Prevalidador del formato 2516 de conciliación fiscal de 2025: ¿Quiénes deben elaborarlo y qué tener en cuenta?

La Dian ya publicó el prevalidador del formato 2516 v9 para el año gravable 2025. Conoce quiénes deben presentarlo, los nuevos obligados según la Resolución 000246 de 2025 y cómo descargarlo correctamente.

Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín

Equipo Siempre Al Día

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Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 25 May 2026

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La Dian ya tiene disponible el prevalidador del formato 2516 v9 para el año gravable 2025, la herramienta con la que debes preparar el reporte de conciliación fiscal de tus clientes antes de presentar la declaración de renta.

Este año hay una novedad que no puedes pasar por alto y es que la Resolución 000246 de diciembre 30 de 2025 amplió el universo de obligados, incorporando contribuyentes que antes no tenían esta carga. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para no tener contratiempos.

Ten presentes estos dos puntos clave:

  • ¿Todos los que elaboran la conciliación fiscal deben presentar el formato 2516 a la Dian? No. Solo están obligados a transmitirlo quienes en el año gravable 2025 hayan obtenido ingresos brutos fiscales iguales o superiores a 45.000 UVT ($2.240.955.000). Pero elaborarla es obligatorio para todos los que lleven contabilidad, aunque no la transmitan.
  • ¿La Resolución 000246 de 2025 amplió la obligación de presentar el formato 2516? Sí. Desde el año gravable 2025, ciertos contribuyentes deben presentar el reporte sin importar el nivel de ingresos, si consolidan estados financieros o pertenecen a un grupo empresarial.

Aquí te contamos quiénes están obligados, cuáles son los plazos, cómo descargar el prevalidador y qué errores evitar para que el proceso sea limpio.

Te puede interesar: ¿Quiénes deben elaborar la conciliación fiscal 2025? Guía para su presentación en 2026

¿Quiénes están obligados a elaborar y presentar el reporte de conciliación fiscal en el formato 2516?

La conciliación fiscal es un mecanismo que reconcilia las diferencias entre el reconocimiento contable y el tratamiento fiscal, regulado por el artículo 772-1 del Estatuto Tributario (ET) y los artículos 1.7.1 a 1.7.6 del Decreto 1625 de octubre 11 de 2016.

¿Quién debe elaborarla? Todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta obligados a llevar contabilidad, o que la lleven voluntariamente, y que declaren en el formulario 110. Esto aplica sin excepción, independientemente del monto de los ingresos.

¿Quién debe transmitirla a la Dian? Solo quienes hayan obtenido ingresos brutos fiscales iguales o superiores a 45.000 UVT en el año gravable 2025 ($2.240.955.000). Si tus clientes están por debajo de ese umbral, deben elaborar y conservar la conciliación, pero no transmitirla.

Sin embargo, desde el año gravable 2025 hay un grupo adicional obligado a presentarla sin importar el nivel de ingresos, según la adición al artículo 1.4.3.1 de la Resolución 000227 de 2025, modificada por la Resolución 000246 de diciembre 30 de 2025:

  • Contribuyentes que consoliden o combinen estados financieros de filiales, subsidiarias u otras entidades, bajo cualquier marco de información financiera.
  • Contribuyentes inscritos en el registro mercantil como grupo empresarial o en situación de control, conforme a los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 222 de 1995.
  • Filiales, subsidiarias u otras entidades que hayan sido objeto de consolidación o combinación por parte del contribuyente obligado.

La razón de esta ampliación es el control de la Tasa de Tributación Depurada, introducida por el parágrafo 6 del artículo 240 del ET. La Dian necesita la conciliación fiscal de cada entidad del grupo para verificar que el conjunto cumple con la tasa mínima, incluso cuando alguna entidad no supera los 45.000 UVT individualmente.

Tipo de contribuyente¿Debe elaborarla?¿Debe presentarla?
Obligado a llevar contabilidad, ingresos < 45.000 UVTNo (solo conservar)
Obligado a llevar contabilidad, ingresos ≥ 45.000 UVT
Grupo empresarial / consolidador (sin importar el nivel de ingresos)

¿Cuál es el plazo para presentar esta información del prevalidador del formato 2516 de 2025?

El reporte de conciliación fiscal debe presentarse antes de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente, conforme lo establece el artículo 3 de la Resolución 000071 de octubre 28 de 2019.

No existe una fecha fija independiente para el formato 2516, su vencimiento es anterior al de la declaración de renta del contribuyente. Para el año gravable 2025 que se presenta en 2026, los plazos son:

Tipo de contribuyentePlazo declaración de renta AG 2025Presentar formato 2516 antes de…
Grandes contribuyentes13 al 27 de abril de 2026, según último dígito del NITAntes de la fecha de vencimiento de la declaración
Personas jurídicas (no grandes contribuyentes)12 al 26 de mayo de 2026, según último dígito del NITAntes de la fecha de vencimiento de la declaración

El formato 2516 se puede corregir voluntariamente tantas veces como sea necesario; cada nueva presentación reemplaza la anterior. Sin embargo, presentarlo fuera de los plazos establecidos sí constituye un hecho sancionable, conforme al artículo 5 de la Resolución 000071 de octubre 28 de 2019.

