Hacienda aclara inconsistencias en TRIBU-CR en formularios de declaración de renta: ¿Qué dijo la entidad?

El 2026 inició con inconsistencias en TRIBU-CR. Por ello el Colegio de COntadores Privados de Costa Rica elevó las preocupaciones del gremio ante la DGT y la entidad emitió un documento con varias aclaraciones. ¡Conozca qué dijo la entidad!

Escrito por:

Lina María Galindo López

Equipo Siempre Al Día

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Jahzeel Cordero
Jahzeel Cordero
Lic. en Contaduría Pública y Administración de Negocios

Actualizado el: 26 Feb 2026

7 min de lectura

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Muchos contadores y contribuyentes han experimentado inconsistencias en TRIBU-CR, específicamente en lo que respecta a dificultades técnicas y errores en los formularios de declaración de renta. Frente a este contexto, el Colegio de Contadores Privados de Costa Rica elevó estas preocupaciones ante la Dirección General de Tributación (DGT).

En respuesta, la DGT emitió el oficio MH-DGT-OF-0012-2026 del 6 de febrero, mediante el cual el Director General, Mario Ramos Martínez, brinda respuestas específicas a casos críticos que han generado incertidumbre en el gremio. A continuación, presentamos un resumen de estas aclaraciones para facilitar su gestión profesional y el cumplimiento de las obligaciones de sus clientes.

¿Cuales son las principales inconsistencias en TRIBU-CR?

De acuerdo a la comunicación oficial emitida por la DGT, las consultas se centran en temas específicos como: Impuesto sobre las Utilidades, retenciones y créditos fiscales, errores del sistema y registros especiales. 

A continuación las consultas clave con la respuesta emitida por la entidad.

¿Cómo manejar el tramo exento en el Régimen Especial Agropecuario para contribuyentes que también son asalariados o pensionados?

Se ha detectado que en el Régimen Especial Agropecuario (REA), el sistema TRIBU-CR calcula automáticamente el impuesto al sumar salarios o pensiones, eliminando el tramo exento incluso si no se ha superado el límite legal.  Además, se han originado  casos donde en el REA, a los obligados tributarios se le han “cargado” omisiones en la presentación de las declaraciones, que sí fueron presentadas o bien no correspondía. 

La DGT aclaró que para las personas físicas, la casilla correspondiente «Monto no sujeto aplicado al monto al salario (acumulado anual)» se encuentra disponible en el formulario D-101 para realizar los ajustes necesarios y validar correctamente los tramos de renta.

¿Qué deben hacer las iglesias y asociaciones si el sistema les genera un cobro de renta improcedente?

Para las iglesias, asociaciones de desarrollo (DINADECO) y otras organizaciones similares, el sistema generaba errores al incluir montos en la casilla de «Otros ingresos» cuando se incluye un ingreso en la casilla “Ingreso diferente a los anteriores”.  La respuesta oficial indica que estos obligados deben utilizar la casilla dispuesta específicamente para Rentas No Gravadas, lo que evitará el cálculo automático de un impuesto que por ley no les corresponde pagar.

¿Es posible digitar manualmente el costo de ventas en TRIBU-CR?

No. La casilla de costo de ventas en el nuevo sistema está protegida por una fórmula fija (Inventario Inicial + Compras – Inventario Final). Ante la imposibilidad de digitar este rubro manualmente (situación crítica para empresas de servicios que aplican la NIIF 15), la DGT instruye a los contadores a utilizar la casilla de «Otros costos y gastos deducibles» para incluir aquellos costos que no se ajusten a la fórmula de inventarios.

Esta consulta fue realizada dado que en el caso de las empresas de servicios cuya prestación se encuentra sujeta a contratos, la Norma Internacional de Información Financiera NIIF 15 establece que el costo de ventas puede incluir diversos componentes. Entre ellos se encuentran:


i) mano de obra directa, como los salarios del personal que participa en la prestación del servicio;
ii) materiales directos, tales como los suministros utilizados para cumplir con las obligaciones contractuales;
iii) asignaciones de costos indirectos, por ejemplo, los relacionados con supervisión, seguros o depreciación de equipos empleados en la ejecución del contrato; y
iv) otros costos, como los pagos a subcontratistas.

¿Dónde se visualizan las retenciones de datáfonos y del 2% realizadas antes de TRIBU-CR?

La información de retenciones previas a la migración (antes de octubre 2025) no está disponible de forma directa en la plataforma. La DGT reitera que el contribuyente debe mantener su propio control o solicitar reportes a los adquirentes. 

En relación con la declaración, esa casilla tenía únicamente un carácter informativo. Durante el proceso de migración, por ejemplo, en el caso de los pagos parciales, se trasladaron junto con cada pago las retenciones que habían sido reportadas en los respectivos vencimientos.

