Obligaciones fiscales en octubre de 2026 en Costa Rica: fechas, formularios y controles en TRIBU-CR

Durante octubre, los contadores deben controlar las principales obligaciones fiscales en octubre de 2026 en Costa Rica, entre ellas el IVA de septiembre, las retenciones en la fuente y sus declaraciones informativas, además de las obligaciones particulares que correspondan a cada contribuyente. En esta guía encontrará las fechas, formularios vigentes en TRIBU-CR y controles que conviene realizar para cumplir y preparar el cierre fiscal 2026.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Equipo Alegra

Actualizado el: 01 Oct 2026

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Obligaciones fiscales en octubre de 2026 en Costa Rica

Las obligaciones fiscales en octubre de 2026 en Costa Rica exigen revisar no solo las fechas de presentación y pago, sino también qué formulario corresponde utilizar actualmente en TRIBU-CR. Durante el mes, los contadores deben controlar el IVA de septiembre, las retenciones en la fuente y sus respectivas informativas, rentas de capital y otras obligaciones que dependan de la actividad de cada contribuyente. Además, 2026 tiene un tratamiento transitorio especial para la Declaración Informativa 270. En esta guía encontrará un mapa práctico para organizar el cumplimiento tributario de sus clientes.

ACTUALIZADO PARA 2026
TRIBU-CR ya es el sistema vigente para el cumplimiento tributario. Por ello, esta guía utiliza la codificación actual de las declaraciones y no los antiguos formularios de ATV.

Respuestas rápidas sobre las obligaciones fiscales en octubre de 2026

Antes de revisar cada obligación en detalle, estas respuestas le permiten identificar los puntos que requieren mayor atención durante octubre.

¿Cuándo se presenta el IVA de septiembre?
El régimen general utiliza el formulario 150 —IVA01— y su plazo ordinario corresponde a los primeros 15 días naturales del mes siguiente.
¿Qué pasó con el antiguo D-104?
Ya no es el formulario operativo del IVA. En TRIBU-CR corresponde utilizar el formulario 150.
¿Cómo se presentan las retenciones?
Las principales retenciones mensuales se distribuyen entre los formularios 131 al 147, según el concepto y el perfil del agente.
¿Las retenciones tienen informativa?
Sí. Las autoliquidativas 131–147 tienen asociadas las declaraciones informativas 201–217.
¿La D-270 vence en octubre?
Para los períodos mensuales de 2026 existe un régimen transitorio que permite presentarlos hasta los primeros 25 días naturales de enero de 2027, bajo las condiciones establecidas por Hacienda.
¿Qué período se revisa en octubre?
Principalmente las operaciones correspondientes a septiembre de 2026, además de obligaciones especiales que correspondan a cada contribuyente.

Calendario de obligaciones fiscales en octubre de 2026 en Costa Rica

La siguiente matriz funciona como mapa inicial. Antes de presentar una declaración, confirme que el contribuyente se encuentre efectivamente sujeto a la obligación y que no exista una regla especial aplicable a su actividad.

Plazo Obligación Formulario Período
Primeros 15 días naturales Impuesto al Valor Agregado 150 · IVA01 Septiembre 2026
Primeros 15 días naturales Retenciones en la fuente 131–147, según corresponda Septiembre 2026
Primeros 15 días naturales Informativas asociadas a retenciones 201–217 Septiembre 2026
Primeros 15 días naturales Rentas y ganancias de capital, cuando corresponda Según tipo de renta y contribuyente Septiembre 2026
Régimen transitorio 2026 Resumen mensual de clientes, proveedores y gastos específicos no amparados en comprobante electrónico 270 Períodos mensuales de 2026
IMPORTANTE
El calendario anterior reúne las obligaciones de mayor interés general para el contador. No todos los contribuyentes deben presentar todas las declaraciones. Los impuestos sectoriales, regímenes especiales y obligaciones con periodicidad distinta deben incorporarse únicamente cuando correspondan a la actividad y situación tributaria del cliente.

Obligaciones fiscales en octubre de 2026 en Costa Rica

IVA de septiembre de 2026: formulario 150 en TRIBU-CR

El IVA correspondiente a septiembre es una de las principales obligaciones que debe controlar durante octubre. En TRIBU-CR, los contribuyentes del régimen general utilizan el formulario 150 —IVA01—, que sustituyó al antiguo D-104 como formulario operativo.

