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ToggleLa simplificación del REPSE 2026 redujo los tiempos de respuesta y la documentación que deben presentar las personas físicas y morales inscritas en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
Desde el 10 de junio de 2026, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social —STPS— debe resolver en 5 días hábiles las solicitudes de personas físicas o morales con hasta 10 trabajadores y en 15 días hábiles las correspondientes a solicitantes con más de 10 trabajadores.
El cambio también fusionó los procedimientos de inscripción, renovación y cancelación en un solo trámite con homoclave STPS-086-002. Sin embargo, esta simplificación administrativa no elimina la obligación de tener REPSE, no amplía las actividades que pueden subcontratarse y tampoco modifica los requisitos fiscales para deducir o acreditar los pagos por servicios especializados.
Nota: El acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación —DOF— el 9 de junio de 2026 y entró en vigor el día hábil siguiente.
Respuesta rápida: ¿qué cambió en el REPSE desde junio de 2026?
Los principales cambios son los siguientes:
| Aspecto | Antes | Desde el 10 de junio de 2026 |
|---|---|---|
| Trámites | Inscripción, renovación y cancelación separados | Un solo trámite STPS-086-002 |
| Solicitantes con hasta 10 trabajadores | Resolución en 20 días hábiles | Resolución en 5 días hábiles |
| Solicitantes con más de 10 trabajadores | Resolución en 20 días hábiles | Resolución en 15 días hábiles |
| Documentos para hasta 10 trabajadores | Identificación, poder, nómina, IMSS, domicilio y SUA, entre otros | Formulario en línea y documentos básicos según el tipo de persona |
| Comprobante de domicilio | Se solicitaba | Se elimina |
| Documentos adicionales | Podían generarse requerimientos dentro del procedimiento | La STPS no debe solicitar requisitos adicionales a los previstos en el acuerdo |
La reducción documental solo beneficia a las personas físicas o morales con hasta 10 trabajadores. Quienes superen ese número continúan presentando la documentación general, con excepción del comprobante de domicilio.
¿Qué es el REPSE y quién debe registrarse?
El REPSE es el padrón administrado por la STPS en el que deben inscribirse las personas físicas o morales que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas y, para realizarlos, ponen a sus trabajadores a disposición de un tercero.
La obligación no nace solamente porque una empresa ofrezca un servicio técnico o especializado. Deben analizarse conjuntamente elementos como:
- La puesta a disposición de trabajadores propios.
- El lugar y la periodicidad con que se realizan las actividades.
- El objeto social del contratante.
- La actividad económica preponderante del beneficiario.
- La naturaleza especializada del servicio o la obra.
La LFT prohíbe la subcontratación de personal, pero permite contratar servicios u obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria, siempre que el contratista cuente con REPSE.
La plataforma oficial precisa que el registro se requiere cuando los trabajadores del contratista realizan actividades en beneficio de un tercero y son puestos a disposición de este de manera permanente, indefinida o periódica.
Te puede interesar: Subcontratación laboral en México: cuándo está permitida y qué exige la LFT.
¿Qué establece el acuerdo de simplificación del REPSE 2026?
El acuerdo introduce cambios en la organización del trámite, los documentos exigidos y los plazos de respuesta.
Un solo trámite con homoclave STPS-086-002
La STPS fusionó los procedimientos que anteriormente aparecían como:
- STPS-2026-086-002-A: inscripción.
- STPS-2026-086-002-B: cancelación.
- STPS-2026-086-002-C: renovación.
Los tres quedaron integrados en el trámite denominado Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, con homoclave STPS-086-002.
El acuerdo se refiere a inscripción, renovación y cancelación en la tabla de fusión. En el cuadro de requisitos identifica las modalidades como alta, actualización y cancelación. Esta diferencia de denominación no elimina la obligación de renovar el registro cada tres años.
