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ToggleLas normas de sostenibilidad en Costa Rica son un tema de alta relevancia; dado que usted como contador público o privado es un agente garante de la transparencia y fiabilidad de la información financiera.
¿Qué son las NIIF S1 y S2?
- NIIF S1: establece los requisitos generales para la divulgación de información relacionada con la sostenibilidad, incluyendo gobernanza, estrategia, gestión de riesgos y métricas y objetivos.
- NIIF S2: se enfoca en las revelaciones específicas sobre el clima, como la medición de los gases de efecto invernadero y los riesgos físicos y de transición asociados al cambio climático.
A continuación analizamos el impacto que estas normas tendrán en la contabilidad de las empresas costarricenses.
¿Cuál es el objetivo de las normas de sostenibilidad?
Estas normativas, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB, por sus siglas en inglés), representan un esfuerzo global para estandarizar cómo las empresas informan sobre los riesgos y oportunidades vinculados a la sostenibilidad.
El objetivo es claro: hacer que la información sobre sostenibilidad sea más comparable, verificable y, fundamentalmente, útil para la toma de decisiones de inversores, acreedores y otras partes interesadas.
En este contexto, es destacable la proactividad del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, que mediante la Circular N° 33-2023, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de enero de 2024, ha adoptado estas normas para el país.
Tip Alegra: La adopción de estas normas es más que un ajuste técnico; es un movimiento estratégico que puede ofrecer ventajas competitivas a las empresas costarricenses en un escenario global donde los criterios ambientales, sociales y de Gobernanza (ASG) son cada vez más determinantes. Para usted, esto implica una expansión de su rol hacia el asesoramiento estratégico en sostenibilidad.
¿De qué trata la norma de sostenibilidad NIIF S1?
La NIIF S1 establece los cimientos o requisitos generales para la información financiera a revelar relacionada con sostenibilidad. Su propósito es exigir que las entidades revelen información sobre todos sus riesgos y oportunidades significativos relacionados con la sostenibilidad que se podría esperar razonablemente que afecten sus flujos de efectivo, su acceso a financiación o su costo de capital a corto, mediano o largo plazo.
¿Cuáles son los pilares de la norma de sostenibilidad NIIF S1?
Estas revelaciones se estructuran en torno a cuatro pilares fundamentales, que se alinean con las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras relacionadas con el Clima (TCFD, por sus siglas en inglés):
- Gobernanza: se refiere a los procesos, controles y procedimientos de gobierno corporativo que la entidad utiliza para supervisar, gestionar y monitorear los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.
- Estrategia: describe el enfoque de la entidad para abordar dichos riesgos y oportunidades, y cómo estos impactan su modelo de negocio, estrategia y planificación financiera.
- Gestión de riesgos: detalla los procesos mediante los cuales la entidad identifica, evalúa, prioriza y gestiona los riesgos relacionados con la sostenibilidad.
- Métricas y objetivos: comprende las métricas y los objetivos que la entidad utiliza para medir su desempeño en relación con los riesgos y oportunidades de sostenibilidad, y su progreso hacia la consecución de dichos objetivos.
Un aspecto central de la NIIF S1 es el concepto de materialidad, que exige revelar aquella información cuya omisión o error podría influir en las decisiones de los usuarios principales de los informes financieros. Además, la norma enfatiza la necesidad de conectar la información de sostenibilidad con los estados financieros tradicionales, explicando cómo los riesgos y oportunidades de sostenibilidad afectan o podrían afectar las cifras financieras reportadas.
¿De qué trata la norma de sostenibilidad NIIF S2?
Mientras la NIIF S1 provee el marco general, la NIIF S2 es una norma temática que se enfoca específicamente en los riesgos y oportunidades relacionados con el clima. Es crucial entender que la NIIF S2 debe utilizarse conjuntamente con la NIIF S1.
La NIIF S2 requiere que las entidades divulguen información detallada sobre:
- Riesgos físicos: aquellos derivados de los impactos físicos del cambio climático, que pueden ser agudos (como huracanes o inundaciones) o crónicos (como el aumento del nivel del mar o cambios en los patrones de precipitación).
- Riesgos de transición: aquellos que surgen del proceso de ajuste hacia una economía más baja en carbono. Estos pueden incluir cambios regulatorios (impuestos al carbono), tecnológicos (obsolescencia de tecnologías intensivas en carbono) o de mercado (cambios en la demanda del consumidor).
