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ToggleLos estados financieros son la principal salida del sistema contable de una empresa: documentan la situación patrimonial, el resultado del período, los flujos de efectivo y los cambios en el patrimonio bajo un marco de referencia común. En Costa Rica, ese marco son las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos y su aplicación en materia tributaria está siendo redefinida para el ejercicio fiscal 2027. Entender qué componen los estados financieros, quién debe firmarlos y cómo se preparan bajo NIIF le permite reducir el riesgo de sanciones tributarias, sostener la opinión del auditor y aportar valor estratégico a sus clientes.
- ¿Cuántos estados financieros conforman el conjunto completo bajo NIIF? Cinco componentes obligatorios: estado de situación financiera, estado del resultado del período y otro resultado integral, estado de cambios en el patrimonio, estado de flujos de efectivo y las notas explicativas.
- ¿Quién puede firmar los estados financieros en Costa Rica? Únicamente el Contador Público Autorizado inscrito en el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, conforme a la Ley 1038 de 1947 y su reglamento.
¿Qué son los estados financieros y para qué sirven?
Los estados financieros son informes estructurados que resumen la información contable de una entidad en un período o a una fecha determinada. Su objetivo, según la NIC 1, es suministrar información sobre la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de la entidad para que un grupo amplio de usuarios —accionistas, acreedores, empleados, proveedores y la Administración Tributaria— pueda tomar decisiones económicas. En Costa Rica cumplen además tres funciones específicas: sostener la conciliación fiscal que se presenta ante Hacienda, respaldar la solicitud de crédito ante bancos y proveedores y documentar la rendición de cuentas frente a socios o casa matriz.
Unos estados financieros preparados bajo NIIF ganan un valor adicional: son comparables con los de cualquier otra empresa que aplique el mismo marco, dentro o fuera del país. Esa comparabilidad es la que permite a un inversionista analizar riesgos, a un banco calcular indicadores y a Hacienda cruzar información con estándares internacionales.
Profundice sobre este tema en nuestro editorial: Contabilidad en Costa Rica: principios, normas y marco 2026
¿Qué marco normativo rige los estados financieros en Costa Rica?
El marco vigente combina la profesión, la normativa contable internacional y la normativa tributaria. La articulación de las tres capas es lo que define cómo se prepara, firma y presenta cada estado financiero en el país.
- Ley 1038 de 1947 y su reglamento: regulan la profesión del Contador Público Autorizado y otorgan al CPA la facultad exclusiva de certificar y firmar estados financieros con fe pública. Ningún estado financiero con efectos frente a terceros —bancos, Hacienda, Registro Nacional— es válido sin firma de un CPA activo.
- Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPA): adoptó totalmente las Normas Internacionales de Contabilidad —hoy NIIF— en Sesión de Junta Directiva 27-2001, publicada en La Gaceta 167 del 31 de agosto de 2001. Desde entonces las NIIF son los principios de contabilidad generalmente aceptados en el país.
- NIIF y NIIF para PYMES: emitidas por el IASB, definen los criterios de reconocimiento, medición, presentación y revelación aplicables. La NIC 1 fija la estructura general del conjunto completo; el resto de NIC y NIIF regulan cada partida específica.
- Código de Comercio: obliga a todo comerciante a llevar contabilidad formal y a conservar los libros y sus soportes.
- Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Ley del Impuesto sobre la Renta: establecen las obligaciones formales frente a Hacienda y los criterios de deducibilidad, cuya conciliación con las cifras NIIF es la base de la declaración anual del ISR.
Tip Alegra: el marco NIIF y el marco tributario persiguen objetivos distintos y por eso rara vez producen la misma cifra de utilidad. Por ese motivo, cada cliente exige una doble lectura: los estados financieros que se presentan a terceros (NIIF) y la conciliación con la renta líquida gravable (Hacienda). Una plataforma como Alegra Contabilidad separa desde el registro los ajustes contables de los fiscales.
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¿Qué componentes integran el conjunto completo de estados financieros bajo NIIF?
