¿Cuándo vence la declaración de renta AG 2025 para personas naturales? Fechas por NIT
Los vencimientos renta personas naturales AG 2025 ya tienen fechas definidas para 2026: la temporada inicia el 12 de agosto y finaliza el 26 de octubre, según los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente. En esta guía encuentras la tabla completa de vencimientos, cómo identificar la fecha correcta para cada cliente, qué pasa si se presenta tarde y qué puntos debe revisar el contador antes de declarar.
Escrito por:
Dana Becerra
Equipo Siempre Al Día
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ToggleLa temporada de vencimientos de la declaración de renta personas naturales AG 2025 inicia el 12 de agosto de 2026 y termina el 26 de octubre de 2026. Cada contribuyente tiene una fecha límite según los dos últimos dígitos de su NIT, sin incluir el dígito de verificación. Para personas naturales que usan la cédula como identificación tributaria, se toman los dos últimos dígitos registrados en el RUT.
Estas fechas no son estimadas: hacen parte del calendario tributario 2026 de la DIAN y se derivan de los plazos fijados en el Decreto 2229 de 2023, que reguló los vencimientos tributarios nacionales en días hábiles para 2024 y años siguientes.
Aquí tienes la tabla completa, la forma correcta de leerla y los puntos que debe revisar el contador antes de presentar la declaración de renta de cada cliente.
Fechas de vencimientos: Declaración de renta de personas naturales AG 2025 (a presentar en 2026)
La fecha límite depende de los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente, sin tener en cuenta el dígito de verificación. Es decir, si el RUT muestra el NIT 1.234.567-8, los dígitos que importan son 67, no el 8.
| Dos últimos dígitos del NIT | Fecha límite 2026 | Dos últimos dígitos del NIT | Fecha límite 2026 |
| 01 – 02 | Agosto 12 | 51 – 52 | Septiembre 17 |
| 03 – 04 | Agosto 13 | 53 – 54 | Septiembre 18 |
| 05 – 06 | Agosto 14 | 55 – 56 | Septiembre 21 |
| 07 – 08 | Agosto 18 | 57 – 58 | Septiembre 22 |
| 09 – 10 | Agosto 19 | 59 – 60 | Septiembre 23 |
| 11 – 12 | Agosto 20 | 61 – 62 | Septiembre 24 |
| 13 – 14 | Agosto 21 | 63 – 64 | Septiembre 25 |
| 15 – 16 | Agosto 24 | 65 – 66 | Septiembre 28 |
| 17 – 18 | Agosto 25 | 67 – 68 | Octubre 1 |
| 19 – 20 | Agosto 26 | 69 – 70 | Octubre 2 |
| 21 – 22 | Agosto 27 | 71 – 72 | Octubre 5 |
| 23 – 24 | Agosto 28 | 73 – 74 | Octubre 6 |
| 25 – 26 | Agosto 31 | 75 – 76 | Octubre 7 |
| 27 – 28 | Septiembre 1 | 77 – 78 | Octubre 8 |
| 29 – 30 | Septiembre 2 | 79 – 80 | Octubre 9 |
| 31 – 32 | Septiembre 3 | 81 – 82 | Octubre 13 |
| 33 – 34 | Septiembre 4 | 83 – 84 | Octubre 14 |
| 35 – 36 | Septiembre 7 | 85 – 86 | Octubre 15 |
| 37 – 38 | Septiembre 8 | 87 – 88 | Octubre 16 |
| 39 – 40 | Septiembre 9 | 89 – 90 | Octubre 19 |
| 41 – 42 | Septiembre 10 | 91 – 92 | Octubre 20 |
| 43 – 44 | Septiembre 11 | 93 – 94 | Octubre 21 |
| 45 – 46 | Septiembre 14 | 95 – 96 | Octubre 22 |
| 47 – 48 | Septiembre 15 | 97 – 98 | Octubre 23 |
| 49 – 50 | Septiembre 16 | 99 – 00 | Octubre 26 |
Fuente: Calendario Tributario 2026 — DIAN (PDF oficial). Tabla basada en el artículo 1.6.1.13.2.15 del DUT 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de 2023.