Al momento de presentar la declaración, se mostrarán únicamente aquellas retenciones que permanezcan “abiertas”, es decir, las que aún no hayan sido aplicadas a ninguno de los pagos parciales

¿Qué proceso seguir si las retenciones automáticas no se aplican en la declaración?

Si al momento de presentar la declaración de utilidades el sistema no refleja las retenciones de datáfonos o del 2% de instituciones públicas, usted debe solicitar un estudio de cuenta a través de la Oficina Virtual (OVI). El trámite específico se denomina: «Estudio morosidad relacionado con deudas publicadas en consulta de situación tributaria».

¿Cómo recuperar saldos a favor de empresas absorbidas en procesos de fusión?

Si tras una fusión ocurrida en el período 2025 los saldos a favor de la empresa absorbida no aparecen en la entidad prevaleciente, no se trata de un error automático del sistema, sino de un proceso de migración. Debe presentar una solicitud formal en la OVI bajo el nombre «Saldos migrados no disponibles», adjuntando toda la prueba documental que ampare el crédito fiscal.

¿Por qué aparecen omisiones en declaraciones que ya fueron presentadas antes de la migración?

Hacienda reconoce que existe un incidente técnico con contribuyentes que realizaron rectificaciones en ATV meses antes del paso a TRIBU-CR. Actualmente, el equipo del Registro Único Tributario (RUT) se encuentra estudiando el caso para solucionar estas omisiones fantasma a la brevedad posible.

¿Qué sucede con las asociaciones de utilidad pública que no pueden presentar su declaración?

Se ha confirmado un error de sistema que impide a las asociaciones de utilidad pública visualizar la opción para presentar su declaración (aunque estén exentas, mantienen la obligación informativa). La DGT ya ha levantado un incidente técnico para corregir esta funcionalidad.

¿Cómo actualizar los Registros Especiales (Canasta Básica, Exportadores) si el sistema no guarda los cambios?

La DGT aclara que si el atributo está vigente, el sistema no permitirá realizar cambios hasta que este venza. Una vez vencido, el registro permitirá la actualización. Para casos complejos, se recomienda seguir la guía detallada en la resolución DGT-DGH-R-60-2019 sobre la inclusión de registros especiales.

¿Por qué el sistema solicita actualizar el RUT repetidamente como si fuera la primera vez?

Este es otro error detectado por las autoridades tributarias que afecta a contribuyentes inscritos entre noviembre y enero. Se ha reportado el incidente técnico para su corrección, por lo que se recomienda paciencia mientras se estabiliza este módulo de la plataforma.

¡Descargue el Oficio MH-DGT-OF-0012-2026!

¿Cómo acompaña Alegra al gremio contable ante las inconsistencias de TRIBU-CR?

Desde Alegra y Siempre Al Día reconocemos la importancia del oficio MH-DGT-OF-0012-2026 para brindar claridad y tranquilidad al gremio contable. Es fundamental que las pequeñas y medianas empresas (Pymes) puedan cumplir con sus obligaciones en TRIBU-CR con la mayor seguridad posible. 

Aunque la Dirección General de Tributación ha reconocido errores pendientes de corregir, como la imposibilidad de presentar declaraciones para asociaciones de utilidad pública y problemas en la actualización de registros especiales (exportadores o productores de canasta básica), en Alegra nos comprometemos a ser el puente entre la normativa tributaria y la eficiencia operativa de nuestros usuarios. ¡Conozca todas las soluciones que Alegra tiene para sus clientes!

Fuente oficial

  • Ministerio de Hacienda de Costa Rica y DGT. (2026). MH-DGT-OF-0012-2026 del 6 de febrero. Dirección General de Tributación.

Siga consultando nuestro portal Siempre Al Día para que esté al tanto de las principales novedades a nivel fiscal, contable y laboral. 

Jahzeel Cordero
Revisado por: Jahzeel Cordero
Licenciado en Contaduría Pública y Administración de Negocios, y especialista internacional certificado por el IFAC en Normas Internacionales de Información Financiera (Full, PYMES y SP). Cuenta además con un máster en Asesoría Fiscal de Empresas y certificación como Scrum Master Especialista.Con más de 10 años de experiencia, se ha desempeñado como consultor independiente en temas tributarios, contables, de planificación estratégica y finanzas corporativas y personales. Actualmente es Product Regulation Manager en Alegra, donde lidera la gestión normativa y la adecuación de productos tecnológicos a los marcos fiscales y contables de cada país.Docente universitario desde 2018, lector y tutor de tesis en programas de Licenciatura en Contaduría Pública. Además, es autor en revistas académicas indexadas y colaborador en medios de relevancia nacional como El Financiero y La República.

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