La NIC 1 establece los cinco componentes obligatorios del conjunto completo. Presentarlos incompletos o con denominaciones incorrectas es una de las causas más comunes de observación por parte del auditor externo y de rechazo en revisiones de Hacienda.
| Componente | Norma que lo regula | Qué muestra |
| Estado de situación financiera (balance general) | NIC 1 | Activos, pasivos y patrimonio de la entidad a una fecha determinada. |
| Estado del resultado del período y otro resultado integral | NIC 1 | Ingresos, gastos, utilidad o pérdida del período y partidas de otro resultado integral. |
| Estado de cambios en el patrimonio | NIC 1 | Movimientos del capital, reservas, resultados acumulados y otras cuentas de patrimonio durante el período. |
| Estado de flujos de efectivo | NIC 7 | Entradas y salidas de efectivo clasificadas en actividades de operación, inversión y financiación. |
| Notas a los estados financieros | NIC 1 | Políticas contables aplicadas, desagregación de partidas y revelaciones exigidas por cada norma. |
Además de los cinco componentes, la NIC 1 exige presentar información comparativa del período anterior, identificar claramente la moneda de presentación y el nivel de redondeo, y precisar si los estados corresponden a una entidad individual o a un grupo consolidado. Estos elementos son formales pero no menores: su omisión invalida técnicamente el conjunto completo.
¿Balance general y estado de situación financiera son lo mismo?
Sí. La NIC 1 utiliza la denominación «estado de situación financiera» como el nombre formal del componente, y la mayoría de despachos y usuarios sigue llamándolo «balance general» por costumbre. Ambos términos designan el mismo estado: la fotografía a una fecha de los activos, pasivos y patrimonio de la entidad. Para efectos de presentación oficial ante el CCPA o Hacienda es recomendable usar la denominación NIIF; para comunicación interna con clientes tradicionales el nombre balance general sigue siendo aceptado.
¿Quiénes están obligados a presentar estados financieros en Costa Rica?
La obligación de preparar y conservar estados financieros nace del Código de Comercio y se refuerza en el marco tributario. En la práctica, el alcance depende del régimen fiscal y la categoría del contribuyente.
- Grandes Contribuyentes Nacionales: deben llevar contabilidad y presentar estados financieros bajo NIIF Plenas. La Dirección General de Tributación tenía 947 empresas en esta categoría a marzo de 2026.
- Régimen general: puede optar por NIIF Plenas o NIIF para PYMES, según las necesidades de información propias o de sus entes rectores.
- Régimen de Tributación Simplificada y Régimen Especial Agropecuario: quedan fuera del alcance de la nueva resolución tributaria sobre aplicación de NIIF, sin perjuicio de sus propias obligaciones de registro.
- Sociedades inactivas: aunque no realizan actividad económica, mantienen la obligación de estar inscritas en el Registro Único Tributario y presentar la declaración informativa anual que corresponda.
¿Cómo cambia el marco fiscal de los estados financieros a partir de 2027?
La Resolución MH-DGT-RES-0015-2026 —«Criterios interpretativos sobre la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera respecto a la normativa tributaria»— fue publicada en el Alcance 45 a La Gaceta 78 del 29 de abril de 2026 y entra en vigencia el 1 de enero de 2027, reemplazando a la resolución DGT-R-029-2018.
La resolución mantiene una lógica clara: los Grandes Contribuyentes Nacionales aplican NIIF Plenas, el régimen general elige entre NIIF Plenas o NIIF para PYMES, y los regímenes Simplificado y Especial Agropecuario quedan fuera. La novedad relevante para el contador es que Hacienda tomará las NIIF como punto de partida para determinar la base imponible, con ajustes fiscales específicos donde el criterio contable no coincida con la Ley 7092. El primer cierre bajo estas reglas será el ejercicio 2027, que se declara en marzo de 2028.
El Colegio de Contadores Públicos anunció la interposición de una medida cautelar contra varios extremos de la resolución, por lo que algunos criterios podrían ajustarse antes de su entrada en vigor. Mientras tanto, la recomendación profesional generalizada es aprovechar 2026 como período de transición: mapear las diferencias entre el marco actual y el nuevo, documentar juicios profesionales y ordenar la trazabilidad de las estimaciones.
Profundice sobre este tema en nuestro editorial: NIIF y conciliación fiscal Costa Rica: MH-DGT-RES-0015-2026
¿Quién firma los estados financieros en Costa Rica y qué responsabilidad asume?
La Ley 1038 y su reglamento reservan al Contador Público Autorizado la facultad de certificar toda clase de estados financieros: balances, estados de resultados, estados patrimoniales, liquidaciones y cálculos de dividendos, entre otros. El CPA activo es el único profesional con fe pública para firmar estos documentos frente a terceros. La firma no es un trámite: implica que el profesional ha realizado los procedimientos técnicos aplicables, ha verificado la consistencia de las cifras contra los soportes contables y responde profesionalmente por la información certificada.
