Seguridad social para plataformas digitales: Claves para empleadores y trabajadores en México

A partir de 2025, México integra a repartidores y conductores de plataformas digitales al sistema de seguridad social obligatorio. Las empresas deberán registrarse ante el IMSS e inscribir a sus trabajadores, cubriendo cuotas en base al ingreso neto de cada uno.

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Actualizado el: 23 Jul 2025

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Seguridad social para plataformas digitales

En julio de 2025 entró en vigor en México un esquema pionero de seguridad social para plataformas digitales. Por primera vez, repartidores, conductores y otros prestadores de servicios vía aplicaciones como Uber, Didi, Rappi, entre otras, accederán a cobertura del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Infonavit, sin perder la flexibilidad laboral propia de estas plataformas. 

Esta medida surge de una reforma laboral aprobada a finales de 2024 y de reglas publicadas por el IMSS en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025. Más de 700 mil trabajadores de plataformas se verán beneficiados con derechos laborales formales, marcando un hito en la protección social en la economía digital.

Para los contadores en México, resulta crucial entender las obligaciones que recaen sobre las empresas de plataformas digitales (en su papel de patrones ante el IMSS) y los beneficios que obtienen los trabajadores. A continuación, se analizan el marco normativo vigente, las responsabilidades administrativas y financieras para las empresas, las prestaciones otorgadas a los trabajadores, así como consideraciones prácticas para implementar este nuevo esquema de seguridad social digital.

Marco normativo de la seguridad social digital

La incorporación de los trabajadores de plataformas al régimen obligatorio del IMSS tiene sustento en cambios recientes al marco legal mexicano:

  • Reforma laboral 2024: En diciembre de 2024 se aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de plataformas digitales, reconociendo a conductores y repartidores como trabajadores con derechos a seguridad social. Esta reforma sentó las bases legales para que las plataformas asuman responsabilidades de patrón, aunque manteniendo la naturaleza flexible de la relación de trabajo.
  • Acuerdo del IMSS (2025): El H. Consejo Técnico del IMSS emitió un acuerdo de reglas generales (publicado en DOF el 24/06/2025) para implementar un programa piloto de 6 meses, del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025, incorporando a las personas trabajadoras de plataformas al Régimen Obligatorio de Seguridad Social. Aunque se le denomina «prueba piloto», la afiliación es obligatoria desde julio de 2025 en todo el país. La fase piloto permitirá evaluar el impacto y realizar ajustes operativos antes de establecer el esquema definitivo en 2026.
  • Ley del Seguro Social e Infonavit: Bajo este esquema, las empresas de plataformas digitales asumen las obligaciones de un patrón conforme a la Ley del Seguro Social (LSS) y la Ley del Infonavit. Deben inscribir a los trabajadores en el régimen obligatorio del IMSS y realizar las aportaciones al INFONAVIT correspondientes. Se garantiza así el acceso a las cinco ramas del seguro social y al ahorro para la vivienda.

Es importante destacar que el modelo mexicano ha sido reconocido por la OIT como un avance significativo en Latinoamérica, al extender protección social a estos trabajadores sin imponer esquemas rígidos de relación laboral. Los repartidores y conductores conservarán la autonomía en sus horarios y la posibilidad de conectarse a múltiples apps, pero a la vez contarán con protección social y ciertos derechos laborales básicos.

Obligaciones para las empresas de plataformas digitales

A partir del 1 de julio de 2025, las plataformas digitales que operan en México deben cumplir una serie de obligaciones en materia de seguridad social, equiparándose en muchos aspectos a cualquier otro empleador. A continuación se resumen las principales obligaciones patronales:

ObligaciónDetalle
Registro ante el IMSS como patrónLa plataforma debe registrarse en el IMSS y obtener un registro patronal para operar legalmente. Esto formaliza su papel de patrón frente al Instituto.
Afiliación de trabajadores al IMSSDebe inscribir obligatoriamente a todo trabajador que alcance al menos un salario mínimo mensual de ingreso en la plataforma (aprox. $8,364 MXN en 2025). Es decir, conductores o repartidores con ingresos mensuales inferiores al mínimo quedan exentos de cotización obligatoria, aunque sí estarán cubiertos por riesgos de trabajo (ver más abajo).
Reporte mensual de movimientosPresentar al IMSS, durante los primeros 5 días de cada mes, un reporte de altas, bajas o modificaciones salariales de los trabajadores de la plataforma. Esto asegura que la información de salarios cotizables se mantenga actualizada mensualmente.
Cálculo y pago de cuotas obrero-patronalesCalcular las cuotas de seguridad social (IMSS e Infonavit) con base en el ingreso neto mensual de cada trabajador, antes de deducciones. Las cuotas serán compartidas entre la plataforma (patrón) y el trabajador, según los porcentajes que marca la Ley del Seguro Social.

