¿Cómo aplicar la NIF C-6 y la LISR en la baja de activos fijos?: 5 respuestas clave para contadores

La baja de activos fijos en México implica seguir los lineamientos contables de la NIF C-6 y el tratamiento fiscal conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Ambos marcos tienen pasos y requisitos específicos para asegurar la correcta valuación, registro y reporte de la baja, ya sea por venta, obsolescencia, pérdida, o retiro del activo.

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Actualizado el: 13 Oct 2025

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Baja de activos fijos

La gestión de los activos fijos (o Propiedades, Planta y Equipo) es un pilar fundamental en la contabilidad y las finanzas empresariales. Sin embargo, su correcta desincorporación o baja es frecuentemente malentendida, lo que genera riesgos de incumplimiento normativo y fiscal. Este proceso no es meramente administrativo, sino un evento que impacta directamente el Balance General, el Estado de Resultados y, crucialmente, la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de la entidad.  

El reto de la baja reside en la coexistencia de dos marcos normativos obligatorios en México: las Normas de Información Financiera (NIF), que rigen la presentación de información financiera, y la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), que determina la base imponible. Para el ejercicio fiscal 2025, es indispensable que las empresas y los contadores dominen esta dualidad para asegurar tanto la transparencia económica como la optimización fiscal.  

Este análisis exhaustivo aborda las cinco preguntas clave que definen el reconocimiento contable y fiscal de la baja de activos fijos en México, basándose en la normativa NIF y la LISR vigentes.

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1. ¿Cuál es el fundamento contable (NIF) para la baja y cuándo se reconoce?

      El reconocimiento contable de la baja de un activo fijo, conocido técnicamente como derecognition o disposición, se rige principalmente por la NIF C-6, Propiedades, Planta y Equipo, aprobada por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF).  

      Criterios de reconocimiento de baja según NIF C-6

      La NIF C-6 establece que un activo fijo debe ser dado de baja de los estados financieros cuando se cumplen dos condiciones principales :  

      1. Disposición: Cuando el activo es vendido, transferido, retirado o destruido.
      2. Cese de beneficios: Cuando no se espera que el activo continúe generando beneficios económicos futuros para la entidad a través de su uso productivo o su posterior venta.  

      Al momento de la baja, la entidad debe calcular la depreciación o amortización acumulada del activo hasta la fecha exacta de su desincorporación, independientemente del método de depreciación utilizado (línea recta, saldos decrecientes, etc.). Una vez que un activo es dado de baja, tanto su costo inicial como su depreciación acumulada deben ser removidos del balance general, y cualquier resultado (ganancia o pérdida) se reconoce en el estado de resultados.  

      Tipos de baja y la intervención de la NIF C-15

      Existen diferentes causas para la baja de un activo, cada una con un impacto contable específico:

      • Baja por venta (enajenación): El activo se transfiere a un tercero a cambio de una contraprestación.
      • Baja por retiro o desecho: El activo se considera obsoleto, inservible o se desmantela, y no tiene valor de recuperación esperado. En este caso, la pérdida registrada es igual al Valor Neto en Libros restante.  
      • Baja por siniestro: La pérdida total ocurre debido a un caso fortuito o fuerza mayor.

      Un aspecto fundamental, especialmente si el activo no se va a vender, es la evaluación de deterioro. La NIF C-15 (Deterioro en el valor de los activos) exige que, si un activo de larga duración sufre una disminución en su capacidad para generar flujos de efectivo, su Valor Neto en Libros (VNL) debe ajustarse si su importe recuperable es menor. Esto se debe realizar antes de la baja definitiva, asegurando que el activo se registre por su valor más bajo posible en el balance.  

      A continuación, se resumen los criterios contables clave para la disposición de Propiedades, Planta y Equipo bajo NIF:

      Tipo de DisposiciónCondición clave para Reconocimiento (NIF C-6)Impacto en Estados Financieros
      Enajenación (Venta)Transferencia de control del activo al comprador.Se genera una Ganancia o Pérdida, reconocida en el resultado integral de financiamiento o como parte de la operación.
      Retiro o DesechoEl activo es dado de baja del uso productivo y no se espera recuperar el valor en libros.La pérdida es igual al Valor Neto en Libros restante.
      Pérdida Total (Siniestro)Cesación de beneficios económicos futuros debido a un evento catastrófico.La pérdida se registra inmediatamente, ajustada por cualquier posible indemnización.

