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ToggleLa declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es obligatoria para todas las personas morales (empresas). A través de ella se informan los ingresos del año, se calculan deducciones autorizadas y se determina el ISR anual. El proceso se hace en línea (portal SAT) usando la e.firma.
Para la declaración anual de ISR de personas morales del ejercicio 2025 a presentar en 2026, hay que cuidar tanto los aspectos básicos (ingresos, deducciones, pagos provisionales) como varios puntos finos derivados de cambios recientes y de la precarga del SAT. Conviene preparar desde ahora papeles de trabajo de conciliación contable–fiscal, pérdidas, PTU y retenciones, y revisar si aplican nuevas reglas de retención ligadas a plataformas digitales u otros ajustes para 2026.
A continuación se explican los puntos principales:
- Obligaciones fiscales previas: Llevar contabilidad electrónica y mensual de ISR e IVA, emitir CFDI de ingresos y gastos, y presentar mensualmente los pagos provisionales de ISR e IVA.
- ¿Quién presenta?: Todas las personas morales constituidas (con o sin fines de lucro) deben declarar, salvo las que no tuvieron actividad fiscal en el año. El ISR anual se calcula sobre la “utilidad fiscal” (ingresos acumulables menos gastos deducibles y pérdidas fiscales), aplicando la tasa fija del 30 %.

¿Quiénes deben presentar la declaración anual?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido que las personas morales deben presentar su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio 2025 a más tardar el 31 de marzo de 2026. Esta obligación fiscal representa uno de los trámites más importantes para las empresas en México y constituye un informe en el que se reportan los ingresos y gastos del año fiscal anterior.
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley del ISR, están obligadas a presentar esta declaración todas las entidades consideradas como personas morales, incluyendo:
- Sociedades mercantiles.
- Organismos descentralizados con actividades empresariales.
- Instituciones de crédito.
- Sociedades y asociaciones civiles.
- Asociación en participación que realiza actividades empresariales en México.
- Sociedades cooperativas.
- Sistema financiero.
- Fideicomisos con actividad empresarial.
Es fundamental tener presente que, a diferencia de las personas físicas que presentan su declaración en abril, las personas morales tienen como fecha límite improrrogable el 31 de marzo.
¿Cuáles son las fechas y plazos clave para la declaración anual de personas morales?
Es importante que las personas morales atiendan los siguientes plazos para la presentación de la declaración anual del ISR:
- Ejercicio fiscal 2025 (declara en 2026): Los plazos son del 1 de enero al 31 de marzo de 2026 para la mayoría de las empresas.
- Plazo especial – liquidación: Sociedades en proceso de liquidación: hasta el 19 de enero de 2026.
- Plazo especial – sin fines de lucro: Personas morales no lucrativas: hasta el 16 de febrero de 2026.
Ahora bien, recordemos que la declaración se presenta completamente en línea. Se requiere RFC, contraseña o e.firma vigente y, en caso de saldo a favor/contra, pago o devolución mediante bancos autorizados.
Adicionalmente, ten en cuenta que el SAT precarga datos como pagos provisionales presentados, PTU pagada, retenciones efectuadas y CFDI de devoluciones o descuentos, así como remanentes fiscales (pérdidas, dividendos, etc.). Se recomienda revisar y complementar estos datos antes de enviar.
¿Qué documentos e información deben tenerse listos para la declaración anual del ISR de personas morales?
- Identificación y acceso: RFC, contraseña y e.firma vigente, necesarios para ingresar al aplicativo del SAT y presentar la anual.
- Información financiera: estados financieros al cierre del ejercicio (balance, estado de resultados), con registros depurados y conciliados con la contabilidad electrónica y CFDI.
Soporte fiscal:
- Pagos provisionales de ISR del ejercicio y acuses de presentación.
- Deducciones autorizadas e inversiones (papeles de trabajo de depreciación, amortización y deducciones no autorizadas).
- PTU del ejercicio pagada y, en su caso, PTU por pagar.
- Retenciones de ISR efectuadas y enteradas (nómina, asimilados, arrendamiento, RESICO, etc.).
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¿Cuáles son los aspectos clave de la declaración anual del ISR?
- Ingresos acumulables: Registra todas las ventas y servicios facturados (CFDI de ingresos) del año fiscal. Es esencial que cada venta esté documentada correctamente.
