¿Quiénes pueden aplicar la devolución del IVA en servicios médicos y cómo?

¿Sabía que en Costa Rica el paciente recibe el 4% cobrado del IVA médico, no el 9%, cuando paga con tarjeta? Aquí revisamos la mecánica actualizada 2026, los códigos CIIU 4 que habilitan la devolución, el campo Total IVA Devuelto en la 4.4 y los casos en que Hacienda rechaza el crédito.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

Contenido revisado por:

favicon alegra

Equipo Alegra

Jahzeel Cordero
Jahzeel Cordero
Lic. en Contaduría Pública y Administración de Negocios

Actualizado el: 30 Jul 2026

11 min de lectura

Compartir:

Resume esta entrada del blog con:

devolución del IVA en servicios médicos en Costa Rica

La devolución del IVA en servicios médicos en Costa Rica es un beneficio clave para el paciente que paga con tarjeta y una obligación operativa para el prestador que factura al 4%. En esta guía actualizada 2026 encontrará cómo aplica el beneficio, qué códigos CIIU 4 lo habilitan tras la migración del 6 de octubre de 2025, cómo se refleja el campo Total IVA Devuelto en la factura electrónica 4.4, un ejemplo numérico y una tabla de casos en los que sí y no procede la devolución.

En Costa Rica, los servicios de salud privados autorizados se gravan con una tarifa reducida del 4%. Cuando el paciente paga con tarjeta u otro medio electrónico autorizado, el prestador debe reembolsarle en el acto ese mismo 4% cobrado, de modo que el consumidor final no soporta carga de IVA. El prestador, a su vez, aplica ese monto como crédito fiscal en su declaración mensual.

  • ¿Cuánto se devuelve exactamente al paciente? El 4% del valor del servicio, que es la misma tarifa reducida que se cobró en la factura. El paciente termina pagando el valor del servicio sin IVA.
  • ¿La devolución aplica con cualquier medio de pago? No. Solo procede cuando el pago se realiza con tarjeta de crédito o débito. No aplica con efectivo, SINPE Móvil, transferencia bancaria ni cuando la factura queda a crédito.

1. ¿Qué es la devolución del IVA en servicios médicos en Costa Rica?

La devolución del IVA en servicios médicos en Costa Rica es el mecanismo por el cual el paciente que paga servicios de salud privados con tarjeta de crédito, débito u otro medio electrónico autorizado recibe el reembolso del impuesto cobrado en la factura, que corresponde al 4% del valor del servicio.

Este proceso ocurre porque los servicios médicos privados están gravados con una tarifa reducida del 4% de IVA, y cuando el pago se realiza por medios electrónicos, el prestador del servicio debe devolver ese monto al paciente en el momento del pago. Así, aunque el IVA técnicamente se cobra, el paciente no termina pagando efectivamente ese impuesto si cumple con esta condición de pago electrónico.

Tip Alegra: Cuando el consumidor utiliza tarjeta de débito o crédito para pagar el servicio médico, el impuesto será devuelto en el acto. Según el Ministerio de Hacienda de Costa Rica, a través del artículo 39 del Reglamento de la Ley del IVA, el contribuyente debe reembolsar el IVA cobrado al consumidor final cuando el pago se realiza con medios electrónicos autorizados.

Devolución del IVA en servicios médicos en Costa Rica

2. ¿Quiénes pueden aplicar la devolución del IVA en servicios médicos?

La devolución del IVA en servicios médicos privados en Costa Rica involucra a dos partes: el paciente que paga y el prestador que factura. Ambos deben cumplir condiciones específicas para que el beneficio proceda ante la Dirección General de Tributación (DGT). A continuación se detallan quiénes califican en cada rol.