Nuevos plazos de respuesta
| Número de trabajadores | Plazo anterior | Nuevo plazo |
| Hasta 10 trabajadores | 20 días hábiles | 5 días hábiles |
| Más de 10 trabajadores | 20 días hábiles | 15 días hábiles |
Para solicitantes con hasta 10 trabajadores, el plazo se redujo en un 75 %. Para los demás, la reducción es de cinco días hábiles.
Prohibición de pedir requisitos adicionales
La STPS no debe solicitar:
- Documentación emitida por la propia Secretaría.
- Copias simples.
- Requisitos adicionales a los establecidos en el acuerdo.
Esto reduce la posibilidad de que el solicitante reciba prevenciones por documentos que no estén expresamente contemplados en el nuevo catálogo.
¿Cuáles son los requisitos del REPSE para empresas con hasta 10 trabajadores?
La simplificación documental aplica a las personas físicas y morales que tengan hasta 10 personas trabajadoras al presentar la solicitud.
Persona física con hasta 10 trabajadores
Debe presentar:
- Formulario en línea.
- Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes —RFC—.
Persona moral con hasta 10 trabajadores
Debe presentar:
- Formulario en línea.
- Acta constitutiva.
- Objeto social vigente.
Por tanto, no es preciso afirmar que la persona física presenta únicamente el RFC o que la persona moral entrega solo el acta constitutiva. En ambos casos también debe completarse el formulario en línea.
¿Significa que ya no deben cumplirse requisitos fiscales y de seguridad social?
No.
La reducción se refiere a los documentos que deben adjuntarse al trámite. El artículo 15 de la LFT continúa exigiendo que el solicitante se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. La plataforma REPSE también realiza consultas con las bases del SAT, el IMSS y el Infonavit.
En consecuencia, un solicitante con hasta 10 trabajadores puede beneficiarse de una menor carga documental, pero todavía debe:
- Contar con e.firma vigente.
- Estar inscrito correctamente en el RFC.
- Mantener opiniones de cumplimiento favorables.
- Registrar a sus trabajadores ante el IMSS.
- Tener actividades congruentes con su constancia fiscal u objeto social.
- Acreditar la naturaleza especializada de las actividades solicitadas.
¿Cuáles son los requisitos para empresas con más de 10 trabajadores?
Las personas físicas o morales con más de 10 trabajadores deben presentar:
- Formulario en línea.
- Identificación oficial vigente de la persona física o del representante legal.
- Poder notarial, cuando corresponda.
- Comprobante de nómina.
- Registro o registros patronales ante el IMSS.
- Cédula de Determinación de Cuotas del SUA.
- Constancia de inscripción en el RFC, si se trata de persona física.
- Acta constitutiva y objeto social vigente, si se trata de persona moral.
El comprobante de domicilio fue eliminado. Los demás documentos previstos en el acuerdo continúan siendo exigibles.
Comparativo de requisitos del REPSE 2026
| Documento | Hasta 10 trabajadores | Más de 10 trabajadores |
| Formulario en línea | Sí | Sí |
| Constancia de inscripción en el RFC —persona física— | Sí | Sí |
| Acta constitutiva y objeto social —persona moral— | Sí | Sí |
| Identificación oficial | No se adjunta según el acuerdo | Sí |
| Poder notarial | No se adjunta según el acuerdo | Sí |
| Comprobante de nómina | No se adjunta según el acuerdo | Sí |
| Registro patronal IMSS | No se adjunta según el acuerdo | Sí |
| Cédula SUA | No se adjunta según el acuerdo | Sí |
| Comprobante de domicilio | No | No |
La eliminación de un documento no significa que la información relacionada deje de existir o que la STPS no pueda validarla mediante sus sistemas y las bases de otras autoridades.
¿Qué obligaciones del REPSE no cambiaron?
La simplificación del REPSE 2026 solo modifica aspectos administrativos. Las obligaciones sustantivas continúan vigentes.
La subcontratación de personal continúa prohibida
Una empresa no puede proporcionar trabajadores propios para que otra ejerza sobre ellos las funciones de dirección o subordinación como si fueran parte de su nómina.
