El pago de la PTU genera tres registros contables distintos que muchos contadores confunden o aplican de forma incorrecta: la provisión, el pago y la determinación de su deducibilidad para efectos de ISR. Hacerlo bien no solo refleja correctamente los estados financieros, sino que también impacta directamente en el cálculo del impuesto anual del ejercicio siguiente.
En resumen
- La PTU se registra contablemente en tres momentos: provisión al cierre del ejercicio (NIF D-3), pago efectivo al trabajador y ajuste en la declaración anual del ISR del ejercicio siguiente.
- La PTU no es una deducción autorizada del ISR (art. 28 fracc. XXVI LISR), pero sí reduce la base del impuesto del ejercicio en que se paga (art. 9 fracc. I LISR).
- La cuenta PTU por pagar es un pasivo a corto plazo y aparece en el balance general; el gasto por PTU va en el estado de resultados como gasto de operación.
- La diferencia temporal entre el reconocimiento contable (2025) y el efecto fiscal (2026) genera un ISR diferido que debe registrarse conforme a NIF D-4.
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¿Qué es la PTU en contabilidad y dónde se registra?
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es el derecho que tienen los trabajadores a recibir el 10% de la utilidad fiscal neta de la empresa, conforme al artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo. Desde el punto de vista contable, se reconoce como un beneficio a los empleados de corto plazo según la NIF D-3 del CINIF, y afecta dos estados financieros principales:
- Estado de resultados: el gasto por PTU se presenta dentro de los gastos de operación del ejercicio en que se devenga, no del ejercicio en que se paga.
- Balance general: la cuenta PTU por pagar se presenta como pasivo a corto plazo hasta que se realiza el pago efectivo al trabajador.
¿La PTU por pagar es activo o pasivo?
La PTU por pagar es un pasivo a corto plazo. Representa una obligación presente de la empresa con sus trabajadores que se liquidará dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio (en México, entre abril y mayo del año siguiente, conforme al art. 122 LFT).
Contablemente se clasifica en el mismo grupo que otras obligaciones laborales devengadas no pagadas, como sueldos por pagar o aguinaldo por pagar. No es provisión en el sentido de la NIF C-9 (donde hay incertidumbre de monto o fecha), sino un pasivo determinado una vez que se conoce la renta gravable del ejercicio.
¿Dónde aparece la PTU en el estado de resultados?
El gasto por PTU se presenta como parte de los gastos de operación del ejercicio, normalmente dentro del rubro de gastos generales o gastos de personal. No se presenta después de la utilidad neta ni como una partida separada del resultado integral, porque la PTU forma parte del costo laboral del periodo.
Presentación típica en un estado de resultados:
| Rubro | Incluye |
| Ingresos netos | Ventas del ejercicio |
| (–) Costo de ventas | Costo directo de los productos o servicios vendidos |
| = Utilidad bruta | |
| (–) Gastos de operación | Sueldos, aguinaldo, PTU del ejercicio, prestaciones, depreciación, etc. |
| = Utilidad de operación | |
| (–) ISR causado | Impuesto del ejercicio |
| = Utilidad neta |
¿Cómo se registra contablemente la PTU?
El registro contable de la PTU sigue tres momentos:
Momento 1 — Provisión al cierre del ejercicio (31 de diciembre 2025)
Al cierre del ejercicio, cuando ya conoces la renta gravable estimada o definitiva, registras la provisión de PTU como un pasivo devengado:
| Cuenta | Débito | Crédito |
| Gasto por PTU (resultado del ejercicio) | XXX | |
| PTU por pagar (pasivo a corto plazo) | XXX |
La NIF D-3 “Beneficios a los empleados” establece que la PTU debe reconocerse como gasto del periodo en que se genera la obligación (el ejercicio fiscal cuyas utilidades se distribuyen), no cuando se paga.
