10 respuestas a preguntas frecuentes en la declaración de renta de personas naturales
Con la temporada de presentación de la declaración de renta en marcha, muchos contadores se enfrentan a dudas cruciales sobre cómo guiar a sus clientes de manera efectiva.
En este artículo, resolveremos preguntas comunes que surgen en esta etapa, proporcionando herramientas y respuestas clave para que los profesionales contables puedan cerrar la temporada con éxito.
7 min de lectura
Índice
ToggleEn esta temporada, es común que surjan preguntas frecuentes en la declaración de renta de personas naturales. Por eso, hemos recopilado 10 respuestas clave que podrían ayudarte a aclarar algunos de estos temas.
1. Si una persona natural inició el período en el régimen simple, pero en octubre cambió al régimen ordinario, ¿bajo qué régimen debe declarar?
Pensemos en Juan, quien comenzó el año en el régimen simple, pero en octubre cambió al régimen ordinario. A final de año, Juan debe declarar en el régimen en el que se encontraba el 31 de diciembre, en este caso, el régimen ordinario. Además, si pagó anticipos bajo el régimen simple, puede descontarlos como anticipos del impuesto de renta, excepto los relacionados con el componente territorial, que no se incluye en la declaración del impuesto de renta bajo el régimen ordinario.
2. En la determinación de la residencia fiscal, ¿cómo funciona cuando la permanencia en el país recae en dos períodos gravables?
Imagina a Laura, quien llegó a Colombia en julio de un año, y su estadía se extiende hasta agosto del año siguiente. Según el artículo 10 del Estatuto Tributario —ET—, la residencia fiscal se determina en el segundo período gravable, es decir, en el año en el que Laura cumple 184 días en el país. Así, aunque haya vivido en Colombia durante partes de dos años, se le considerará residente fiscal en el año en que alcanza esos 184 días.
En nuestro editorial: Guía para determinar la residencia fiscal de las personas naturales podrás encontrar varios ejemplos sobre este tema.
3. ¿Si una persona natural evalúa el requisito de permanencia en el país y permaneció exactamente 183 días, sería residente fiscal bajo esta condición?
María pasó exactamente 183 días en Colombia y se pregunta si cumple con los requisitos de residencia fiscal. Según el numeral 1 del artículo 10 del ET, no será considerada residente fiscal. Para obtener esa calidad, la permanencia debe superar los 183 días, es decir, necesita haber estado al menos 184 días en el país. Solo entonces cumpliría con el requisito de residencia fiscal bajo esta condición.
4. ¿Las transferencias que realiza una persona natural residente entre sus cuentas bancarias de un mismo banco aumentan el valor de las consignaciones?
Supongamos que Carlos transfiere dinero entre sus cuentas en un mismo banco. Estas transacciones no aumentan el valor de sus consignaciones a nivel fiscal. Sin embargo, si realiza una transferencia entre cuentas de distintos bancos, como pasar su salario de AV Villas a Bancolombia, el monto se registra dos veces, aumentando el valor de las consignaciones. Esto puede impactar su obligación de declarar, aunque si queda obligado solo se incluirán los ingresos reales, no los movimientos internos.
Este editorial puede ser de tu interés respecto a qué es ingreso para efectos fiscales: ¿Cómo se incluyen los ingresos recibidos para terceros en la declaración de renta de una persona natural?
5. Si en un municipio se actualizan los avalúos y esto impacta el patrimonio del contribuyente, ¿cómo se justifica el aumento patrimonial?
Supongamos que un municipio actualiza los avalúos y, como resultado, el patrimonio de un contribuyente aumenta. Por ejemplo, si el valor de un predio pasa de $90.000.000 en 2022 a $250.000.000 en 2023, el aumento de $160.000.000 puede justificarse con el nuevo valor reflejado en el impuesto predial. Este documento sirve como soporte ante la Dian para justificar el incremento patrimonial en la declaración de renta del contribuyente.
6. ¿Si un contribuyente se hace cargo del hermano menor de edad a pesar de que los padres están vivos, lo puede colocar como dependiente económico?
