Casos prácticos para la declaración anual de personas físicas 2026: 5 escenarios con números reales

La declaración anual del ejercicio fiscal 2025 se presenta del 1 al 30 de abril de 2026. Aquí tienes cinco casos prácticos con cálculo completo de ISR para que acompañes a tus clientes desde el primer día de la temporada.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 31 Mar 2026

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La temporada de declaración anual ya está aquí. Si atiendes personas físicas, esta guía te da en casos prácticos para la declaración anual de personas físicas, los números, la lógica y los puntos críticos de cada régimen para que no improvises frente al cliente — y para que identifiques errores antes de oprimir «enviar» en el portal del SAT.

Cada caso incluye los datos de partida, el cálculo paso a paso del ISR anual y si el resultado arroja saldo a favor o a cargo. Al final encontrarás una tabla comparativa y las tres preguntas que más te harán tus clientes este abril.

Período de presentación — Declaración anual AG 2025: Del 1 al 30 de abril de 2026.

Tabla resumen: los 5 casos de un vistazo

#RégimenIngresos anualesBase gravableISR determinadoResultado
1Asalariado$450,000$415,000$69,496Saldo a favor $2,504
2Arrendamiento$180,000$117,000$8,924Saldo a cargo $424
3Actividad empresarial$800,000$280,000$39,802Saldo a cargo $1,802
4RESICO PF$480,000$280,000$39,802Saldo a cargo $34,522
5Honorarios$360,000$245,000$32,316Saldo a favor $3,684

¿Por qué los casos prácticos cambian el resultado de la declaración?

Cada régimen fiscal tiene su propia lógica: cómo se acumulan los ingresos, qué gastos son deducibles, si aplican o no deducciones personales, y cómo se acreditan los pagos provisionales o retenciones del año.

Confundir la deducción ciega del 35% de arrendamiento con las deducciones personales, o aplicar deducciones personales a un contribuyente de RESICO que no tiene derecho a ellas, son errores que generan diferencias con el SAT y potencialmente multas. Los cinco casos que siguen cubren los perfiles más comunes que verás este abril.

Te puede interesar: Declaración anual de personas físicas 2026 en México: guía paso a paso

Caso 1 — Asalariado con deducciones personales

Perfil del cliente: Empleado de empresa privada con sueldo mensual de $37,500 (ingreso anual gravable: $450,000). Sin otras fuentes de ingreso. Cuenta con CFDI de honorarios médicos y dentista.

Datos del caso

ConceptoImporte
Ingreso anual gravable (sueldos y salarios)$450,000.00
ISR retenido por el patrón durante el año$72,000.00
Honorarios médicos (CFDI)$22,000.00
Honorarios dentista (CFDI)$13,000.00
Total deducciones personales$35,000.00

Cálculo paso a paso

El límite de deducciones personales para el ejercicio 2025 es el menor entre 5 UMA anuales ($198,031.80) y el 15% del ingreso total ($67,500.00). Los $35,000 están dentro del límite y se aplican en su totalidad.

  • Base gravable: $450,000 − $35,000 = $415,000
  • Tarifa anual Art. 152 LISR: rango $374,837.89 – $590,795.99 | Cuota fija: $60,049.40
  • Excedente: $415,000 − $374,837.89 = $40,162.11 × 23.52% = $9,446.13
  • ISR determinado: $69,495.53
  • ISR retenido por patrón: $72,000.00
  • Saldo a favor: $2,504.47

Punto clave del contador: El asalariado que presenta su declaración anual casi siempre obtiene saldo a favor cuando acumula deducciones personales con CFDI. Solicitar la devolución por el portal del SAT toma entre 5 y 40 días hábiles. Asegúrate de que tu cliente tenga cuenta bancaria con CLABE registrada ante el SAT.

Caso 2 — Arrendamiento: deducción ciega vs. gastos reales

Perfil del cliente: Persona física que renta un departamento a $15,000 mensuales. Tiene predial, mantenimiento e intereses hipotecarios como gastos comprobables.

