Calendario tributario para abril 2026 en Costa Rica: ¡Estos son los vencimientos del mes!

El calendario tributario de abril 2026 en Costa Rica destaca 5fechas clave con obligaciones como IVA, utilidades y retenciones. La mayor carga recae el 15 de abril, concentrando declaraciones como D-150 (IVA), régimen simplificado, ganancias de capital y más. En este artículo le explicamos todo lo que debe tener en cuenta.

Escrito por:

Lina María Galindo López

Equipo Siempre Al Día

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Jahzeel Cordero
Jahzeel Cordero
Lic. en Contaduría Pública y Administración de Negocios

Actualizado el: 31 Mar 2026

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El calendario tributario para abril 2026 en Costa Rica incluye obligaciones tributarias distribuidas en cinco fechas clave. Este mes presenta una particularidad: la Semana Santa generó un ajuste normativo que modificó el plazo del reporte de plataformas digitales. A continuación encontrará el detalle de cada vencimiento, los formularios que aplican y las consideraciones que debe tener en cuenta para el cumplimiento oportuno de sus clientes.

  • ¿Cuál es la fecha de mayor carga tributaria en el calendario tributario para abril 2026 en Costa Rica? El 15 de abril concentra la mayor cantidad de declaraciones del mes: IVA (D-150), impuesto sobre las utilidades en el régimen simplificado, ganancias y rentas de capital, retenciones en la fuente e impuestos específicos, entre otros.
  • ¿Existe algún plazo especial por Semana Santa en abril 2026? Sí. Mediante la Resolución N.° MH-DGT-RES-0004-2026, la Dirección General de Tributación (DGT) amplió el plazo del reporte de operadores de plataformas digitales: en lugar de vencer el 30 de abril, aplica del 6 de abril al 6 de mayo de 2026.

¿Cuáles son los vencimientos del calendario tributario para abril 2026 en Costa Rica?

Las obligaciones tributarias de abril 2026 se distribuyen en 5 fechas. El siguiente cuadro ofrece una vista panorámica del mes para que usted y su despacho puedan planificar con anticipación:

FechaFormularios principalesTipo de obligación
6 de abrilD-107, D-108, D-127, D-128, D-129, D-130, D-154, D-240, D-241, D-242Retenciones por operaciones con tarjetas de crédito/débito y retenciones sobre ganancias de capital
15 de abrilD-104, D-105, D-110 al D-119 hasta el D-124, D-131 al D-147, D-150, D-153, D-157, D-158, D-159 al D-161 y del D-163 al D-166, D-172, D-173, D-201 al D-217, D-251, D-262 al D-267IVA, ISR régimen simplificado, ganancias, rentas pasivas de fuente extranjera, rentas de capital, retenciones en la fuente e impuestos específicos.

Dentro de estas obligaciones destacan: la 153 del Impuesto al Valor Agregado, el ISR 104 y 105 del régimen simplificado ya que es el primer trimestre.
16 de abrilD-278Informativa de resumen del impuesto de salida del territorio nacional
25 de abril (se traslada al 27 de abril porque 25 cae sábado)D-270Informativa resumen mensual de clientes, proveedores y gastos sin comprobante electrónico (plazo regular del período de marzo). Sin embargo se pueden presentar todas las declaraciones mensuales de 2026 de forma acumulada hasta el 25 de enero de 2027.
30 de abrilD-272 y el RTFBInformativa de personas jurídicas inactivas y el Registro de Transparencia de Beneficiarios Finales con el BCCR.
6 abr – 6 mayReporte de plataformas digitalesPlazo especial por Semana Santa: operadores de plataformas digitales (DAC7/OCDE). Resolución MH-DGT-RES-0004-2026.

Profundice sobre la codificación de declaraciones en nuestros artículos: Codificación de declaraciones informativas en TRIBU-CR: ¿Qué cambió? y Nueva codificación de declaraciones autoliquidativas en TRIBU-CR: ¡Lista completa!

¿Qué declaraciones vencen el 6 de abril de 2026?

