Implementación de los nuevos códigos de actividades económicas en Costa Rica para la factura 4.4

La factura electrónica 4.4 en Costa Rica marca un salto tecnológico clave, incorporando la clasificación CIIU 4 y nuevos requisitos como la inclusión del código de actividad económica del cliente en la emisión de comprobantes electrónicos. La implementación de esta nueva clasificación se postergó a la fecha de salida de TRIBU-CR, es decir el 6 de octubre de 2025 ¡Conozca el detalle de estas novedades!

Escrito por:

Lina María Galindo López

Equipo Siempre Al Día

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Jahzeel Cordero
Jahzeel Cordero
Lic. en Contaduría Pública y Administración de Negocios

Actualizado el: 15 Ene 2026

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Códigos de actividades económicas en Costa Rica

Los cambios en los códigos de actividades económicas en Costa Rica;  conocida como la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) versión 4, no es una actualización menor; es un cambio estructural que redefine la manera en que se reporta la actividad económica al Ministerio de Hacienda.

  • ¿A partir de cuándo es obligatoria la adopción de los nuevos códigos? A partir de la salida de TRIBU-CR; es decir, desde el 6 octubre de 2025.
  • ¿Cuál es el objetivo de la actualización? Mejorar la precisión y uniformidad en la recolección, presentación y análisis de datos económicos, así como facilitar la fiscalización y administración tributaria.

Le puede interesar nuestro editorial: Actualización de medios de pago en la factura electrónica 4.4: Estas son las novedades.

¿Qué es la clasificación CIIU 4 y por qué es importante para la factura 4.4?

La Clasificación Industrial Internacional Uniforme versión 4 (CIIU 4) es un sistema estandarizado desarrollado por la Organización de Naciones Unidas para clasificar todas las actividades económicas de manera homogénea y comparable a nivel internacional. 

Tip Alegra: Esta clasificación permite organizar y codificar las actividades productivas de empresas y establecimientos, facilitando la recopilación, análisis y presentación de estadísticas económicas oficiales, así como la toma de decisiones de política económica.

La importancia de la CIIU 4 para la factura electrónica versión 4.4 en Costa Rica radica en que esta versión de factura exige que los códigos de actividad económica que se reportan en los comprobantes electrónicos correspondan a esta clasificación actualizada. Esto garantiza que la información fiscal y estadística que se genera sea consistente, precisa y alineada con estándares internacionales, facilitando el control tributario y la comparación económica tanto a nivel nacional como internacional.

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Guía sobre facturación electrónica 4.4

¿La nueva codificación de actividades económicas se relaciona con el proyecto TRIBU-CR? 

La migración a los códigos CIIU 4 no es un cambio aislado, sino parte fundamental del proyecto TRIBU-CR, la nueva plataforma de gestión tributaria del Ministerio de Hacienda en Costa Rica. TRIBU-CR reemplazará sistemas actuales como ATV y TRAVI, centralizando todas las operaciones tributarias en un portal único y más avanzado.

El objetivo principal de TRIBU-CR es mejorar la precisión de la información fiscal, fortalecer los controles para reducir la evasión y alinear a Costa Rica con estándares internacionales. Para lograrlo, utilizará análisis de datos e inteligencia artificial, lo que requiere datos de alta calidad y bien estructurados. Por eso es indispensable migrar a la clasificación CIIU 4, que ofrece un nivel de detalle actualizado y acorde con la economía moderna, superando las limitaciones de la versión anterior.

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¿Cuáles son los cambios clave en los códigos de actividades económicas en Costa Rica? 

La transición de la versión CIIU 3 a la CIIU 4 implica una reestructuración profunda del catálogo de actividades económicas. La nueva clasificación es más granular y está diseñada para reflejar la evolución de la economía, incluyendo el auge de nuevas industrias y servicios digitales que antes no estaban bien representados.

Para usted y sus clientes, esto significa que:

  • Algunos códigos antiguos quedan obsoletos: simplemente dejarán de existir.
  • Otros códigos se fusionan o se dividen: una actividad que antes tenía un solo código ahora puede estar dividida en varias más específicas, o viceversa.
  • Se crean códigos completamente nuevos: para actividades económicas emergentes.

¡Consulta la tabla de correspondencias!

