El SAT anunció que en 2026 realizará más de 16,000 auditorías a contribuyentes, con un enfoque especial en personas físicas y en conductas específicas que la autoridad ha identificado como de alto riesgo. Esto no es un anuncio genérico: el SAT tiene una lista de perfiles y comportamientos que está revisando activamente.
Si llevas personas físicas —con actividad empresarial, honorarios, arrendamiento o RESICO— este artículo es para ti. Aquí te explicamos qué conductas está revisando el SAT, qué perfiles tienen mayor riesgo y qué puedes hacer para preparar a tus clientes.
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¿Cuántas auditorías planea el SAT en 2026 y a quiénes?
El SAT incrementó significativamente su programa de fiscalización para 2026. El enfoque está en:
- Personas físicas con ingresos elevados que no corresponden con su perfil fiscal declarado
- Contribuyentes que no presentaron declaración anual del ejercicio 2025 dentro del plazo (abril 2026)
- CFDI recibidos vs. ingresos declarados: personas que recibieron muchos CFDI de ingresos pero declararon menos o nada
- Diferencias entre el CFDI de nómina y el IMSS: empleadores con inconsistencias entre lo timbrado y lo cotizado
- Actividades económicas de alto riesgo identificadas por el SAT: construcción, transporte, comercio informal formalizado
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¿Qué conductas está revisando el SAT en personas físicas?
Con base en los patrones de fiscalización del SAT, estas son las conductas de mayor riesgo en 2026:
| Conducta de riesgo | Por qué la detecta el SAT | Consecuencia potencial |
| No presentar declaración anual | El SAT cruza CFDI emitidos y recibidos; si hay ingresos y no hay declaración, el sistema lo detecta automáticamente | Multa del 20% de los impuestos omitidos + recargos + posible determinación presuntiva |
| Ingresos superiores a lo declarado | Los CFDI que emitiste quedan registrados en el sistema del SAT; si declaraste menos, hay diferencia evidente | ISR omitido + actualización + recargos + multa del 55% al 75% |
| Gastos personales deducidos como empresariales | El SAT revisa la razón de negocio de los CFDI recibidos; gastos de restaurantes, viajes o ropa dificultan justificación | Rechazo de deducción + ISR e IVA a cargo + multa |
| Facturación de operaciones simuladas (EDOS/EFOS) | El SAT identifica contribuyentes que emiten o reciben facturas sin respaldo de operaciones reales | Responsabilidad penal (delito fiscal grave) + crédito fiscal por el total de los comprobantes |
| RESICO con ingresos que superan el límite | El SAT monitorea que los RESICO no excedan $3.5 millones anuales acumulados; si hay multiRFC, los suma | Cambio de régimen + diferencias de ISR e IVA + multas por omisión |
| Arrendadores sin declaración | Las inmobiliarias y plataformas digitales reportan al SAT los pagos a arrendadores; si no declaras, el SAT ya sabe | ISR por ingresos no declarados + IVA si aplica + multa |
| Honorarios sin retenciones correctas | El SAT compara los CFDI de honorarios emitidos vs. las retenciones que te hicieron vs. lo que declaraste | Diferencias de ISR e IVA acreditable rechazado |
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¿Cómo llega el SAT a tu cliente? Tipos de actos de fiscalización
El SAT tiene diferentes mecanismos para iniciar una revisión. Conocer cuál aplica define cómo debes responder:
- Carta invitación: No es un acto formal de fiscalización, pero es la primera señal de que el SAT detectó una inconsistencia. Puedes corregir voluntariamente con recargos reducidos (art. 73 CFF).
- Revisión electrónica (art. 53-B CFF): El SAT hace la revisión desde sus sistemas, sin visitar al contribuyente. Notifica por buzón tributario. Plazo de respuesta: 15 días hábiles para aportar información.
- Visita domiciliaria (art. 42 CFF): Inspectores del SAT van al domicilio fiscal. Deben mostrar credencial y orden de visita. El contribuyente puede nombrar 2 testigos.
- Revisión de gabinete (art. 48 CFF): El SAT solicita documentación y el contribuyente la entrega en las oficinas del SAT o vía buzón tributario.
¿Qué debes hacer si tu cliente recibe una carta invitación del SAT?
La carta invitación es la oportunidad de menor costo para regularizar. Sigue estos pasos:
- Lee la carta completa y determina a qué ejercicio y qué obligación se refiere (ISR, IVA, declaración omitida).
- Revisa si hay diferencia real: descarga el pre-llenado de la declaración del ejercicio en cuestión desde el portal del SAT y compara con lo declarado.
- Si hay omisión: presenta la declaración complementaria con actualización y recargos. La multa puede ser reducida hasta el 20% si corriges antes de un acto formal de fiscalización (art. 73 CFF).
- Si no hay omisión: responde al SAT a través del buzón tributario con la documentación de soporte (declaraciones, CFDI, estados de cuenta).
- No ignores la carta. La falta de respuesta convierte la invitación en un proceso formal, con mayores sanciones.
Checklist de prevención: ¿tu cliente puede resistir una auditoría SAT?
- Declaración anual 2025 presentada antes del 30 de abril de 2026
- Todos los ingresos declarados coinciden con los CFDI emitidos del ejercicio
- Gastos deducidos tienen razón de negocio documentada y CFDI a nombre del cliente
- Buzón tributario activado y revisado periódicamente (al menos cada 2 semanas)
- CFDI de nómina correctos y SBC del IMSS coincidente con el salario en nómina
- RESICO: verificar que los ingresos acumulados no superen $3.5 millones en 2025
- Arrendadores: ingresos declarados mensual y/o anualmente según su régimen
- Sin comprobantes de operaciones simuladas (sin facturas de proveedores en listas negras del SAT)
- Contabilidad electrónica enviada al SAT si están obligados (personas morales y algunas personas físicas)
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¿Cómo revisar si un proveedor está en listas negras del SAT (EFOS)?
El SAT publica en el artículo 69-B del CFF el listado de contribuyentes que presuntamente emiten comprobantes sin operaciones reales (EFOS). Si tu cliente recibió facturas de un EFOS, esas deducciones pueden ser rechazadas. Verifica periódicamente en:
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Fuentes
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