Obligaciones fiscales en julio de 2025 en Costa Rica: Estas son las fechas que debe marcar en el calendario

En julio de 2025, tanto las empresas como los profesionales independientes en Costa Rica deben cumplir con diversas obligaciones tributarias. Este mes destaca por la presentación de declaraciones mensuales correspondientes al período de junio, así como ciertas declaraciones trimestrales.

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Actualizado el: 01 Jul 2025

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Obligaciones fiscales en julio

A continuación, se presenta un resumen de las principales obligaciones fiscales en julio de 2025, clasificadas por su periodicidad y fecha límite. Es importante que usted, como profesional contable, las tenga presentes para evitar incumplimientos y sanciones.

Fecha de vencimientoObligación fiscalFormulario / MedioSujetos obligadosPeriodicidad
7 de julio de 2025Declaración Informativa de Cobro del IVA por intermediarios de servicios digitales transfronterizos inscritos ante la DGTFormulario D-185 (en línea, ATV)Plataformas digitales extranjeras o sus intermediarios inscritos para cobrar IVA en CR (por ejemplo: proveedores de streaming, apps)Mensual
10 de julio de 2025Declaración Mensual de Resumen de Retenciones Pago a Cuenta del Impuesto sobre las UtilidadesFormulario D-150 (ATV)Agentes de retención del Impuesto sobre las Utilidades (personas físicas con actividad lucrativa y personas jurídicas)Mensual
10 de julio de 2025Declaración Mensual de Resumen de Retenciones Pago a Cuenta de IVA e Impuesto sobre la RentaFormulario D-155 (ATV)Agentes de retención de IVA e impuesto sobre la renta (empresas o entes obligados a retener)Mensual
14 de julio de 2025Declaración Trimestral Resumen de Impuesto de Salida del Territorio NacionalFormulario D-157 (ATV)Empresas/entidades que recaudan el impuesto de salida del país (aerolíneas, agencias de viaje, bancos)Trimestral (2.º trim. 2025)
14 de julio de 2025Declaración Trimestral de Impresión de Facturas y Otros DocumentosFormulario D-160 (ATV)Imprentas autorizadas para impresión de facturas u otros documentos fiscalesTrimestral (2.º trim. 2025)
14 de julio de 2025Declaración Trimestral de Cajas RegistradorasFormulario D-161 (ATV)Contribuyentes que utilizan cajas registradoras autorizadasTrimestral (2.º trim. 2025)
15 de julio de 2025Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) – Declaración MensualFormulario D-104-2 (ATV)Contribuyentes inscritos en IVA (personas físicas con actividad lucrativa y personas jurídicas)Mensual
15 de julio de 2025Impuesto Selectivo de Consumo (ISC) – Declaración MensualFormulario D-106 (ATV)Contribuyentes del ISC (fabricantes/importadores de bienes gravados por este impuesto)Mensual
15 de julio de 2025Impuesto sobre Casinos y Salas de Juego – Declaración MensualFormulario D-107 (ATV)Operadores de casinos y salas de juego autorizados (personas jurídicas)Mensual
15 de julio de 2025Impuesto Único por Tipo de Combustible – Declaración MensualFormulario D-114 (ATV)Importadores y distribuidores de combustibles gravadosMensual
15 de julio de 2025Impuesto Específico sobre Bebidas Alcohólicas – Declaración MensualFormulario D-117 (ATV)Fabricantes e importadores de bebidas alcohólicasMensual
15 de julio de 2025Declaración de Rentas de Capital Inmobiliario (Impuesto a las rentas de capital inmobiliario)Formulario D-125 (ATV)Contribuyentes que obtienen rentas por alquiler de bienes inmuebles (bajo el régimen de rentas de capital inmobiliario)Mensual
15 de julio de 2025Declaración Jurada de Autoliquidación del Impuesto a las Rentas de Capital MobiliarioFormulario D-149 (ATV)Contribuyentes con rentas de capital mobiliario (intereses, dividendos, etc.) no sujetas a retención definitivaMensual
15 de julio de 2025Impuesto Específico sobre Bebidas Envasadas sin Alcohol y Jabones de Tocador – Declaración MensualFormulario D-171 (ATV)Fabricantes e importadores de bebidas no alcohólicas y jabones de tocadorMensual
15 de julio de 2025Impuesto Específico sobre Productos de Tabaco – Declaración MensualFormulario D-186 (ATV)Fabricantes e importadores de cigarrillos y demás productos de tabacoMensual
15 de julio de 2025Contribución Parafiscal a la Cruz Roja Costarricense – Declaración MensualFormulario D-187 (ATV)Entidades obligadas por la Ley 9355 (por ejemplo: empresas de lotería) que recaudan y deben enterar este aporte para la Cruz RojaMensual
15 de julio de 2025Declaración Jurada de Cobro de IVA a Servicios Digitales Transfronterizos (proveedores no inscritos)Formulario D-188 (ATV)Intermediarios residentes (por ejemplo: emisores de tarjetas locales) que retienen IVA a servicios digitales extranjeros no inscritosMensual
15 de julio de 2025Declaración Informativa de Percepciones de IVA en Servicios Internacionales (vía internet)Formulario D-169 (ATV)Entidades financieras que actúan como agentes de percepción de IVA en pagos a servicios digitales del exterior (informan lo percibido)Mensual (informativa)
15 de julio de 2025Régimen de Tributación Simplificada – Declaración TrimestralFormulario D-105 (ATV)Pequeños contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado (personas físicas o jurídicas elegibles)Trimestral (II trim. 2025)
31 de julio de 2025Suministro de información “Estándar de Reporte Común” (Reporte CRS)Reporte CRS (portal web Ministerio de Hacienda)Instituciones financieras (bancos, custodios, entidades de inversión, aseguradoras) sujetas al estándar CRS

