La relación entre CFDI y DIOT en 2026 no consiste en trasladar automáticamente todas las facturas recibidas a la declaración informativa. La DIOT se construye con las operaciones realizadas con proveedores y con el IVA pagado, retenido, acreditable o no acreditable del periodo, por lo que primero debes identificar cuándo se pagó cada operación y cuál fue su efecto fiscal.
Una factura emitida en enero puede formar parte de la DIOT de febrero si se pagó durante ese mes. Del mismo modo, una nota de crédito recibida posteriormente puede disminuir el IVA acreditable del periodo en que se aplica, aunque la factura original se haya declarado antes. La fecha del CFDI, el método de pago y el registro contable son señales relevantes, pero deben conciliarse con los pagos efectivamente realizados.
En este artículo te explicamos qué CFDI debes revisar para preparar la DIOT 2026, cómo tratar las operaciones PUE y PPD, qué papel cumplen los complementos de pago y las notas de crédito, y qué errores pueden generar diferencias frente a la declaración mensual de IVA.
- ¿Todos los CFDI recibidos deben incluirse en la DIOT? No. Deben identificarse las operaciones con proveedores que correspondan al periodo y su efecto en el IVA. Un CFDI recibido pero no pagado generalmente no genera todavía IVA acreditable, salvo que exista una disposición específica aplicable al caso.
- ¿La DIOT se llena con la fecha de emisión de la factura? No necesariamente. El IVA se rige, como regla general, por flujo de efectivo. El periodo debe determinarse con base en el pago efectivo, no únicamente con la fecha en que se emitió el comprobante.
- ¿Los CFDI emitidos a clientes aparecen en la DIOT propia? No. La DIOT informa operaciones con proveedores. Los CFDI emitidos a clientes inciden en el IVA trasladado de la declaración mensual y eventualmente en la DIOT del receptor, pero no se reportan como compras del emisor.
- ¿La plataforma de la DIOT tiene información precargada? No debe asumirse que los CFDI aparecen precargados. La plataforma permite captura manual de hasta 30 registros y carga masiva mediante un archivo
.txt; también entrega el acuse automáticamente y admite más de 40,000 registros.
Te puede interesar: ¿Cómo se gestionarán las devoluciones y descuentos en la nueva DIOT?
¿Cuál es la relación entre los CFDI y la DIOT?
Los CFDI son uno de los principales soportes documentales para preparar la DIOT, pero no reemplazan el análisis fiscal de la operación.
La declaración debe conciliar al menos cuatro elementos:
- El CFDI recibido del proveedor.
- El pago efectivo de la contraprestación.
- El registro contable y bancario.
- El efecto del IVA en la declaración mensual.
Por eso, no siempre existe una equivalencia uno a uno. Un mismo CFDI puede pagarse en varias parcialidades y afectar varios periodos; también pueden existir varias facturas del mismo proveedor que se presentan consolidadas en un solo registro de la DIOT.
| Documento o registro | Función en la conciliación |
| CFDI de Ingreso recibido | Identifica al proveedor, la operación, base e impuestos trasladados |
| CFDI con método PUE | Indica pago en una sola exhibición, pero debe validarse contra el pago real |
| CFDI con método PPD | Identifica una operación que será pagada posteriormente |
| Complemento de pago | Permite determinar cuándo y cuánto se pagó en operaciones PPD |
| CFDI de Egreso | Documenta devoluciones, descuentos o bonificaciones |
| Estado de cuenta | Acredita el momento y monto del pago |
| Contabilidad | Permite relacionar factura, pago, impuestos, proveedor y periodo |
| Declaración mensual de IVA | Debe ser congruente con el IVA acreditable, retenido y trasladado |
¿Qué CFDI recibidos debes considerar?
El punto de partida son los comprobantes relacionados con compras, gastos, servicios, arrendamientos, inversiones y demás operaciones celebradas con proveedores.
Sin embargo, antes de incorporarlos debes verificar:
- Que el CFDI esté vigente.
- Que el RFC del proveedor sea correcto.
- Que la operación corresponda al contribuyente.
- Que el pago haya ocurrido en el periodo.
- Que el IVA se encuentre trasladado de forma expresa y por separado.
- Que el gasto sea estrictamente indispensable cuando sea un requisito del acreditamiento.
- Que no exista una cancelación, sustitución o nota de crédito que modifique el importe.