El pago de las cuotas debe efectuarse mensualmente; en particular, las plataformas deberán enterar las cuotas antes del día 17 de cada mes por los ingresos del mes anterior.
Seguro de riesgos de trabajo para todosTodos los trabajadores, incluso aquellos que no alcancen el ingreso mínimo mencionado, deberán quedar asegurados contra riesgos de trabajo (accidentes y enfermedades laborales). Esta cobertura de riesgos profesionales es financiada por la plataforma, sin exigir cuotas al trabajador de bajos ingresos.
Derechos laborales digitalesAdemás de la seguridad social, las plataformas deben respetar nuevas disposiciones laborales: prohibición de bloqueos o desconexiones arbitrarias de sus socios conductores/repartidores, transparencia en los algoritmos (ejemplo: cómo se asignan pedidos) y proveer atención humana para resolver quejas o controversias laborales.

Estas medidas buscan evitar abusos y garantizar un trato justo a los trabajadores de apps.

Te puede interesar: Obligaciones laborales de las plataformas digitales en México: Registro ante el IMMS, Pago de cuotas obrero-patronales y más

Como se aprecia, la afiliación al IMSS está supeditada a un umbral de ingreso: solo es obligatoria cuando el repartidor o conductor obtiene al menos un salario mínimo mensual en la plataforma. Si en un mes determinado su ingreso es menor, la empresa no está obligada a inscribirlo ese mes; no obstante, debe brindarle cobertura por riesgos de trabajo de todos modos.

Para determinar correctamente el Ingreso Neto Mensual (INM) de cada trabajador (base de cálculo de cuotas y de elegibilidad al IMSS), el IMSS estableció criterios especiales. En general, el INM se calcula tomando los ingresos brutos del repartidor en la plataforma y restando ciertos porcentajes por concepto de gastos operativos del propio trabajador (combustible, mantenimiento, etc.), los cuales varían según el tipo de vehículo utilizado: 36 % si utiliza automóvil, 30 % en motocicleta y 12 % en bicicleta o medios no motorizados

Estos factores de exclusión reconocen que una parte de los ingresos se usa para costos de operación a cargo del trabajador. Cabe señalar que durante los primeros 3 meses de implementación se aplicarán porcentajes reducidos (menores a 36/30/12) para una entrada gradual del esquema. En consecuencia, la plataforma debe determinar el INM de cada socio mensualmente según estas reglas, y con base en ello decidir qué trabajadores superan el umbral para ser afiliados al IMSS y calcular las cuotas correspondientes.

Resumen de cobertura según ingreso

Si el trabajador genera menos del salario mínimo mensual, no aportará cuotas al IMSS y solo contará con la protección de riesgos de trabajo obligatoria; si genera un salario mínimo o más, será afiliado plenamente al IMSS con derecho a todas las prestaciones y se le aplicarán cuotas obrero-patronales compartidas. 

Esta distinción ha generado algunas críticas por potencialmente dejar fuera del sistema a quienes tienen ingresos muy bajos, elevando el umbral de acceso a la seguridad social efectiva. Sin embargo, las autoridades estiman que gran parte de los 700 mil trabajadores alcanzarán el requisito de ingreso y que quienes queden por debajo podrán optar por la afiliación voluntaria al IMSS como trabajadores independientes para obtener cobertura completa.

Beneficios para los trabajadores de plataformas digitales

Los repartidores, conductores y demás trabajadores de plataformas incorporados obtendrán derechos de seguridad social equiparables a los de cualquier trabajador formal. Al ser afiliados por la plataforma, tendrán acceso a las cinco ramas del Seguro Social administradas por el IMSS:

