Índice
ToggleDiciembre marca un mes crucial para cerrar el año cumpliendo con tus obligaciones fiscales de manera correcta. Ignorar los plazos establecidos puede derivar en multas, auditorías inesperadas o complicaciones en tus operaciones financieras, especialmente en un período clave para la planeación del próximo año. Por este motivo, a continuación, presentamos algunas de las obligaciones para el cumplimiento fiscal en diciembre.
Este mes incluye importantes compromisos tributarios, como la presentación de declaraciones, el pago de impuestos y la revisión de cambios normativos que podrían impactar tu estrategia fiscal. Es vital llevar un control adecuado y considerar el apoyo de especialistas que aseguren el cumplimiento puntual y estratégico de tus responsabilidades.
Tip Alegra: ¡Mantente siempre informado! Consulta regularmente el Diario Oficial de la Federación (DOF) para estar al tanto de las actualizaciones legislativas y fiscales que puedan impactar tus obligaciones como contribuyente.
Cumplimiento fiscal en diciembre
Obligación | Fecha de cumplimiento | Fundamento legal |
Las personas físicas que volvieron al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) pueden aplicar el ISR pagado en un régimen distinto. | A partir de diciembre | Artículo tercero transitorio, fracción I, de la segunda modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 |
Contabilidad electrónica de personas morales: envío de balanza de comprobación octubre 2024. | 3 de diciembre | Artículos 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y 33 y 34 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF) |
Contabilidad electrónica de personas físicas: envío de balanza de comprobación octubre 2024. | 5 de diciembre | Artículos 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y 33 y 34 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF) |
Pagos provisionales o definitivos IVA, ISR de noviembre. | 17 de diciembre (es importante recordar que algunos contribuyentes cuentan con días adicionales dependiendo del sexto dígito del su RFC) | En materia de ISR la fundamentación es el artículo 14 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), para personas morales. En el caso de las personas físicas depende del tipo de ingreso que se perciba de conformidad con título IV del mismo ordenamiento. Para efectos del IVA el fundamento es el numeral 5-D de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). |
Pago de Retenciones IVA e ISR de las operaciones realizadas en noviembre. | 17 de diciembre (es importante recordar que algunos contribuyentes cuentan con días adicionales dependiendo del sexto dígito del su RFC) | En el caso de retenciones de ISR a personas físicas, la fundamentación depende del tipo de operación en términos del título IV de la LISR. Para las retenciones de IVA la fundamentación se encuentra en el numeral 1-A de la LIVA. |
Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata superiores a 100,000 pesos, de operaciones correspondientes a noviembre. | 17 de diciembre | Artículos 31 del CFF, y 76, fracción XV, 110, fracción VII, 118, fracción V y 128, primer párrafo de la LISR. |
Fecha límite para el pago del aguinaldo. | 19 de diciembre | Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo |
Presentación DIOT de las operaciones de noviembre. | 31 de diciembre | Artículo 32, fracciones V y VIII de la LIVA. |
Los contribuyentes que opten por tributar en el RESICO de personas físicas (a los cuales el SAT cambió de régimen y desean regresar al RESICO), deberán presentar un caso de aclaración a través del portal del SAT. | A más tardar el 31 de diciembre | Artículo tercero transitorio, fracción I, de la segunda modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 |
Sanciones por incumplimiento fiscal
El cumplimiento puntual y adecuado de las obligaciones tributarias es una responsabilidad clave para todos los contribuyentes. Presentar declaraciones, solicitudes, avisos y constancias dentro de los plazos establecidos y en los formatos requeridos por la ley es fundamental para evitar sanciones.
De acuerdo con el artículo 81, fracción I del Código Fiscal de la Federación, el incumplimiento de estas disposiciones ya sea por omisión o por errores en la presentación a través de los medios electrónicos oficiales, puede resultar en multas que oscilan entre $1,810 y $22,400. En nuestro editorial: Multas del SAT: causas, montos y cómo evitarlas, podrás profundizar al respecto.
En Siempre Al Día, te ayudamos a navegar el cierre fiscal del año. Descubre en nuestro portal las fechas límite y requisitos más importantes de diciembre para que finalices el año con tranquilidad y una sólida planificación para el siguiente. ¡Prepárate y mantente al día!