El primer vencimiento del mes corresponde a retenciones realizadas por operaciones con tarjetas de crédito y débito, y a retenciones sobre ganancias de capital tanto de contribuyentes domiciliados como no domiciliados. Estas declaraciones deben ser presentadas principalmente por los agentes de retención (procesadoras y redes adquirentes) para las cuotas del período correspondiente:

FormularioNombre de la declaraciónAplica a
D-107Retenciones por Operaciones Tarjetas Crédito y Débito – ISUPersonas Jurídicas (PJ)
D-108Retenciones por Operaciones Tarjetas Crédito y Débito – ISUPersonas Físicas con actividad (PP)
D-127Retenciones de ganancias de capital domiciliadoPersonas Físicas (PF)
D-128Retenciones de ganancias de capital domiciliadoPersonas Jurídicas (PJ)
D-129Retenciones de ganancias de capital no domiciliadoPF y PJ
D-130Retenciones de ganancias de capital no domiciliadoPersonas Jurídicas (PJ)
D-154Retenciones por Operaciones Tarjetas Crédito y Débito – IVAPF y PJ
D-240Retenciones Operaciones Tarjetas Crédito y Débito – UtilidadesPF y PJ (Cuotas 1–4)
D-241Retenciones Operaciones Tarjetas Crédito y Débito – IVAPF y PJ (Cuotas 1–4)
D-242Retenciones Operaciones Tarjetas Crédito y Débito – ISUPF y PJ (Cuotas 1–4)

Le puede interesar nuestro editorial: ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración D-270 en Costa Rica? 7 preguntas frecuentes

¿Cuáles son las obligaciones con vencimiento el 15 de abril de 2026?

El 15 de abril es la fecha de mayor actividad del calendario tributario para abril 2026 en Costa Rica. Concentra declaraciones de 5 categorías: Impuesto al Valor Agregado, impuesto sobre las utilidades en régimen simplificado, ganancias y rentas de capital, retenciones en la fuente e impuestos específicos al consumo. A continuación, el detalle por categoría.

¿Qué formularios de IVA vencen el 15 de abril de 2026?

Estos son los formularios relacionados con IVA que tienen vencimiento en esta fecha:

FormularioDescripción
D-150Impuesto al Valor Agregado (régimen general)
D-153IVA – Régimen Simplificado
D-157IVA – Régimen especial de bienes usados (modalidades b y c)
D-158Cobro del IVA: proveedores de servicios digitales transfronterizos inscritos ante la DGT
D-251Cobro IVA: intermediarios de servicios digitales transfronterizos inscritos ante la DGT

Profundice sobre este tema en nuestro editorial: Impuesto al Valor Agregado Costa Rica o IVA 2026: Definición, tarifas y recomendaciones.

¿Qué formularios del impuesto sobre las utilidades vencen el 15 de abril de 2026?

Estos son los formularios relacionados con el impuesto sobre las utilidades que tienen vencimiento en esta fecha:

FormularioDescripciónAplica a
D-104Impuesto sobre las utilidades – Régimen SimplificadoPersonas Físicas (PF)
D-105Impuesto sobre las utilidades – Régimen SimplificadoPersonas Jurídicas (PJ)
D-106Impuesto sobre las utilidades – Lotería Nacional (Ley 8718)Lotería Nacional

¿Qué formularios de ganancias y rentas de capital vencen el 15 de abril de 2026?

Estos son los formularios relacionados con las ganancias y rentas de capital que tienen vencimiento en esta fecha:

FormularioDescripciónAplica a
D-110Impuesto de ganancias y pérdidas de capitalPF
D-111Impuesto de ganancias y pérdidas de capitalPJ
D-112Impuesto de ganancias y pérdidas de capitalPP
D-113Impuesto de rentas de capital mobiliarioPF
D-114Impuesto de rentas de capital mobiliarioPJ
D-115Impuesto de rentas de capital mobiliarioPP
D-116Impuesto de rentas de capital inmobiliarioPF
D-117Impuesto de rentas de capital inmobiliarioPJ
D-118Impuesto de rentas de capital inmobiliarioPP
D-119 al D-124Rentas pasivas de fuente extranjera (ganancias de capital, capital inmobiliario y mobiliario)PF y PJ
D-262 al D-267Rentas pasivas de fuente extranjera (capital inmobiliario, mobiliario y ganancias de capital)PF, PJ y PP

¿Qué retenciones en la fuente vencen el 15 de abril de 2026?