- Deducciones autorizadas: Se restan los gastos estrictamente necesarios para producir ingresos (sueldos, rentas, servicios, compras). Por ejemplo: salario de empleados, renta de oficinas, servicios básicos, insumos y materiales, inversión en activos fijos. Solo se consideran deducibles las erogaciones comprobadas con CFDI validado por el SAT.
- Pagos provisionales y retenciones: Se restan del impuesto anual los ISR pagados provisionalmente durante el año y las retenciones practicadas (por nómina, arrendamientos, honorarios, etc.). También se compensa el 10 % de PTU efectivamente pagada.
- Pérdidas fiscales: Si hay pérdidas fiscales pendientes, se pueden amortizar contra la utilidad del ejercicio (hasta 10 años o hasta agotarlas). Asegúrate de reflejar correctamente estas cifras.
- Declaraciones complementarias: Si detectas errores (ingresos omitidos, deducciones adicionales) puedes presentar declaraciones complementarias antes de la fecha límite.
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¿Cuáles son los cambios fiscales de 2026 que impactan la declaración anual del ISR de personas morales?
Entre los cambios fiscales de 2026 que impactan la declaración anual del ISR de personas morales, se encuentran:
- Actualización de tarifas: El SAT publicó en el DOF (28 dic 2025) las nuevas tablas de ISR para 2026 (RMF 2026, Anexo 8). Estos límites se aumentaron 13% debido a la inflación, para evitar saltar a tramos superiores. Aunque las tablas del ISR anual se usan para personas físicas, las empresas deben asegurarse de aplicar correctamente las tasas y tablas vigentes al presentar la declaración.
- Tasa fija del 30 %: La tarifa del ISR para personas morales permanece en 30 % sobre su utilidad fiscal. A diferencia de las personas físicas, las empresas no usan tablas progresivas: su impuesto es un 30 % fijo de la utilidad neta.
- Ley del ISR y CFF: Se recomienda revisar las últimas reformas publicadas (LISR y CFF en DOF 2022) para asegurarse de cumplir requisitos formales (por ejemplo: uso correcto de coeficiente de utilidad, reglas de deducción y comprobación).
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¿Cómo se realiza el cálculo del ISR anual para personas morales?
El cálculo del ISR anual para personas morales sigue una fórmula estructural determinada por la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), con una tasa fija del 30 % sobre la utilidad fiscal neta del ejercicio 2025. A diferencia de las personas físicas, no se aplican tablas progresivas, pero sí existen ajustes específicos que deben considerarse para determinar la base gravable correctamente.
- Determinar ingresos acumulables del ejercicio: Suma de todos los ingresos devengados durante el año.
- Identificar deducciones autorizadas: Gastos estrictamente indispensables para la actividad.
- Calcular utilidad fiscal: Diferencia entre ingresos y deducciones.
- Aplicar pérdidas fiscales: En su caso, amortizar pérdidas de ejercicios anteriores.
- Aplicar tasa del 30 %: Al monto de la utilidad fiscal se aplica la tasa fija del 30 % para obtener el ISR causado.
- Pagos provisionales vs. anual: Se descuentan los pagos provisionales realizados durante el año. Si el ISR causado es mayor que los pagos, se paga la diferencia; si es menor, queda un saldo a favor que el SAT devuelve o compensa.
- Opciones de pago: Si el impuesto anual resulta a cargo, existe la opción de pagarlo en hasta seis parcialidades mensuales sucesivas (Regla 3.17.3. RMF), siempre y cuando la primera cuota se cubra dentro del plazo normal.