Momento 2 — Pago de la PTU (entre abril y mayo 2026)
Cuando se realiza el pago efectivo a cada trabajador, se cancela el pasivo y se registra la salida de efectivo. También se registra la retención de ISR sobre la parte gravada:
| Cuenta | Débito | Crédito |
| PTU por pagar (pasivo) | XXX | |
| Bancos (efectivo pagado al trabajador) | XXX neto | |
| ISR retenido por pagar (pasivo) | XXX retención |
El ISR retenido sobre la parte gravada de la PTU debe enterarse al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente al pago (art. 99 fracc. I LISR).
Momento 3 — Ajuste en declaración anual ISR del siguiente ejercicio
La PTU pagada en 2026 (correspondiente al ejercicio 2025) se puede disminuir de los ingresos acumulables al calcular la renta gravable del ejercicio 2026 (art. 9 fracc. I LISR). Esto reduce la base de ISR del siguiente ejercicio, pero no se deduce como gasto ordinario.
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¿La PTU es deducible para ISR?
Esta es la pregunta que más confusión genera. La respuesta corta: no es una deducción autorizada del artículo 25 LISR, pero sí reduce la base del ISR del ejercicio en que se paga mediante un mecanismo diferente.
| Concepto | PTU | Fundamento |
| ¿Es deducción autorizada para ISR? | ❌ No | Art. 28, fracc. XXVI LISR la excluye expresamente |
| ¿Reduce la base de ISR del ejercicio siguiente? | ✅ Sí | Art. 9, fracc. I LISR: se disminuye de ingresos acumulables |
| ¿Reduce los pagos provisionales de ISR del año en que se paga? | ❌ No (si se paga fuera del primer mes) | SAT: solo aplica si se paga en enero; de lo contrario, solo en declaración anual |
| ¿Es gasto deducible para PTU del siguiente ejercicio? | ❌ No | Art. 9 penúltimo párrafo LISR |
En la práctica esto significa: si tu cliente pagó PTU de $500,000 en mayo de 2026, ese monto no va en las deducciones de la declaración anual 2026 como gasto deducible. En cambio, se resta directamente de los ingresos acumulables al calcular la renta gravable del ejercicio 2026 (es decir, afecta la base en la declaración de marzo de 2027).
PTU diferida: cómo registrar el ISR diferido según NIF D-4
Como la PTU se reconoce contablemente en el ejercicio que se devenga (2025) pero fiscalmente solo afecta la base del ISR del ejercicio en que se paga (2026), se genera una diferencia temporal deducible. Esta diferencia obliga a reconocer un activo por ISR diferido al cierre de 2025, conforme a la NIF D-4.
Ejemplo numérico de ISR diferido por PTU
Supongamos que una empresa provisiona $500,000 de PTU al 31 de diciembre de 2025 y tiene una tasa de ISR aplicable del 30%:
| Concepto | Monto |
| PTU provisionada al cierre 2025 | $500,000 |
| Tasa ISR aplicable | 30% |
| ISR diferido a reconocer (activo) | $150,000 |
Asiento contable al cierre de 2025:
| Cuenta | Débito | Crédito |
| ISR diferido activo (balance) | $150,000 | |
| ISR diferido del ejercicio (resultados) | $150,000 |
En 2026, cuando se paga la PTU y se disminuye de la base del ISR del ejercicio, se cancela el activo por ISR diferido. Si no reconoces este diferido, tus estados financieros sobreestiman el gasto por impuestos del periodo y subestiman el activo de la empresa.
¿Cómo afecta la PTU al ISR del trabajador?
El trabajador recibe la PTU con este tratamiento fiscal:
- Parte exenta: Los primeros 15 días de salario mínimo general vigente en el área geográfica del trabajador están exentos de ISR. En 2026, con UMA de $108.57 diarios, la exención es de aproximadamente $1,628.55 MXN por trabajador (art. 93, fracc. XIV LISR).
