a tiempo (salva tu situación fiscal).
Ante la complejidad fiscal actual, lo ideal es apoyarse en expertos y en tecnología. Consulta siempre al día listados oficiales del SAT y requisitos fiscales actualizados. Mantén tu contabilidad con plataformas especializadas como Alegra, que te ayudarán a generar reportes correctos y verificar proveedores, de esta forma proteges a tu empresa de fraudes y sanciones.
Fuentes
- Servicio de Administración Tributaria (SAT). (2023). Operaciones Simuladas (infografía).
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2022). Código Fiscal de la Federación.
- Diario Oficial de la Federación. (30 de mayo de 2025). Publicación de listado de contribuyentes por operaciones simuladas (Artículo 69-B CFF).
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