Cuando el CPA se desempeña como funcionario dependiente de la empresa —contralor, gerente financiero, contador interno— y firma estados financieros en razón de su cargo, el Código de Ética exige dejar constancia expresa de esa relación de dependencia. En cambio, cuando el CPA firma como profesional externo, aplica el régimen general de responsabilidad y las Normas Internacionales de Trabajos de Aseguramiento o de Servicios Relacionados según el tipo de encargo.
Los papeles de trabajo que sustentan la certificación son propiedad exclusiva del CPA, están sujetos a secreto profesional y deben conservarse conforme a las Normas Internacionales de Auditoría.
¿Cómo se preparan los estados financieros paso a paso?
La elaboración del conjunto completo no comienza el día del cierre. Es el resultado de un proceso ordenado que descansa en la calidad de los registros del período. Estas son las fases que sigue todo despacho contable en Costa Rica.
- Cierre de operaciones del período. Registro completo de todas las transacciones del mes o el año, con soporte en comprobantes electrónicos válidos y conciliación bancaria al último día del período.
- Ajustes contables. Reconocimiento de devengados, depreciaciones, deterioros, provisiones, revaluaciones y estimaciones que corresponden al período según la NIIF aplicable.
- Balance de comprobación depurado. Verificación de saldos por cuenta contable después de los ajustes, con reclasificaciones cuando aplique.
- Elaboración del conjunto completo. Estructuración de los cinco componentes NIIF con la información comparativa del período anterior, en la moneda funcional y de presentación de la entidad.
- Preparación de las notas explicativas. Redacción de las políticas contables aplicadas, desagregación de partidas materiales y revelaciones exigidas por cada NIC o NIIF que resulte aplicable a las operaciones del período.
- Conciliación fiscal. Determinación de la renta líquida gravable a partir de la utilidad contable, con los ajustes que exige la Ley 7092.
- Revisión, firma y aprobación. Verificación final por parte del CPA responsable, firma con constancia del carnet vigente y aprobación por los órganos de gobierno de la entidad.
Profundice sobre este tema en nuestro editorial: Estados financieros impecables: mejores prácticas
¿Cuáles son los errores más frecuentes al preparar estados financieros?
Los siguientes son los errores que con más frecuencia observan los auditores externos y las revisiones de Hacienda en los estados financieros preparados por despachos en Costa Rica:
- Presentar el conjunto incompleto. Omitir el estado de cambios en el patrimonio o el estado de flujos de efectivo es la falla más habitual, sobre todo en empresas pequeñas que asumen que basta con el balance y el estado de resultados.
- Notas superficiales o copiadas de plantilla. Las notas deben reflejar las operaciones reales del período y las políticas efectivamente aplicadas; notas genéricas trasladadas de otro cliente son un motivo típico de salvedad en el dictamen del auditor.
- Ausencia de información comparativa. Presentar solo la columna del período corriente contradice la NIC 1 y elimina la posibilidad de análisis de tendencias, que es una de las razones principales de la NIIF.
- Compensar activos con pasivos o ingresos con gastos. La NIC 1 prohíbe la compensación salvo excepciones expresas; no distinguir entre importe bruto e importe neto es un error recurrente en cuentas por cobrar y por pagar entre partes vinculadas.
- Reconocer gastos sin comprobante electrónico válido. Después de la implementación de la factura electrónica 4.4, cualquier gasto sin respaldo electrónico se rechaza en la revisión fiscal y se convierte en una diferencia permanente en la conciliación.
- Confundir utilidad contable con renta líquida gravable. Depreciaciones aceleradas, provisiones no autorizadas y revaluaciones son partidas contables válidas bajo NIIF pero que exigen ajuste fiscal antes de determinar el impuesto sobre la renta.
- Firmar sin dejar constancia de la relación laboral. Un CPA en cargo interno que firma como si fuera externo incurre en incumplimiento del Código de Ética Profesional; la firma debe dejar clara la relación de dependencia.
Preguntas frecuentes sobre los estados financieros en Costa Rica
Aclara las principales dudas sobre los estados financieros en Costa Rica, su elaboración, contenido, presentación y utilidad para la toma de decisiones empresariales.
¿Con qué frecuencia deben prepararse los estados financieros?