La Regla 4.5.1 también contempla un campo para el IVA pagado no acreditable. En personas físicas, su llenado no es obligatorio; para los demás contribuyentes permite identificar el impuesto trasladado que no cumple los requisitos para acreditarse.
CFDI PUE y PPD: ¿en qué mes se reportan?
El método de pago ayuda a clasificar la operación, pero no debe analizarse de manera aislada.
CFDI con método PUE
Un CFDI con método PUE señala que la contraprestación se cubre en una sola exhibición. Para incorporarlo a la DIOT, verifica que el pago realmente se haya efectuado y que coincida con el periodo informado.
No conviene incorporar automáticamente todos los comprobantes PUE del mes solo por su fecha de emisión. Revisa el estado de cuenta, las pólizas y los movimientos del proveedor.
CFDI con método PPD
Cuando la factura se emite con método PPD, el IVA se reconoce conforme se cubre la contraprestación.
El complemento de pago permite identificar:
- La fecha efectiva del cobro o pago.
- El importe cubierto.
- Las facturas relacionadas.
- Los impuestos correspondientes al pago.
Si una factura se paga en tres parcialidades, su información puede distribuirse en tres DIOT diferentes, de acuerdo con el monto efectivamente pagado en cada mes.
¿Cómo se registran los CFDI de Egreso recibidos?
Cuando un proveedor concede una devolución, descuento o bonificación, debe existir un documento que muestre por separado la contraprestación y el IVA restituido, así como la identificación del comprobante original.
El receptor debe:
- Identificar la factura original.
- Revisar el CFDI de Egreso.
- Determinar cuándo se hizo efectiva la devolución o el descuento.
- Registrar el ajuste en el apartado aplicable de la DIOT.
- Disminuir el IVA restituido del acreditable del mes correspondiente.
El ajuste se realiza en el mes en que ocurre la devolución o se recibe la bonificación. Si el IVA restituido supera el IVA acreditable del periodo, debe pagarse la diferencia en la declaración mensual.
Importante: cuando la operación original estuvo sujeta a retención y entero de IVA en los términos señalados por el artículo 7 de la LIVA, corresponde presentar una declaración complementaria para cancelar los efectos fiscales de la operación.
¿Qué ocurre con los CFDI emitidos a clientes?
Los CFDI de Ingreso emitidos por el contribuyente no se reportan como operaciones propias dentro de su DIOT, porque la declaración se enfoca en las operaciones efectuadas con proveedores.
No obstante, deben revisarse por dos razones:
- Determinan el IVA trasladado y cobrado que aparece en la declaración mensual.
- Pueden ser registrados por los clientes en sus respectivas DIOT cuando ellos actúan como receptores y pagan la operación.
Cuando la empresa concede una devolución o descuento a un cliente, debe documentarlo mediante el comprobante correspondiente. El efecto se registra en su determinación de IVA; será el cliente quien, cuando proceda, refleje la nota recibida en su DIOT.
¿La DIOT debe coincidir exactamente con el total de CFDI recibidos?
No. Lo que debe existir es una conciliación explicable y documentada.
El total de los CFDI recibidos puede diferir de la DIOT por razones válidas como:
- Facturas pendientes de pago.
- Pagos parciales.
- CFDI cancelados o sustituidos.
- Operaciones sin IVA.
- Gastos cuyo IVA no es acreditable.
- Notas de crédito.
- Anticipos.
- Proveedores incluidos en el registro global.
- Diferencias temporales entre emisión, pago y complemento de pago.
La conciliación debe explicar cada diferencia y demostrar cómo se llegó al IVA informado.
¿Cómo funciona el proveedor global?
La RMF 2026 permite agrupar determinados proveedores en el campo “proveedor global”, sin relacionarlos individualmente.
Esta opción está limitada a:
- Un máximo de 10 % del total de pagos efectivamente realizados durante el mes.
- Erogaciones que no superen $50,000 MXN por proveedor.
Existen operaciones que no pueden incluirse bajo esta facilidad, como determinados gastos de combustibles pagados con medios distintos a los previstos y cantidades vinculadas con beneficios fiscales.
Por tanto, tampoco es correcto comparar el número de CFDI con el número de proveedores individualizados en la declaración: parte de las operaciones puede encontrarse legalmente concentrada en el proveedor global.
