Impacto contable y fiscal de la nueva jornada laboral en México

La reducción de la jornada laboral en México de 48 a 40 horas semanales, cuya implementación gradual está prevista hasta 2030, tendrá impactos contables y fiscales relevantes para las empresas.

Escrito por:

Equipo Siempre Al Díа

Equipo Siempre Al Día

Contenido revisado por:

favicon-alegra.png

Equipo Alegra

Actualizado el: 12 Jun 2025

11 min de lectura

Compartir:

Resume esta entrada del blog con:

nueva jornada laboral

La nueva jornada laboral de 40 horas semanales, manteniendo el mismo salario, genera una serie de repercusiones directas en los cálculos de nómina y en las obligaciones fiscales y de seguridad social. Los contadores deben dominar estos ajustes para asegurar el cumplimiento y asesorar adecuadamente.

Te puede interesar: Reducción de la jornada laboral en México: de 48 a 40 horas semanales

¿Cómo impacta la nueva jornada laboral en el salario por hora?

El principio fundamental de «mismo salario, menos horas» implica un incremento en el valor de la hora ordinaria de trabajo. Para ilustrarlo, si un trabajador percibe un salario mensual de $12,000 MXN:  

  • Con la jornada anterior de 48 horas semanales (aproximadamente 192 horas al mes, considerando 4 semanas), el salario por hora era: $12,000 MXN/192 horas = $62.5 MXN por hora.
  • Con la nueva jornada de 40 horas semanales (aproximadamente 160 horas al mes), el salario por hora será: $12,000 MXN/160 horas = $75.00 MXN por hora. Este nuevo costo por hora (75.00 MXN en el ejemplo) se convierte en la base para el cálculo de horas extraordinarias, indemnizaciones y otras prestaciones que se valoran por unidad horaria.

¿Cómo se debe recalcular el valor de las horas extra con la reducción de la jornada laboral? 

Con la reducción de la jornada laboral, el umbral para el cómputo de horas extra se modifica. Estas comenzarán a contabilizarse después de la hora 40 semanal, o del límite diario correspondiente según la distribución pactada (por ejemplo, después de la octava hora en una jornada diurna si se laboran 5 días).  

  • Pago de horas extra dobles: Las primeras 9 horas extraordinarias laboradas en una semana (sin exceder de tres horas diarias, ni de tres veces por semana) se remunerarán con un 100 % más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria (es decir, se pagan al doble).  
  • Pago de horas extra triples: La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana obligará al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un 200 % más del salario correspondiente (es decir, se pagan al triple).  

Ejemplo (utilizando el nuevo salario por hora de 75.00 MXN): Un trabajador con salario mensual de $12,000 MXN (nuevo salario por hora 75.00 MXN).

SemanaHoras extras trabajadasCálculoResultado
Semana 1Trabaja 45 horas. Esto representa 5 horas extra.Pago de 5 horas extra dobles:
5 horas × ($75.00 MXN × 2) = 5 horas × $150.00 MXN =
$750.00 MXN
Semana 2Trabaja 52 horas. Esto representa 12 horas extra.Primeras 9 horas extra dobles:
9 horas × ($75.00 MXN × 2) = 9 horas × $150.00 MXN =
$1,350.00 MXN
Siguientes 3 horas extra triples:
3 horas × ($75.00 MXN × 3) = 3 horas × $225.00 MXN =
$675.00 MXN
Total de horas extra en Semana 2:
$1,350.00 MXN + $675.00 MXN =
$2,025.00 MXN

Consideraciones fiscales (ISR sobre horas extra, Artículo 93 LISR):

Respecto a las consideraciones fiscales sobre la reducción de la jornada laboral, es importante tener en cuenta: 

Exención:

  • Para trabajadores que perciben el salario mínimo general (establecido en $278.80 MXN diarios para 2025 según ), las horas extra están exentas al 100 % siempre que no excedan los límites legales (máximo 9 horas semanales, sin pasar de 3 horas diarias, ni ocurrir más de 3 veces por semana).  
  • Para trabajadores que ganan más del salario mínimo, las horas extra dobles estarán exentas en un 50 %, siempre y cuando esta exención no supere el equivalente a cinco veces el Salario Mínimo General (SMG) o la Unidad de Medida y Actualización (UMA) –según la referencia aplicable en 2025– por cada semana de servicios.  