La excepción corresponde a servicios u obras realmente especializados que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del beneficiario.
El contrato debe constar por escrito
El contrato de servicios especializados debe indicar:
- El objeto de los servicios o las obras.
- Las actividades que se ejecutarán.
- El número aproximado de trabajadores que participarán.
- Los datos del registro REPSE aplicable.
La responsabilidad solidaria permanece
El artículo 14 de la LFT establece que quien contrate servicios especializados con una empresa que incumpla sus obligaciones laborales será responsable solidario respecto de los trabajadores utilizados en la contratación.
La responsabilidad solidaria no se encuentra en el artículo 15-A de la LFT, debido a que ese artículo fue derogado en 2021.
El registro sigue renovándose cada tres años
La renovación del REPSE debe realizarse cada tres años. La STPS indica que debe tramitarse durante los tres meses previos al vencimiento.
Las actualizaciones realizadas durante la vigencia no sustituyen la renovación ni reinician el período de tres años.
La STPS puede negar o cancelar el registro
El registro puede negarse o cancelarse cuando el solicitante o prestador:
- No esté al corriente de sus obligaciones fiscales o de seguridad social.
- Presente información falsa o documentos apócrifos.
- Preste actividades no incluidas en su registro.
- Realice servicios que formen parte del objeto o actividad preponderante del beneficiario.
- No atienda los requerimientos de la autoridad.
- Omita renovar el REPSE dentro del plazo.
- Mantenga trabajadores sin afiliación al IMSS.
¿Los nuevos plazos generan aprobación automática?
No de manera inmediata.
El acuerdo establece plazos administrativos de 5 y 15 días hábiles, pero no señala que la falta de respuesta dentro de esos términos produzca automáticamente el registro.
El artículo 15 de la LFT mantiene un procedimiento específico: si la STPS no se pronuncia dentro de los 20 días posteriores a la solicitud, el interesado puede requerirla para que resuelva dentro de los tres días siguientes. Solo después de que transcurra ese plazo adicional sin resolución se tendrá por efectuado el registro para los efectos legales correspondientes.
Por tanto, no debe interpretarse que:
- El silencio al sexto día equivale a aprobación para empresas con hasta 10 trabajadores.
- El silencio al decimosexto día genera automáticamente el registro para empresas con más de 10 trabajadores.
- El solicitante puede comenzar a operar sin constancia o sin agotar el procedimiento legal aplicable.
La recomendación es revisar el estatus en la plataforma y documentar cualquier seguimiento presentado ante la STPS.
¿Por qué la plataforma REPSE todavía puede mostrar un plazo de 20 días?
El acuerdo ordenó a la STPS adecuar las fichas de trámites, los instrumentos normativos, los sistemas de registro y las herramientas tecnológicas. Para algunas adecuaciones se concedió un plazo de hasta un año desde la publicación.
Al 3 de agosto de 2026, algunas secciones informativas de la plataforma oficial todavía describen el plazo general anterior de 20 días hábiles.
Esto puede producir diferencias entre:
- El plazo vigente publicado en el DOF.
- Los mensajes automáticos de la plataforma.
- Las preguntas frecuentes todavía no actualizadas.
- La fecha estimada que muestra un folio.
Para efectos de asesoría, debe tomarse como referencia el acuerdo publicado en el DOF, sin dejar de conservar las constancias y comunicaciones generadas por la plataforma.
¿Qué pasa con los trámites presentados antes del acuerdo?
Los trámites ingresados antes de la publicación del acuerdo se resuelven conforme a las disposiciones vigentes al momento de su presentación.
Esto significa que conservan:
- El plazo anterior aplicable.
- Los requisitos documentales anteriores.
- Las prevenciones y actuaciones iniciadas bajo ese procedimiento.
La simplificación no opera retroactivamente sobre expedientes ya presentados.
¿Cómo afecta la simplificación a quienes prestan servicios especializados?
Los prestadores deben identificar el número de trabajadores con el que cuentan al presentar el trámite y preparar el expediente correspondiente.