¿Es obligatorio incluir el código de actividad económica de mi cliente en la factura?

Aquí es donde la teoría se encuentra con la práctica y donde su atención debe ser máxima. La versión 4.4 de la factura electrónica introduce un cambio que impacta directamente en su flujo de trabajo diario:

  • Los catálogos de actividades económicas basados en la clasificación CIIU versión 4 son obligatorios para todos los comprobantes emitidos.
  • A nivel del receptor, esta obligación aplica únicamente para las facturas de compra a partir de la habilitación de la versión 4.4.
  • A partir de septiembre de 2025, la versión 4.4 será 100% obligatoria para todos los contribuyentes.
  • Esto implica que el uso del catálogo CIIU 4 será obligatorio en todos los comprobantes electrónicos emitidos, asegurando una mayor estandarización y control en la información económica reportada.

Le puede interesar nuestro editorial: Facturación Electrónica 4.4 en Costa Rica: ¿Es obligatorio incluir el código de actividad económica del receptor?

La consecuencia de no acatar las actualizaciones es severa y directa: si el código del receptor falta, es incorrecto, o no está activo en el RUT de dicha persona, el Ministerio de Hacienda rechazará el comprobante electrónico de forma automática.

Tip Alegra: Un comprobante rechazado no es válido fiscalmente, lo que implica retrasos en los pagos, problemas de contabilidad para su cliente y, lo más importante, un retrabajo administrativo que consume tiempo y recursos valiosos.

👉 Conozca cómo automatizar su facturación electrónica con un programa de facturación electrónica en Costa Rica para cumplir ante Hacienda.

¿Cuándo es obligatorio usar los nuevos códigos de actividad económica en Costa Rica?

En vista de la postergación que se dio en la fecha de lanzamiento de TRIBU-CR, el Ministerio de Hacienda anunció que se ha visto en la obligación aplazar de igual manera la implementación de la clasificación de actividades económicas de la versión CIIU 3 a la versión CIIU 4. Por este motivo, esta fecha de implementación se trasladó al 6 de octubre de 2025 con las siguientes especificaciones:

Códigos de actividad según la clasificación CIIU 3

  • Esta clasificación se encuentra actualmente vigente y es válida, en los comprobantes electrónicos emitidos con la versión 4.3 hasta el 31 de agosto de 2025 y con la versión 4.4 hasta el 5 de octubre de 2025.
  • A partir del 6 de octubre de 2025, las notas crédito o débito que se generen con la versión 4.3 o la 4.4 utilizando la clasificación CIIU 3, a comprobantes emitidos con esta clasificación serán recibidas y validadas hasta el 5 de octubre de 2025.

Códigos de actividad según la clasificación CIIU 4

  • Esta clasificación será obligatoria en los comprobantes electrónicos emitidos con la versión 4.4 a partir del 6 de octubre de 2025, alineándose a la fecha de salida de TRIBU-CR.
  • Las notas crédito o débito que se generen con la versión 4.4 a partir del 6 de octubre de 2025 deberán utilizar esta nueva clasificación para que sean correctamente recibidas y validadas.

Le puede interesar nuestro editorial: Ministerio de Hacienda aplazó la fecha de lanzamiento de TRIBU-CR en Costa Rica.

¿Qué pasa si uso un código de actividad económica incorrecto en una factura 4.4?

Si se utiliza un código de actividad económica incorrecto en una factura electrónica versión 4.4 en Costa Rica, el comprobante puede ser rechazado por la Dirección General de Tributación (DGT) durante la validación en tiempo real, ya que la factura debe cumplir con los nuevos requisitos técnicos y normativos, incluyendo el uso correcto de la clasificación CIIU 4.

Además, emitir facturas con datos incorrectos puede generar problemas fiscales, como la aplicación indebida del IVA o errores en la clasificación tributaria, lo que podría derivar en sanciones o multas establecidas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Le puede interesar nuestro editorial: Sanciones por incumplimiento de la facturación electrónica: todo lo que debe conocer para evitarlas.

¿Actualizar manualmente las actividades económicas o automatizar?

Ante la obligatoriedad de incluir el catálogo CIIU versión 4 en todos los comprobantes electrónicos con la factura 4.4, usted, como emisor, enfrenta una decisión operativa clave: optar por un proceso manual o por la automatización.

