Índice
ToggleLa declaración anual de personas físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2025 debe presentarse ante el SAT del 1 al 30 de abril de 2026. En esta guía encontrarás quiénes están obligados, qué documentos necesitas, cómo usar el portal del SAT, las deducciones personales vigentes y las nuevas tarifas de ISR actualizadas por inflación.
Te puede interesar: Declaración anual de personas físicas 2026: Tips clave para presentarla sin errores

¿Qué es la declaración anual de personas físicas?
La declaración anual es el informe fiscal que las personas físicas presentan ante el SAT al término del ejercicio fiscal para determinar su impuesto definitivo del ISR. En ella se integran todos los ingresos obtenidos durante el año, se deducen los gastos personales autorizados por ley y se compara el resultado con los pagos provisionales o retenciones ya efectuados. Si los pagos superan el impuesto calculado, surge un saldo a favor que el SAT puede devolver; si el impuesto calculado supera los pagos, existe un saldo a cargo que debe liquidarse.
A diferencia de los pagos provisionales mensuales, la declaración anual es el corte definitivo del ejercicio: no puede corregirse con un pago provisional posterior, solo con una declaración complementaria.
La declaración anual es el mecanismo legal que cierra el ciclo fiscal del contribuyente y determina si pagó de más o de menos durante el año.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual en 2026?
De acuerdo con los artículos 90, 106, 116 y demás relativos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, están obligadas las personas físicas en cualquiera de estas situaciones:
- Salarios superiores a $400,000 anuales en el ejercicio 2025
- Dos o más patrones simultáneos en cualquier momento del año
- Personas que dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2025
- Quienes recibieron ingresos del extranjero o de patrones no obligados a retener ISR
- Quienes percibieron ingresos por indemnización o jubilación
- Contribuyentes con ingresos por servicios profesionales (honorarios)
- Personas con actividad empresarial o ingresos por plataformas tecnológicas
- Personas con ingresos por arrendamiento de inmuebles
- Quienes obtuvieron intereses o dividendos
- Quienes realizaron enajenación de bienes
Te puede interesar: ¿Quiénes están obligados a presentar declaración anual en 2026 ante el SAT?
¿Quiénes NO están obligados?
Quedan relevados de presentar declaración anual los asalariados que reúnan simultáneamente estas condiciones:
- Un solo patrón durante todo el ejercicio
- Ingresos anuales menores a $400,000
- Todos los CFDI de nómina emitidos correctamente por el patrón
- Intereses nominales del ejercicio inferiores a $20,000
También quedan relevados quienes obtuvieron ingresos totales por salarios más intereses reales inferiores a $400,000, con intereses reales menores a $100,000.
Los contribuyentes del RESICO PF (Régimen Simplificado de Confianza) están relevados conforme a la regla 3.13.7 de la RMF 2026, aunque las reglas 3.13.20 y 3.13.21 les abren la opción de presentar voluntariamente cuando tienen deducciones personales que generar saldo a favor.
Te puede interesar: Casos especiales en la declaración anual del ISR — situaciones que no encajan en la regla general y cómo resolverlas.
Aunque un contribuyente no esté obligado, presentar voluntariamente puede generar saldo a favor si acumuló deducciones personales durante el año.
¿Cuándo se presenta la declaración anual de personas físicas 2026?
| Tipo de contribuyente | Período de presentación | Ejercicio que se declara |
| Personas físicas | 1 al 30 de abril de 2026 | Enero–diciembre 2025 |
| Personas morales | Hasta el 31 de marzo de 2026 | Enero–diciembre 2025 |
El plazo para personas físicas es improrrogable en condiciones normales. Si el 30 de abril cae en fin de semana o día inhábil oficial, el SAT suele publicar el calendario actualizado en su portal; revisa sat.gob.mx antes de esa fecha.
Presentar fuera del plazo genera una multa por omisión de declaración (art. 81 y 82 del CFF), además de recargos por el ISR a cargo que resulte.
La ventana para la declaración anual de personas físicas 2026 es del 1 al 30 de abril, sin excepciones para el ejercicio fiscal 2025.
¿Qué necesitas antes de iniciar tu declaración anual ante el SAT?
Antes de abrir el portal del SAT, asegúrate de tener todo listo. Un acceso interrumpido evita errores y te permite aprovechar la información precargada.