Prestadores con hasta 10 trabajadores
Deben:
- Verificar que la constancia del RFC esté actualizada.
- Confirmar que las actividades de la persona física coincidan con el servicio solicitado.
- Revisar que el objeto social de la persona moral incluya las actividades que pretende registrar.
- Validar las opiniones de cumplimiento del SAT, IMSS e Infonavit.
- Tener disponible la e.firma.
- Completar correctamente el formulario en línea.
- Conservar los documentos que acrediten la especialización, aunque no deban adjuntarse todos al trámite.
Prestadores con más de 10 trabajadores
Deben:
- Preparar la identificación y representación legal.
- Conciliar la nómina con el número de trabajadores declarado.
- Verificar los registros patronales.
- Revisar la cédula SUA.
- Confirmar la congruencia entre RFC, objeto social y actividades.
- Excluir el comprobante de domicilio del expediente documental.
- Dar seguimiento al plazo de 15 días hábiles.
¿Qué pasa si la empresa aumenta su plantilla?
La reducción documental se determina según el número de trabajadores al momento de la solicitud.
Si posteriormente cambia la información del registro, el prestador debe revisar si corresponde presentar una actualización. Cuando realice un nuevo trámite, se aplicarán los requisitos correspondientes al número de trabajadores existente en ese momento.
¿Qué deben revisar quienes contratan servicios especializados?
La simplificación beneficia al prestador, pero no reduce los controles del contratante.
Antes de realizar el pago, el contratante debe verificar que:
- El proveedor aparezca en el padrón público.
- El REPSE esté vigente.
- La actividad contratada figure entre las autorizadas.
- El servicio no forme parte de su objeto social.
- El servicio no corresponda a su actividad económica preponderante.
- Exista un contrato escrito.
- Los trabajadores relacionados con el servicio estén identificados.
La LISR exige verificar el REPSE vigente al momento del pago y obtener los CFDI de nómina, el comprobante bancario del entero de las retenciones de ISR, los pagos de cuotas obrero-patronales al IMSS y las aportaciones al Infonavit correspondientes al personal utilizado.
Para acreditar el IVA, el contratante también debe obtener la declaración del impuesto y el acuse de pago del período en el que se cubrió la contraprestación. La documentación debe entregarse, como máximo, el último día del mes siguiente al pago; si no se obtiene, el contratante debe corregir el IVA acreditado mediante declaración complementaria.
Te puede interesar: Implicaciones fiscales del REPSE: deducibilidad, acreditamiento y documentación del contratante.
¿Cambió la deducibilidad fiscal de los servicios REPSE?
No.
Los cambios publicados por la STPS no reformaron:
- El artículo 27, fracción V, de la LISR.
- El artículo 5, fracción II, de la Ley del IVA.
- El artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación.
- Las obligaciones informativas ante el IMSS y el Infonavit.
- La responsabilidad solidaria en materia laboral.
Por tanto, simplificar el registro del proveedor no significa que el contratante pueda reducir su expediente fiscal.
Documentos que debe conservar el contratante
| Documento | Finalidad |
| Constancia REPSE vigente | Acreditar el registro del proveedor |
| Consulta del padrón | Demostrar que se verificó la vigencia |
| Contrato de servicios | Identificar objeto, actividad y personal |
| CFDI del servicio | Comprobar la operación |
| CFDI de nómina | Identificar los salarios del personal asignado |
| Entero de retenciones de ISR | Comprobar el cumplimiento fiscal |
| Pago de cuotas IMSS | Acreditar obligaciones de seguridad social |
| Pago de aportaciones Infonavit | Acreditar obligaciones de vivienda |
| Declaración y pago de IVA | Sustentar el acreditamiento |
| Relación de trabajadores | Vincular al personal con el servicio |
¿Cuáles son las multas por operar sin REPSE?