Cómo conciliar CFDI y DIOT paso a paso
Conciliar CFDI y DIOT requiere verificar que las facturas recibidas, los pagos efectivamente realizados, los complementos de pago, las notas de crédito y las retenciones coincidan con el IVA reportado en la declaración mensual. A continuación, te mostramos el proceso paso a paso para identificar qué operaciones corresponden al periodo, clasificarlas correctamente y documentar cualquier diferencia antes de presentar la DIOT.
Paso 1. Descarga y valida los CFDI
Reúne los CFDI de Ingreso, Egreso y Pago relacionados con proveedores. Revisa su estado, relación, método de pago e impuestos.
Paso 2. Identifica los pagos efectivos
Cruza las facturas con:
- Estados de cuenta.
- Transferencias.
- Cheques.
- Pagos con tarjeta.
- Pólizas contables.
- Comprobantes de pago.
Paso 3. Separa PUE y PPD
En las operaciones PPD, relaciona cada complemento con la factura y distribuye el efecto de IVA según los pagos del periodo.
En las operaciones PUE, confirma que el pago se haya realizado efectivamente.
Paso 4. Clasifica las operaciones
Segmenta por:
- Proveedor.
- Tipo de tercero.
- Tipo de operación.
- Tasa de IVA.
- Región fronteriza, cuando aplique.
- Importaciones.
- IVA acreditable y no acreditable.
- IVA retenido.
Paso 5. Incorpora notas de crédito
Identifica las devoluciones, descuentos y bonificaciones aplicadas durante el mes y determina si corresponden a operaciones del mismo periodo o de periodos anteriores.
Paso 6. Revisa las retenciones
Comprueba que el IVA retenido coincida con las operaciones, CFDI, pagos y declaraciones correspondientes.
Paso 7. Aplica el proveedor global
Verifica el límite del 10 % y el tope de $50,000 MXN por proveedor antes de agrupar las operaciones.
Paso 8. Compara con la declaración mensual
La DIOT debe ser congruente con:
- IVA acreditable.
- IVA no acreditable.
- IVA retenido.
- Devoluciones y descuentos.
- Importaciones.
- Pagos efectivamente realizados.
Paso 9. Documenta las diferencias
Prepara un papel de trabajo que explique por qué el total de CFDI no coincide directamente con la DIOT.
Plataforma de la DIOT vigente en 2026
La plataforma actual comenzó a operar en febrero de 2025 y, desde el 1 de agosto de ese año, se convirtió en el medio exclusivo de presentación. En 2026 continúa siendo el canal establecido por la Regla 4.5.1.
Permite:
- Captura manual de hasta 30 registros.
- Carga masiva mediante archivo
.txt. - Envío de más de 40,000 registros.
- Adición manual de registros después de una carga batch.
- Validación de la información.
- Generación automática del acuse.
No debe indicarse que la declaración se encuentra precargada con los CFDI. El contador debe integrar y validar la información antes del envío.
Errores frecuentes al conciliar CFDI y DIOT
Los errores al conciliar CFDI y DIOT pueden provocar que el IVA acreditable se reporte en un periodo incorrecto, se dupliquen operaciones o existan diferencias frente a la declaración mensual. Entre las fallas más comunes están incluir facturas no pagadas, ignorar complementos de pago y notas de crédito, utilizar solo la fecha de emisión del CFDI y clasificar incorrectamente las retenciones. A continuación, revisamos estos errores y cómo prevenirlos antes de presentar la DIOT.
Incluir todas las facturas recibidas
La existencia del CFDI no prueba por sí sola que el IVA sea acreditable en ese mes. Debe comprobarse el pago y el cumplimiento de los requisitos fiscales.
Utilizar únicamente la fecha de emisión
Una factura emitida en un mes puede pagarse posteriormente y afectar la DIOT de otro periodo.
Ignorar los complementos de pago
En operaciones PPD, omitirlos puede provocar que la factura se informe completa en un mes incorrecto.
Reportar CFDI emitidos como compras
Las facturas emitidas a clientes no forman parte de las operaciones propias con proveedores.
Omitir notas de crédito
Esto puede sobreestimar el IVA acreditable y generar diferencias frente a la declaración mensual.
Duplicar devoluciones
Una nota de crédito no debe registrarse como una compra negativa y nuevamente en el campo de devoluciones.
Usar incorrectamente el proveedor global
No deben agruparse operaciones que excedan los límites de la Regla 4.5.2.
Confundir IVA trasladado con IVA acreditable
El hecho de que un CFDI muestre IVA no significa que todo el impuesto pueda acreditarse.
