Declaración anual de personas morales 2025: se aproxima el plazo límite para su presentación

La declaración anual para personas morales del ejercicio 2024 debe presentarse antes del 31 de marzo de 2025. Este artículo detalla el fundamento legal, proceso paso a paso, requisitos, consecuencias de incumplimiento y novedades implementadas por el SAT para este año fiscal, con información técnica y práctica para contadores.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 25 Mar 2025

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8 min de lectura

declaración anual de personas morales

La declaración anual de personas morales es un trámite esencial para las empresas en México, y su presentación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe realizarse antes del 31 de marzo de 2025 para el ejercicio fiscal 2024. Es crucial que los contadores estén bien informados sobre los procedimientos, plazos y detalles técnicos de esta obligación fiscal para evitar sanciones y asegurar que se cumpla con todos los requisitos.

Este artículo ofrece una guía completa y actualizada sobre la declaración anual de personas morales, destacando los aspectos más importantes a considerar y cómo optimizar el proceso.

¿Quiénes deben presentar la declaración anual?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido que las personas morales deben presentar su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio 2024 a más tardar el 31 de marzo de 2025. Esta obligación fiscal representa uno de los trámites más importantes para las empresas en México y constituye un informe en el que se reportan los ingresos y gastos del año fiscal anterior.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley del ISR, están obligadas a presentar esta declaración todas las entidades consideradas como personas morales, incluyendo:

  • Sociedades mercantiles.
  • Organismos descentralizados con actividades empresariales.
  • Instituciones de crédito.
  • Sociedades y asociaciones civiles.
  • Asociación en participación que realiza actividades empresariales en México.
  • Sociedades cooperativas.
  • Sistema financiero.
  • Fideicomisos con actividad empresarial.

Es fundamental tener presente que, a diferencia de las personas físicas que presentan su declaración en abril, las personas morales tienen como fecha límite improrrogable el 31 de marzo.

Consecuencias del incumplimiento de la presentación de la declaración anual

Las empresas que no cumplan con la presentación de la declaración anual dentro del plazo establecido pueden enfrentar diversas sanciones económicas y administrativas. Entre las principales consecuencias del incumplimiento se encuentran:

ConsecuenciaDescripción
MultasEl monto varía según el tiempo de retraso
RecargosSe acumulan desde la fecha límite hasta la regularización
Restricción de operacionesLimitaciones para facturar, obtener créditos o participar en licitaciones
Mayor riesgo de auditoríasIncremento en la probabilidad de revisiones fiscales

El SAT ha sido claro al señalar que las personas morales deben cumplir con este trámite para evitar estas posibles sanciones. Además de las multas económicas, se generan recargos cuyo monto varía según el tiempo transcurrido desde la fecha límite hasta el momento en que se regularice la situación fiscal.

Proceso para la presentación de la declaración

Para ingresar y presentar correctamente la declaración anual, los contribuyentes deben contar con:

  • RFC y contraseña vigente o e.firma
  • Información de ingresos, deducciones y coeficiente de utilidad
  • Datos sobre impuestos retenidos y pagos provisionales
  • Una cuenta bancaria con servicio de banca electrónica (para realizar el pago si resulta impuesto a cargo).

Pasos para realizar la declaración

  1. Seleccionar «Iniciar» en la plataforma del SAT
  2. Ingresar a la aplicación utilizando RFC y contraseña o e.firma
  3. Completar los campos solicitados en la declaración
  4. Enviar la declaración
  5. Obtener el acuse de recibo y, si corresponde, la línea de captura para el pago.

Te puede interesar: Simulador de la declaración anual 2024 para personas morales

Novedades para la declaración anual 2025

El SAT ha implementado mejoras en el proceso de declaración anual para las personas morales en 2025, incorporando información pre-cargada para facilitar su presentación. Entre los datos que ya aparecen en el sistema se incluyen:

  • Pagos provisionales realizados durante el ejercicio.
  • Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada.
  • Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, ISR por asimilados a salarios, ISR por arrendamiento e ISR del Régimen Simplificado de Confianza).
  • Información de ejercicios anteriores como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidios para el empleo.
  • CFDI emitidos por descuentos, devoluciones y bonificaciones.

Estas mejoras buscan optimizar el proceso de presentación de la declaración anual, reduciendo errores y facilitando el cumplimiento de esta obligación fiscal.