Datos del caso

ConceptoImporte
Ingresos por arrendamiento (12 meses)$180,000.00
Predial anual$8,000.00
Gastos de mantenimiento$12,000.00
Intereses hipotecarios (CFDI)$18,000.00
Total gastos reales$38,000.00
Deducción ciega (35% de ingresos)$63,000.00

Cálculo con deducción ciega (opción más conveniente)

La deducción ciega del 35% es mayor que los gastos reales, así que conviene aplicarla.

  • Base gravable: $180,000 − $63,000 = $117,000
  • Tarifa anual: rango $75,984.56 – $133,536.07 | Cuota fija: $4,461.94
  • Excedente: $117,000 − $75,984.56 = $41,015.44 × 10.88% = $4,462.48
  • ISR determinado: $8,924.42
  • Pagos provisionales realizados durante el año: $8,500.00
  • Saldo a cargo: $424.42

Punto clave del contador: Siempre compara la deducción ciega (35%) contra los gastos reales antes de elegir. El arrendador no puede usar ambas opciones a la vez. Las deducciones personales (honorarios médicos, etc.) sí aplican adicionalmente a la deducción de actividad.

Caso 3 — Actividad empresarial: régimen general de ley

Perfil del cliente: Persona física con actividad empresarial (abarrotes al menudeo). Lleva contabilidad, emite CFDI y realizó pagos provisionales de ISR durante el año.

Datos del caso

ConceptoImporte
Ingresos acumulables totales$800,000.00
Compras de mercancía (con CFDI)$350,000.00
Gastos generales deducibles (renta, nómina, papelería)$170,000.00
Total deducciones autorizadas$520,000.00
Pagos provisionales de ISR acumulados en el año$38,000.00

Cálculo

  • Base gravable: $800,000 − $520,000 = $280,000
  • Tarifa anual: rango $185,852.58 – $374,837.88 | Cuota fija: $19,682.13
  • Excedente: $280,000 − $185,852.58 = $94,147.42 × 21.36% = $20,119.90
  • ISR determinado: $39,802.03
  • Pagos provisionales acreditables: $38,000.00
  • Saldo a cargo: $1,802.03

Punto clave del contador: Verifica que todos los CFDI de gastos estén relacionados directamente con la actividad empresarial. El SAT revisa que los gastos sean estrictamente indispensables. Los gastos personales mezclados con los del negocio son una fuente frecuente de observaciones.

Te puede interesar: Cambios al ISR para sueldos y salarios 2026 en México: nuevas tablas, retenciones y efectos en la nómina

Caso 4 — RESICO personas físicas: la «trampa» del ajuste anual

Perfil del cliente: Contador independiente inscrito en el RESICO PF desde 2022. Cobra $40,000 mensuales promedio. Ha estado pagando sus ISR mensuales con la tarifa RESICO puntualmente.

Por qué el RESICO PF genera saldo a cargo en la anual

El RESICO usa tasas reducidas para los pagos mensuales provisionales (1% a 3% según el nivel de ingresos). Sin embargo, la declaración anual aplica la tarifa general del Artículo 152 LISR —la misma que utilizan todos los demás regímenes. Además, los contribuyentes RESICO no pueden aplicar deducciones personales (Artículo 113-J LISR).

Datos del caso

ConceptoImporte
Ingresos anuales RESICO$480,000.00
Gastos de actividad con CFDI$200,000.00
Deducciones personales (médico, dental)No aplica en RESICO
Base gravable$280,000.00
ISR pagado mensualmente con tarifa RESICO (~1.1% × $40,000 × 12)$5,280.00

Cálculo con tarifa anual general

  • Base gravable: $480,000 − $200,000 = $280,000
  • Tarifa anual: rango $185,852.58 – $374,837.88 | Cuota fija: $19,682.13
  • Excedente: $280,000 − $185,852.58 = $94,147.42 × 21.36% = $20,119.90
  • ISR determinado: $39,802.03
  • Pagos provisionales RESICO acreditables: $5,280.00
  • Saldo a cargo: $34,522.03

Punto clave del contador: Este es el caso más sorprendente para el cliente RESICO: sus pagos mensuales son bajos pero el ajuste anual puede ser considerable. Anticípale esta situación desde enero para que separe recursos. Recuerda también que los ingresos de RESICO PF no pueden exceder $3.5 millones anuales; de lo contrario, se sale del régimen.