  • Seguro de enfermedades y maternidad: derecho a asistencia médica, medicamentos, hospitalización e incapacidades pagadas por enfermedades no profesionales. Incluye servicios de maternidad (atención obstétrica, licencia maternal) tanto para la trabajadora asegurada como para la esposa o concubina del trabajador asegurado.
  • Seguro de riesgos de trabajo: cobertura de accidentes y enfermedades profesionales, con atención médica, rehabilitación y pago de indemnizaciones o pensiones por incapacidades temporales o permanentes, e incluso apoyo a familiares en caso de fallecimiento del trabajador.
  • Seguro de invalidez y vida: otorga pensión por invalidez (incapacidad no laboral >50% del salario) y pensiones por muerte (viudez, orfandad) conforme a la ley.
  • Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez: derecho a una pensión al cumplir la edad y semanas cotizadas requeridas, o a retirar los fondos acumulados en la AFORE en caso de no reunir las semanas necesarias. Los trabajadores de plataforma cotizarán para su futura pensión bajo el régimen 97 modificado (750 semanas en 2021 incrementando a 1000 semanas) al igual que otros trabajadores formales.
  • Seguro de guarderías y prestaciones sociales: acceso a guarderías para los hijos de trabajadoras (y trabajadores viudos/divorciados con custodia), así como a actividades de salud, deporte, cultura y capacitación ofrecidas por el IMSS a sus derechohabientes.

Adicionalmente, al cotizar en el IMSS, los trabajadores de plataformas generan derecho a INFONAVIT: la plataforma aportará el 5 % del salario base de cotización de cada trabajador a su subcuenta de vivienda, lo que les permitirá acumular ahorro para vivienda y acceder a créditos hipotecarios en el futuro. En otras palabras, podrán tramitar créditos de Infonavit para comprar terreno o casa, construir o remodelar vivienda, usando el saldo que generen con sus aportaciones.

Es importante resaltar que estos beneficios no implican para el trabajador de plataforma ningún costo directo inmediato más allá de la parte de cuotas que le corresponda cuando aplique (descontada de sus ingresos por la plataforma). Incluso quienes tengan ingresos bajos (por debajo del mínimo) obtienen la cobertura de riesgos laborales sin pagar cuotas. Asimismo, si el repartidor ya cotiza por otro empleo o tiene seguro por cuenta propia, la afiliación adicional no le hace perder derechos ni duplicar aportaciones; sus semanas cotizadas simplemente se sumarán y sus beneficios de seguridad social se conservarán integrados.

Un aspecto notable es que la reforma no cambió el régimen fiscal de estos trabajadores. Es decir, no hay nuevos impuestos especiales ni modificaciones a cómo declaran ISR o IVA: las plataformas seguirán reteniendo y enterando los impuestos bajo el esquema vigente (Régimen Simplificado de Confianza u otros aplicables) y los repartidores continuarán con sus obligaciones fiscales como antes. La inclusión al IMSS es independiente de la situación fiscal; por lo tanto, los contadores deben gestionar por separado el cumplimiento laboral-seguridad social y el fiscal de sus clientes en plataformas, sabiendo que en materia tributaria no hubo cambios con esta reforma.

Por último, la flexibilidad laboral permanece: la ley garantiza que, aunque ahora están asegurados, los conductores y repartidores no están atados a exclusividad ni horarios fijos. Pueden seguir eligiendo sus horarios, rechazar servicios libremente y conectarse a múltiples aplicaciones simultáneamente. Tampoco las plataformas pueden cobrarles por el uso de la aplicación ni imponer sanciones fuera de los términos justos; se establecieron protocolos contra el acoso y mecanismos de atención a quejas. Esto brinda tranquilidad a los trabajadores de que obtener seguridad social no significa perder su autonomía característica del modelo de economía gig.

Recomendaciones para contadores y aspectos operativos

La implementación de este nuevo esquema requiere ajustes importantes en la administración de personal y nóminas de las empresas de plataformas digitales. A continuación se ofrecen recomendaciones prácticas para contadores que asesoran a estas empresas o a los propios trabajadores:

Registro e inscripciones iniciales

Asesore a su cliente (empresa de plataforma) en el trámite de alta patronal ante el IMSS. Esto implicará obtener un Registro Patronal a nivel nacional o por entidad federativa, según la operación de la plataforma. Igualmente, verifique que todos los trabajadores cuenten con Número de Seguridad Social (NSS). Muchos repartidores jóvenes quizá no tengan NSS previo; oriéntelos para obtenerlo en línea en el portal del IMSS, ya que la plataforma lo requerirá para darlos de alta.

Determinación mensual de sueldos cotizables

Deberá implementarse un proceso para calcular el ingreso neto mensual de cada trabajador conforme a las reglas del IMSS (aplicando los porcentajes de exclusión según vehículo, etc.). Es recomendable habilitar sistemas contables o de nómina automatizados que, a partir de los registros de la plataforma (viajes entregados, tarifas pagadas, comisiones, incentivos), puedan determinar el salario base de cotización de cada trabajador mes a mes. 

Este cálculo será dinámico y variará mensualmente por lo que se sugiere elaborar reportes mensuales que capturen los ingresos brutos de cada socio y las deducciones aplicadas, dejando rastro documental para posibles auditorías.