Documentos e información indispensable
- RFC activo y sin restricciones en el CSD
- Contraseña SAT o e.firma vigente (certificado .cer + llave .key + contraseña de llave privada)
- Buzón Tributario habilitado y con correo electrónico de contacto activo
- CLABE bancaria interbancaria a nombre del contribuyente (para recibir devolución automática)
- CFDI de ingresos del ejercicio (nómina, honorarios, arrendamiento, plataformas)
- CFDI de deducciones personales (facturas médicas, colegiaturas, hipoteca, donativos)
- Constancia de retenciones emitida por el patrón o pagador (si no están todos los CFDI timbrados)
- Estado de cuenta de Afore y planes personales de retiro (para aportaciones voluntarias)
- Comprobantes de intereses reales hipotecarios (carta-constancia del banco)
- Estados de cuenta bancarios del ejercicio para conciliar ingresos y gastos
Checklist de revisión pre-envío
Antes de firmar y enviar, verifica punto por punto:
- Todos los CFDI de nómina están correctamente timbrados por el patrón
- El RFC en cada CFDI de deducción coincide exactamente con la Constancia de Situación Fiscal
- Los pagos de deducciones médicas y educativas se realizaron por medios electrónicos (nunca en efectivo)
- Las colegiaturas ingresadas no superan el límite por nivel educativo
- Las deducciones médicas de familiares corresponden a dependientes económicos autorizados
- La CLABE bancaria capturada está vigente y a nombre del contribuyente
- El acuse de recibo fue descargado y guardado antes de cerrar la sesión
Un checklist pre-envío completo reduce drásticamente el riesgo de requerimientos del SAT y declaraciones complementarias innecesarias.
Descarga la Guía Fiscal 2026 y conoce a detalle todo lo que debes revisar para presentar correctamente la declaración anual de personas físicas ante el SAT.

¿Cómo hacer tu declaración anual paso a paso en el portal del SAT?
El portal precarga automáticamente los ingresos y retenciones registrados en los CFDI que fueron emitidos con tu RFC. Tu trabajo como contador es verificar que esa información sea correcta y complementarla con las deducciones personales.
- Ingresa a sat.gob.mx → menú «Declaraciones» → «Anuales» → «Personas físicas»
- Autentícate con RFC + contraseña SAT o con e.firma (archivo .cer, .key y contraseña)
- Revisa la información precargada: ingresos por régimen, retenciones acumuladas y pagos provisionales del ejercicio
- Verifica y agrega deducciones personales que no estén precargadas (el SAT solo precarga algunas categorías automáticamente)
- Analiza el resultado: el sistema calcula el ISR anual y lo compara con lo ya pagado — obtendrás saldo a favor o saldo a cargo
- Si hay saldo a favor: elige devolución automática, confirma o captura la CLABE interbancaria
- Si hay saldo a cargo: realiza el pago en línea mediante línea de captura antes del 30 de abril
- Firma la declaración con contraseña o e.firma según el monto del saldo
- Descarga el acuse de recibo inmediatamente (en formato PDF y .xml)
- Consulta el estatus en Buzón Tributario al día siguiente hábil
Nota: Si el cliente tiene ingresos en más de un régimen (por ejemplo, salarios y arrendamiento), el portal integra ambos en una sola declaración. Verifica que los pagos provisionales de cada régimen estén capturados correctamente.
Seguir el proceso paso a paso en el portal del SAT y descargar el acuse de recibo al momento es la única forma de tener certeza jurídica de que la declaración fue recibida.
Te puede interesar: Declaración anual de personas físicas 2026: errores en la información precargada del SAT que hacen que tu cliente pague de más
¿Cuáles son las deducciones personales que aplican en 2026?
Las deducciones personales que puedes aplicar están reguladas en el artículo 151 de la LISR y en las reglas complementarias de la RMF 2026. Existe un límite general: el monto deducible no puede superar 5 UMA anuales (aproximadamente $198,031.80 para 2025) o el 15% de los ingresos totales del contribuyente (incluidos los exentos), lo que resulte menor.
Algunas categorías quedan fuera del límite general: gastos médicos por incapacidad o discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y complementarias de retiro, y los estímulos fiscales establecidos por decreto.