La NIC 1 exige presentar un conjunto completo al menos una vez al año. En la práctica, muchas empresas costarricenses preparan estados financieros mensuales o trimestrales para uso interno, gestión y solicitudes bancarias, y un cierre anual auditado o certificado por CPA para efectos formales.
¿Un contador privado sin autorización del CCPA puede firmar estados financieros?
No. La certificación de estados financieros con efectos frente a terceros es una función exclusiva del Contador Público Autorizado inscrito y activo en el CCPA. Que otra persona sin esa credencial firme como CPA es tipificado por la Ley 1038 como ejercicio ilegal de la profesión.
¿Qué diferencia hay entre estados financieros y dictamen del auditor?
Los estados financieros son responsabilidad de la administración de la entidad y se firman por el contador interno o certifican por un CPA. El dictamen del auditor es la opinión independiente sobre esos estados, emitida por un CPA externo bajo Normas Internacionales de Auditoría, cuya conclusión puede ser opinión favorable, con salvedades, adversa o abstención.
¿Cuál es la moneda de presentación de los estados financieros en Costa Rica?
El colón costarricense es la moneda funcional habitual y de presentación para la mayoría de las entidades. La NIC 21 permite adoptar una moneda funcional distinta cuando la operación económica de la empresa se maneja principalmente en otra divisa; en ese caso los estados se preparan en la moneda funcional y se convierten a la moneda de presentación cuando se requiere.
¿Los estados financieros bajo NIIF PYMES son válidos ante Hacienda?
Sí, siempre que la empresa esté en el régimen general y no sea Gran Contribuyente Nacional. La Resolución MH-DGT-RES-0015-2026 permite expresamente a los contribuyentes del régimen general elegir entre NIIF Plenas o NIIF para PYMES para efectos tributarios a partir de 2027. Los Grandes Contribuyentes Nacionales, en cambio, deben aplicar NIIF Plenas.
¿Cómo elaborar estados financieros ordenados con Alegra?
La calidad de los estados financieros depende de la calidad de los registros que los alimentan. Un sistema contable diseñado para el marco costarricense integra la facturación electrónica, la contabilidad y la conciliación en una sola plataforma, y libera al despacho de horas de trabajo manual en el cierre.
Catálogo preconfigurado y reportes automáticos
Alegra Contabilidad viene con un catálogo de cuentas preconfigurado según estándares internacionales y genera el balance general, el estado de resultados, el estado de flujos de efectivo y los libros contables directamente desde las operaciones registradas del período. El sistema mantiene la trazabilidad de cada asiento hasta el comprobante electrónico que lo originó, lo que facilita la revelación en notas y el respaldo ante el auditor.
Multi-cliente para despachos
Alegra para contadores permite administrar los estados financieros de toda su cartera desde una sola cuenta, con reportes homogéneos entre clientes y calendarios de cierre configurables. Cuando llega el momento del cierre, cada cliente tiene su balance de comprobación depurado y sus reportes listos para revisión, sin exportar archivos entre sistemas.
Trazabilidad para la transición a la resolución 0015-2026
La convergencia entre marco contable y marco tributario que entra en vigor en 2027 exige documentar cada juicio profesional y cada estimación con evidencia verificable. Un sistema que trae la información del comprobante electrónico hasta la contabilidad sin redigitación, y que conserva el rastro de cada ajuste, reduce el riesgo de observación por parte de Hacienda. Active su prueba gratuita por 15 días.
Los estados financieros en Costa Rica son la evidencia formal de la gestión contable del período y la base sobre la que se construyen las decisiones de terceros y las obligaciones fiscales. Dominar su marco normativo, sus componentes y las obligaciones profesionales del CPA convierte al contador en un asesor estratégico frente al cliente y a Hacienda.
Fuentes oficiales
- Asamblea Legislativa de Costa Rica. (1947). Ley N.° 1038, Ley de Regulación de la Profesión de Contadores Públicos y Creación del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
- Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. (2001). Adopción total de las Normas Internacionales de Contabilidad. Sesión de Junta Directiva 27-2001, publicada en La Gaceta N.° 167 del 31 de agosto de 2001.
- Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Normativa internacional aplicable en Costa Rica.
- Dirección General de Tributación. (2026). Resolución MH-DGT-RES-0015-2026 — Criterios interpretativos sobre la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera respecto a la normativa tributaria. Alcance N.° 45 a La Gaceta N.° 78 del 29 de abril de 2026.
- IASB. (2023). NIC 1 — Presentación de Estados Financieros. Versión consolidada.
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