Estos son los formularios relacionados con las retenciones en la fuente que tienen vencimiento en esta fecha:

FormulariosDescripciónAplica a
D-131, D-132, D-133Retenciones – Rentas Capital Mobiliario por dividendos, participaciones y asimilablesPF / PJ / PP
D-134, D-135, D-136Retenciones – Rentas Capital Mobiliario por interesesPF / PJ / PP
D-137, D-138, D-139Retenciones – Salarios, jubilaciones y otros pagos laboralesPF / PJ / PP
D-140, D-141, D-142Retenciones – Remesas al exteriorPF / PJ / PP
D-143Retenciones 2% – Transacciones del Estado y otras instituciones (ISU)PF y PJ
D-144, D-145, D-146Retenciones 3% del Impuesto sobre las UtilidadesPF / PJ / PP
D-147Retenciones – Rentas Capital Mobiliario por retiro anticipado de pensiones voluntariasPJ
D-201 al D-217Retenciones en la fuente: dividendos, intereses, salarios, remesas al exterior, 2% y 3% pago a cuenta ISRPF, PJ, PP

¿Qué impuestos específicos vencen el 15 de abril de 2026?

A continuación, otros impuestos específicos que vencen en esta fecha:

FormularioImpuesto
D-159Impuesto Selectivo de Consumo (ISC)
D-160Impuesto único por tipo de combustible
D-161Impuesto sobre casinos, mesas de juego y máquinas tragamonedas
D-163Impuesto sobre bebidas alcohólicas
D-164Impuesto específico a las bebidas sin contenido alcohólico y jabones de tocador
D-165Impuesto a la venta y autoconsumo de cemento
D-166Contribución parafiscal Cruz Roja – Ley 9355
D-172Impuesto a los vapeadores y accesorios
D-173Impuesto a los productos del tabaco

¿Qué debe presentarse el 16, el 27 y el 30 de abril de 2026?

El mes cierra con 3 obligaciones adicionales que, aunque menos numerosas que las del 15 de abril, requieren atención especial por su naturaleza informativa y por las sanciones que puede acarrear su omisión:

FechaFormularioDescripciónContribuyentes obligados
16 de abrilD-278Informativa de resumen del impuesto de salida del territorio nacionalAgentes de retención del impuesto de salida
27 de abrilD-270Informativa resumen mensual de clientes, proveedores y gastos específicos sin comprobante electrónico (período de marzo 2026 – plazo regular)Sujetos pasivos del ISR obligados según Resolución MH-DGT-RES-0055-2025
30 de abrilD-272 y el RTFBInformativa de personas jurídicas inactivas y el Registro de Transparencia de beneficiarios finales con el BCCR.Personas jurídicas sin actividad lucrativa y el RTBF (personas jurídicas y otras estructuras jurídicas)

Tip Alegra: Respecto a la D-270 del 25 de abril (que pasa al 27 de abril, por ser el 25 un día no hábil), corresponde al período de marzo 2026 y aplica el plazo regular. Sin embargo, recuerde que mediante la Resolución N.° MH-DGT-RES-0010-2026, todos los períodos mensuales de 2026 pueden acumularse y presentarse hasta el 25 de enero de 2027. El 25 de abril es únicamente el plazo regular para quienes no se acogen a la prórroga excepcional. Le puede interesar nuestro editorial: Declaración D-270: Informativa resumen mensual de clientes, proveedores y gastos específicos que no estén amparados en un comprobante electrónico.

¿Qué es el reporte de plataformas digitales y cuál es su plazo especial para abril 2026?