- Oportunidades climáticas: potenciales beneficios que pueden surgir para una entidad a partir de esfuerzos de mitigación o adaptación al cambio climático, como el desarrollo de productos y servicios bajos en carbono, el acceso a nuevos mercados o la mejora de la eficiencia de los recursos.
Entre los requisitos clave de la NIIF S2 se encuentran la realización de análisis de escenarios climáticos para evaluar la resiliencia de la estrategia de la entidad ante diferentes futuros climáticos, y la divulgación de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), incluyendo las de Alcance 1 (directas), Alcance 2 (indirectas por energía comprada) y Alcance 3 (otras indirectas en la cadena de valor), generalmente medidas de acuerdo con el Greenhouse Gas Protocol.
¿Cuál es la conexión entre las normas de sostenibilidad NIIF S1 y S2?
Estas normas no operan de forma aislada. La NIIF S1 proporciona el marco general y los principios que se aplican a todas las divulgaciones de sostenibilidad, incluyendo las relacionadas con el clima. La NIIF S2, por su parte, detalla los requisitos específicos para las divulgaciones climáticas.
En la práctica, las empresas aplicarán la NIIF S1 para identificar qué riesgos y oportunidades de sostenibilidad (incluidos los climáticos) son materiales y, por lo tanto, deben reportarse. Luego, para aquellos riesgos y oportunidades climáticos identificados como materiales, aplicarán los requisitos de divulgación específicos de la NIIF S2.
La efectividad de las revelaciones bajo NIIF S2 depende intrínsecamente de una correcta aplicación de NIIF S1. Sin una sólida implementación de los principios de NIIF S1 –como la evaluación de materialidad, la descripción de la gobernanza general y la estrategia de sostenibilidad de la empresa– las divulgaciones climáticas específicas de NIIF S2 podrían carecer del contexto necesario, de una conexión clara con la estrategia global de la empresa o de una adecuada evaluación de su importancia relativa.
Por lo tanto, es vital que usted, como contador, se asegure de que sus clientes o su propia organización no traten la NIIF S2 de forma aislada, sino como una parte integral de un marco de reporte de sostenibilidad más amplio definido por la NIIF S1.
¿La adopción de las NIIF S1 y S2 es obligatoria?
La adopción de estas normas en Costa Rica es un hecho, y es imperativo que usted conozca los detalles de esta transición.
La decisión del Colegio de Contadores Públicos (Circular N° 33-2023)
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR), mediante su Circular N° 33-2023 del 8 de diciembre de 2023, y ratificada con su publicación en el Diario Oficial La Gaceta N° 3 el 10 de enero de 2024, adoptó formalmente las NIIF S1 y S2.
Esta adopción es plena, lo que significa que las NIIF S1 y S2 se integran en el cuerpo normativo contable vigente en Costa Rica. Son aplicables tanto para entidades que utilizan las NIIF Plenas como para aquellas que aplican la NIIF para las Pymes, aunque para estas últimas la obligatoriedad se definirá posteriormente según lo establezca la norma específica para Pymes.
Un aspecto importante es que cualquier modificación o nueva norma de sostenibilidad que emita el ISSB en el futuro se considerará automáticamente incorporada a la normativa costarricense, sujeta a evaluación y recomendación por parte del CCPCR.
¿Cuál es el cronograma de aplicación de las normas de sostenibilidad NIIF S1 y S2 en Costa Rica?
Es crucial que usted tenga claridad sobre el cronograma de aplicación. Por esta razón, a continuación resumimos el calendario a tener en cuenta:
Tipo de entidad | Inicio de aplicación voluntaria | Año fiscal para primer reporte obligatorio | Año de presentación del primer reporte obligatorio |
Grandes contribuyentes y entidades supervisadas/reguladas por CONASSIF | 1 de enero de 2024 | Cierre al 31 de diciembre de 2027 | Durante el año 2028 |
Otras entidades que aplican NIIF plenas | 1 de enero de 2024 | Voluntario | Voluntario |
Entidades que aplican NIIF para Pymes | 1 de enero de 2024 | No obligatorio hasta definición en norma | No obligatorio hasta definición en norma |
El período de aplicación voluntaria y las dispensas transitorias ofrecen una ventana estratégica. Permiten a las empresas y a usted, como su asesor, una curva de aprendizaje gradual. Aquellas organizaciones que comiencen de forma voluntaria podrán desarrollar capacidades internas, probar y ajustar sus sistemas de recopilación de datos, y estar significativamente mejor preparadas cuando la obligatoriedad entre en vigor, obteniendo potencialmente ventajas reputacionales y operativas.
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