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ToggleEl Código Fiscal de la Federación (CFF), prevé que el SAT puede difundir información para medir riesgos impositivos, Asimismo podrá informar al contribuyente cuando detecte supuestos de riesgo con base en los parámetros dados a conocer. Esto se traduce en un deber tributario por parte de los contribuyentes; los cuales deberán determinar las tasas efectivas para medir los riesgos impositivos.
Origen de las tasas efectivas
La reforma fiscal de 2021 introdujo cambios en el artículo 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF), en su primer párrafo, fracción I, inciso i). Una de las modificaciones consiste en que las autoridades fiscales están obligadas a ofrecer asistencia gratuita a los contribuyentes para mejorar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Además, deben proporcionar periódicamente información sobre parámetros de referencia, como utilidades, conceptos deducibles y tasas impositivas, comparando estos datos con otras entidades o figuras jurídicas del mismo sector económico o industria.
¿Qué es la tasa efectiva?
Son aquellas que se calculan con la información manifestada en la última declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión, mediante la división del monto del ISR, entre los ingresos.
En función a esto, el SAT ha calculado el promedio de las tasas efectivas de diferentes industrias, y las da a conocer a través de su portal, para que los grandes contribuyentes las puedan consultar y determinar si su tasa efectiva está por debajo (mayor riesgo) o por encima (menor riesgo) de los datos publicados por el SAT.
Publicación 2023
Hasta el año pasado se publicaron las tasas efectivas de diversas industrias para grandes contribuyentes, estas tasas incluían la información de los ejercicios 2020 y 2021; sin embargo, en la actualidad no se han dado a conocer para futuros ejercicios (a la fecha de publicación de este artículo); lo cual deja la interrogante ¿Se van a seguir aplicando las tasas efectivas?
¿Cómo funcionan las tasas efectivas?
Es importante mencionar, que estas publicaciones se realizan al margen de una invitación, por lo su utilización es opcional para los contribuyentes. De tal forma que el SAT exhorta a que los causantes determinen su tasa efectiva, y posteriormente la comparen con las dadas a conocer en su portal (en el mismo sector económico), esto para medir riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones complementarias, para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Si como resultado de la comparación resulta que la tasa efectiva de cierto contribuyente está por debajo del determinado por la autoridad, el riesgo de inicio de facultades de comprobación o programas de vigilancia es mayor, en caso contrario sería menor.
Supongamos que un contribuyente dedicado a la fabricación de otras partes para vehículos automotrices desea conocer si es un contribuyente con alto riesgo de ser fiscalizado por sus operaciones, para ello determina la tasa efectiva correspondientes a al ejercicio 2021, como a continuación se muestra:
Ejercicio 2021 | Importe |
ISR causado | $ 485.957 |
(/) Ingresos acumulables | $ 12.460.440 |
(=) Tasa efectiva | 3,90 % |
Contra: Tasa efectiva publicada por el SAT | 5,20 % |
(=) Mayor riesgo | -1,30 % |
Tip Alegra: Como se puede observar en el ejemplo, la tasa impositiva fue menor implicando un mayor riesgo de que la autoridad inicie sus facultades de comprobación por este ejercicio.
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