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ToggleEs de conocimiento general que durante el mes de mayo es el plazo límite para que las personas morales lleven a cabo la distribución de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) a sus empleados, y esta obligación hacia con los trabajadores genera una nueva obligación formal: la emisión del CFDI por pago de la PTU.
El término de 60 días para el cumplimiento de era obligación se encuentra estipulado en el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el cual se contabiliza desde el día en que dichas entidades presentaron o debieron presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
CFDI por pago de la PTU
Es importante destacar que el pago de la PTU debe estar registrado de manera explícita en el CFDI de nómina de cada trabajador. Ante esta situación, surge una interrogante entre los empleadores: ¿dicho pago debe ser considerado como parte de una nómina ordinaria o extraordinaria?
Según la «Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento, aplicable para la versión 4.0 del CFDI y el complemento de nómina versión 1.2», se define:
- Nómina ordinaria.- Aquella que implica pagos periódicos, es decir, aquellos que se efectúan con una frecuencia determinada, como diaria, semanal, catorcenal, quincenal, mensual, bimestral, decenal, así como por unidad de obra, comisión o precio alzado
- Nómina extraordinaria.- Se trata de aquella que incluye pagos que no son habituales o periódicos, como los relacionados con la separación, aguinaldo o bonos.
En el escenario de la PTU, esta no puede ser considerada como una nómina ordinaria. Aunque se entrega una vez al año, su pago no siempre se genera, ya que está condicionado a la obtención de utilidades por parte de la empresa. Esta distinción se confirma en la guía mencionada.
En consecuencia, si en el CFDI de la entrega de la PTU se indica si se trata de una nómina ordinaria o extraordinaria, esto no afectaría la validez del pago realizado ni sus implicaciones fiscales.
Datos específicos para la PTU
La generación del CFDI por la PTU sigue casi las mismas características que un CFDI normal; sin embargo existen algunas particularidades que los contribuyentes deben conocer al momento de timbrar el concepto de PTU.
Concepto | Consideración |
Tipo de nómina | Extraordinaria |
Fecha inicial de pago | Se puede señalar como fecha inicial de pago y fecha final de pago la misma, es decir, la del día en que se realice el pago al trabajador. |
fecha final de pago | Se puede señalar como fecha inicial de pago y fecha final de pago la misma, es decir, la del día en que se realice el pago al trabajador. |
Número de días pagados | Se establece el número de días pagados también se deben registrar en los casos en que se realicen pagos por ejemplo por PTU, indemnización o pagos como resultado de la ejecución de un laudo. Para el caso de los días pagados en los supuestos en dónde no se cuente con la posibilidad de incluir el detalle de los días que ampara el pago, se debe registrar el valor “1”. |
Clave a registrar | 003 “Participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU” |
Ejemplo de CFDI por PTU
1. Registro de datos generales

2. Registro de la percepción por concepto de PTU

3. Registro de la deducción (impuesto)

Conclusión
El pago de la PTU es una obligación laboral, la cual trae consigo implicaciones fiscales, como lo es la determinación del ISR de la parte gravada; sin embargo, no es lo único que debe observar el empleador, sino que también debe estar atento de emitir el CFDI por el pago de este concepto de forma correcta.
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