  • Proceso manual: implica que su equipo debe actualizar y digitar manualmente el código de actividad económica en cada factura que emita, lo que conlleva un alto riesgo de errores de tipeo o de usar códigos desactualizados, lo que podría derivar en facturas rechazadas o problemas con la autoridad tributaria. También deberá realizar revisiones periódicas para asegurar que los códigos sigan vigentes, aumentando la carga operativa y el riesgo financiero y reputacional.
  • Proceso automatizado: consiste en implementar un sistema contable o de facturación electrónica que integre automáticamente los códigos CIIU 4 conforme a la normativa vigente. Este tipo de solución facilita la generación de facturas con los datos correctos, reduce errores humanos, agiliza el cumplimiento tributario y permite mantener actualizados los catálogos sin intervención manual constante.

Le puede interesar nuestro editorial: ¿Cómo integrar el catálogo de códigos CABYS en la facturación electrónica versión 4.4?

¿Cómo Alegra automatiza la actualización en los códigos de actividades económicas?  

En Alegra, entendemos los desafíos que enfrenta. Por eso, nos anticipamos a estos cambios. Nuestro sistema de contabilidad y facturación electrónica está actualizado con la versión 4.4 y la nueva codificación CIIU 4.

Le invitamos a enriquecer su conocimiento sobre este tema con nuestro Academy Live: Optimice su contabilidad con la nueva Facturación 4.4 y Alegra IA:

Academy Live sobre factura 4.4 y Alegra IA

Las actualizaciones están pensadas para su tranquilidad y eficiencia:

  • Actualización automática del catálogo: Alegra se actualiza con el catálogo oficial de códigos de actividad económica (CIIU 4) proporcionado por el Ministerio de Hacienda. No tendrá que preocuparse por cargar estos listados.
  • Notificación inteligente de códigos obsoletos: si usted tiene registrada una actividad económica con un código que ha quedado obsoleto, el sistema no realizará un cambio ciego. En su lugar, Alegra le notificará activamente, indicando que el código ya no es válido y le solicitará que seleccione el nuevo código correspondiente de una lista de opciones homologadas.

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Fuente oficial

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Jahzeel Cordero
Revisado por: Jahzeel Cordero
Licenciado en Contaduría Pública y Administración de Negocios, y especialista internacional certificado por el IFAC en Normas Internacionales de Información Financiera (Full, PYMES y SP). Cuenta además con un máster en Asesoría Fiscal de Empresas y certificación como Scrum Master Especialista.Con más de 10 años de experiencia, se ha desempeñado como consultor independiente en temas tributarios, contables, de planificación estratégica y finanzas corporativas y personales. Actualmente es Product Regulation Manager en Alegra, donde lidera la gestión normativa y la adecuación de productos tecnológicos a los marcos fiscales y contables de cada país.Docente universitario desde 2018, lector y tutor de tesis en programas de Licenciatura en Contaduría Pública. Además, es autor en revistas académicas indexadas y colaborador en medios de relevancia nacional como El Financiero y La República.

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Flory Porras
Flory Porras
5 meses hace

que hago si un cliente no tiene actividad económica, como hago para emitir la factura de ventas, ya que esto es un requisito de la misma.

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  Flory Porras
5 meses hace

Saludos Flory. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Respecto a su inquietud, la única situación en la que actualmente sí se requiere incorporar el código de actividad económica del receptor es en la Factura Electrónica de Compra (FEC) bajo el mecanismo de inversión del sujeto pasivo. para las facturas electrónicas de venta (FE) normales, tiquetes electrónicos, notas de crédito y notas de débito, la versión 4.4 no exige todavía el código de actividad del cliente en el XML. Este campo existe en la estructura, pero su uso es opcional hasta que la DGT lo establezca como mandatorio. Será responsabilidad del receptor proporcionar su código cuando en el futuro se llegue a requerir de forma general. Le invitamos a profundizar sobre este tema en nuestro artículo: Facturación Electrónica 4.4 en Costa Rica: ¿Es obligatorio incluir el código de actividad económica del receptor? . Le invitamos a seguir recibiendo actualizaciones, consejos valiosos y novedades tributarias y contables directamente en su correo, suscribiéndose a nuestro newsletter gratuito.