- Parte gravada: El excedente sobre esa exención es ingreso acumulable del trabajador. El patrón debe calcular y retener el ISR usando el procedimiento de ingresos esporádicos (art. 174 Reglamento LISR), no la tabla mensual ordinaria.
La PTU provisionada vs la PTU pagada: la diferencia contable que más se confunde
Un error frecuente es confundir el efecto contable con el efecto fiscal:
- Contablemente (NIF D-3): La PTU se reconoce como gasto en el ejercicio al que corresponde (2025), aunque se pague en 2026. Esto genera una diferencia temporal que afecta el ISR diferido según NIF D-4.
- Fiscalmente (LISR): La PTU solo reduce la base de ISR en el ejercicio en que efectivamente se paga (2026), no cuando se provisiona (2025).
Esta diferencia temporal genera un ISR diferido que debe reconocerse contablemente al cierre de 2025 conforme a NIF D-4. Si no lo reconoces, los estados financieros no reflejan correctamente el impuesto.
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Llevar los tres momentos del registro de la PTU a mano —provisión, pago, ISR diferido y ajuste en la declaración anual— es una de las tareas del cierre que más errores genera, sobre todo cuando manejas varios clientes a la vez. Con Alegra Contabilidad puedes automatizar la provisión desde la utilidad fiscal, registrar el pago con su retención de ISR y generar los estados financieros actualizados en tiempo real.
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Preguntas frecuentes sobre el registro contable de la PTU
Entre las preguntas más frecuentes sobre el registro contable de la PTU se destacan:
¿Es obligatorio reconocer la PTU como provisión al cierre del ejercicio?
Sí. La NIF D-3 exige reconocer la PTU como gasto del periodo en que se devenga, no cuando se paga. Omitir la provisión al 31 de diciembre distorsiona el resultado del ejercicio, sobreestima la utilidad contable y puede derivar en observaciones en auditoría externa.
¿Cómo se contabiliza la PTU si se paga dentro del mismo ejercicio que se generó?
Si por política la empresa paga la PTU antes del cierre del ejercicio en que se generó (caso poco común), se omite la provisión y se registra directamente el pago cargando gasto por PTU y abonando bancos, más la retención de ISR correspondiente. En ese escenario no se genera ISR diferido porque no hay diferencia temporal entre lo contable y lo fiscal.
¿Qué pasa contablemente si no se paga la PTU dentro del plazo legal de mayo?
El pasivo PTU por pagar permanece en el balance general hasta que se liquide. No se cancela ni se reclasifica, pero sí genera exposición a sanciones laborales de la STPS y demandas de los trabajadores. Fiscalmente, la empresa pierde el derecho a disminuir esa PTU de la base del ISR del ejercicio, porque el art. 9 fracc. I LISR exige pago efectivo.
¿La PTU causada y la PTU diferida son lo mismo?
No. La PTU causada es el gasto reconocido en el ejercicio conforme a NIF D-3 (lo que efectivamente se devengó en 2025). La PTU diferida se refiere al efecto fiscal diferido que genera esa provisión: el activo por ISR diferido que se reconoce porque la PTU afectará la base del ISR en un ejercicio posterior (2026), no en el que se provisionó.
¿La PTU se resta de los pagos provisionales de ISR?
Solo si se paga en enero del ejercicio. En ese caso se disminuye por partes iguales en los pagos provisionales de mayo a diciembre del mismo año (art. 14 LISR). Si se paga después de enero —que es lo más común, entre abril y mayo—, la PTU solo afecta la base del ISR en la declaración anual del ejercicio en que se pagó.
Fuentes
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2024). Ley del Impuesto Sobre la Renta — Artículos 9 (penúltimo párrafo), 28 fracc. XXVI, 93 fracc. XIV, 99 fracc. I.
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2024). Ley Federal del Trabajo — Artículos 120 y 122.
- Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF). NIF D-3 Beneficios a los empleados y NIF D-4 Impuestos a la utilidad.