Tabla de deducciones personales 2026
| Concepto | Límite | Condición clave |
| Honorarios médicos, dentales, psicología, nutrición | Límite general | Pago electrónico; aplica para cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos |
| Gastos hospitalarios y medicinas en hospital | Límite general | Factura del hospital, no de farmacia externa |
| Análisis, prótesis, rehabilitación, enfermería | Límite general | Pago electrónico |
| Lentes ópticos graduados | Hasta $2,500 por ejercicio | CFDI con descripción del producto |
| Primas de seguros de gastos médicos | Límite general | Pago electrónico |
| Colegiatura preescolar | Hasta $14,200 | Solo colegiaturas; no inscripciones |
| Colegiatura primaria | Hasta $12,900 | Solo colegiaturas; no inscripciones |
| Colegiatura secundaria | Hasta $19,900 | Solo colegiaturas; no inscripciones |
| Colegiatura profesional técnico | Hasta $17,100 | Solo colegiaturas; no inscripciones |
| Colegiatura bachillerato | Hasta $24,500 | Solo colegiaturas; no inscripciones |
| Transporte escolar | Sin límite específico | Solo si es obligatorio por la escuela |
| Gastos funerarios | Hasta 1 UMA anual (~$39,606) | Contribuyente y familiares directos |
| Intereses reales de crédito hipotecario | Límite general | Crédito ≤ 750,000 UDIS; carta-constancia del banco |
| Donativos a donatarias autorizadas | Hasta el 7% de ingresos acumulables del año anterior | Solo a donatarias con autorización SAT vigente |
| Aportaciones voluntarias a Afore / plan de retiro | Hasta el 10% de ingresos acumulables o 5 UMA, lo menor | Fuera del límite general |
| Cuentas especiales de ahorro (art. 185 LISR) | Hasta $152,000 por año | Institución financiera autorizada |
| Impuestos locales sobre salarios | Los efectivamente pagados | Solo estados con tasa ≤ 5% |
Importante: los pagos de todas las deducciones médicas y educativas deben realizarse mediante transferencia electrónica, tarjeta de débito/crédito o cheque nominativo. Los pagos en efectivo no son deducibles, sin excepción.
Aprovechar al máximo las deducciones personales autorizadas es la principal herramienta del contador para reducir la base gravable de su cliente y generar saldo a favor.
Te puede interesar: Calculadora de deducciones personales SAT 2026
¿Qué cambió en las tarifas de ISR para 2026?
Las nuevas tarifas de ISR 2026 fueron publicadas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28 de diciembre de 2025). Se trata de la primera actualización desde 2022, motivada por una inflación acumulada del 10.10% en el período. El ajuste eleva los límites inferiores y superiores de cada rango, sin modificar los porcentajes marginales.
El efecto práctico es que un contribuyente con el mismo ingreso nominal que en años anteriores paga proporcionalmente menos ISR porque ahora una mayor porción de su ingreso cae en rangos de menor tasa.
Tarifa mensual de ISR 2026 (Anexo 8 RMF 2026)
| Límite inferior (MXN) | Límite superior (MXN) | Cuota fija (MXN) | % sobre excedente |
| $0.01 | $844.59 | $0 | 1.92% |
| $844.60 | $7,168.51 | $16.22 | 6.40% |
| $7,168.52 | 412,598.02 | $420.95 | 10.88% |
| $12,598.03 | $14,644.64 | $1,011.68 | 16.00% |
| $14,644.65 | $17,533.64 | $1,339.14 | 17.92% |
| $17,533.65 | $35,362.83 | $1,856.84 | 21.36% |
| $35,362.84 | $55,736.68 | $5,665.16 | 23.52% |
| $55,736.69 | $106,410.50 | $10,457.09 | 30.00% |
| $106,410.51 | $141,880.66 | $25,659.23 | 32.00% |
| $141,880.67 | $425,641.99 | $37,009.69 | 34.00% |
| $425,642.00 | En adelante | $133,488.54 | 35.00% |
Fuente: DOF 28 de diciembre de 2025 — Anexo 8, RMF 2026.
Para la declaración anual se utiliza la tarifa anual del artículo 152 LISR, que aplica los mismos porcentajes marginales sobre la base del ejercicio completo. Verifica que el sistema del SAT aplique la tarifa anual, no la mensual acumulada.
Te puede interesar: Cambios al ISR para sueldos y salarios 2026 en México: nuevas tablas, retenciones y efectos en la nómina
La actualización de las tarifas ISR 2026 por inflación reduce el impacto y puede significar un menor saldo a cargo para muchos asalariados con respecto a 2025.