¿Qué sanción aplica por errores u omisiones en la DIOT?
El artículo 81, fracción XXVI, del CFF contempla como infracción no proporcionar la información de operaciones con terceros, presentarla incompleta o con errores.
Para 2026, el artículo 82, fracción XXVI, establece una multa de $14,880 a $29,750 MXN. En caso de reincidencia, la sanción aumenta 100 % por cada nuevo incumplimiento.
No obstante, antes de afirmar que una diferencia genera automáticamente una multa, debe revisarse si existió requerimiento, cumplimiento espontáneo, corrección o alguna circunstancia particular del contribuyente.
Cómo preparar la conciliación con Alegra Contabilidad
Alegra permite importar y administrar CFDI emitidos y recibidos, registrar facturas de proveedores y generar el reporte DIOT con la información contable registrada. También dispone de reportes de impuestos y retenciones que pueden utilizarse en la conciliación del IVA.
Antes de generar el archivo:
- Confirma que las facturas de proveedor estén registradas.
- Revisa los pagos aplicados.
- Valida las notas de crédito.
- Comprueba las retenciones.
- Genera el reporte DIOT.
- Compáralo con el pago mensual de IVA.
- Corrige las diferencias antes de cargar el archivo al SAT.
Tip Alegra: la automatización organiza los CFDI y registros contables, pero la clasificación fiscal, el periodo de acreditamiento y la procedencia del IVA deben ser validados por el contador.
Preguntas frecuentes sobre CFDI y DIOT 2026
Las siguientes preguntas frecuentes aclaran cómo relacionar los CFDI con las operaciones pagadas, qué comprobantes considerar y cómo evitar diferencias entre la DIOT y la declaración mensual de IVA.
¿Un CFDI recibido debe aparecer en la DIOT del mismo mes?
No necesariamente. Debe reportarse según el momento en que se pagó la operación y se cumplieron los requisitos para el acreditamiento del IVA.
¿Un CFDI PUE siempre se registra en el mes de emisión?
No automáticamente. Debe comprobarse que el pago se realizó efectivamente durante ese periodo.
¿Qué hago con una factura PPD que todavía no se ha pagado?
No debes reconocer todo su IVA como acreditable. El efecto se determina conforme se efectúen los pagos y se emitan los complementos correspondientes.
¿Las facturas que emito a clientes se incluyen en mi DIOT?
No. Tu DIOT informa operaciones con proveedores. Esas facturas podrían formar parte de la DIOT de tus clientes cuando ellos las paguen.
¿Cómo se registra una nota de crédito recibida?
En el apartado de devoluciones, descuentos o bonificaciones correspondiente, disminuyendo el IVA restituido del acreditable del mes en que se aplicó el ajuste.
¿La DIOT debe coincidir con el total del repositorio de CFDI?
No. Debe coincidir con el papel de trabajo de operaciones pagadas y explicar las diferencias por temporalidad, pagos parciales, cancelaciones, notas de crédito, IVA no acreditable y proveedor global.
¿Puedo cargar la información automáticamente desde los CFDI?
La plataforma del SAT admite archivos de carga masiva, pero el contribuyente debe generar el .txt con la estructura requerida. No existe una precarga automática que sustituya la conciliación contable y fiscal.
¿Cuánto es la multa por no presentar la DIOT en 2026?
El rango es de $14,880 a $29,750 MXN para la infracción correspondiente, con incremento de 100 % en caso de reincidencia.
Te puede interesar: Opinión de cumplimiento fiscal ¿forma parte de la contabilidad?
Te puede interesar
- DIOT 2026: cambios, nueva plataforma y obligaciones para contadores
- Relación entre CFDI y DIOT: claves para un correcto registro de facturas emitidas y recibidas
- Pagos provisionales de ISR 2026: cómo calcularlos paso a paso ante el SAT
- Retención del ISR en RESICO: cuándo aplica, cómo se calcula y cómo acreditarla
- Ajuste anual por inflación: cómo calcular deudas y créditos fiscales de 2025
Fuentes
- Cámara de Diputados. (2025). Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 1-A y 7.
- Cámara de Diputados. (2014). Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 24.
- Cámara de Diputados. (2025). Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 25.
- Cámara de Diputados. (2025). Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 32.
- Diario Oficial de la Federación. (2025, 28 de diciembre). Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 y sus Anexos.