  • Los pacientes consumidores finales que paguen los servicios médicos privados con tarjeta de crédito, débito u otro medio electrónico autorizado por la DGT.
  • Los servicios médicos deben estar registrados bajo actividades económicas autorizadas del sector salud humana (División 86 de CIIU 4, códigos 8610.0–8690.9), que incluyen actividades de hospitales, medicina general, especializada, odontología y otras profesiones de la salud. Antes de la migración del 6 de octubre de 2025, estas actividades correspondían a los códigos 851001–851916 de CIIU 3.
  • Solo profesionales debidamente incorporados y activos en sus colegios profesionales pueden emitir facturas con IVA reducido al 4% y aplicar la devolución al paciente.
  • El prestador del servicio (médicos, clínicas, centros privados) debe cumplir con la obligación de emitir factura electrónica versión 4.4 que refleje explícitamente el IVA cobrado y el IVA devuelto al paciente en el campo Total IVA Devuelto.

Le puede interesar nuestro editorial: Implementación de los nuevos códigos de actividades económicas en Costa Rica para la factura 4.4.

3. ¿Qué requisitos se deben cumplir para la devolución del IVA en servicios médicos?

Para que proceda la devolución del IVA en servicios médicos, deben cumplirse varios requisitos de forma simultánea. En primer lugar, la factura debe corresponder a servicios médicos privados autorizados (profesionales incorporados al colegio respectivo o centros de salud registrados) facturados con la tarifa reducida del 4%. Además, el pago debe realizarse al contado con tarjeta de crédito o débito; de lo contrario, no aplica la devolución.

La DGT ha aclarado que solo procede la devolución automática si el consumidor final paga directamente con tarjeta. Medios alternativos como transferencias bancarias o SINPE Móvil no han sido autorizados para este efecto. Si la factura es a crédito (pago diferido), no se calcula IVA devuelto, pues en ese momento no se conoce el medio de pago futuro.

4. ¿Cómo reflejar la devolución del IVA en servicios médicos en la factura electrónica 4.4?

En la factura electrónica es obligatorio registrar la devolución. Con la versión 4.4 del comprobante electrónico —de uso obligatorio desde el 1 de septiembre de 2025 y plenamente exigida por Hacienda en 2026— se incluyó el campo específico Total IVA Devuelto. Este campo es obligatorio cuando se facturen servicios de salud pagados con tarjeta. La factura debe detallar el IVA cobrado y el IVA reembolsado por separado. Al facturar, el prestador anota el cobro total del servicio y en el mismo comprobante registra el reembolso del impuesto al paciente. En la declaración mensual del IVA, presentada en el formulario D-150 a través de TRIBU-CR, ese IVA reembolsado se aplica como crédito fiscal y compensa la carga tributaria de la empresa.

Para verlo en la práctica, tome un caso típico de consulta médica facturada al 4% y pagada con tarjeta. La mecánica de cálculo es directa y siempre se aplica sobre la base gravada del servicio.

ConceptoMonto
Valor del servicio médico (base)₡40.000,00
IVA cobrado en factura (4%)₡1.600,00
Total facturado antes del reembolso₡41.600,00
IVA devuelto al paciente (4%)−₡1.600,00
Monto neto que paga el paciente con tarjeta₡40.000,00

Tip Alegra: Verifique que la actividad económica del prestador esté registrada dentro del sector salud (División 86 de CIIU 4), que la línea del servicio se facture al 4%, que el medio de pago seleccionado sea tarjeta y que el sistema registre automáticamente el valor en el campo Total IVA Devuelto. La devolución no procede si se paga en efectivo o si la factura queda a crédito.

5. ¿Cuáles son los pasos para facturar y reembolsar el IVA en servicios médicos?

Para aplicar correctamente la devolución del IVA en su gestión contable, siga estos pasos operativos con cada factura del sector salud:

  • Registrar actividad y tarifa: asegúrese de que la actividad económica del profesional esté clasificada bajo el sector salud humana (División 86 de CIIU 4, códigos 8610.0–8690.9) y que en la factura se use la tarifa reducida del 4%.
  • Emitir factura electrónica 4.4: al crear la factura, seleccione Tarjeta como medio de pago (condición indispensable). Ingrese los servicios prestados con tarifa 4% y active en su sistema contable el campo Total IVA Devuelto.

