Tabla de retención en la fuente por pagos al exterior en 2026: ¿Qué tener en cuenta al practicar retención en la fuente con no residentes?

Entérate de las actualizaciones referentes a los conceptos, tarifas y valores mínimos aplicables a las operaciones consideradas renta o ganancia ocasional realizadas con personas naturales o jurídicas no residentes en Colombia. ¡Revisa cada apartado de esta tabla de retención en la fuente para pagos al exterior en 2026!

Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín

Equipo Siempre Al Día

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Equipo Alegra

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 12 Dic 2025

7 min de lectura

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retención en la fuente por pagos al exterior en 2026

Realizar operaciones con no residentes puede generar muchas dudas, entre estas algunas como:

  • ¿Hay una tarifa general de retención para pagos al exterior en 2026? No hay una tarifa general, pero la más común es la del 20 % que corresponde a rentas del trabajo, servicios, comisiones, honorarios, arrendamientos, entre otros.
  • ¿Cuándo se aplica exención en retención para pagos al exterior? Para rentas gravadas exclusivamente en Colombia o con tratado de doble tributación vigente.

En la siguiente tabla de retención en la fuente por pagos al exterior 2026 encuentras los conceptos, tarifas y cuantías mínimas que debes tener en cuenta al realizar retención a título de renta o ganancia ocasional en operaciones con personas naturales no residentes, entidades o sociedades extranjeras. 

¿Qué tarifas y cuantías mínimas de retención en la fuente en 2026 tener en cuenta en operaciones con no residentes por consultoría, honorarios y otros servicios?

DetalleTarifaCuantía en UVTCuantía en COPReferencia al Estatuto Tributario
Consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica20 %> 0> $0Inciso 2 del artículo 408
Intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales20 %> 0> $0Inciso 1 del artículo 408
Explotación de toda especie de propiedad industrial o del know-how, prestación de servicios, beneficios o regalías provenientes de la propiedad literaria, artística y científica, explotación de películas cinematográficas20 %> 0> $0Inciso 1 del artículo 408
Explotación de software20 %> 0> $0Inciso 1 del artículo 408
Servicios de transporte aéreo o marítimo internacional5 %> 0> $0Artículo 414-1
Gastos de administración o dirección por concepto de regalías y explotación o adquisición de cualquier clase de intangibles33 %> 0> $0Inciso 7 del artículo 408

¿Qué tarifas y cuantías mínimas de retención en la fuente en 2026 tener en cuenta en pagos al exterior por operaciones financieras?

DetalleTarifaCuantía en UVTCuantía en COPReferencia al Estatuto Tributario
Rendimientos financieros o intereses generados en por créditos obtenidos en el exterior por un término igual o superior a 1 año15 %> 0> $0Inciso 3 del artículo 408
Rendimientos financieros o intereses originados en créditos o valores de contenido crediticio por término igual o superior a 8 años, destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de asociaciones público-privadas5 %> 0> $0Inciso 5 del artículo 408
Intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing15 %> 0> $0Inciso 3 del artículo 408
Contratos de leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos, así como sus partes1 %> 0> $0Inciso 4 del artículo 408

¿Qué tarifas y cuantías mínimas de retención en la fuente en 2026 tener en cuenta en operaciones con no residentes por dividendos y participaciones?

DetalleTarifaCuantía en UVTCuantía en COPReferencia al Estatuto Tributario
Dividendos y participaciones que correspondan a los ejercicios 2016 y anteriores para personas naturales no residentes y entidades extranjeras (artículo 1.2.4.7.2 del Decreto 1625 de octubre 11 de 2016)33 %> 0> $0Artículo 246-1
Dividendos gravados y no gravados que correspondan a los ejercicios 2017 y siguientes para personas naturales no residentes y entidades extranjeras (artículo 1.2.4.7.8 del Decreto 1625 de octubre 11 de 2016)Para dividendos no gravados se debe tener en cuenta la tarifa del 20 % (con excepción de los dividendos no gravados entregados por sociedades que lleven a cabo megainversiones (que se hayan suscrito a diciembre 31 de 2022) o entidades del régimen de compañías holding colombianas que no quedan sujetos a retención); cuando sean dividendos gravados, las tarifas del artículo 240 del ET y las especificaciones de los artículos 245 o 246 según corresponda. Si se trata de dividendos gravados provenientes de proyectos calificados como megainversiones (que se hayan suscrito a diciembre 31 de 2022) la tarifa de retención en la fuente será del 27 % (para los dividendos gravados entregados por sociedades del régimen de compañías holding colombianas no se realiza retención).> 0> $0Artículos 240, 245, 246 y 235-3