Tip Alegra: Si una fecha límite cae en fin de semana o feriado, el plazo se traslada al siguiente día hábil, conforme a la normativa costarricense.

En Costa Rica, las obligaciones tributarias mensuales y trimestrales aplican tanto a personas jurídicas (sociedades) como a personas físicas con actividades lucrativas, salvo disposiciones especiales. Es decir, un profesional independiente, comerciante o arrendador (persona física) debe cumplir con la declaración de IVA, rentas de capital y demás impuestos mensuales de igual forma que una empresa, siempre que realice actividades gravadas. De hecho, la legislación no distingue entre la “empresa” y la “persona” a la hora de exigir la declaración de impuestos mensuales como el IVA: todos los contribuyentes inscritos que generen dichas obligaciones deben reportarlas puntualmente.

En cuanto a las personas físicas sin actividad comercial (por ejemplo, asalariados que solo reciben su salario como ingreso), estas no tienen que presentar formularios de IVA ni otros mensuales, ya que sus impuestos relativos a su salario (impuesto sobre la renta salarial) son retenidos y pagados por su empleador directamente en la fuente. Dichos trabajadores cumplen su obligación tributaria a través de las retenciones en planilla y, en general, no presentan declaración de renta hasta el cierre del período fiscal (al 15 de marzo de cada año, si tuviesen que declarar algún otro ingreso adicional). 

Sin embargo, si una persona física posee ingresos por alquileres u otras rentas de capital, o se inscribe como contribuyente por realizar actividades lucrativas por cuenta propia, deberá entonces sí asumir las obligaciones mensuales pertinentes (IVA, etc.) como se describió anteriormente.

Finalmente, es crucial mencionar que además de las obligaciones periódicas, cualquier hecho generador extraordinario ocurrido en julio 2025 puede originar una obligación inmediata de declaración. Por ejemplo, si un contribuyente (persona o empresa) vendió un activo fijo generando una ganancia de capital en julio, deberá presentar la declaración D-162 por esa ganancia en el mismo mes, sin esperar a ningún calendario fijo. Lo mismo aplica a otras eventuales obligaciones no periódicas: si en julio se paga un dividendo extraordinario sujeto a retención, si se realiza una remesa al exterior gravada, etc., corresponde efectuar las retenciones o declaraciones puntuales según el caso. 

En resumen, julio exige no solo atender el calendario regular, sino también estar alerta a operaciones ocasionales que puedan implicar tributos inmediatos.

Continúe consultando Siempre Al Día para estar al tanto de las últimas actualizaciones en materia tributaria.

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