¿Cómo funciona la devolución automática de saldo a favor?
Cuando el ISR calculado en la declaración anual es menor a las retenciones y pagos provisionales del ejercicio, el contribuyente tiene derecho a solicitar la devolución de su saldo a favor directamente desde el portal, sin trámite adicional.
El esquema de devolución automática opera con distintos niveles de autenticación según el monto:
| Monto del saldo a favor | Autenticación requerida | Observaciones |
| Hasta $10,000 | Contraseña SAT | CLABE precargada o capturada en el momento |
| De $10,001 a $50,000 | Contraseña SAT | CLABE precargada; si se modifica: requiere e.firma |
| De $50,001 a $150,000 | e.firma | CLABE interbancaria obligatoria |
| Más de $150,000 | e.firma + FED manual | Debe presentarse el Formato Electrónico de Devoluciones en el portal |
El SAT tiene hasta 40 días hábiles para resolver la devolución automática (art. 22 del CFF). En la práctica, los montos menores suelen acreditarse en 5 a 10 días hábiles cuando la declaración no presenta inconsistencias.
Consejos para agilizar la devolución
- Verifica que la CLABE esté a nombre del contribuyente y activa en el banco
- Asegúrate de que el RFC del contribuyente coincida exactamente en todos los CFDI que amparan las deducciones
- Si el SAT emite un requerimiento en el Buzón Tributario, responde en el plazo indicado (normalmente 20 días hábiles) con la documentación soporte
- Conserva todos los CFDI y comprobantes de pago electrónico al menos 5 años (art. 30 CFF)
Un saldo a favor bien documentado y con CLABE correcta puede depositarse en menos de dos semanas; cualquier inconsistencia en el RFC o en los medios de pago detiene el proceso y genera requerimientos.
¿Qué errores comunes debes evitar en la declaración anual 2026?
En 2026 el SAT utiliza sistemas de inteligencia artificial para cruzar la información de la declaración con las bases de datos de CFDI, pagos electrónicos, información de terceros y los registros del IMSS e INFONAVIT. Los errores que antes pasaban desapercibidos ahora generan requerimientos automáticos o incluso la suspensión del certificado de sello digital (CSD).
Estos son los errores más frecuentes y cómo evitarlos:
1. RFC incorrecto en los CFDI de deducciones
El RFC en el CFDI debe coincidir exactamente con la Constancia de Situación Fiscal del contribuyente, incluyendo la homoclave. Un error tipográfico invalida la deducción. Antes de presentar la declaración, descarga la constancia actualizada del portal del SAT y verifica campo a campo.
2. Clave de uso del CFDI incorrecta
Cada CFDI de deducción debe llevar la clave de uso correcta conforme al catálogo del SAT (por ejemplo, «D01» para honorarios médicos y dentales, «D02» para gastos médicos por incapacidad). Un CFDI con clave «G03» (gastos en general) no es deducible como gasto personal aunque el concepto sea médico.
3. Pagos en efectivo para deducciones que requieren medios electrónicos
Los honorarios médicos, colegiaturas y gastos hospitalarios pagados en efectivo no son deducibles aunque exista CFDI. El artículo 151 de la LISR es claro: el medio de pago debe ser electrónico (transferencia, tarjeta, cheque nominativo). El SAT cruza el CFDI con la información bancaria proporcionada por las instituciones financieras.
4. Exceder los límites por concepto o el límite general
Incluir colegiaturas por encima del límite del nivel educativo correspondiente, o no calcular correctamente el tope del 15% de ingresos / 5 UMA, genera un diferencial que el sistema detecta y rechaza automáticamente.
5. CFDI de nómina no timbrados o mal timbrados por el patrón
Si el patrón no timbró todos los CFDI de nómina del ejercicio, la información precargada en el portal del SAT estará incompleta. El contribuyente debe exigir al patrón que corrija esto antes del 30 de abril. Si no es posible, deberá presentar la declaración con los comprobantes que tenga y posiblemente una complementaria después.
6. Discrepancia entre ingresos precargados y los realmente obtenidos
El SAT precarga los ingresos con base en los CFDI reportados por terceros. Si hay ingresos no amparados por CFDI (como ingresos del extranjero o de personas no obligadas a emitir CFDI), deben declararse manualmente. Omitirlos es discrepancia fiscal (art. 91 LISR).