Mediante la Resolución N.° MH-DGT-RES-0004-2026, el Ministerio de Hacienda modificó el plazo para la presentación del primer reporte de operadores de plataformas digitales. Este reporte forma parte del esquema de intercambio automático de información entre administraciones tributarias, bajo los estándares de la OCDE (modelo DAC7 o equivalente).

El plazo original era el 30 de abril de 2026. Con la nueva resolución, el período de presentación fue ajustado al 6 de abril al 6 de mayo de 2026 (ambos días inclusive), como consecuencia del cierre de oficinas y la afectación operativa generada por Semana Santa.

¿A quiénes aplica el reporte de plataformas digitales?

El reporte aplica a los Operadores de Plataformas Digitales que canalizan servicios o ventas de terceros a través de aplicaciones o sitios web. Entre los ejemplos más comunes: plataformas de hospedaje como Airbnb, de transporte como Uber y marketplaces que intermedian la comercialización de bienes o servicios. Estas entidades están obligadas a reportar ante la Administración Tributaria costarricense la información de sus vendedores y usuarios bajo el esquema de intercambio automático de información.

AspectoDetalle
Normativa aplicableResolución N.° MH-DGT-RES-0004-2026
Plazo original30 de abril de 2026
Nuevo plazoDel 6 de abril al 6 de mayo de 2026 (ambos días inclusive)
Motivo del ajusteCierre de oficinas y afectación operativa por Semana Santa
Sujetos obligadosOperadores de plataformas digitales que intermedian servicios o ventas de terceros
Marco internacionalIntercambio automático de información (DAC7, estándares OCDE)

¿Cómo organizar el calendario tributario para abril 2026 con sus clientes?

Abril es un mes de alta densidad tributaria. Una gestión ordenada desde las primeras semanas le permitirá distribuir la carga de trabajo y evitar inconvenientes de último momento. El siguiente checklist resume las acciones clave por semana:

SemanaAcciónFormulario relacionado
Semana 1 (31 mar – 4 abr)Verificar que los agentes de retención tengan las cuotas del período al díaD-107, D-108, D-127, D-128, D-129, D-130, D-154, D-240, D-241, D-242
Antes del 6 de abrilPresentar retenciones por tarjetas y ganancias de capitalTodos los formularios del 6 de abril
Semana 2 (7 – 11 abr)Preparar IVA, ISR simplificado y retenciones en la fuenteD-150, D-153, D-104, D-105, D-131 al D-146
Antes del 15 de abrilPresentar todas las declaraciones del 15 de abrilVer sección completa del 15 de abril
Semana 3 (14 – 18 abr)Presentar D-278 y preparar D-270 del período de marzo 2026D-278, D-270
Semana 4 (21 – 27 abr)Presentar D-270 (plazo regular para quienes no aplican prórroga excepcional)D-270
Cierre de mes (30 abr)Presentar D-272 de personas jurídicas inactivasD-272

Fuentes oficiales

Mantenga a sus clientes al día con los vencimientos tributarios de cada mes consultando nuestro portal contable Siempre Al Día. Encontrará artículos actualizados sobre normativa fiscal, laboral y contable de Costa Rica.

Jahzeel Cordero
Revisado por: Jahzeel Cordero
Licenciado en Contaduría Pública y Administración de Negocios, y especialista internacional certificado por el IFAC en Normas Internacionales de Información Financiera (Full, PYMES y SP). Cuenta además con un máster en Asesoría Fiscal de Empresas y certificación como Scrum Master Especialista. Con más de 10 años de experiencia, se ha desempeñado como consultor independiente en temas tributarios, contables, de planificación estratégica y finanzas corporativas y personales. Actualmente es Product Regulation Manager en Alegra, donde lidera la gestión normativa y la adecuación de productos tecnológicos a los marcos fiscales y contables de cada país. Docente universitario desde 2018, lector y tutor de tesis en programas de Licenciatura en Contaduría Pública. Además, es autor en revistas académicas indexadas y colaborador en medios de relevancia nacional como El Financiero y La República.

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