La declaración mensual debe presentarse dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente. Por ello, el período septiembre de 2026 debe incorporarse al calendario tributario de octubre.

CONTROL IVA
Antes de preparar el formulario 150
✓ Concilie ventas con comprobantes electrónicos.
✓ Revise compras y créditos fiscales.
✓ Separe operaciones según tarifa de IVA.
✓ Identifique operaciones exentas.
✓ Revise notas de crédito y débito.
✓ Documente diferencias antes de declarar.

Si necesita profundizar en el procedimiento, consulte nuestra guía sobre cómo pagar el IVA en TRIBU-CR mediante el formulario 150.

Retenciones en la fuente de septiembre de 2026: formularios 131 al 147

Los agentes de retención que realizaron pagos sujetos a retención durante septiembre deben identificar cuál de los formularios de la Serie 100 corresponde presentar. A diferencia del antiguo esquema, TRIBU-CR separa las retenciones según el concepto y, en varios casos, según el perfil del agente o declarante.

MAPA RÁPIDO
Retenciones mensuales en TRIBU-CR
131–133
Dividendos y participaciones
134–136
Intereses y rentas de capital mobiliario
137–139
Salarios, jubilaciones y otros pagos laborales
140–142
Remesas al exterior
143
Transacciones del Estado y otras instituciones
144–146
Retención del 3 % del Impuesto sobre las Utilidades
147
Retiro anticipado de pensiones voluntarias

Puede consultar el tratamiento detallado en nuestro análisis sobre retenciones en Costa Rica: tipos, tarifas y formularios vigentes.

Informativas de retenciones: no olvide los formularios 201 al 217

Una de las diferencias más importantes del esquema actual es que la obligación no termina necesariamente con la autoliquidación y pago de la retención. Las declaraciones de la Serie 100 tienen asociadas declaraciones informativas de la Serie 200, que detallan los terceros a quienes se practicaron las retenciones.

Concepto Autoliquidativa Informativa
Dividendos y participaciones 131–133 201–203
Intereses 134–136 204–206
Salarios y pagos laborales 137–139 207–209
Remesas al exterior 140–142 210–212
Retención 2 % del Estado 143 213
Retención 3 % del Impuesto sobre las Utilidades 144–146 214–216
Pensiones voluntarias 147 217
CONTROL CLAVE
Serie 100 ≠ Serie 200. La Serie 100 permite autoliquidar y pagar la retención; la Serie 200 reporta el detalle informativo de los terceros involucrados. Una no sustituye automáticamente a la otra.

Consulte también nuestra guía sobre la codificación de declaraciones informativas en TRIBU-CR.

¿Qué ocurre con la Declaración Informativa 270 en octubre de 2026?

La Declaración Informativa 270 —Resumen Mensual de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos que no estén amparados en un comprobante electrónico— requiere un tratamiento diferente durante 2026.

Aunque la obligación correspondiente a 2026 tiene periodicidad mensual, la Resolución MH-DGT-RES-0010-2026 estableció un régimen transitorio excepcional: las declaraciones correspondientes a los meses de enero a diciembre de 2026 pueden presentarse a más tardar dentro de los primeros 25 días naturales de enero de 2027, sin que se inicien los procesos sancionatorios previstos en el transitorio cuando se cumpla dentro de ese plazo.

D-270 · 2026
Qué significa el régimen transitorio
PERIODICIDAD
Mensual
Cada mes constituye un período independiente.
PLAZO TRANSITORIO
Enero de 2027
Los períodos mensuales de 2026 pueden presentarse hasta los primeros 25 días naturales de enero de 2027 bajo el régimen excepcional.
RECOMENDACIÓN
Control mensual
No espere hasta enero para identificar las operaciones reportables.

Esto significa que octubre no debe tratarse como un vencimiento sancionable independiente de la D-270 de septiembre bajo el régimen transitorio; sin embargo, sí es recomendable cerrar y depurar mensualmente la información para evitar acumular doce períodos al finalizar el año.

¿Qué debe reportarse en la D-270?

La declaración 270 no funciona como un reporte general de todas las compras y ventas. Su finalidad se concentra en las operaciones comprendidas por la normativa que no están amparadas en un comprobante electrónico. Por ello, no debe utilizarse para duplicar información que Hacienda ya recibe mediante facturación electrónica.