Cumplimiento de plazos mensuales

Marque en el calendario las fechas clave: los primeros 5 días de cada mes para presentar movimientos afiliatorios (altas de nuevos repartidores que superaron el umbral, bajas de quienes dejaron de colaborar, y modificaciones salariales si sus ingresos cambiaron). Y el día 17 de cada mes para el pago de cuotas obrero-patronales vía SUA/IDSE. La puntualidad es crítica para evitar recargos y multas del IMSS por extemporaneidad.

Cálculo de cuotas IMSS e INFONAVIT

Una vez determinado el ingreso base de cada trabajador con derecho, calcule las cuotas conforme a la LSS: esto incluye las cuotas patronales y laborales de Enfermedad y Maternidad, invalidez y vida, retiro, etc., así como la aportación de vivienda (5 % patronal) al Infonavit. 

Probablemente la mayoría de los costos los absorberá la plataforma (patrón), pues las cuotas obreras se retendrán del ingreso del propio repartidor. Asegúrese de reflejar esa retención en los estados de cuenta del repartidor en la aplicación (para transparencia). Según la normativa, las plataformas deben absorber íntegramente las cuotas patronales y cumplir todas las obligaciones ante IMSS e Infonavit. Esto puede representar un costo laboral significativo; como contador, prepare proyecciones de impacto financiero para su cliente, considerando distintos escenarios de porcentaje de afiliados (por ejemplo, si el 80 % de sus repartidores superan el umbral vs. solo 50 %, etc.).

Comunicación y capacitación

Es importante que la empresa de plataforma informe claramente a sus repartidores sobre este esquema. Como asesor, apoye elaborando comunicados sencillos explicando: qué beneficios obtienen al ser afiliados, por qué en algunos meses podrían no ser afiliados si sus ingresos bajan, cómo y cuándo pueden utilizar servicios médicos del IMSS, etc. Muchos serán jóvenes sin experiencia con el IMSS, por lo que guíelos en registrarse en su clínica, obtener su clínica familiar, y usar la app del IMSS para consultas. Esto ayudará a que aprovechen efectivamente sus nuevas prestaciones.

Monitoreo del piloto y cambios regulatorios

Dado que el segundo semestre de 2025 es una fase piloto, esté pendiente de ajustes o la emisión de la regulación definitiva. Las autoridades podrían modificar porcentajes de cálculo, umbrales o procesos tras evaluar los primeros meses. Suscríbase a los boletines del IMSS, comunicados de la STPS y actualizaciones en el DOF. También, si asesora a trabajadores, oriéntelos en participar en encuestas o espacios de consulta que las autoridades brinden durante la prueba piloto, para que sus voces sean consideradas.

Aspectos fiscales sin cambios, pero considerar deducciones

Como mencionamos, fiscalmente no cambia la situación para la plataforma ni para el repartidor. Sin embargo, tenga en cuenta que para la empresa, las cuotas patronales pagadas al IMSS son deducibles como gasto de seguridad social. Además, si la plataforma subsidia parte de las cuotas obreras (por estrategia comercial, quizá para atraer repartidores), ese subsidio también es gasto deducible. Documente adecuadamente esos costos laborales en la contabilidad de la empresa.

Gestión de múltiples patrones

Un reto técnico será cuando un mismo repartidor trabaje para varias plataformas simultáneamente. En principio, cada plataforma lo afiliaría por la parte proporcional de ingresos que obtuvo en ella

Si un repartidor en julio 2025 ganó $5,000 en Uber y $4,000 en Didi, ninguna por separado alcanza el mínimo, pero sumadas sí. No hay una regla explícita de consolidación entre diferentes empresas, por lo que podría quedar sin afiliación ese mes en ambas. Se trata de un área gris donde seguramente la autoridad emitirá criterios. Por ahora, el contador debe ceñirse a los ingresos generados en la plataforma de su cliente. 

Recomiende a la empresa que oriente al trabajador a cotizar voluntariamente por su cuenta en caso de que combinando apps quede descubierto.

En resumen, el papel del contador es facilitar la transición a este nuevo régimen, asegurando el cumplimiento normativo y optimizando el costo-beneficio para la empresa y sus trabajadores. La formalización de los trabajadores de plataformas presenta desafíos operativos importantes, pero a la vez beneficios a largo plazo en forma de un mercado laboral más equitativo y con mayor protección social.

Te puede interesar: Régimen fiscal de plataformas digitales en 2025: SAT confirma tributación como actividad empresarial

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