Te puede interesar: ¿Quiénes están obligados a presentar declaración anual en 2026?

Caso 5 — Honorarios: servicios profesionales independientes

Perfil del cliente: Médico de práctica privada que emite CFDI a sus pacientes y recibe retenciones de ISR del 10% en pagos de empresas. Tiene gastos de consultorio y deducciones personales.

Datos del caso

ConceptoImporte
Ingresos totales por honorarios$360,000.00
ISR retenido por clientes (10%)$36,000.00
Gastos deducibles de actividad (consultorio, equipo, papelería, capacitación)$90,000.00
Deducciones personales (gastos médicos propios)$25,000.00

Cálculo

Los honorarios sí permiten acumular deducciones de actividad y deducciones personales.

  • Base gravable: $360,000 − $90,000 − $25,000 = $245,000
  • Tarifa anual: rango $185,852.58 – $374,837.88 | Cuota fija: $19,682.13
  • Excedente: $245,000 − $185,852.58 = $59,147.42 × 21.36% = $12,633.93
  • ISR determinado: $32,316.06
  • ISR retenido acreditable: $36,000.00
  • Saldo a favor: $3,683.94

Punto clave del contador: Los honorarios son el único régimen donde el profesionista puede combinar deducciones de actividad y deducciones personales. Si el cliente tiene retenciones del 10%, casi siempre habrá saldo a favor en la anual. Verifica que todos los CFDI de gastos tengan el RFC del contribuyente y que los pagos sean con método PUE o PPD según corresponda.

¿Qué pasa si no presentas o presentas con errores?

No presentar la declaración anual genera consecuencias fiscales concretas:

  • Multa por omisión: Entre $1,810 y $22,400 MXN (Art. 82 CFF), actualizable por inflación.
  • Recargos: Se calculan desde el mes siguiente al vencimiento, 1.47% mensual sobre el saldo a cargo no pagado (tasa vigente 2025).
  • Carta invitación del SAT: El SAT cruza información de CFDI emitidos y recibidos; si detecta discrepancias entre ingresos reportados y pagos provisionales, emite requerimiento automático.
  • Pérdida del saldo a favor: Si tienes saldo a favor y no lo solicitas dentro de los 5 años siguientes, prescribe.

El SAT tiene habilitada la opción de presentar con datos precargados. Aun así, revisa siempre que los CFDI de ingresos y deducciones personales se reflejen correctamente antes de confirmar.

Preguntas frecuentes sobre la declaración anual de personas físicas en México

Entre las preguntas más frecuentes sobre este tema se resaltan:

¿Puede un contribuyente RESICO aplicar deducciones personales en la declaración anual?

No. El artículo 113-J de la LISR establece explícitamente que los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) personas físicas no pueden aplicar las deducciones personales del artículo 151 de la misma ley. Solo pueden deducir los gastos directamente relacionados con su actividad, siempre que tengan CFDI.

¿Cuál es el límite de deducciones personales para la declaración anual 2025?

El límite es el menor entre dos opciones: cinco veces el valor anual de la UMA (equivalente a $198,031.80 para 2025) o el 15% del total de ingresos acumulables del contribuyente, incluyendo los exentos. La excepción son los gastos médicos por discapacidad, donativos y aportaciones complementarias de retiro, que no computan dentro de este límite.

¿El asalariado que solo tiene ingresos por sueldos está obligado a presentar declaración anual?

Depende. Está obligado si sus ingresos anuales superan los $400,000 pesos, si tiene ingresos de dos o más patrones simultáneamente, o si tiene ingresos por intereses, arrendamiento u otras fuentes además de su sueldo. Si no está obligado pero tiene saldo a favor por deducciones personales, puede presentarla de forma voluntaria para solicitar la devolución.

¿Cuánto puedes deducir este año?

Antes de presentar la declaración de tus clientes, calcula el techo de deducciones personales con la calculadora de Siempre Al Día. Es gratuita y te da el resultado en segundos.

Usar la calculadora de deducciones →

Fuentes

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

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