¿Cómo leer la tabla y encontrar la fecha de cada cliente?
El proceso es simple pero tiene un detalle crítico que genera errores frecuentes:
- Toma los dos últimos dígitos del NIT, excluyendo el dígito de verificación (el número después del guión). Ejemplo: NIT 900.123.456-7 → se toman los dígitos 56, no el 7.
- Para personas naturales que usan cédula: toma los dos últimos dígitos de la cédula. Ejemplo: cédula 71.234.89X → dígitos 89.
- Busca tu grupo en la tabla y ubica la fecha límite correspondiente.
- Si ese día es festivo o fin de semana, el vencimiento se corre al siguiente día hábil — aunque en este calendario ya están calculados los días hábiles exactos.
Tip Alegra: si manejas múltiples clientes en temporada de renta, organiza tu agenda con las fechas exactas de cada uno desde ya. Con Alegra Contabilidad puedes gestionar todos tus clientes desde un solo panel y tener la información financiera de cada uno lista para la declaración antes de que llegue su fecha.

¿En cuántas cuotas se paga la declaración de renta de personas naturales?
Las personas naturales y sucesiones ilíquidas presentan la declaración de renta y pagan el impuesto en una sola cuota. Esto significa que la fecha de vencimiento no solo es el plazo máximo para presentar la declaración, sino también para pagar el saldo a cargo, si lo hay.
Para efectos prácticos, el contador debe revisar con anticipación si el cliente tendrá impuesto a pagar, saldo a favor o declaración en ceros. Si hay saldo a pagar, el formulario debe quedar presentado y el pago debe realizarse dentro del mismo vencimiento para evitar intereses moratorios.
También debe tenerse en cuenta la regla general para declaraciones con saldo a pagar inferior a 41 UVT: ese pago vence el mismo día del plazo señalado para la presentación de la declaración y debe cancelarse en una sola cuota. Para 2026, 41 UVT equivalen a $2.147.334.
¿Qué pasa si el contribuyente no es residente fiscal en Colombia?
Las personas naturales no residentes fiscales en Colombia que obtengan ingresos de fuente nacional están sujetas a las mismas fechas de vencimiento que los residentes: entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT. La declaración se presenta a través del portal de la DIAN (MUISCA) con los mecanismos electrónicos disponibles para contribuyentes en el exterior.
En estos casos, la planeación debe empezar antes porque el cliente puede requerir firma electrónica, actualización del RUT, recuperación de usuario en el portal de la DIAN, certificados bancarios, soportes de ingresos del exterior o documentos que no siempre están disponibles de inmediato.
Si el contribuyente tiene activos en el exterior y cumple los requisitos para presentar el formulario 160, debe revisar también los vencimientos de la declaración anual de activos en el exterior, que se alinean con los plazos de renta según el tipo de contribuyente.
¿Qué sanción aplica si la declaración se presenta después del vencimiento?
Presentar la declaración de renta después de la fecha límite genera sanción por extemporaneidad. Cuando existe impuesto a cargo, la sanción general es del 5 % del impuesto por cada mes o fracción de mes de retraso, sin exceder el 100 % del impuesto a cargo.
Si la declaración no arroja impuesto a cargo, la sanción se calcula sobre los ingresos brutos del período. Si tampoco hubo ingresos, puede calcularse sobre el patrimonio líquido del año anterior, según las reglas del Estatuto Tributario.
En ningún caso la sanción puede ser inferior a la sanción mínima tributaria 2026: $523.740 (10 UVT). Además del valor de la sanción, el contribuyente debe pagar intereses moratorios sobre el impuesto no pagado a tiempo, que se causan desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago efectivo.
Te puede interesar: Sanción por extemporaneidad antes del emplazamiento: ¿Qué es y cómo se calcula?
¿Se puede presentar la declaración antes de la fecha asignada?