¿Cómo practicar retención en la fuente en 2026 para operaciones con no residentes por otros conceptos?

DetalleTarifaCuantía en UVTCuantía en COPReferencia al Estatuto Tributario
Venta de bienes o prestación de servicios, realizada por personas con presencia económica significativa en Colombia, a favor usuarios ubicados en Colombia (siendo el agente de retención las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito, los vendedores de tarjetas prepagos, recaudadores de efectivo, pasarelas de pago, etc.).10 %> 0> $0Inciso 8 y parágrafo 2 del artículo 408
Prima cedida por reaseguros1 %> 0> $0Inciso 6 del artículo 408
Presentaciones artísticas o culturales en Colombia por parte de artistas extranjeros (artículo 5 de la Ley 1493 de 2011)8 %> 0> $0N/A
Arrendamiento de maquinaria para la construcción, mantenimiento, o reparación de obras civiles2 %> 0> $0Artículo 414
Contratos «Llave en mano» y demás contratos de confección de obra material1 %> 0> $0Artículo 412
Contratos por períodos no superiores a 4 meses con profesores extranjeros7 %> 0> $0Artículo 409
Demás conceptos que están excluidos de las disposiciones de los artículos 406 a 414-1 del ET diferentes a ganancias ocasionales15 %> 0> $0Artículo 415
Ganancias ocasionales que están excluidos de las disposiciones de los artículos 406 a 414-1 del ET10 %> 0> $0Artículo 415

Con relación a estas tablas, cabe anotar que, existen convenios entre Colombia y otros países para evitar la doble tributación internacional en los que se han aprobado unas tarifas diferenciales de retención.

Siendo así, las personas naturales no residentes o entidades extranjeras ubicadas en estas jurisdicciones tendrán un tratamiento especial y no les será aplicable la tabla en mención para todos los conceptos.

Si te interesa explorar las cuantías mínimas, montos en pesos y UVT de la retención en la fuente a título de renta y ganancia ocasional para las personas naturales y jurídicas residentes en Colombia, te recomendamos visitar nuestro artículo: Tabla de retención en la fuente 2026.

Por otra parte, si quieres validar los conceptos y tarifas de retención a título de IVA y las particularidades que se deben tener en cuenta para las operaciones que se lleven a cabo con contribuyentes del régimen simple, te invitamos a revisar nuestros contenidos: Tabla de retención en la fuente por IVA 2026 y Retenciones en el régimen simple de tributación: ¿cómo se aplican?

¿Cómo simplificar la gestión de retenciones con Alegra?

Con Alegra, manejar la retención en la fuente deja de ser un proceso pesado y se transforma en una tarea rápida y automatizada. La plataforma te permite incorporar y aplicar las retenciones directamente en cada operación que realizas, ya sea al registrar compras o ventas.

La eficiencia en el registro aumenta al ingresar una nueva factura. Solo debes seleccionar el tipo de retención correspondiente (como renta, IVA o ICA, entre otros) y Alegra calcula automáticamente el valor a retener, registrándolo de inmediato en la contabilidad. 

Además, podrás generar el informe de retenciones de forma práctica, un documento esencial que reúne la información requerida para tus obligaciones fiscales y auditorías. ¡Activa tu prueba gratuita de 15 días y descubre todas las herramientas que hemos creado para optimizar tu gestión contable!

Fuentes oficiales

¿Conocías las cuantías mínimas y tarifas para la retención en la fuente en operaciones con no residentes? Lleva tu asesoría a otro nivel actualizándote sobre el impuestos, NIIF, derecho laboral y mucho más con Siempre Al Día.

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

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