ISR Anual = (Ingresos Acumulables − Deducciones Autorizadas) × 30%
Componentes del cálculo del ISR anual
- Ingresos acumulables
Las personas morales residentes en México acumulan la totalidad de los ingresos en efectivo, bienes, servicios, crédito o de cualquier otro tipo obtenidos en el ejercicio, incluyendo los provenientes de establecimientos en el extranjero. Los ingresos se acumulan cuando se devengan, no cuando se cobran, lo que implica que:
- Si se genera una factura en un mes pero se cobra al mes siguiente, el ingreso se acumula en el mes de generación
- Los descuentos, devoluciones o bonificaciones deben restarse del ingreso acumulable
- Deben incluirse ingresos por ajuste anual por inflación acumulable
Ejemplos de ingresos acumulables para personas morales:
| Tipo de ingreso | Fundamento legal | Tratamiento fiscal |
| Venta de bienes | Artículo 16 LISR | Acumulable al devengar la venta |
| Prestación de servicios | Artículo 16 LISR | Acumulable al prestar el servicio |
| Arrendamiento | Artículo 16 LISR | Acumulable mensualmente |
| Intereses ganados | Artículo 16 LISR | Acumulable al devengar intereses |
| Ajuste por inflación | Artículo 46 LISR | Ingreso acumulable anual |
- Deducciones autorizadas
Las deducciones autorizadas son aquellos gastos estrictamente indispensables para los fines de la actividad empresarial, debidamente comprobados mediante CFDI que cumplan con requisitos fiscales. Para 2025, la declaración anual incorpora nuevas especificaciones en la integración de deducciones, incluyendo:
- Pagos de peaje
- Castigos fiscales
- Derecho especial sobre actividades mineras
- Gastos por inversión y desarrollo tecnológico
Categorías principales de deducciones:
| Categoría | Ejemplos | Requisitos |
| Gastos operativos | Sueldos, rentas, servicios, materiales | CFDI con datos fiscales correctos |
| Inversiones | Maquinaria, equipo, construcciones | Deducción por depreciación fiscal |
| PTU pagada | Participación de trabajadores | Comprobante de pago oportuno |
| Primas de seguros | Seguros deducibles por la LISR | Pólizas y comprobantes de pago |
| Aportaciones | Fondos de pensiones, retiro | Límites establecidos en la LISR |
Deducciones según Artículo 25 LISR
| Fracción | Tipo de deducción | Alcance y ejemplos |
| I | Devoluciones, descuentos y bonificaciones | Montos que se devuelvan o descuenten en el ejercicio |
| II | Costo de lo vendido | Costo de bienes vendidos o servicios prestados |
| III | Gastos netos | Gastos operativos netos de descuentos o bonificaciones |
| IV | Inversiones | Terreno, construcciones, maquinaria, equipo, etc. |
| V | Pérdidas y créditos incobrables | Pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o enajenación de bienes |
| VI | Cuotas IMSS | Cuotas patronales pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social |
| VII | Intereses devengados | Intereses efectivamente pagados, con ajustes específicos para intereses moratorios |
| VIII | Primas de seguros | Seguros contra riesgos, de vida, de fianzas, etc. |
| IX | Aportaciones a fondos de previsión social | Fondos de pensiones, retiro, primas de antigüedad, gastos médicos, becas, guarderías |
| X | Gastos de investigación y desarrollo tecnológico | Inversiones en I+D tecnológico |
| XI | Donativos | Donativos autorizados a instituciones de asistencia social, culturales, etc. |
| XII | Gastos de capacitación | Capacitación del personal (nueva deducción específica para 2026) |
| XIII | Otros gastos autorizados | Conceptos específicos como pagos de peaje, castigos fiscales, derechos mineros |
3. Pérdidas fiscales
Las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pueden amortizarse contra utilidades del ejercicio, con vigencia de diez años para su aplicación. El proceso de amortización requiere:
- Determinar pérdidas fiscales pendientes: Revisar historial de pérdidas no amortizadas
- Aplicar contra utilidad fiscal: Reducir la base gravable del ejercicio actual
- Actualizar saldo remanente: Mantener registro de pérdidas no aplicadas para ejercicios futuros
¿Cuáles son las consecuencias de no presentar la declaración anual del ISR a tiempo?
No presentar la declaración anual del ISR para personas morales dentro del plazo establecido (hasta el 31 de marzo de 2026 para el ejercicio 2025) genera un conjunto de sanciones que incluyen multas fijas, recargos por mora, actualizaciones, y consecuencias operativas severas que pueden paralizar las actividades de la empresa.
Multas por omisión o presentación extemporánea
El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece multas escalonadas según el tipo de contribuyente y la gravedad de la omisión:
| Tipo de Infracción | Monto de Multa (2026) | Fundamento Legal |
| No presentar declaración anual | $20,790 a $41,590 MXN | Artículo 82 CFF |
| Presentar fuera de plazo (extemporánea) | $18,870 hasta más de $44,000 MXN | Artículo 82 CFF |
| No presentar por medios electrónicos (cuando es obligatorio) | $14,230 a $28,490 MXN | Artículo 82 CFF |
| Incumplir requerimientos de información | $18,360 a $36,740 MXN | Artículo 82 CFF |
Nota: Las multas se determinan en función del nivel de ingresos, régimen fiscal y reincidencia del contribuyente. Las personas morales con mayores ingresos enfrentan sanciones en el rango superior.
