Ley 2578 de 2026: ¿Cómo afecta el nuevo festivo del 13 de julio los vencimientos tributarios de la DIAN?

La Ley 2578 de 2026 creó un nuevo festivo nacional en Colombia en honor a Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá. Aunque la fecha conmemorativa es el 9 de julio, en 2026 el descanso se disfrutaría el lunes 13 de julio por aplicación de la Ley Emiliani. Este cambio no solo impacta el calendario laboral: también puede modificar los vencimientos tributarios de julio, porque los plazos de la DIAN se calculan en días hábiles.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 05 Jun 2026

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Cómo afecta el nuevo festivo del 13 de julio los vencimientos tributarios de la DIAN

El 1 de junio de 2026 se promulgó la Ley 2578 de 2026, una norma de homenaje al municipio de Chiquinquirá que, en apariencia, no tiene nada que ver con lo tributario. Pero en su artículo 6 esconde una consecuencia directa para ti como contador: un nuevo festivo del 13 de julio que mueve el calendario de vencimientos tributarios del mes. Aquí te explicamos qué se corre y qué tienes que vigilar.

  • La Ley 2578 de 2026 declaró el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá como festivo nacional; por Ley Emiliani el descanso se traslada al lunes 13 de julio de 2026.
  • El calendario de la DIAN está fijado en días hábiles (Decreto 2229 de 2023), así que ese nuevo día no hábil desplaza un día los vencimientos del 13 de julio en adelante.
  • La DIAN debe publicar las fechas recalculadas por NIT, como ya lo hizo en abril por el día cívico; mientras tanto, no presentés el último día y confirmá el ajuste oficial.

¿Qué dice realmente la Ley 2578 de 2026?

La Ley 2578 de 2026 vincula a la Nación al homenaje al municipio de Chiquinquirá (Boyacá) por su valor histórico, cultural y religioso. La mayor parte de su articulado son autorizaciones de gasto y reconocimientos simbólicos.

El punto que te interesa está en el artículo 6: declara el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá —que se conmemora el 9 de julio— como día festivo de carácter nacional y de obligatorio cumplimiento en todo el país, con derecho a descanso remunerado para trabajadores públicos y privados.

La ley rige desde su promulgación, es decir, ya aplica para julio de 2026.

¿Por qué el nuevo festivo cae el 13 de julio y no el 9?

La fecha de conmemoración es el 9 de julio, pero el mismo artículo 6 ordena aplicar la Ley 51 de 1983 (la conocida Ley Emiliani) para determinar el día de disfrute del descanso.

La Ley Emiliani traslada este tipo de festivos al lunes siguiente. Como el 9 de julio de 2026 es jueves, el descanso se disfruta el lunes 13 de julio de 2026. Ese lunes deja de ser día hábil, y ahí empieza el efecto fiscal.

Ley 2578 de 2026 ¿Cómo afecta el nuevo festivo del 13 de julio los vencimientos tributarios de la DIAN

¿Cómo afecta este festivo el calendario tributario de julio?

La clave es que el calendario tributario 2026 no fija fechas sueltas: sus plazos están establecidos en días hábiles por el Decreto 2229 de 2023. Por eso un nuevo día no hábil no afecta solo al vencimiento de ese día, sino que desplaza todos los vencimientos posteriores que se cuentan a partir de esa fecha.

No es teoría: la DIAN ya enfrentó exactamente este escenario en abril de 2026 (lo vemos en el siguiente apartado). Con el 13 de julio, el efecto es el mismo.

Importante: los vencimientos que caen antes del 13 de julio (días hábiles 1 a 8 del mes) no se mueven. El corrimiento aplica a las obligaciones cuyo plazo se cuenta del 13 de julio en adelante.

¿La DIAN ya enfrentó una situación parecida?

Sí, y hace muy poco. En marzo de 2026, mediante el Comunicado de Prensa 031 de 2026, la DIAN ajustó el calendario porque el 17 de abril de 2026 (el tercer viernes de abril) fue declarado día cívico para las entidades del orden nacional mediante el Decreto 500 de 2024.

La DIAN fue explícita en el porqué: como los términos del Decreto 2229 de 2023 están fijados en días hábiles, al volverse no hábil esa fecha no solo se afectó el vencimiento de ese día, sino que se corrieron todos los plazos posteriores. Es exactamente el mismo mecanismo que aplica ahora con el 13 de julio.

