Obligaciones fiscales en octubre de 2024: ¡Termina plazo para implementar otros documentos equivalentes electrónicos!
Octubre llega con vencimientos fiscales importantes que no puedes pasar por alto, como el fin del plazo para la emisión del documento equivalente electrónico en el cobro de peajes, entre otros compromisos clave.
En este artículo, te ofrecemos una guía detallada para que no dejes escapar ninguna fecha límite. ¡Toma nota y asegúrate de estar al día con todas tus obligaciones fiscales este mes!
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ToggleObligaciones fiscales en octubre de 2024: ¿Estás preparado para cumplir con todas? Este mes no solo marca la recta final para la implementación de algunos documentos equivalentes electrónicos, como los necesarios para el cobro de peajes, sino también el cierre de la temporada de presentación de la declaración de renta para personas naturales. ¿Sabes qué pasa si no cumples a tiempo? En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber para evitar sorpresas de último minuto y cumplir con tus obligaciones sin estrés. ¡Toma nota y no dejes que se te pasen las fechas importantes!
En este contexto, a continuación detallamos las obligaciones fiscales que se llevarán a cabo en octubre de 2024, según el calendario tributario establecido por el Decreto 2229 de 2023, que modificó varios artículos del Decreto 1625 de 2016.
Adicionalmente, se incluyen otras obligaciones importantes para esta temporada, como las relacionadas con el sistema de facturación electrónica, específicamente el calendario escalonado para la implementación de los documentos equivalentes electrónicos.
En nuestro Calendario tributario 2024 y Calendario de facturación electrónica, encontrarás todos los vencimientos fiscales del año en un solo lugar.
1. Finaliza plazo para la emisión de algunos documentos equivalentes electrónicos
De acuerdo con la el artículo 1 de la Resolución 000008 de 2024, mediante el cual se modificó el artículo 23 de la Resolución 000165 de 2023 relacionado con el calendario de implementación de la factura electrónica y los documentos equivalentes electrónicos, el 1 de octubre de 2024 se cumple el plazo para la implementación de los siguientes documentos equivalentes electrónicos:
- El documento expedido para el cobro de peajes.
- El comprobante de liquidación de operaciones expedido por la bolsa de valores.
- El documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.
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Tip Alegra: A través de la Resolución 000119 de 2024, se modificó la fecha máxima de implementación para los documentos equivalentes electrónicos de servicios públicos domiciliarios, el tiquete de transporte de pasajeros y el extracto. La fecha inicial estaba planteada para el 1 de agosto; pero se aplazó para el 1 de noviembre de 2024.
2. Terminan vencimientos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales
El artículo 1.6.1.13.2.15 del Decreto 1625 de 2016, establece el calendario para la presentación de la declaración de renta de las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, el cual aplicará de forma permanente a partir del año gravable 2023 en los meses de agosto a octubre.
En lo que respecta al año gravable 2023, cuya declaración debe presentarse en 2024, en el mes de octubre tendrán lugar los últimos vencimientos dependiendo de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria —NIT — que conste en el RUT:
Últimos dígitos del NIT | Fecha máxima de declaración y pago |
67-68 | 1 de octubre |
69-70 | 2 de octubre |
71-72 | 3 de octubre |
73-74 | 4 de octubre |
75-76 | 7 de octubre |
77-78 | 8 de octubre |
79-80 | 9 de octubre |
81-82 | 10 de octubre |
83-84 | 11 de octubre |
85-86 | 15 de octubre |
87-88 | 16 de octubre |
89-90 | 17 de octubre |
91-92 | 18 de octubre |
93-94 | 21 de octubre |
95-96 | 22 de octubre |
97-98 | 23 de octubre |
99-00 | 24 de octubre |
3. Finaliza la presentación de la declaración de activos en el exterior de personas naturales
De acuerdo con el artículo 607 del ET, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, sujetos a este impuesto que posean activos en el exterior de cualquier naturaleza, están obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior, siempre y cuando el valor patrimonial de dichos activos al 1 de enero de cada año, sea superior a 2.000 UVT ($94.130.000 por el año 2024).
Los plazos para el cumplimiento de esta obligación serán los mismos que aplican a la presentación de la declaración de renta de las personas naturales de acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto 1625 de 2016 (ver punto 2 de este editorial).
4. Declaración y pago de retenciones en la fuente, mes de septiembre de 2024
Los agentes de retención del impuesto de renta y complementario, el impuesto de timbre o IVA señalados en los artículos 368, 368-1, 368-2, 437-2 y 518 del ET, deberán presentar su declaración de retención en la fuente correspondiente al mes de septiembre de 2024, en octubre de dicho año, en las siguientes fechas de acuerdo al último dígito del NIT :
Último dígito del NIT | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 0 |
Fecha máxima en septiembre de 2024 | 9 | 10 | 11 | 15 | 16 | 17 | 18 | 21 | 22 | 23 |
En nuestro editorial Así es la estructura del nuevo formulario 350 que aplica a partir de agosto te contamos el detalle de estos cambios y las precisiones especiales que a la fecha se deben estar cumpliendo respecto a esta obligación tributaria.
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Te contamos a detalle cómo generar este reporte en nuestra ayuda: Genera el Reporte de Retención en la fuente en Alegra.
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5. Declaración mensual del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM del mes de septiembre de 2024
De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.37 del Decreto 1625 de 2016 los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM deberán presentar la declaración mensual de este impuesto y efectuar el respectivo pago correspondiente al mes de septiembre de 2024, máximo el 15 de octubre del mismo año.
6. Plazo máximo para el envío de la nómina electrónica de septiembre de 2024
Según el artículo 3 de la Resolución 000013 de 2021 este documento debe ser transmitido a la Dian dentro de los primeros 10 días hábiles (de lunes a viernes) del mes siguiente al período de pago o abono en cuenta correspondiente. Lo anterior independiente de que el sujeto que realiza los pagos lo haga en períodos diferentes a un mes.
En este sentido, la nómina electrónica de septiembre de 2024 deberá transmitirse máximo hasta el 15 de octubre del mismo año.
Conoce todas las fechas a tener en cuenta respecto a esta obligación en nuestro editorial: Calendario nómina electrónica 2024: estas son las fechas máximas de transmisión a la Dian.
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7. Actualización de la información del RUB por modificaciones detectadas al 1 de octubre de 2024
El artículo 11 de la Resolución 000164 de diciembre 27 de 2021 indica que las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares deberán actualizar la información suministrada en el Registro Único de Beneficiarios Finales —RUB— ante cualquier modificación de la misma.
Dicha actualización debe realizarse de forma electrónica, determinando si al 1 de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año hubo modificaciones respecto a la información suministrada en el RUB. La actualización deberá realizarse dentro del mes siguiente, contado a partir del 1 de cada uno de dichos meses. De esta manera, si se detectaron modificaciones al 1 de octubre de 2024, el proceso de actualización debe realizarse máximo el 1 de noviembre del mismo año.
Tip Alegra: Como esta fecha está entre finales de octubre e inicios de noviembre, la incluimos en este listado.
Octubre trae consigo fechas fiscales clave que no puedes pasar por alto. Cumplir con estos vencimientos es esencial para evitar sanciones y mantener tus obligaciones tributarias al día. Recuerda que un buen manejo de los plazos te permitirá estar siempre en regla.
Te invitamos a seguir explorando nuestro portal Siempre al Día, donde encontrarás más contenido actualizado y recursos útiles para mantenerte informado sobre todo lo que necesitas en materia fiscal y contable.