Además, si posteriormente se corrige la declaración de renta (formulario 110), también debe corregirse el formato 2516, conforme al parágrafo 1 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 de octubre 11 de 2016.

Te invitamos a leer nuestro artículo: Cierre fiscal 2025: 10 recomendaciones para evitar errores en este proceso.

¿Qué recomendaciones se deben seguir para descargar y usar el prevalidador?

La Dian ya tiene disponible el prevalidador del formato 2516 v9 para el año gravable 2025 en su portal oficial. Sigue estos pasos para descargarlo correctamente:

  • Ingresa a https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx.
  • En la sección de Impuestos, selecciona «Reporte Conciliación Fiscal F2516v9 (Año gravable 2025)» y descarga el archivo en formato ZIP.
  • Descomprímelo e instálalo en tu equipo. El prevalidador funciona bajo interfaz Windows a través de Excel. Al abrir el archivo, habilita la ejecución del contenido activo cuando Excel lo solicite.
  • Al abrir la carpeta instalada encontrarás 4 archivos PDF de guía y el archivo Excel de diligenciamiento. Lee las guías antes de empezar.
  • Diligencia la información en el Excel y genera el archivo XML.
  • Presenta el XML a través del sistema Muisca de la Dian.

Tip Alegra: puedes diligenciar el Excel del prevalidador antes de que los servicios digitales de la Dian estén habilitados para recibir el archivo. Así avanzas el trabajo y solo subes el XML cuando el portal lo permita.

¿Qué errores frecuentes debes evitar al usar el prevalidador?

Estos son los problemas más comunes que enfrentan los contadores al radicar el formato 2516 y cómo prevenirlos:

Error frecuentePor qué ocurreCómo evitarlo
Error inesperado en el procesamientoCongestión del sistema MUISCA al enviar el XMLVuelve a generar el XML con el consecutivo siguiente. Espera antes de cerrar ventanas al radicar. Usa Firefox si Chrome falla.
Usar versión desactualizada del prevalidadorNo se descargó el formato 2516 v9 oficial desde la DianSiempre descarga desde el portal oficial.
La Dian puede publicar actualizaciones durante la temporada.
No habilitar macros en ExcelEl prevalidador requiere ejecución de macrosAl abrir el archivo, habilita la ejecución del contenido activo cuando Excel lo solicite.

¿Cómo Alegra Contabilidad te ayuda a preparar la conciliación fiscal de tus clientes?

Cuando manejas múltiples clientes con la obligación de realizar la conciliación fiscal, el reto no es operativo. Construir la información base para diligenciar el formato 2516 implica cruzar registros contables con tratamientos fiscales, período a período, sin margen de error.

Alegra Contabilidad centraliza los movimientos contables de cada cliente en una sola plataforma, con trazabilidad completa por cuenta, período y tipo de transacción. Esto significa que cuando llegue el momento de diligenciar el prevalidador, ya tienes la información organizada y auditable, no dispersa en hojas de cálculo independientes.

Funcionalidades clave para la temporada de conciliación fiscal:

  • Reportes contables por período: genera el balance de prueba y el estado de resultados por el año gravable 2025 con un clic, listos para cotejar con las cifras fiscales del formato 2516.
  • Conciliación bancaria automatizada: reduce el tiempo de verificación de movimientos de caja y bancos, uno de los cruces que más tiempo consume al preparar la conciliación fiscal.
  • Multiempresa desde un solo panel: gestiona los clientes obligados a presentar el formato 2516 sin cambiar de sesión ni cruzar archivos entre plataformas.
  • Historial de asientos auditado: cada movimiento tiene marca de tiempo y usuario, lo que te permite sustentar cualquier diferencia entre lo contable y lo fiscal ante una revisión de la Dian.

Si tu cliente aún no usa Alegra Contabilidad, la temporada de cierre fiscal es el mejor momento para evaluar la migración. Contar con la información centralizada es el primer paso para que la conciliación fiscal deje de ser un proceso de emergencia y se convierta en un control periódico.

¡Realiza tu prueba gratuita por 15 días y descubre el poder de la Contabilidad Inteligente!

Fuentes oficiales

Cuéntanos en los comentarios si ya descargaste el prevalidador del formato 2516 v9 y si tenías en cuenta la nueva obligación para grupos empresariales introducida por la Resolución 000246 de diciembre 30 de 2025.

No olvides que en la sección de tributaria de Siempre Al Día podrás encontrar más contenido actualizado para tu ejercicio profesional como contador o asesor tributario.

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

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