Multas en Unidades de Medida y Actualización (UMA)
Algunas sanciones se expresan en UMA para ajustarse automáticamente por inflación:
- Multas generales: De 20 a 210 UMA (aproximadamente $2,263 a $23,759 MXN en 2026)
- Multas por omisión de declaración: De 20 a 350 UMA (aproximadamente $2,263 a $39,598 MXN)
Recargos por mora: Incremento significativo para 2026
Una de las consecuencias más costosas es la aplicación de recargos por mora, cuyas tasas aumentaron significativamente para 2026 según la Ley de Ingresos de la Federación:
| Concepto | Tasa 2025 | Tasa 2026 | Incremento |
| Recargos por mora mensual | 1.47 % | 2.07 % | +0.60 puntos |
| Recargos por prórroga | 0.98 % | 1.38 % | +0.40 puntos |
| Pago en parcialidades (hasta 12 meses) | 1.26 % | 1.42 % | +0.16 puntos |
| Pago en parcialidades (12-24 meses) | 1.53 % | 1.63 % | +0.10 puntos |
| Pago diferido (>24 meses) | 1.82 % | 1.97 % | +0.15 puntos |
Restricción o Cancelación de Sellos Digitales (CSD)
Una de las sanciones más severas es la suspensión o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD), que impide emitir CFDI y paraliza las operaciones comerciales:
- Efecto inmediato: La empresa no puede facturar, lo que detiene ventas, cobranzas y relaciones comerciales
- Procedimiento: El SAT puede suspender el CSD sin previo aviso cuando detecta incumplimiento en declaraciones anuales
- Regularización: Para recuperar el CSD, se debe presentar la declaración pendiente, pagar multas, recargos y actualizaciones, y esperar procesos administrativos que pueden tomar semanas
Limitación para solicitar devoluciones o compensaciones
Las empresas que no presenten su declaración anual pierden el derecho a solicitar devoluciones automáticas cuando existe saldo a favor:
- Pérdida de flujo: El saldo a favor no puede ser devuelto ni compensado contra otros impuestos
- Impacto en tesorería: La empresa pierde liquidez que podría utilizar para operaciones
- Proceso complejo: Recuperar el saldo a favor requiere presentar declaración complementaria con todos los costos asociados
Inhabilitación para créditos, licitaciones y subsidios
La falta de cumplimiento fiscal afecta la capacidad de la empresa para:
- Solicitar créditos bancarios: Las instituciones financieras requieren constancia de situación fiscal favorable
- Participar en licitaciones públicas: El SAT exige cumplimiento fiscal para participar en procesos de compras del gobierno
- Recibir subsidios gubernamentales: Los programas de apoyo requieren estar al corriente en obligaciones fiscales
- Mantener relaciones comerciales: Muchos clientes y proveedores exigen constancia de situación fiscal favorable
Requerimientos y auditorías fiscales
La omisión de la declaración anual activa mecanismos de fiscalización automatizados:
- Requerimientos formales: El SAT emite requerimientos de información que deben atenderse en plazos cortos (10-15 días)
- Revisiones profundas: La omisión puede desencadenar auditorías de campo o visitas domiciliarias
- Determinación presuntiva: Si no se responde a requerimientos, el SAT puede determinar impuestos presuntivamente, con base en información de terceros o parámetros oficiales, generalmente resultando en montos mayores
¿Cuáles son los errores comunes que deben evitarse en la declaración anual del ISR de personas morales?
La experiencia muestra que los errores más costosos en la declaración anual de personas morales son:
| Error / omisión | Descripción |
| Omisión de ingresos: | No incluir todos los ingresos acumulables del ejercicio, incluyendo ingresos accesorios, intereses y dividendos. |
| Deducciones no autorizadas: | Incluir gastos personales o no estrictamente indispensables para la actividad, generando ajustes en auditoría. |
| No verificar información precargada: | Aceptar sin validación los datos precargados por el SAT, que pueden ser inconsistentes con la contabilidad real. |
| Pagos provisionales pendientes: | No presentar o corregir pagos provisionales antes de la anual, causando diferencias que tardan 24-48 horas en reflejarse. |
| No aplicar pérdidas fiscales: | Omitir la aplicación de pérdidas de ejercicios anteriores, perdiendo el derecho a reducir la base gravable. |
| Errores en cálculo de retenciones: | Incorrecta determinación de retenciones de ISR e IVA, especialmente en operaciones con residentes en el extranjero o plataformas digitales. |
Buenas prácticas para el cumplimiento de la declaración anual del ISR de personas morales
Para el cumplimiento de la presentación de la declaración anual del ISR es importante:
Preparación y conciliación
- Iniciar preparación en enero: Ordenar y conciliar ingresos vs CFDI vs contabilidad, egresos y nómina para detectar diferencias antes del cierre del ejercicio.