En aquella oportunidad, el ajuste tocó obligaciones como la segunda cuota de renta de grandes contribuyentes (AG 2025), la retención en la fuente mensual, la declaración anual de la Presencia Económica Significativa (PES) y la declaración anual y pago del Régimen Simple (RST).

La lección para julio es clara: el reacomodo de fechas es predecible, pero la palabra final la tiene el comunicado oficial de la DIAN. En abril alcanzó a publicarlo con semanas de anticipación; conviene estar atentos al equivalente para el festivo del 13 de julio.

¿Qué obligaciones tributarias de julio se pueden correr?

Entre las obligaciones de julio que pueden desplazarse —según el último dígito del NIT y la fecha exacta que recalcule la DIAN— están:

ObligaciónPeríodo
Segunda cuota de renta de personas jurídicas (no grandes contribuyentes)AG 2025
IVA bimestral e Impuesto Nacional al Consumo (INC)Mayo–junio 2026
Impuestos saludables (bebidas azucaradas y ultraprocesadas), bolsas plásticas, carbono y cannabisMayo–junio 2026
Retención en la fuente y autorretención (incluida la especial del Decreto 572 de 2025)Junio 2026
Anticipo bimestral del Régimen Simple (SIMPLE)Mayo–junio 2026

Una aclaración clave: los grandes contribuyentes no tienen cuota de renta en julio (sus tres cuotas vencieron en febrero, abril y junio), pero sí pueden verse afectados en el IVA bimestral. Y las obligaciones cuyo plazo cae antes del 13 de julio no se mueven.

Un ejemplo concreto: la DIAN fijó el pago de la segunda cuota de renta de personas jurídicas entre el 7.º y el 16.º día hábil de julio, es decir, del 9 al 23 de julio. Al quitar el 13 de julio como día hábil, ese 16.º día hábil pasaría del 23 al 24 de julio; la ventana recalculada quedaría del 9 al 24 de julio (sujeto a la confirmación oficial de la DIAN).

¿Cómo quedarían las fechas de julio con el ajuste del festivo?

⚠️ Importante: las fechas de esta sección son una proyección de Siempre Al Día con base en el conteo de días hábiles (quitando el 13 de julio y conservando el 20, que ya era festivo). No son oficiales: la fecha que rige es la que publique la DIAN en su calendario actualizado, como ocurrió tras el día cívico de abril. Confirmá siempre antes de presentar.

Estas obligaciones comparten el mismo vencimiento por dígito de NIT: segunda cuota de renta de personas jurídicas, IVA bimestral (mayo–junio), Impuesto Nacional al Consumo, retención y autorretención de junio, y anticipo bimestral del SIMPLE.

Último dígito del NITFecha actualFecha proyectada con el festivo
19 de julio9 de julio (sin cambio)
210 de julio10 de julio (sin cambio)
313 de julio14 de julio
414 de julio15 de julio
515 de julio16 de julio
616 de julio17 de julio
717 de julio21 de julio
821 de julio22 de julio
922 de julio23 de julio
023 de julio24 de julio

Las obligaciones con fecha única (10.º día hábil de julio, independiente del NIT) también se corren un día: el impuesto a la gasolina y al ACPM de junio, el impuesto al carbono, el impuesto a las bebidas azucaradas y ultraprocesados, el IVA de prestadores de servicios desde el exterior y el anticipo de la PES (todas pasan del 14 al 15 de julio).

Los vencimientos de los dígitos 1 y 2 (9 y 10 de julio) no se mueven, porque caen antes del festivo. Casos especiales como el GMF semanal o la declaración de normalización (31 de julio) pueden seguir reglas distintas; confirma con el calendario oficial.

¿Qué cambia en la nómina con el nuevo festivo?

El 13 de julio de 2026 será un día de descanso remunerado obligatorio. Para tus clientes empleadores eso significa dos cosas:

  • El trabajador que no labore ese día conserva su remuneración completa, sin descuento.
  • El trabajador que sí labore el festivo genera el recargo dominical y festivo del 90% sobre la hora ordinaria —porcentaje vigente desde el 1 de julio de 2026 por la reforma laboral (Ley 2466 de 2025, que modificó el artículo 179 del CST)—, más el recargo nocturno si aplica.