Gravamen:

  • El 50 % restante de las horas extra dobles (para quienes ganan más del mínimo y después de aplicar el límite de exención) es gravable para ISR.
  • Las horas extra triples siempre son gravables al 100 % para ISR.  

Los contadores deberán recalcular el costo de las horas extra, que será notablemente superior. La asesoría en gestión eficiente del tiempo para minimizar la necesidad de horas extraordinarias será vital para la rentabilidad de las empresas.

¿La nueva jornada laboral impacta el cálculo del salario diario integrado (SDI)?

El Salario Diario Integrado (SDI) es la base para el cálculo de las cuotas al IMSS y las aportaciones al Infonavit. Se conforma por el salario diario (cuota diaria) más todas las prestaciones otorgadas al trabajador, incluyendo la parte proporcional diaria del aguinaldo, la prima vacacional, y otras percepciones como vales de despensa, bonos, etc., si forman parte de la retribución habitual.  

El factor de integración mínimo se calcula con la fórmula: 

Factor = ((365 + días de aguinaldo + días de vacaciones × porcentaje de prima vacacional)) / 365.

Para 2025, con las prestaciones mínimas de ley (15 días de aguinaldo, 12 días de vacaciones el primer año, y 25 % de prima vacacional), el factor de integración mínimo es: 

((365 + 15 + (12 × 0.25)) / 365 = (365 + 15 + 3) / 365 = 383 / 365 ≈ 1.049315

Este factor se incrementa con la antigüedad del trabajador, debido al aumento en los días de vacaciones.  

Impacto directo de la reforma en el SDI: 

Si el salario mensual del trabajador se mantiene constante y, por ende, su salario diario (cuota diaria = salario mensual / 30) no se modifica, y las prestaciones legales (aguinaldo en días, prima vacacional en porcentaje y días de vacaciones) se conservan según lo estipulado por la ley o el contrato, el SDI no debería disminuir como consecuencia directa de la reducción de la jornada

El costo por hora para el empleador de las prestaciones integradas al SDI sí se incrementa, ya que se pagan las mismas prestaciones por un menor número de horas de trabajo efectivo.

Ejemplo: SDI (trabajador con 1 año de antigüedad, salario mensual de 12,000 MXN, prestaciones mínimas de ley 2025):

  • Salario Diario (cuota diaria): $12,000 MXN / 30 = $400.00 MXN.
  • Factor de integración (1 año): 1.049315.
  • SDI = $400.00 MXN × 1.049315 = $419.73 MXN. 

Este cálculo base del SDI no se altera directamente por la reducción de jornada si el salario mensual y las prestaciones en días y porcentajes se mantienen. No obstante, la presión sobre los costos laborales totales podría llevar a algunas empresas a reconsiderar las prestaciones superiores a la ley en futuras negociaciones contractuales. Los contadores deben estar atentos a estas dinámicas, ya que podrían afectar el SDI a futuro.

¿Cómo impacta la reducción de la jornada laboral en las cuotas Obrero-Patronales?

Las cuotas destinadas al IMSS (cubriendo seguros como Enfermedad y Maternidad, Invalidez y Vida, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales, y Riesgos de Trabajo) y las aportaciones al INFONAVIT se calculan tomando como base el SDI.  