La LFT establece una multa de 2,000 a 50,000 UMA para quien preste servicios de subcontratación sin el registro correspondiente y para quien se beneficie de una subcontratación contraria a los artículos 12 al 15 de la ley.
Con una UMA diaria de $117.31 vigente desde el 1 de febrero de 2026, el rango equivale a:
| Sanción | Importe en 2026 |
| 2,000 UMA | $234,620 |
| 50,000 UMA | $5,865,500 |
El valor de la UMA 2026 fue publicado por el Inegi en $117.31 diarios.
La sanción puede aplicarse tanto al prestador que opera sin registro como al beneficiario que contrata bajo un esquema prohibido.
Errores frecuentes ante la simplificación del REPSE 2026
Los nuevos plazos y la reducción de documentos pueden llevar a interpretar que también disminuyeron las obligaciones de fondo. Estos son los errores que deben evitar contadores y asesores:
Creer que cualquier servicio especializado requiere REPSE
Debe existir puesta a disposición de trabajadores y cumplirse las condiciones establecidas por la LFT y la STPS.
Pensar que hasta 10 trabajadores significa ausencia de controles
La empresa sigue obligada a estar al corriente con el SAT, IMSS e Infonavit y a acreditar la especialización de sus actividades.
Omitir el formulario en línea
El formulario continúa siendo un requisito para todos los solicitantes, incluso los que tienen hasta 10 trabajadores.
Confundir actualización con renovación
Actualizar actividades o datos no reemplaza la renovación obligatoria cada tres años.
Considerar que cinco días sin respuesta equivalen a aprobación
El mecanismo de aprobación por falta de resolución continúa sujeto al procedimiento del artículo 15 de la LFT.
Citar el artículo 15-A para la responsabilidad solidaria
Ese artículo está derogado. La responsabilidad solidaria vigente se encuentra en el artículo 14 de la LFT.
Dejar de solicitar documentos fiscales al proveedor
La simplificación ante la STPS no elimina los requisitos de deducibilidad del ISR ni de acreditamiento del IVA.
No verificar la actividad autorizada
No basta con que el proveedor aparezca en el padrón. El servicio contratado debe coincidir con las actividades autorizadas en su registro.
Relajar el control porque el proveedor tiene pocos trabajadores
El umbral de 10 trabajadores solo modifica requisitos documentales y plazos. No reduce las responsabilidades laborales, fiscales o de seguridad social.
Checklist del contador ante los cambios del REPSE
Para clientes prestadores
- Confirmar si ponen trabajadores a disposición de terceros.
- Identificar si tienen hasta 10 o más de 10 trabajadores.
- Revisar la vigencia de la e.firma.
- Validar las opiniones de cumplimiento.
- Comparar las actividades con el RFC.
- Revisar el objeto social vigente.
- Confirmar registros patronales y SUA.
- Verificar la fecha de vencimiento del REPSE.
- Iniciar la renovación durante los tres meses anteriores.
- Dar seguimiento al plazo de 5 o 15 días.
- No asumir aprobación automática.
- Conservar el expediente completo del trámite.
Para clientes contratantes
- Consultar el padrón antes de contratar.
- Verificar nuevamente el REPSE al efectuar el pago.
- Confirmar la actividad autorizada.
- Revisar que el servicio sea realmente especializado.
- Formalizar el contrato por escrito.
- Identificar a los trabajadores utilizados.
- Obtener los CFDI de nómina.
- Obtener el entero de retenciones de ISR.
- Obtener los pagos del IMSS e Infonavit.
- Solicitar la declaración y pago de IVA.
- Integrar los documentos por proveedor y período.
- Suspender o revisar pagos cuando el registro esté vencido.
Preguntas frecuentes sobre la simplificación del REPSE 2026
Estas preguntas frecuentes sobre la simplificación del REPSE 2026 aclaran los nuevos plazos de respuesta, los requisitos aplicables según el número de trabajadores, la renovación del registro y las obligaciones laborales y fiscales que continúan vigentes para prestadores y contratantes de servicios especializados.