Si liquidas nómina de empresas con turnos, comercio o servicios, ajusta la programación del 13 de julio. Para repasar valores y fórmulas, consulta la guía de horas extra y recargos en Colombia 2026.

¿El nuevo festivo afecta la nómina electrónica?

Aquí hay un matiz que conviene tener claro. El documento soporte de pago de nómina electrónica (DSNE) del período de junio se transmite en los primeros días de julio, y la respuesta depende de cómo cuentes el plazo.

En Siempre Al Día sostenemos que el plazo se cuenta en días hábiles (artículo 3 de la Resolución 000013 de 2021): los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al pago. Bajo esa lectura, el nuevo festivo sí desplaza la transmisión: el 10.º día hábil de julio pasaría del 14 al 15 de julio de 2026.

Existe, no obstante, una interpretación que cuenta el plazo en días calendario (vencería el 10 de julio, antes del festivo, sin desplazamiento). Mientras no se unifique el criterio, lo prudente es no dejar la transmisión para el último día. Repasa el detalle en nuestro calendario de nómina electrónica 2026.

La factura electrónica, en cambio, no se afecta: se emite en tiempo real al momento de la operación, sin un vencimiento mensual atado al calendario.

¿Qué debas hacer como contador antes del 13 de julio?

  • Marca el 13 de julio de 2026 como día no hábil en tu calendario de trabajo y en el de tus clientes.
  • Identificá qué obligaciones de tus clientes vencen del 13 de julio en adelante y cuáles antes (estas últimas no se mueven).
  • No programés presentaciones ni pagos para el último día: dejá margen ante el recálculo.
  • Esperá y verificá el comunicado oficial de la DIAN con las nuevas fechas por NIT antes de confirmar plazos a tus clientes.
  • Revisá la parametrización de festivos en tu software de nómina para el 13 de julio.
  • Verificá si el calendario de aportes a seguridad social (PILA) de tus clientes también se desplaza, pues opera en días hábiles.

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Preguntas frecuentes

En esta sección resolvemos las preguntas frecuentes sobre el nuevo festivo del 13 de julio en Colombia:

¿Qué establece la Ley 2578 de 2026?

Rinde homenaje al municipio de Chiquinquirá y, en su artículo 6, declara el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá como festivo nacional de obligatorio cumplimiento, con descanso remunerado.

¿Cuándo se celebra el nuevo festivo y por qué cae el 13 de julio de 2026?

Se conmemora el 9 de julio, pero la ley ordena aplicar la Ley Emiliani (Ley 51 de 1983), que traslada el descanso al lunes siguiente. Como el 9 de julio de 2026 es jueves, el festivo se disfruta el lunes 13 de julio de 2026.

¿El nuevo festivo cambia el calendario tributario de la DIAN?

No reexpide el calendario. Pero como los plazos están fijados en días hábiles (Decreto 2229 de 2023), el nuevo día no hábil desplaza los vencimientos del 13 de julio en adelante. La DIAN debe publicar las fechas recalculadas por NIT.

¿Qué vencimientos de julio de 2026 se pueden mover?

Los que se cuentan del 13 de julio en adelante: segunda cuota de renta de personas jurídicas, IVA e Impuesto Nacional al Consumo bimestral (mayo–junio), impuestos saludables, retención y autorretención de junio y el anticipo del Régimen Simple. Los grandes contribuyentes no tienen cuota de renta en julio. Los plazos anteriores al 13 no se mueven.

¿Qué pasa con la nómina si un trabajador labora el 13 de julio?

Al ser festivo, quien trabaje ese día genera el recargo dominical y festivo del 90 % sobre la hora ordinaria —porcentaje vigente desde el 1 de julio de 2026 por la reforma laboral (Ley 2466 de 2025, que modificó el artículo 179 del CST)—, más el recargo nocturno si corresponde. Quien descanse conserva su remuneración completa.

¿Se mueve el plazo de la nómina electrónica por el festivo?

Si el plazo se cuenta en días hábiles —criterio de Siempre Al Día según el artículo 3 de la Resolución 000013 de 2021—, la transmisión del DSNE de junio pasaría del 14 al 15 de julio de 2026. Bajo la interpretación de días calendario vencería el 10 de julio, sin desplazamiento.

Fuentes

¿Ya identificaste qué clientes tuyos tienen vencimientos del 13 de julio en adelante? Cuentanos en los comentarios cómo estás ajustando tu calendario para julio.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

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