Tip Alegra: El ítem de venta debe estar clasificado como servicio (no como producto inventariable) para que el sistema active el campo de IVA devuelto.

  • Devolver el impuesto en el acto: al recibir el pago con tarjeta, entregue al paciente la factura con la descomposición de montos. Reembolse inmediatamente el 4% del IVA cobrado al cliente en el mismo momento del pago.
  • Registrar en la declaración: al preparar la declaración mensual del IVA (formulario D-150 en TRIBU-CR), anote el total facturado por sus servicios y aplique el IVA reembolsado como crédito fiscal. Esto reduce el IVA neto a pagar a Hacienda.

Tip Alegra: Le compartimos el artículo ¿Cómo solicitar la devolución de IVA al facturar servicios médicos con tarifa reducida del 4% en Alegra? para que conozca cómo realizar este proceso de forma fácil con Alegra, el primer software contable que se actualizó a la versión 4.4 en Costa Rica.

Recuerde que solo se devuelve el IVA sobre las líneas gravadas al 4%; cualquier ítem facturado al 13% (por ejemplo, medicamentos o insumos vendidos aparte) no tiene devolución y se suma normalmente al impuesto por pagar. Este beneficio tampoco aplica sobre las compras de insumos que realice la clínica: es exclusivo del impuesto cobrado al paciente en la prestación del servicio.

Le puede interesar nuestro editorial: ¿Cómo seleccionar el mejor software contable en Costa Rica para factura electrónica 4.4?

6. ¿En qué casos aplica y en cuáles no la devolución del IVA en servicios médicos?

Uno de los errores más frecuentes de rechazo por parte de Hacienda es aplicar la devolución del IVA en un escenario que no cumple con las condiciones establecidas. La siguiente tabla resume los principales casos que sí generan derecho a devolución y aquellos que no, según las aclaraciones vigentes de la DGT.

Escenario¿Aplica devolución del 4%?
Paciente paga con tarjeta de débito o crédito en el acto✅ Sí aplica
Paciente paga en efectivo— No aplica
Paciente paga con SINPE Móvil— No aplica (no autorizado por DGT)
Paciente paga con transferencia bancaria— No aplica
Factura emitida a crédito (pago diferido)— No aplica
Aseguradora paga directamente al prestador— No aplica (no es consumidor final)
Servicio prestado entre profesionales de la salud (no al paciente)— No aplica
Ítems dentro de la factura gravados al 13% (medicamentos, insumos vendidos aparte)— No aplica sobre esas líneas

Le puede interesar nuestro editorial: Devolución automática del IVA al pagar con tarjetas de débito o crédito en Costa Rica: ¿Cuándo procede en el sector salud?

7. ¿Qué aclaraciones ha realizado el Ministerio de Hacienda frente al IVA devuelto en servicios médicos?

El Ministerio de Hacienda ha emitido varias aclaraciones específicas sobre este tema que conviene tener presentes. La DGT confirmó que no procede la devolución cuando el pago lo hace directamente una aseguradora, ya que en ese caso no es el consumidor final quien paga con tarjeta, sino un tercero pagador. Tampoco se ha autorizado la devolución para pagos con SINPE Móvil u otros medios electrónicos distintos a la tarjeta.

Le puede interesar nuestro editorial: Actualización de medios de pago en la factura electrónica 4.4: Estas son las novedades.

Respecto a otros temas, la DGT reiteró que en el caso de pólizas de riesgo de trabajo solo están exentas del IVA las primas, no los servicios que brinda la aseguradora. Además, se recordó que se debe practicar la retención del 2% en renta cuando pague al proveedor por esos servicios. Con la plena exigencia de la versión 4.4 en 2026, Hacienda está cruzando el campo Total IVA Devuelto con el código de actividad y el medio de pago declarado, por lo que un XML mal armado bloquea el crédito fiscal del prestador.