✓ Revise

Operaciones comprendidas por la normativa que no cuentan con comprobante electrónico y deben ser reportadas mediante el 270.

✕ No duplique

Operaciones que ya se encuentran respaldadas mediante comprobantes electrónicos y que no deben volver a reportarse simplemente por formar parte de la contabilidad.

Profundice en nuestra guía sobre cómo presentar la declaración D-270 en TRIBU-CR.

¿Qué otras obligaciones debe revisar durante octubre?

Además del IVA, las retenciones y las informativas, algunos contribuyentes pueden tener obligaciones adicionales durante octubre. Estas no deben incorporarse automáticamente al calendario de todos sus clientes: primero debe revisar la actividad económica, el régimen y las obligaciones registradas en TRIBU-CR.

REVISIÓN POR CLIENTE
No copie el mismo calendario para toda la cartera
Rentas de capital
Determine si hubo rentas o ganancias sujetas a declaración durante septiembre.
Impuestos específicos
Revise actividades sujetas a impuestos selectivos, combustibles, bebidas, tabaco u otras obligaciones sectoriales.
Regímenes especiales
Compruebe la periodicidad particular aplicable al contribuyente.
Retenciones especiales
Verifique operaciones con tarjetas, servicios digitales y otros supuestos con formularios o periodicidades diferentes.

Mapa de control para el cierre tributario de septiembre

Antes de ingresar a TRIBU-CR, conviene cerrar el período contable y comprobar que las cifras que se utilizarán en las declaraciones puedan explicarse mediante soportes y conciliaciones.

PASO 1
Cerrar
Contabilidad de septiembre
→
PASO 2
Conciliar
Contabilidad vs. comprobantes
→
PASO 3
Cruzar
IVA + retenciones + informativas
→
PASO 4
Declarar
TRIBU-CR + acuses

Matriz rápida de cruces para octubre de 2026

Un calendario tributario aporta más valor cuando no se limita a señalar fechas. Esta matriz le permite identificar qué información debería cruzar antes de presentar las principales obligaciones.

Obligación Cruce principal Alerta
IVA · 150 Ventas + compras + comprobantes electrónicos Diferencias en bases, tarifas o créditos fiscales
Retenciones · 131–147 Pagos contables + retenciones practicadas Pago sujeto a retención no identificado
Informativas · 201–217 Serie 100 + detalle de terceros Monto informado distinto del autoliquidado
D-270 Operaciones sin comprobante electrónico + contabilidad Duplicar operaciones respaldadas electrónicamente

Semáforo de cumplimiento para octubre

Antes de presentar las declaraciones, clasifique el expediente de cada cliente según el nivel de riesgo encontrado durante la revisión.

● Verde

Contabilidad cerrada, comprobantes conciliados, retenciones identificadas, informativas preparadas y soportes completos.

● Amarillo

Existen diferencias identificadas o documentos pendientes, pero todavía hay tiempo para depurarlos antes de presentar.

● Rojo

Existen operaciones sin soporte, diferencias sin explicar o declaraciones próximas a vencer sin conciliación terminada.

Checklist del contador para octubre de 2026

Utilice esta lista antes de cerrar el calendario tributario de cada cliente.

☐ Cerrar la contabilidad de septiembre.
☐ Conciliar ventas con comprobantes electrónicos.
☐ Revisar compras y créditos fiscales.
☐ Preparar el formulario 150 cuando corresponda.
☐ Identificar retenciones 131–147 aplicables.
☐ Preparar las informativas 201–217 correspondientes.
☐ Revisar rentas y ganancias de capital.
☐ Identificar obligaciones sectoriales.
☐ Mantener actualizado el auxiliar mensual del 270.
☐ Revisar obligaciones especiales registradas en TRIBU-CR.
☐ Descargar y archivar acuses.
☐ Iniciar controles del cierre fiscal 2026.

Errores frecuentes en las obligaciones fiscales de octubre de 2026

La transición definitiva hacia la nueva estructura de TRIBU-CR obliga a abandonar varias prácticas heredadas del antiguo sistema. Estos son algunos errores que conviene evitar.