Sí. La fecha de vencimiento es el plazo máximo, no la fecha obligatoria de presentación. Si el contador ya tiene completa la información del cliente, puede presentar la declaración antes del vencimiento.
De hecho, presentar con anticipación es recomendable para evitar congestión en el portal MUISCA, errores de última hora, bloqueos por firma electrónica, inconsistencias en el RUT o falta de certificados.
Para firmas contables que manejan varios clientes, lo ideal es organizar la temporada por bloques:
| Momento | Acción recomendada |
| Junio – julio 2026 | Solicitar documentos, actualizar RUT y validar obligados. |
| Julio – agosto 2026 | Depurar información, cruzar certificados y preparar borradores. |
| Agosto – septiembre 2026 | Presentar clientes con vencimientos tempranos y medios. |
| Septiembre – octubre 2026 | Cerrar clientes de mayor complejidad y últimos vencimientos. |
Para prepararte con tiempo, consulta nuestra guía sobre cómo prepararse para la declaración de renta de personas naturales AG 2025, con el checklist de documentos y los puntos críticos de revisión antes de presentar.
¿La DIAN otorga prórrogas individuales?
En general, no. Las fechas del calendario tributario son obligatorias y aplican de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. La DIAN no concede prórrogas individuales por falta de documentos, congestión operativa, demoras del cliente o problemas internos del contador.
Solo podrían analizarse situaciones excepcionales de fuerza mayor debidamente soportadas, pero no deben tomarse como una estrategia de cumplimiento. La recomendación profesional es trabajar con fechas internas anteriores al vencimiento legal.
Checklist para preparar la declaración de renta de personas naturales AG 2025
Antes de presentar la declaración, el contador debe validar que la información esté completa y que los valores coincidan con certificados, extractos y reportes disponibles.
| Revisión | Pregunta clave |
| RUT | ¿El RUT está actualizado y permite presentar la declaración? |
| Firma electrónica | ¿El cliente tiene firma electrónica activa, si está obligado a usarla? |
| Fecha de vencimiento | ¿Ya se identificaron los dos últimos dígitos del NIT? |
| Certificados laborales | ¿Están completos los certificados de ingresos y retenciones? |
| Bancos | ¿Se tienen extractos, rendimientos financieros y GMF? |
| Patrimonio | ¿Se validaron bienes, deudas, vehículos, inmuebles e inversiones? |
| Dependientes | ¿Se soportan correctamente las deducciones por dependientes? |
| Medicina prepagada | ¿Existen certificados y pagos válidos? |
| Intereses de vivienda | ¿Se cuenta con certificado de intereses y saldo de deuda? |
| Retenciones | ¿Las retenciones coinciden con certificados y reporte de terceros? |
| Ganancias ocasionales | ¿Hubo venta de activos, herencias, donaciones o loterías? |
| Activos en el exterior | ¿Debe presentar formulario 160? |
| Pago | ¿El cliente tiene flujo disponible si la declaración arroja saldo a pagar? |
Este control evita reprocesos y reduce el riesgo de presentar declaraciones incompletas, con inconsistencias o con soportes insuficientes.
Errores frecuentes al revisar los vencimientos de renta
En temporada de renta, muchos errores no vienen del cálculo del impuesto, sino de una mala lectura del calendario. Estos son los más comunes:
- Tomar el dígito de verificación como referencia para el vencimiento.
- Usar los dos últimos dígitos de una cédula no actualizada en el RUT.
- Creer que el vencimiento es una fecha sugerida y no el plazo máximo legal.
- Dejar la presentación para el último día.
- No validar si el cliente tiene firma electrónica activa.
- Confundir los vencimientos de personas naturales con los de personas jurídicas.
- No revisar si el cliente también debe declarar activos en el exterior.
- Presentar la declaración, pero no pagar el saldo a cargo dentro del plazo.
- Esperar el reporte de información exógena de la DIAN como único soporte.
- No conservar papeles de trabajo y soportes de la declaración.