      2. ¿Cómo se calcula la ganancia o pérdida a nivel contable (NIF)?

      El objetivo del cálculo contable al momento de la baja es determinar si la entidad obtuvo una ganancia o incurrió en una pérdida derivada de la desincorporación del bien.

      Cálculo del Valor Neto en Libros (VNL)

      El punto de partida es determinar el Valor Neto en Libros (VNL) del activo a la fecha de la baja. Este valor representa la porción del costo del activo que aún no ha sido consumida o depreciada por la entidad.  

      Valor Neto en Libros (VNL) = Costo de Adquisición − Depreciación Acumulada Contable

      Determinación del resultado por disposición

      Una vez conocido el VNL, si el activo se vende, se compara este valor con el ingreso neto de disposición (el precio de venta menos los gastos directos de venta). Si el activo se desecha, el ingreso es cero, y la pérdida es igual al VNL.  

      La fórmula contable para el resultado es:

      Resultado (Ganancia/Pérdida) = Ingreso Neto de Disposición − Valor Neto en Libros (VNL)

      Si el ingreso supera el VNL, se registra una ganancia contable. Si el VNL supera el ingreso (o si el ingreso es cero), se registra una pérdida contable.

      ¿Qué sucede si un activo está totalmente depreciado?

      Si un activo está totalmente depreciado (es decir, la depreciación acumulada es igual al Costo de Adquisición), su VNL será cero (o un valor residual nominal, como un peso, en ciertas políticas). En el caso de una venta, si el activo totalmente depreciado se vende, el 100 % del precio de venta constituye una Ganancia Contable por disposición de activo fijo.  

      Este cálculo contable, basado en la vida útil económica estimada por la entidad, es un reflejo de la realidad financiera y se utiliza para fines de presentación ante usuarios de los estados financieros. Sin embargo, este resultado casi siempre diferirá del resultado calculado para fines de ISR, debido a las diferencias en las tasas de depreciación y el tratamiento de la inflación.

      3. ¿Cómo se determina el ingreso acumulable o la pérdida deducible fiscalmente?

      A diferencia de la NIF, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) trata a los activos fijos como «Inversiones» y establece reglas estrictas para su deducción y para el cálculo del resultado en caso de su enajenación o pérdida.  

      La base fiscal: Monto original de la inversión actualizado

      El factor más importante que distingue el cálculo fiscal del contable en México es la actualización. Para determinar la ganancia acumulable o la pérdida deducible, la LISR obliga a utilizar el Monto Original de la Inversión (MOI) actualizado por inflación.  

      Esto significa que el contribuyente debe ajustar el MOI original utilizando el Factor de Actualización, el cual se obtiene con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) desde el mes de adquisición hasta el mes de la baja o venta, conforme a las reglas fiscales. La actualización del MOI es fundamental, ya que incrementa la base de la deducción fiscal.

      ¿Cuál es el tratamiento fiscal en caso de enajenación (Venta) de activos fijos?

      El Artículo 37 de la LISR (Título II, Capítulo II, Sección II) establece la regla para el cálculo de la ganancia o pérdida en la enajenación de inversiones. La ganancia o pérdida se determina comparando el ingreso por la enajenación con la diferencia entre el MOI actualizado y la deducción acumulada (depreciación fiscal) aplicada a dicho monto.  

      La fórmula para el Resultado Fiscal es:

      Resultado Fiscal = Ingreso por Venta − (MOI Actualizado − Depreciación Acumulada Fiscal Actualizada)

      Si el resultado es positivo, se considera un ingreso acumulable para efectos del ISR. Si es negativo, se trata como una pérdida deducible autorizada.

      Tratamiento fiscal en caso de baja por pérdida de utilidad o siniestro

      Cuando un bien de inversión deje de ser útil para obtener ingresos, o en casos de siniestro, robo o destrucción (pérdida de utilidad), el contribuyente tiene derecho a deducir, en el ejercicio en que esto ocurra, la porción del MOI Actualizado que aún esté pendiente de deducir.  

      Si el contribuyente recibe una indemnización por siniestro (por ejemplo, a través de un seguro), el monto de la indemnización debe compararse con el saldo pendiente de deducir. La LISR establece que:

      1. Si el monto recuperado es menor al saldo pendiente de deducir, se deduce la diferencia como pérdida.  
      2. Si el monto recuperado excede el saldo pendiente de deducir, el excedente se acumula como ingreso. Sin embargo, el contribuyente puede optar por no acumular la parte recuperada si la reinvierte en la adquisición de inversiones de naturaleza análoga, conforme a las disposiciones del Artículo 37 de la LISR.  