¿Desde cuándo aplican los nuevos plazos del REPSE?
Los nuevos plazos aplican desde el 10 de junio de 2026, día hábil siguiente a la publicación del acuerdo en el DOF.
¿Cuánto tarda el REPSE para una empresa con hasta 10 trabajadores?
El acuerdo fija un plazo de respuesta de 5 días hábiles para personas físicas o morales con hasta 10 trabajadores.
¿Cuánto tarda para una empresa con más de 10 trabajadores?
El nuevo plazo es de 15 días hábiles.
¿Qué documentos presenta una persona física con hasta 10 trabajadores?
Debe completar el formulario en línea y presentar la constancia de inscripción en el RFC.
¿Qué documentos presenta una persona moral con hasta 10 trabajadores?
Debe completar el formulario en línea y presentar el acta constitutiva con su objeto social vigente.
¿Se eliminó el comprobante de domicilio?
Sí. El acuerdo eliminó el comprobante de domicilio de los requisitos del REPSE, tanto para solicitantes con hasta 10 trabajadores como para aquellos que superan ese número.
¿La simplificación elimina la obligación de contar con REPSE?
No. Las empresas obligadas deben obtener y mantener vigente el registro. Solo se simplificaron el procedimiento, los documentos y los plazos.
¿El REPSE se sigue renovando cada tres años?
Sí. La renovación continúa siendo obligatoria cada tres años y debe gestionarse durante los tres meses previos al vencimiento.
¿Una actualización sustituye la renovación?
No. Modificar actividades o datos durante la vigencia no sustituye la renovación trienal.
¿La STPS puede solicitar documentos adicionales?
El acuerdo establece que no debe solicitar documentos emitidos por la propia Secretaría, copias simples ni requisitos adicionales a los previstos expresamente.
¿Cinco días sin respuesta significan que el registro fue aprobado?
No automáticamente. El procedimiento de falta de respuesta previsto por el artículo 15 de la LFT mantiene el plazo legal de 20 días y el requerimiento adicional de tres días.
¿Cambió la deducibilidad de los servicios especializados?
No. El contratante debe seguir verificando el REPSE y recabando los documentos fiscales, laborales y de seguridad social.
¿Quién responde por las obligaciones laborales del proveedor?
El proveedor es el patrón directo. No obstante, el contratante puede ser responsable solidario respecto de los trabajadores utilizados cuando el contratista incumple sus obligaciones, conforme al artículo 14 de la LFT.
¿La simplificación aplica a todas las actividades especializadas?
Aplica al trámite REPSE, pero no convierte automáticamente cualquier servicio en subcontratación especializada permitida. Cada operación debe cumplir las condiciones de los artículos 12 al 15 de la LFT.
Conclusión
La simplificación del REPSE 2026 representa una reducción importante de cargas administrativas, especialmente para personas físicas y morales con hasta 10 trabajadores, cuyo plazo de respuesta pasó de 20 a 5 días hábiles.
Sin embargo, el cambio debe interpretarse correctamente. El formulario en línea continúa siendo obligatorio, las empresas deben mantenerse al corriente con el SAT, el IMSS y el Infonavit, y la renovación sigue realizándose cada tres años.
Para los contratantes tampoco cambian los requisitos de deducción y acreditamiento. Antes de efectuar el pago deben verificar el registro vigente y reunir los CFDI de nómina, comprobantes de retenciones, pagos de seguridad social y documentación del IVA.
La función del contador no termina con confirmar que el proveedor aparece en el padrón. También debe validar la actividad autorizada, la congruencia del contrato, la vigencia del registro y la integración mensual del expediente fiscal.
Fuentes oficiales
- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la STPS, publicado en el DOF el 9 de junio de 2026.
- Cámara de Diputados. Ley Federal del Trabajo, artículos 12, 13, 14, 15 y 1004-C.
- Cámara de Diputados. Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 27, fracción V.
- Cámara de Diputados. Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 5, fracción II.
- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Plataforma y preguntas frecuentes del REPSE.