La mejor práctica es trabajar con un calendario interno de vencimientos, asignar responsables por cliente y cerrar cada declaración antes de la fecha legal.
Recursos útiles para la temporada de renta AG 2025
Para que la temporada de renta de personas naturales sea más fluida, aquí tienes los contenidos más útiles de Siempre Al Día para esta temática:
- Quiénes están obligados a declarar renta del AG 2025: topes de ingresos, patrimonio, consignaciones y compras.
- Guía completa de la declaración de renta de personas naturales AG 2025: cédulas, deducciones, cálculo y sanciones.
- Formulario 210 AG 2025: cómo diligenciarlo paso a paso: estructura, casillas clave y errores frecuentes.
- Ganancias ocasionales en la declaración de renta AG 2025: tarifa 15 %, exenciones y casillas del formulario 210.
- Devolución de saldo a favor ante la DIAN: cuándo solicitarla y cómo hacerlo.
¿Cómo puede Alegra Contabilidad ayudarte en la temporada de renta?
Gestionar varios clientes en simultaneous durante la temporada de renta requiere organización, trazabilidad y velocidad. Con Alegra Contabilidad puedes:
- Exportar el estado de resultados y el balance de cada cliente para el AG 2025 y cruzarlos con los datos del formulario 210.
- Consultar el historial patrimonial para determinar el costo fiscal de activos enajenados y el valor de cierre del año.
- Verificar las retenciones practicadas y recibidas para asegurar que coinciden con los certificados de cada cliente.
- Gestionar múltiples empresas y personas desde un solo panel, con separación clara entre cada cliente.
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Preguntas frecuentes sobre vencimientos renta personas naturales AG 2025
Estas son las dudas más comunes sobre los vencimientos de renta personas naturales AG 2025, las fechas de presentación en 2026 y la forma correcta de identificar el plazo según el NIT.
¿Cuándo empiezan los vencimientos de renta personas naturales AG 2025?
Los vencimientos empiezan el 12 de agosto de 2026 para los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT sean 01 o 02.
¿Cuándo terminan los vencimientos de renta personas naturales AG 2025?
Los vencimientos terminan el 26 de octubre de 2026 para los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT sean 99 o 00.
¿Qué dígitos del NIT se usan para saber la fecha de vencimiento?
Se usan los dos últimos dígitos del NIT registrado en el RUT, sin incluir el dígito de verificación. El número que aparece después del guion no se toma para consultar la fecha.
¿Las personas naturales pagan renta en una sola cuota?
Sí. Las personas naturales presentan la declaración y pagan el impuesto a cargo en una sola cuota, dentro del mismo plazo que les corresponde según los dos últimos dígitos del NIT.
¿Puedo presentar la declaración antes del vencimiento?
Sí. La fecha asignada es el plazo máximo, pero la declaración puede presentarse antes. Presentar con anticipación ayuda a evitar congestión en el portal de la DIAN y problemas de última hora.
¿Qué pasa si presento la declaración después del vencimiento?
Se genera sanción por extemporaneidad. Si además hay saldo a pagar, también se causan intereses moratorios desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha efectiva de pago.
¿Los residentes en el exterior tienen los mismos vencimientos?
Sí. Las personas naturales residentes en el exterior que deban declarar renta en Colombia deben cumplir los mismos plazos, según los dos últimos dígitos del NIT registrado en el RUT.
¿Qué norma fija los vencimientos de renta personas naturales AG 2025?
Los plazos están definidos en el artículo 1.6.1.13.2.15 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 2229 de 2023, y se reflejan en el calendario tributario 2026 publicado por la DIAN.
Fuentes oficiales
¿Ya tienes organizada la agenda de vencimientos de tus clientes?
En la sección de impuestos de Siempre Al Día encontrarás más contenido sobre la declaración de renta de personas naturales AG 2025. Déjanos tus preguntas en los comentarios: nuestro equipo las responde con respaldo normativo.
¿Contabilidad Siempre Al Día?