María
María
Responder a  Flory Porras
3 meses hace

En los casos que el cliente no tenga actividad económica lo que se emite en la venta es un tiquete electrónico, ya que las facturas electrónicas pasaron a ser exclusivamente para contribuyentes

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  María
3 meses hace

Saludos María. ¡Gracias por interactuar con nuestros contenidos! También hemos compartido a la usuaria el artículo: Facturación Electrónica 4.4 en Costa Rica: ¿Es obligatorio incluir el código de actividad económica del receptor? donde profundizamos sobre los casos en los que es obligatorio el código de actividad económica del receptor. Le invitamos a seguir recibiendo actualizaciones, consejos valiosos y novedades tributarias y contables directamente en su correo, suscribiéndose a nuestro newsletter gratuito.

Mauricio Robayo
Mauricio Robayo
5 meses hace

Excelente la información, muy útil para quienes trabajamos con clasificaciones empresariales en Colombia. Para quien necesite consultar directamente los códigos CIIU y sus descripciones oficiales, recomiendo ciiu.co.

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  Mauricio Robayo
4 meses hace

Hola Mauricio. ¡Gracias por su aporte y por interactuar con este contenido sobre la clasificación de los códigos de actividades económicas en Costa Rica! Sin embargo es importante tener en cuenta que tanto Costa Rica como Colombia basan sus códigos en el sistema CIIU, pero hay diferencias en versiones usadas y en adaptaciones o desgloses específicos para cada país. Por tanto, los códigos exactos y sus aplicaciones no son idénticos en ambos países.

Emmanuel
Emmanuel
4 meses hace

¿Esto aplica únicamente para compras de cédulas jurídicas o también de personas físicas?

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  Emmanuel
4 meses hace

Saludos Emmanuel. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Con relación a su inquietud, la implementación obligatoria de los nuevos códigos de actividades económicas CIIU 4 en la Factura Electrónica 4.4 de Costa Rica aplica tanto para compras realizadas por cédulas jurídicas como por personas físicas. Le invitamos a conocer cómo a través de Alegra puede cumplir con la factura 4.4 de forma oportuna; siendo el primer software en el país que adoptó estas actualizaciones. ¡Active su prueba gratuita por 15 días!

LEXY
LEXY
4 meses hace

Buenas tardes, dónde puedo ver el listado de los códigos de actividades económicas de gobierno y asociaciones

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  LEXY
4 meses hace

Buenas tardes Lexy. Con relación a su consulta, para consultar el listado de los códigos de actividades económicas de gobierno y asociaciones en Costa Rica, puede descargar el catálogo oficial en formato PDF desde el mismo artículo en la sección “¿Cuáles son los cambios clave en los códigos de actividades económicas en Costa Rica?”. Allí encontrará todos los códigos clasificados según la versión CIIU 4. Le invitamos a seguir recibiendo actualizaciones, consejos valiosos y novedades tributarias y contables directamente en su correo, suscribiéndose a nuestro newsletter gratuito. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día!

Sara Correa
Sara Correa
4 meses hace

Buenas tardes. En la validación Sintáctica me genera error: El valor 11901 del elemento Código Actividad Receptor no es valido, esto generando la factura. Como se puede proceder? Si en este momento aún no es obligatorio la validación y que sigue vigente el CIIU 3 porque genera error?

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  Sara Correa
4 meses hace

¡Saludos Sara! Respecto a su inquietud, la única situación en la que actualmente sí se requiere incorporar el código de actividad económica del receptor es en la Factura Electrónica de Compra (FEC) bajo el mecanismo de inversión del sujeto pasivo. Aun cuando está utilizando el código 11901 válido en CIIU 3 y la plataforma exige CIIU 4 aunque aún no sea obligatorio oficialmente hasta el 6 de octubre, le recomendamos verificar con el soporte del software porque pueden estar aplicando controles adelantados; por lo tanto, deberán indicarle el procedimiento a seguir. Le invitamos a seguir recibiendo actualizaciones, consejos valiosos y novedades tributarias y contables directamente en su correo, suscribiéndose a nuestro newsletter gratuito. También le compartimos nuestro editorial: Facturación Electrónica 4.4 en Costa Rica: ¿Es obligatorio incluir el código de actividad económica del receptor? donde puede ampliar la información respecto de este tema.

¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día!

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