Principales indicadores tributarios para 2026 en Colombia

Los indicadores tributarios son fundamentales para la planificación fiscal y el cumplimiento de las obligaciones en Colombia. La Unidad de Valor Tributario (UVT) es la base para calcular la mayoría de estos topes y sanciones. A continuación, presentamos los principales indicadores actualizados con los valores de la UVT para 2025 y 2026.

Escrito por:

Lina María Galindo López

Equipo Siempre Al Día

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Equipo Alegra

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 05 Ene 2026

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Indicadores tributarios 2026 en Colombia

En el mundo contable, los indicadores tributarios 2025 no son solo cifras, son herramientas esenciales para Los principales indicadores tributarios para 2026 se relacionan con los topes requeridos para que sea obligatoria la firma del contador público en declaraciones, para pertenecer al régimen simple, para determinar la periodicidad del IVA entre otros.

  • ¿Cuál es el valor de la UVT para 2025 y 2026? Para el 2025 es de $49.799 y para 2026 $52.374.
  • ¿Cuál es el tope de ingresos para que una persona natural quede obligada a declarar renta en el 2026? Ingresos brutos iguales o superiores a $73.324.000.

¡Veamos 12 indicadores tributarios clave en 2026 de acuerdo a las disposiciones del Estatuto Tributario y las resoluciones emitidas por la Dian!

1. ¿Cuál es el valor de la UVT para 2025?

    Este valor fue definido por la Dian mediante la Resolución 000193 de diciembre 4 de 2024 en $49.799. Este valor resulta de multiplicar la UVT de 2024 ($47.065) por el porcentaje de variación del IPC para los ingresos de la clase media, certificado por el Dane (del 1/10/23 al 1/10/24), que es del 5,81 % y sumarlo a la UVT 2024.

    IndicadorValor en pesosBase legalAplicación
    UVT 2025$49.799Resolución Dian 000193 de 2024Por ejemplo: Obligación de declarar renta por el AG 2025 en 2026, determinación de la periodicidad del IVA en 2026, entre otros.

    2. ¿Cuál es el valor de la UVT para 2026?

      El valor de la UVT 2026 se fijó en $52.374 con la Resolución 000238 de diciembre 15 de 2025, un incremento del 5,17 % respecto al valor de 2025. Este valor es el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para la población de ingresos medios, entre el 1 de octubre de 2024 y el 1 de octubre de 2025.

      IndicadorValor en pesosBase legalAplicación
      UVT 2026$52.374Resolución Dian 000238 de 2025Por ejemplo: Obligación de declarar renta por el AG 2026 en 2027, determinación de la periodicidad del IVA en 2027, entre otros.

      Este valor es crucial porque se utiliza para calcular los límites de ingresos, patrimonio, compras y consignaciones que determinan la obligación de declarar renta, la periodicidad del IVA, la necesidad de firma de contador, entre otros.

      Te puede interesar nuestro editorial: Valor de la UVT 2026: Este es el nuevo monto y los indicadores tributarios impactados.

      3. ¿A partir de qué monto de patrimonio o ingresos se requiere la firma de un contador público en las declaraciones durante 2026?

        La obligación de incluir la firma de un contador público en las declaraciones tributarias aplica a los contribuyentes obligados a llevar contabilidad que cumplan con uno de los siguientes topes:

        • Patrimonio bruto al último día del año gravable anterior (31 de diciembre) superior a 100.000 UVT ($4.979.900.000 en 2025).
        • Ingresos brutos del año gravable anterior superiores a 100.000 UVT ($4.979.900.000 en 2025).
        IndicadorUVTValor 2025
        Tope firma contador100.000 $4.979.900.000

        Tip Alegra:  Para las declaraciones de IVA, la firma también es requerida si la declaración arroja un saldo a favor, independientemente de los topes de patrimonio o ingresos.

        4. ¿Cuándo una persona natural está obligada a actuar como agente de retención en la fuente en renta en 2026?

        Las personas naturales que tienen la calidad de comerciantes deben actuar como agentes de retención en la fuente a título de renta si su patrimonio bruto o sus ingresos brutos en el año inmediatamente anterior superaron las 30.000 UVT ($1.493.970.000 en 2025).

        IndicadorUVTValor 2025
        Tope agente de retención PN30.000 $1.493.970.000

        Te puede interesar nuestro editorial: ¿Quiénes son agentes de retención en la fuente a título de renta en 2026? Casos en los que se deben evaluar topes

        5. ¿Cuál es el límite de transacciones exentas del gravamen a los movimientos financieros en 2026?

        El valor exento del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF o 4×1000) corresponde al valor acumulado mensual de movimientos financieros que no supere las 350 UVT en el año ($18.330.900 en 2026). 

        IndicadorUVTValor 2026
        Límite de la exención GMF (mensual)350 $18.330.900

        Es importante destacar que, según la normativa vigente, los usuarios pueden designar más de una cuenta bancaria como exenta del GMF, siempre y cuando el beneficio acumulado no exceda el tope mensual de 350 UVT.

        6. ¿Cuál es el tope de ingresos brutos para pertenecer régimen simple en 2026?

        Para optar por el Régimen Simple de Tributación, las personas naturales o jurídicas deben haber obtenido en el año gravable anterior ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT ($4.979.900.000 por 2025).

        IndicadorUVTValor 2025
        Tope ingresos para pertenecer al régimen simple100.000 $4.979.900.000

        7. ¿Qué personas naturales del Régimen Simple están exoneradas de presentar anticipos bimestrales en 2026?