      La correcta aplicación de la actualización del MOI es un mecanismo clave que el Contador Público debe aplicar para no subestimar la base de deducción y, potencialmente, reducir la carga fiscal. Ignorar este ajuste puede llevar a un pago de impuestos mayor del debido.

      4. ¿Cuáles son los requisitos de control interno y avisos obligatorios ante el SAT relacionado con activos fijos?

      El cumplimiento fiscal en México requiere que la baja de activos, especialmente cuando no hay una enajenación de por medio, esté respaldada por documentación y avisos formales ante el SAT.

      Obligación de avisar al SAT

      Si un activo se da de baja por dejar de ser útil, por destrucción, o si se dona (no se vende), la deducción del saldo remanente no será válida fiscalmente a menos que se cumplan los requisitos de formalidad establecidos por la autoridad.  

      El mecanismo principal para notificar al SAT sobre la baja de activos que dejaron de ser útiles o que se destruyen es el Aviso Múltiple, un trámite disponible en el portal del SAT. Este aviso no solo aplica a la destrucción de mercancías, sino también a los bienes de activo fijo e inversiones que cesaron en su utilidad.  

      El fundamento legal para estos requisitos se encuentra en el Artículo 27 de la LISR (que exige que las deducciones sean estrictamente indispensables) y sus correlativos en el Reglamento, así como en las Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025. La RMF 2025 (y su Anexo 3) confirma la vigencia de estas obligaciones administrativas.  

      Control contable y electrónico

      Desde la perspectiva del control interno, cada baja debe estar soportada por una documentación robusta, que puede incluir actas de desmantelamiento, avalúos (si aplica), y la póliza contable de cancelación.

      En el contexto de la Contabilidad Electrónica, la baja debe reflejarse en el Catálogo de Cuentas y en las pólizas generadas (Anexo 24 de la RMF). Es imperativo que la póliza contable soporte la cancelación del costo del activo, la depreciación acumulada y el registro del resultado (pérdida o ganancia). Si el contribuyente no documenta y notifica formalmente esta baja al SAT mediante el Aviso Múltiple (cuando no hay venta), la autoridad podría rechazar la deducción del saldo pendiente por falta de soporte legal y fiscal.  

      5. ¿Cómo se gestiona la baja de activos de forma eficiente y confiable en México?

      La complejidad de la baja de activos fijos, que requiere conciliar el cálculo contable (NIF basado en vida útil económica) con el cálculo fiscal (LISR basado en porcentajes fijos y actualización por inflación), subraya la necesidad de herramientas tecnológicas robustas. El uso de hojas de cálculo manuales (Excel) para gestionar esta dualidad es altamente propenso a errores, especialmente al calcular la depreciación acumulada hasta la fecha exacta de la baja.

      Solución tecnológica: Alegra

      Software contable en la nube como Alegra, ofrecen una solución eficiente para automatizar la gestión de activos fijos. Estas herramientas permiten que las pequeñas y medianas empresas (PyME) mantengan el control dual de la información, disminuyendo los errores asociados a los cálculos manuales.  

      El módulo de activos fijos de Alegra está diseñado para simplificar el proceso de baja:

      1. Automatización del cálculo: El sistema permite registrar la amortización y el monitoreo de bienes. Al seleccionar la opción de  
      2. Dar de baja , el sistema solicita la fecha de disposición.  
      3. Registro de la depreciación a la fecha: Crucialmente, la plataforma calcula y registra automáticamente la depreciación acumulada justo hasta la fecha de la baja, un requisito esencial tanto para la NIF como para la LISR.
      4. Generación de comprobantes: El sistema genera el comprobante contable (póliza) de manera automática, garantizando que el VNL del activo sea cancelado correctamente contra su depreciación acumulada y el resultado por disposición.  

      El módulo maneja la baja total (cuando la cantidad completa del activo se desincorpora) o la baja parcial (cuando solo una porción de la cantidad registrada es retirada). Esta funcionalidad asegura que el historial de bajas se preserve para futuras auditorías, lo cual es un requerimiento clave de la Contabilidad Electrónica.  

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