1. Seguir buscando el D-104 para declarar el IVA.
El formulario operativo del régimen general es el 150.
2. Tratar todas las retenciones como una única declaración.
Debe seleccionar el formulario 131–147 que corresponda a la naturaleza de la retención.
3. Presentar la Serie 100 y olvidar la Serie 200.
Las informativas 201–217 detallan los terceros relacionados con las retenciones declaradas.
4. Confundir la D-270 con una declaración general de compras y ventas.
Su alcance se concentra en operaciones específicas no amparadas en comprobantes electrónicos.
5. Pensar que la prórroga del 270 elimina el control mensual.
Cada período continúa siendo mensual. El plazo extraordinario facilita la presentación, pero no debería llevar al despacho a posponer la depuración de datos.
6. Aplicar el mismo calendario a todos los clientes.
Las obligaciones dependen de actividad económica, régimen, operaciones realizadas y responsabilidades registradas.

Octubre es también un mes para anticipar el cierre fiscal 2026

Una vez atendidas las obligaciones mensuales, octubre ofrece una oportunidad para comenzar la revisión preventiva del cierre fiscal. A esta altura del ejercicio ya existe información suficiente para detectar diferencias sin esperar hasta diciembre.

CIERRE 2026
5 revisiones que puede comenzar desde octubre
Ingresos
Contabilidad vs. comprobantes electrónicos.
Gastos
Soportes y tratamiento tributario.
Inventarios
Preparación de conteos y diferencias.
Activos
Altas, bajas, depreciaciones y deterioros.
Conciliación fiscal
Identificación anticipada de diferencias.

¿Cómo puede Alegra ayudarle con las obligaciones de octubre?

TRIBU-CR es la plataforma en la que se presentan las obligaciones tributarias, pero el trabajo del contador comienza antes: en la organización y conciliación de la información contable que respalda cada declaración.

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Con Alegra puede centralizar la información contable de sus clientes, gestionar comprobantes electrónicos, conciliar movimientos y consultar reportes antes de preparar sus obligaciones tributarias.

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Preguntas frecuentes sobre las obligaciones fiscales de octubre de 2026

Estas son algunas de las consultas que pueden surgir al organizar el calendario tributario del mes.

¿Qué formulario se utiliza para declarar el IVA en octubre de 2026?

Los contribuyentes del régimen general utilizan el formulario 150 —IVA01— para declarar el IVA. El antiguo D-104 ya no es el formulario operativo en TRIBU-CR.

¿Cuándo se presenta el IVA correspondiente a septiembre de 2026?

La regla general establece la presentación dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente. Por ello, el IVA correspondiente a septiembre debe incorporarse al calendario de octubre de 2026.

¿Qué formularios se utilizan para las retenciones en la fuente?

Las principales retenciones mensuales se distribuyen entre los formularios 131 al 147, dependiendo del concepto y, en determinados casos, del perfil del agente o declarante.

¿Qué diferencia existe entre los formularios 131–147 y 201–217?

Los formularios 131–147 corresponden a las declaraciones autoliquidativas de las principales retenciones mensuales. Los formularios 201–217 son sus informativas asociadas y detallan los terceros relacionados con esas retenciones.

¿La D-270 de septiembre de 2026 tiene que presentarse obligatoriamente en octubre?

Durante 2026 existe un régimen transitorio especial. Aunque cada declaración corresponde a un período mensual independiente, los períodos de enero a diciembre de 2026 pueden presentarse hasta los primeros 25 días naturales de enero de 2027 bajo las condiciones previstas por la Resolución MH-DGT-RES-0010-2026.

¿La Declaración 270 sustituye las informativas 201–217?

No. Son obligaciones diferentes. La Serie 200 reporta el detalle de las retenciones correspondientes a la Serie 100, mientras que el formulario 270 informa determinadas operaciones de clientes, proveedores y gastos específicos no amparadas en comprobantes electrónicos.

¿Todos los contribuyentes tienen las mismas obligaciones en octubre?

No. El calendario depende de la actividad económica, el régimen tributario, las operaciones realizadas durante el período y las obligaciones registradas para cada contribuyente.

Siga preparando sus obligaciones tributarias en Costa Rica

Si necesita profundizar en alguno de los controles de octubre, continúe con estas guías de Siempre Al Día Costa Rica:

Fuentes oficiales

Para verificar las obligaciones de sus clientes, consulte siempre la normativa vigente y la información publicada por la Administración Tributaria.

Nota editorial: las obligaciones tributarias pueden variar según la actividad, régimen y situación particular de cada contribuyente. Antes de presentar una declaración, verifique las obligaciones registradas en TRIBU-CR y la normativa vigente aplicable al período.

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