- Validación de CFDI: Verificar que todos los comprobantes fiscales estén correctamente timbrados y cancelados dentro de plazos legales, considerando que el plazo de cancelación puede vincularse al mes de presentación de la anual.
- Uso de herramientas del SAT: Utilizar el Visor de Nómina del Patrón y otros aplicativos digitales del SAT para validar información precargada antes de la captura definitiva.
Planificación fiscal
- Simulación previa: Emplear simuladores o papeles de trabajo internos para anticipar el resultado (impuesto a cargo o saldo a favor) y planificar flujo de efectivo.
- Aprovechamiento de estímulos: Revisar aplicación de estímulos fiscales vigentes, como deducción de inversiones en tecnología o energías renovables.
- Estrategia de pagos: Si resulta saldo a cargo, planificar el pago mediante transferencia electrónica en bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
Revisión final y presentación
- Revisión cruzada: Validar que la información de pagos provisionales, retenciones y PTU coincida exactamente con acuses y comprobantes físicos.
- Prueba de envío: Realizar una revisión completa de todos los campos antes de firmar electrónicamente, verificando cálculos aritméticos y consistencia de datos.
- Conservación de soportes: Mantener todos los documentos que respaldan la declaración durante el plazo de prescripción fiscal, con acceso rápido en caso de requerimiento de autoridades.
La declaración anual de ISR para personas morales en 2026 demanda preparación meticulosa, aprovechamiento de herramientas tecnológicas del SAT y vigilancia constante de cambios normativos. La integración de información precargada, nuevas retenciones en plataformas digitales y mayores sanciones por incumplimiento hacen imperativo un enfoque proactivo y sistemático en la preparación de esta obligación fiscal.
Recomendaciones y herramientas contables
- Mantén la contabilidad al día: Registra cada venta y gasto puntual y correctamente. Conciliación contable-fiscal: cuadra tu contabilidad electrónica con los datos del SAT. Verifica que todos los CFDI (venta y gastos) cumplan requisitos (RFC y claves correctas).
- Actualiza tus datos fiscales: Asegúrate de que la e.firma esté vigente y que tu domicilio fiscal y actividad económica estén actualizados en el RFC.
- Usa un sistema contable confiable: Para facilitar el proceso, utiliza software contable profesional. Alegra, por ejemplo, ofrece reportes inteligentes de ventas y compras, que permiten extraer en segundos la información necesaria para la declaración. Estos reportes ordenan tus ingresos y egresos, agilizando el cálculo del ISR y el llenado de tu declaración.
- Consulta fuentes oficiales: Revisa periódicamente el portal del SAT y la Resolución Miscelánea vigente. Así conocerás a tiempo nuevos requisitos o ajustes (tarifas, inflación, estímulos).
- Preparación anticipada: No esperes hasta último momento. Revisa tu contabilidad del año completo y realiza un borrador de declaración. Esto reduce errores y estrés en temporada fiscal.
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¡Mantente Siempre Al Día! Lleva tus registros contables con rigor y aprovecha herramientas como Alegra para automatizar procesos. Consulta frecuentemente las disposiciones oficiales del SAT y prepara tu declaración con anticipación para evitar contratiempos fiscales.
Fuentes
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (México). Ley del Impuesto sobre la Renta. Artículos 9, 150 (última reforma publicada en DOF, 12 de diciembre de 2022).
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (México). Código Fiscal de la Federación. Artículo 113-A (última reforma publicada en DOF, 31 de diciembre de 2022).
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público (México). Resolución Miscelánea Fiscal para 2026. Diario Oficial de la Federación, 28 de diciembre de 2025.
- Servicio de Administración Tributaria (SAT) (México). Declaración Anual de Personas Morales. Portal de trámites y servicios.

