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ToggleEl Ministerio de Hacienda de Costa Rica ha puesto la mira en SINPE Móvil, intensificando el control sobre las transacciones realizadas a través de esta plataforma para mejorar la recaudación tributaria y prevenir la evasión fiscal. A partir de septiembre de 2025, los comercios que reciban pagos por SINPE Móvil deberán registrar estas transacciones en sus comprobantes electrónicos, conforme a la versión 4.4 del sistema de facturación electrónica, que incluirá un código específico para SINPE Móvil como método de pago.
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¿Qué es SINPE Móvil?
SINPE Móvil es el sistema nacional de pagos electrónicos que permite enviar y recibir dinero mediante el número de teléfono celular. En los últimos años se masificó su uso: en 2024 se realizaron unos 650 millones de transferencias, por un monto total de ₡10,9 billones, aproximadamente ¢2,3 billones más que en 2023. Para ese año había 4,125 millones de números telefónicos registrados en SINPE Móvil (equivalente al 85 % de la población con cuentas bancarias). Un 81 % de los usuarios (unos 2,7 millones de personas) envió y recibió fondos de forma recurrente.
Ante esta realidad, el Ministerio de Hacienda inició una estrategia de control tributario sobre el medio. Según consta en el acta 6265-2025 de la Junta del Banco Central, en enero pasado Hacienda solicitó al BCCR información agregada sobre los números que reciben más de 100 transferencias mensuales. El objetivo declarado fue “entender el funcionamiento del sistema” y estimar cuántas de esas transacciones podrían corresponder a ventas no reportadas.
En todo caso, el Ministro de Hacienda Rudolf Lücké aclaró que no se trata de gravar las transferencias en sí ni de obtener datos personales de los usuarios: la petición al Banco Central es estadística y no incluye nombres de personas. La intención es detectar posibles casos de evasión fiscal (por ejemplo, ventas pagadas con SINPE Móvil sin emitir factura electrónica) y reforzar la fiscalización tributaria. Tal como explican autoridades del BCCR, el impuesto aplica a la venta de bienes y servicios, por lo que quien debe declarar es la persona o empresa que recibe el pago, no el instrumento (la plataforma).
¿Se pagará un nuevo impuesto al usar SINPE Móvil?
Esta medida no implica un nuevo impuesto, sino un control para formalizar las transacciones digitales y garantizar que todas las transacciones comerciales estén respaldadas con factura electrónica, aumentando la transparencia y permitiendo a Hacienda verificar las declaraciones de ingresos con mayor precisión.
Además, Hacienda está enfocando su vigilancia en usuarios con alto volumen de transacciones, especialmente aquellos que reciben más de 100 transferencias mensuales, para identificar actividades comerciales que podrían no estar debidamente declaradas. Las consecuencias por no cumplir incluyen multas severas, recargos retroactivos e incluso medidas cautelares como congelamiento de cuentas y procesos legales por posible fraude fiscal.
¿Debo incluir SINPE Móvil en la factura electrónica de mis clientes?
Sí. La Dirección General de Tributación (DGT) actualizará los comprobantes electrónicos para incorporar SINPE Móvil como medio de pago. A partir del 1 de septiembre de 2025 (versión 4.4 de los comprobantes) los contribuyentes deberán registrar en sus facturas electrónicas si el pago fue recibido por SINPE Móvil. En la práctica, esto implica usar el código específico para SINPE Móvil (código “06”) al emitir la factura, además de marcar códigos para otros medios (por ejemplo, “01” para efectivo).
Este ajuste normativo (Decreto Ejecutivo N.º 44739-H publicado en La Gaceta el 8 de noviembre de 2024) busca que toda venta pagada con SINPE Móvil tenga su respaldo contable en la factura electrónica. De este modo, la DGT podrá cruzar información y detectar con mayor claridad las transacciones comerciales realizadas a través de esta plataforma, sin penalizar el uso cotidiano de SINPE.
¿Hacienda limitó en 100 las transferencias mensuales de SINPE Móvil?
No existe un tope oficial de “100 transacciones permitidas”. Ese umbral fue usado internamente para identificar grandes usuarios a efectos de análisis tributario. En realidad, cualquier persona o empresa puede hacer más de 100 transferencias al mes; sin embargo, Hacienda centra su interés en quienes reciben muchos pagos y no emiten facturas por ellos, ya que esto puede apuntar a ingresos no declarados.
Resumen de la fiscalización a las transacción por SINPE Móvil en Costa Rica
| Aspecto | Detalle |
| Objetivo de Hacienda | Identificar usuarios con más de 100 transferencias mensuales. |
| Fecha de implementación | A partir del 1 de septiembre de 2025. |
| Requisito para comerciantes | Incluir pagos por SINPE Móvil en la factura electrónica. |
| Código en factura electrónica | 06 para pagos realizados mediante SINPE Móvil. |
| Comisiones aplicables | Varían según la entidad financiera y el monto transferido. |
En resumen, el Ministerio de Hacienda enfocará su control en los pagos por SINPE Móvil de alto volumen como parte de su estrategia contra la evasión fiscal. No se ha impuesto un límite legal de “100 transferencias mensuales permitidas”; más bien, ese nivel se tomó como criterio de alerta para identificar potenciales negocios con ingresos no declarados. Los contadores deben informar a sus clientes que a partir de septiembre de 2025 deben declarar en las facturas electrónicas todos los pagos hechos por SINPE Móvil, utilizando el código correspondiente. De esta forma, Hacienda podrá cruzar datos objetivos (comprobantes electrónicos) con los flujos por SINPE y orientar los procesos de fiscalización según el riesgo tributario.
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