Si, como se analizó, el SDI no experimenta modificaciones sustanciales directas debido a la reforma (bajo el supuesto de que el salario mensual y las prestaciones base se mantienen), las cuotas nominales por trabajador tampoco cambiarían drásticamente por este concepto específico. Sin embargo, es crucial que los contadores comuniquen a sus clientes que el costo total de la seguridad social por hora productiva efectivamente aumentará. Esto se debe a que se pagan las mismas cuotas por un menor número de horas trabajadas, lo que impacta la estructura de costos horarios de la empresa. Este efecto debe reflejarse en los análisis financieros y de rentabilidad.

¿Cuál es el impacto de la nueva jornada laboral en el cálculo del aguinaldo y prima vacacional?

  • Aguinaldo (Artículo 87 LFT): Corresponde a un mínimo de 15 días de salario, y debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.  
  • Prima Vacacional (Artículo 80 LFT): Equivale a un mínimo del 25 % sobre el salario correspondiente a los días de vacaciones a los que el trabajador tenga derecho. Es importante recordar que los días de vacaciones se incrementaron a partir de 2023, siendo el mínimo de 12 días para el primer año de servicio.  

Impacto de la nueva jornada laboral: Dado que la reforma estipula que el salario mensual (y, por ende, el salario diario base para estos cálculos) no debe reducirse, el monto del aguinaldo y de la prima vacacional no deberían disminuir. La referencia en que sugiere una posible disminución del aguinaldo se daría solo si el salario base se redujera, escenario que la reforma busca explícitamente evitar.  

Ejemplo: (salario mensual de 12,000 MXN, salario diario de 400 MXN, primer año de servicio):

  • Aguinaldo: $400.00 MXN / día × 15 días = $6,000.00 MXN.
  • Prima vacacional: (12 días de vacaciones × $400.00 MXN/día) × 25 % = ($4,800.00 MXN) × 0.25 = $1,200.00 MXN. 

Estos montos se mantienen si el salario diario base no cambia. No obstante, la percepción de un «mayor costo» de estas prestaciones por hora efectivamente trabajada podría incentivar a las empresas a ser más rigurosas con el control de asistencias y la gestión de los periodos vacacionales para optimizar su impacto financiero.  

¿La reducción de la jornada laboral impacta la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)?

La PTU representa el derecho de los trabajadores a recibir el 10 % de la renta gravable generada por la empresa durante el ejercicio fiscal anterior. La reforma de 40 horas podría tener un impacto indirecto en la PTU. Si los costos operativos de las empresas se incrementan significativamente (debido al pago de más horas extra o la necesidad de nuevas contrataciones) y la productividad no logra compensar estos aumentos, las utilidades netas de las empresas podrían disminuir. Consecuentemente, el monto a repartir por concepto de PTU también se vería afectado.  

Es importante recordar que la reforma a la PTU de 2021 estableció un tope: el monto máximo a recibir por cada trabajador será el que resulte más favorable entre tres meses de su salario o el promedio de la PTU que haya recibido en los últimos tres años. Este tope continúa vigente. Los contadores deberán realizar modelizaciones de escenarios de rentabilidad bajo la nueva estructura de costos laborales para proyectar la PTU y asesorar a las empresas sobre estrategias orientadas a mantener o mejorar la productividad y, por ende, las utilidades repartibles.  