        Las personas naturales que pertenecen al Régimen Simple de Tributación están exoneradas de presentar los anticipos bimestrales si sus ingresos brutos no superan las 3.500 UVT ($174.297.000 por 2025 y $183.309.000 por 2026). 

        IndicadorUVTValor 2025Valor 2026
        Tope para exoneración de anticipos en el SIMPLE3.500 $174.298.000$183.309.000
        Indicadores tributarios clave para 2026 en Colombia

        8. ¿Cuál es el valor máximo de un activo fijo de menor cuantía que se puede depreciar en el mismo año de adquisición?

        Los activos fijos depreciables cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a 50 UVT ($2.619.000 en 2026) pueden depreciarse en su totalidad en el mismo año en que se adquieran, sin considerar su vida útil.

        IndicadorUVTValor 2026
        Tope activo fijo menor cuantía50 $2.619.000

        9. ¿Cuál es el tope de ingresos para que una persona natural no sea responsable de los impuestos saludables?

        Las personas naturales productoras no son responsables de los impuestos a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultraprocesados si sus ingresos brutos en el año anterior o en el año en curso son inferiores a 10.000 UVT ($497.790.000 en 2025 o $523.740.000 en 2026).

        IndicadorUVTValor 2025Valor 2026
        Tope no responsable de impuestos saludables10.000 $497.990.000$523.740.000

        10. ¿Cuáles son los topes para declarar renta por los años gravables 2025 y 2026?

        Los topes para que una persona natural residente quede obligada a declarar renta por los años gravables 2025 (a presentar en 2026) y 2027 (a presentar en 2027) se miden tomando la UVT correspondiente a cada año. En este sentido, se genera tal obligación si la persona cumple con cualquiera de las siguientes condiciones: 

        CondiciónUVTValor 2025Valor 2026
        Patrimonio bruto al 31 de diciembre superior a4.500 $224.096.000$235.683.000
        Ingresos brutos iguales o superiores a1.400$69.719.000$73.324.000
        Consumos con tarjeta de crédito superiores a1.400 $69.719.000$73.324.000
        Compras y consumos totales superiores a1.400 $69.719.000$73.324.000
        Consignaciones, depósitos o inversiones superiores a1.400 $69.719.000$73.324.000

        Ten en cuenta que si una persona natural actua como responsable del IVA en cualquiera de los años, está obligada a declarar renta por el año correspondiente.

         11. ¿Cómo se determina la periodicidad de la declaración de IVA en 2026?

        La periodicidad de la declaración del Impuesto sobre las Ventas (IVA) se determina con base en los ingresos brutos (gravados y exentos) obtenidos en el año anterior al gravable así:

        PeriodicidadCondición de ingresos brutos (Año anterior)UVTValor 2025
        BimestralIguales o superiores a 92.00092.000 $4.581.508.000
        CuatrimestralInferiores a 92.000 Menos de 92.000 Menos de $4.581.508.000

        La periodicidad bimestral aplica a grandes contribuyentes y a aquellos con ingresos brutos superiores al tope. La cuatrimestral aplica a los demás responsables. Los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación presentan la declaración de IVA de forma anual.

        Te puede interesar nuestro editorial IVA 2026: Conceptos, topes y fechas clave a revisar

         12. ¿Cuáles son los límites para aplicar la norma de bancarización por el AG 2025?

        El artículo 771-5 del ET indica que podrán tener reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables, los pagos en efectivo que efectúen los contribuyentes o responsables el menor valor entre:

        • El 40 % de lo pagado sin exceder las 40.000 UVT ($1.991.960.000 por el 2025); o el 35 % de los costos o deducciones totales.
        • Los pagos individuales realizados en efectivo por personas jurídicas y personas naturales que perciben rentas no laborales no deben exceder las 100 UVT ($4.980.000 por el 2025).

        Fuentes oficiales

        ¿Qué otros indicadores consideras clave para tu ejercicio profesional en 2026? Comparte tu respuesta en la sección de comentarios y sigue consultando nuestro portal Siempre Al Día para que estés actualizado en todas las tendencias tributarias, contables y laborales. 

        Dana Alejandra Becerra Zambrano
        Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
        Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

        Gracias por llegar hasta aquí,
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        HILDE GAITAN C.
        HILDE GAITAN C.
        7 meses hace

        Excelente información, muy clara y concisa. gracias por compartir conocimiento

        Siempre Al Día
        Editor
        7 meses hace
        Responder a  HILDE GAITAN C.

        Hola Hilde. ¡Gracias por tu comentario! Nos alegra que este haya sido de utilidad y nos motiva a seguir generando contenido de valor para la comunidad. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día!

        LUZ EDITH
        LUZ EDITH
        1 mes hace

        Muchas gracias por la informacion, muy precisa!

        Siempre Al Día
        Editor
        1 mes hace
        Responder a  LUZ EDITH

        Hola Luz Edith. ¡Gracias por tu comentario y por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Nos alegra que la información te sea de utilidad y nos motiva a seguir comprometidos en este nuevo año para llevar a ustedes nuestra comunidad, información valiosa para su ejercicio profesional. Recuerda que con Alegra puedes llevar la contabilidad y facturación de tus clientes de forma fácil y segura, al tiempo que te brinda herramientas clave para tu actualización profesional. ¡Un abrazo!

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