8. ¿Cómo Alegra facilita la gestión contable del IVA devuelto en servicios médicos?

Dado este panorama normativo cambiante, conviene apoyarse en herramientas contables que se actualicen automáticamente y no dependan de configuraciones manuales para cumplir con Hacienda. Alegra es un software en la nube que facilita precisamente estos procesos: automatiza el registro de facturas, el cálculo de impuestos y las devoluciones, y mantiene actualizadas las regulaciones de la DGT. Alegra fue el primer software contable en soportar la versión 4.4 de comprobantes electrónicos en Costa Rica, obligatoria desde el 1 de septiembre de 2025, por lo que usted podrá generar facturas con el campo Total IVA Devuelto sin adaptar el sistema manualmente y obtener informes inteligentes sobre ventas e impuestos con un solo clic.

Además, Alegra incorpora funcionalidades de inteligencia artificial que aceleran tareas rutinarias como el registro automático de comprobantes recibidos, ahorrando tiempo al contador y reduciendo el riesgo de errores en el manejo del IVA devuelto y su conciliación en el formulario D-150.

¡Active su prueba gratuita por 15 días!

Fuentes oficiales

Continúe consultando nuestro portal contable Siempre Al Día para mantenerse actualizado en las novedades normativas que impactan su profesión.

Jahzeel Cordero
Revisado por: Jahzeel Cordero
Licenciado en Contaduría Pública y Administración de Negocios, y especialista internacional certificado por el IFAC en Normas Internacionales de Información Financiera (Full, PYMES y SP). Cuenta además con un máster en Asesoría Fiscal de Empresas y certificación como Scrum Master Especialista. Con más de 10 años de experiencia, se ha desempeñado como consultor independiente en temas tributarios, contables, de planificación estratégica y finanzas corporativas y personales. Actualmente es Product Regulation Manager en Alegra, donde lidera la gestión normativa y la adecuación de productos tecnológicos a los marcos fiscales y contables de cada país. Docente universitario desde 2018, lector y tutor de tesis en programas de Licenciatura en Contaduría Pública. Además, es autor en revistas académicas indexadas y colaborador en medios de relevancia nacional como El Financiero y La República.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

Compartir

¿Contabilidad Siempre Al Día?

Con Alegra Contabilidad le das poder a tu trabajo, conoce la Contabilidad Inteligente y gestiona más rápido tu día a día.
guest
0 Comentarios
Más antiguo
Más reciente Más votados

Notas relacionadas

Conozca cómo prepararse para la cédula jurídica alfanumérica en Costa Rica: alcance, fecha prevista, impacto en sistemas y checklist para contadores.
10 Sep

16 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Hacienda anunció en julio de 2026 sanciones y 10 denuncias penales por facturación falsa. Conozca las señales de alerta, el protocolo del contador ante una factura sospechosa y el riesgo del artículo 81 bis del CNPT por participación en el fraude.
10 Sep

18 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Conozca qué propone la reforma fiscal en Costa Rica 2026, cuáles proyectos ya llegaron a la Asamblea y qué se sabe de la renta global para 2027.
08 Sep

19 min de lectura

noticias para contadores, comparte

Recibe información Siempre
Al Día en tu celular

Únete a la comunidad en WhatsApp donde podrás tener novedades y noticias
al momento, ¡y sin tener
que mover un dedo!

Descarga: Guía Tributaria 2026
Descarga gratis la Guía Tributaria 2026. Conoce las tarifas, calendarios, cambios normativos y las preguntas más frecuentes en el ámbito tributario.
Gracias por compartirnos tus datos

Haz clic en el botón para descargar el recurso. Si tienes algún problema con la descarga, contáctanos a siemprealdia@alegra.com.

0
Me encantaría conocer su opinión.x