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Desde el 1 de septiembre de 2025. Para algunos obligados se admitieron prórrogas especiales, pero a la fecha dicho período de prórroga ya finalizó.
El comprador tiene derecho a exigir el comprobante electrónico. Si el proveedor
se niega, no será posible respaldar el gasto ante Hacienda y este podría ser
rechazado como deducible. Se recomienda insistir formalmente, reportar al
proveedor ante la DGT a través de los canales de denuncia y, si la normativa lo
permite para el caso específico, emitir una 'Factura Electrónica de Compra' para
documentar la transacción.
No. Un comprobante electrónico solo adquiere validez fiscal y comercial una
vez que ha sido enviado y aceptado por el Ministerio de Hacienda. No remitir el
archivo XML para su validación o que este sea rechazado por errores equivale a
no haber emitido la factura.
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