Según el numeral 5 del parágrafo 2 del artículo 387 del ET, un hermano puede ser declarado como dependiente económico si no tiene ingresos o si estos fueron menores a 260 UVT durante el período gravable, lo cual debe ser certificado por un contador público. También puede considerarse dependiente si existen razones físicas o psicológicas que lo impidan trabajar, certificadas por Medicina Legal.
En nuestro editorial: Deducción por dependientes en la declaración de renta: ¿cómo funciona y cuáles son las novedades?
7. ¿Cómo se realiza el cálculo del reajuste fiscal?
El cálculo del reajuste fiscal, según el artículo 70 del ET, se realiza tomando el valor del activo declarado en el año anterior y aplicando el porcentaje de reajuste fiscal establecido por el Gobierno mediante decreto de forma anual. Para 2023, este porcentaje fue fijado en el Decreto 128 de 2024. Si se aplica el reajuste del artículo 73 del ET, el costo de adquisición del activo se multiplica por el factor correspondiente al año de compra, también definido por decreto.
Tip Alegra: Si en el período gravable anterior se utilizó el reajuste del artículo 73 del ET, no se puede aplicar posteriormente el reajuste del artículo 70 del mismo estatuto; dado que el artículo 280 de dicha norma lo prohíbe.
Conoce más sobre la aplicación de estos reajustes en nuestro editorial: Así se determina el valor patrimonial de los bienes inmuebles en la declaración de renta.
8. ¿Si se retira un CDT en un determinado período gravable, esto constituye un ingreso en el año del retiro?
Imagina que Ana retira su Certificado de Depósito a Término —CDT— después de varios años. El monto principal ya formaba parte de su patrimonio y no se considera ingreso según el artículo 26 del ET. por su parte, los intereses generados durante su vigencia son otra historia. Esos rendimientos son los que Ana deberá declarar como ingresos en el año en que los retira. Así, solo los rendimientos del CDT se registran como rentas de capital, mientras que el capital original no cuenta como ingreso.
9. ¿En qué cédula se declaran los subsidios de vivienda recibidos por el contribuyente?
Los subsidios de vivienda que recibe un contribuyente son gravados en su totalidad y, dado que no encajan en las definiciones de ninguna de las otras cédulas, deben declararse en la cédula correspondiente a rentas no laborales.
En nuestro editorial: ¿Cómo declarar los ingresos en el formulario 210? Una mirada a la clasificación cedular, encontrarás el detalle de los conceptos que se incluyen en cada una de estas cédulas.
10. ¿Los retiros de los aportes en fondos de pensiones voluntarias con el cumplimiento de requisitos en qué cédula se deben declarar?
Cuando se trata de los aportes a fondos de pensiones, es importante distinguir entre los tipos para comprender su tratamiento fiscal. Los aportes obligatorios a fondos de pensiones, según el artículo 55 del ET, no están gravados. Los aportes voluntarios a fondos de pensiones obligatorias también están regulados por el artículo 55 del mismo estatuto, y un 25 % de ellos es ingreso no gravado, limitado a 2.500 UVT ($106.030.000 por el 2023 y $117.663.000 por el 2024) . Finalmente, los aportes voluntarios a fondos de pensiones voluntarias, regulados por el artículo 126-1 del ET, son renta exenta hasta el 30 % del ingreso laboral o 3.800 UVT ($161.166.000 por el 2023 y $178.847.000 por el 2024).
De esta manera, lo que corresponde a los aportes voluntarios son de libre disposición y, por tanto, constituyen un derecho que debe declararse en el patrimonio del contribuyente. Ahora, cuando estos se retiran con el cumplimiento de requisitos, se entiende que no serían una renta gravable, y no constituyen ingreso, dado que al ser declarados en el patrimonio del contribuyente, se entiende como un retiro de un saldo de un ahorro que ya estaba.
¡Descarga nuestra: Guía para la elaboración de la declaración de renta de personas naturales año gravable 2023!
Este es solo el comienzo de un aprendizaje continuo. ¿Tienes preguntas o experiencias que compartir? Únete a la discusión en los comentarios y sigue visitando Siempre Al Día para obtener más contenido útil sobre tus obligaciones fiscales.