Consideraciones especiales para contadores

Es importante recordar que las personas morales también tienen la obligación de llevar su contabilidad electrónica, la cual se refiere al registro de asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar mensualmente esta información a través del portal del SAT. Esta información contable es fundamental para la correcta presentación de la declaración anual.

Para dar cumplimiento a la contabilidad electrónica, se debe enviar mensualmente:

  • La balanza de comprobación
  • El catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT.

Las personas morales deben enviar su balanza de comprobación dentro de los primeros 3 días hábiles al segundo mes posterior al que corresponde la información. Esta información será esencial para la elaboración de la declaración anual, por lo que es fundamental mantenerla actualizada y correcta.

Recomendaciones para una presentación exitosa

  1. Planificación anticipada: Comenzar la preparación de la información con suficiente antelación, evitando complicaciones de última hora
  2. Revisión de la contabilidad: Asegurarse de que toda la información contable está conciliada y correctamente registrada
  3. Verificación de información pre-cargada: Comprobar que los datos que aparecen pre-cargados en el sistema coinciden con los registros contables de la empresa
  4. Documentación de soporte: Mantener organizada toda la documentación que respalda la información declarada

Calendario fiscal para personas morales 2025

FechaActividad
Enero – Febrero 2025Preparación de información contable y fiscal
1 – 31 de Marzo 2025Periodo para presentar la declaración anual
31 de Marzo 2025Fecha límite improrrogable para la presentación
Abril 2025 en adelantePeríodo para posibles declaraciones complementarias

¿Qué sucede si no puedo presentar la declaración antes del 31 de marzo?

No existe prórroga para la presentación de la declaración anual de personas morales. El incumplimiento de esta obligación generará multas y recargos que se acumularán hasta que se regularice la situación.

¿Puedo modificar mi declaración después de enviarla?

Sí, en caso de detectar errores después de haber enviado la declaración, es posible presentar una declaración complementaria para corregir la información.

¿Deben realizar este trámite las empresas que no tuvieron operaciones en 2024?

Sí, incluso las personas morales sin operaciones deben cumplir con la obligación de presentar su declaración anual, reportando su situación fiscal.

La presentación de la declaración anual de impuestos para personas morales antes del 31 de marzo de 2025 es una obligación fiscal ineludible que requiere una adecuada preparación y conocimiento de los requisitos vigentes. Para los contadores que asesoran a empresas, es fundamental estar actualizados sobre las modificaciones implementadas por el SAT y mantener un control riguroso de la información contable.

¿Cuáles son las sanciones específicas por no presentar la declaración anual de personas morales a tiempo?

El SAT aplica diversas sanciones monetarias a los contribuyentes que incumplen con la presentación de su declaración anual:

  • Por presentación extemporánea: Sanciones que van desde $1,800 hasta $44,790 pesos cuando se presenta fuera del plazo establecido.
  • Por no presentar avisos de compensaciones: Multas adicionales específicas relacionadas con otros incumplimientos asociados a la declaración.
  • Suspensión o cancelación del Certificado de Sello Digital: Una de las sanciones más severas que puede imponer el SAT es la suspensión o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD), lo cual: impide la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), paraliza las operaciones comerciales de la empresa, ya que no podrá facturar, afecta gravemente la continuidad del negocio y las relaciones con clientes y proveedores.

Recargos y actualizaciones

Además de las multas iniciales, el incumplimiento genera costos financieros adicionales:

  • Recargos progresivos: Se calculan aplicando la tasa correspondiente por cada mes o fracción que transcurra después de la fecha límite.
  • Actualización de montos: El importe del impuesto a pagar se actualiza por inflación, incrementando el monto total de la deuda.

Otras consecuencias relevantes

La omisión en la presentación de la declaración anual también puede desencadenar:

  • Mayor riesgo de auditorías fiscales y revisiones detalladas por parte del SAT.
  • Bloqueo de operaciones empresariales que requieran estar al corriente en obligaciones fiscales.
  • Obstáculos para participar en licitaciones públicas o contratos gubernamentales.
  • En casos graves, podría considerarse como un posible delito de fraude fiscal

El cumplimiento oportuno de esta obligación no solo evita sanciones económicas, sino que también contribuye a mantener un historial fiscal saludable para las empresas. La planificación anticipada, la organización de la información y el aprovechamiento de las herramientas tecnológicas disponibles son clave para una presentación exitosa.


Te puede interesar: Cancelación de CFDI antes de la declaración anual

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