Resumen de del impacto contable y fiscal de la nueva jornada laboral

AspectoImpacto fiscalImpacto contable
Costo laboralAl reducirse la jornada laboral sin disminuir el salario, el costo por hora trabajada aumenta. Esto puede incrementar el costo de producción o de servicios, lo que debe reflejarse en los registros contables y en la valoración de inventarios y costos operativos.Al reducirse la jornada laboral sin disminuir el salario, el costo por hora trabajada aumenta. Esto puede incrementar el costo de producción o de servicios, lo que debe reflejarse en los registros contables y en la valoración de inventarios y costos operativos.
NóminaLos mayores gastos en nómina y horas extras pueden incrementar la base deducible para efectos del ISR empresarial, lo que podría compensar parcialmente el impacto fiscal, aunque esto dependerá de la rentabilidad de la empresa.Las empresas tendrán que ajustar sus esquemas de pago, horas extras y prestaciones. El cálculo de la nómina deberá actualizarse para reflejar la nueva jornada, lo que puede implicar cambios en los sistemas contables y de recursos humanos.
Incentivos fiscales / Incremento del gasto laboralLos mayores gastos en nómina y horas extras pueden incrementar la base deducible para efectos del ISR empresarial, lo que podría compensar parcialmente el impacto fiscal, aunque esto dependerá de la rentabilidad de la empresa.Si la empresa necesita mantener la misma producción, podría recurrir a más horas extras, cuyo pago es superior al salario normal. Esto incrementa el gasto laboral y debe registrarse correctamente en la contabilidad.
Cumplimiento normativo / contratación adicional de personalLa normativa laboral y fiscal se actualizará conforme avance la reforma, por lo que las empresas deberán asegurarse de mantener sus sistemas contables y de nómina actualizados para cumplir con las nuevas obligaciones.Para cubrir la reducción de horas por trabajador, algunas empresas podrían necesitar contratar más personal, aumentando así los costos fijos y variables.

Necesidad de actualización: Sistemas de nómina, controles de asistencia y software contable

La correcta implementación de la reforma exige que los sistemas de nómina y el software contable sean actualizados para reflejar los nuevos parámetros de la jornada laboral, el recálculo del valor hora, el nuevo umbral y costo de las horas extraordinarias, y cualquier otro ajuste derivado. Herramientas como Alegra están diseñadas para adaptarse a estas reformas laborales.  

Asimismo, los sistemas de control de asistencia, como el reloj checador o los gestores de turnos digitales, adquirirán una importancia aún mayor. Serán críticos para registrar con precisión las horas efectivamente trabajadas por cada empleado, administrar los descansos y evitar errores en el cálculo y pago de horas extra, que ahora serán más costosas. 

Los contadores deben instar a sus clientes a verificar la capacidad de adaptación de sus sistemas actuales o, en su defecto, a planificar las actualizaciones o migraciones necesarias con la debida antelación.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

Compartir

¿Contabilidad Siempre Al Día?

Con Alegra Contabilidad le das poder a tu trabajo, conoce la Contabilidad Inteligente y gestiona más rápido tu día a día.
guest
0 Comentarios
Más antiguo
Más reciente Más votados
Feedbacks de Inline
Ver todos los comentarios

Notas relacionadas

La reforma a la LFT del 1 de mayo de 2026 reduce gradualmente la jornada a 40 horas para 2030. Conoce el cronograma, el registro electrónico obligatorio y las multas hasta 5,000 UMAs.
11 May

14 min de lectura

noticias para contadores, comparte
El patrón está obligado a retener ISR en laudos laborales aunque el fallo lo omita. La obligación viene directo de la LISR y el CFF, no del tribunal. Conoce cómo cumplir y qué riesgo corres si no lo haces.
27 Abr

16 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Quiénes tienen y quiénes no tienen derecho a PTU en 2026: trabajadores de planta, eventuales (regla de los 60 días), de confianza (tope 20%), extrabajadores, directores generales, socios, domésticos y honorarios. Con tabla resumen, ejemplo del tope y FAQs según art. 127 LFT.
23 Abr

12 min de lectura

noticias para contadores, comparte

Recibe información Siempre
Al Día en tu celular

Únete a la comunidad en WhatsApp donde podrás tener novedades y noticias
al momento, ¡y sin tener
que mover un dedo!

Descarga: Guía Fiscal 2026
Descarga gratis la Guía Fiscal 2026. Conoce las tarifas, calendarios, cambios normativos y las preguntas más frecuentes en el ámbito tributario.
Gracias por compartirnos tus datos

Haz clic en el botón para descargar el recurso. Si tienes algún problema con la descarga, contáctanos a siemprealdia@alegra.com.

0
Me encantaría conocer su opinión.x