7. CFDI presuntamente falsos o con falta de materialidad
La Reforma al CFF 2026 (DOF 7 de noviembre de 2025) fortaleció el régimen del artículo 69-B. El SAT puede iniciar verificaciones de materialidad mediante visitas domiciliarias (art. 49 Bis CFF). Si un CFDI que ampara una deducción está incluido en la lista de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes (EDOS), el receptor tiene 30 días para revertir sus efectos o arriesgarse a la restricción del CSD. Verifica en el portal del SAT que ningún proveedor del cliente esté en esa lista antes de presentar la declaración.
El SAT 2026 cruza en tiempo real la declaración con bases de datos de CFDI, IMSS, INFONAVIT y pagos bancarios: cualquier inconsistencia genera un requerimiento automático que retrasa la devolución o da inicio a una auditoría.
Preguntas frecuentes sobre la declaración anual de personas físicas
¿Puedo presentar la declaración anual antes del 1 de abril?
No. El portal del SAT habilita la declaración anual de personas físicas a partir del 1 de abril de cada año. Antes de esa fecha, el sistema no permite el acceso al módulo de declaración anual del ejercicio anterior.
¿Qué pasa si el contribuyente no tiene saldo a favor ni saldo a cargo?
Igualmente debe presentar la declaración si está obligado. La omisión de declaración genera multa aunque el resultado sea cero (art. 81, fracción I del CFF).
¿Puedo incluir deducciones de años anteriores que olvidé declarar?
No. Las deducciones personales aplican al ejercicio en que se efectuó el gasto y se pagó con CFDI. No pueden trasladarse a ejercicios posteriores. Si se omitieron, la alternativa es presentar una declaración complementaria del ejercicio correspondiente.
¿Cómo tributa un cliente con ingresos por plataformas tecnológicas (Uber, Airbnb)?
Estos ingresos se declaran en el régimen de plataformas tecnológicas (capítulo II, sección III del Título IV LISR). La plataforma actúa como retenedor parcial, pero el contribuyente debe presentar pagos provisionales mensuales y la declaración anual integrando estos ingresos con los de otros regímenes.
¿El RESICO PF tiene que presentar declaración anual?
Conforme a la regla 3.13.7 de la RMF 2026, los contribuyentes del RESICO PF están relevados de presentar declaración anual si cumplieron con sus pagos mensuales definitivos. Sin embargo, si tienen deducciones personales significativas, las reglas 3.13.20 y 3.13.21 les permiten presentarla voluntariamente para recuperar el exceso de impuesto pagado.
¿Qué sucede si el contribuyente tiene ingresos en RESICO y también por arrendamiento?
En ese caso existe una incompatibilidad de regímenes. El arrendamiento puede combinarse con algunos regímenes, pero no siempre con RESICO. Revisa las reglas específicas de la RMF 2026 y, si hay duda, consulta la ficha de trámite 83/ISR en el portal del SAT.
¿Puedo presentar la declaración anual aunque sea la primera vez que declaro?
Sí. El sistema del SAT precarga la información disponible con base en los CFDI registrados a tu RFC. Solo necesitas tener RFC activo, contraseña o e.firma vigente y Buzón Tributario habilitado.
¿La e.firma es obligatoria para todos?
Solo es obligatoria para saldos a favor superiores a $50,000 o cuando se modifica la CLABE precargada para saldos entre $10,001 y $50,000. Para saldos menores o declaraciones sin saldo a favor, la contraseña SAT es suficiente.
Te puede interesar:
- Declaración anual de personas físicas 2026: tips clave para presentarla sin errores
- Simulador del SAT para la declaración anual de personas físicas 2025
- Casos prácticos para la declaración anual de personas físicas 2026: 5 escenarios con números reales
- Multas por no presentar la declaración anual en 2026 en México: personas físicas y morales
Fuentes
- Cámara de Diputados. (2025). Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Cámara de Diputados. (2025). Ley de Ingresos de la Federación 2026.
- Diario Oficial de la Federación. (28 de diciembre de 2025). Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 — Anexo 8.
- Diario Oficial de la Federación. (7 de noviembre de 2025). Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación (LIF 2026).
Lleva la contabilidad de tus clientes personas físicas con Alegra
Alegra te permite llevar la contabilidad de tus clientes personas físicas de forma ágil y sin instalaciones: facturación CFDI, control de ingresos y egresos, y reportes listos para la declaración anual. Pruébalo gratis por 15 días.


