Nuevo listado de jurisdicciones no cooperantes o paraísos fiscales
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 1496 del 13 de diciembre de 2024, actualizando el listado de jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes tributarios preferenciales, comúnmente conocidos como paraísos fiscales.
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Las jurisdicciones no cooperantes, también conocidas como paraísos fiscales, representan uno de los mayores desafíos para los sistemas tributarios. Estas regiones, caracterizadas por sus bajos niveles de imposición y limitada cooperación en el intercambio de información fiscal, suelen ser utilizadas para estrategias de evasión y elusión tributaria que erosionan las bases gravables de los países.
En respuesta, gobiernos como el de Colombia han implementado medidas rigurosas para identificar estas jurisdicciones y aplicar reglas estrictas en las operaciones internacionales que las involucran. Con el Decreto 1496 de diciembre 13 de 2024 se realiza una actualización del listado de jurisdicciones no cooperantes, el cual no se realizaba desde el año 2014. Este es un paso clave para garantizar una mayor transparencia y combatir la evasión fiscal.
En este artículo, te explicamos cuáles son las novedades en el nuevo listado.
Listado de jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición o paraísos fiscales
Mediante el Decreto 1496 de 2024 se sustituyó la lista de jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición, conocidos como paraísos fiscales, contenidos en el artículo 1.2.2.5.1 del Decreto 1625 de 2016, el cual desde 2014 estaba compuesto por 37 países. Con la nueva actualización el listado pasa a 25 así:
N° | País |
1 | Archipielago de Svalbard |
2 | Colectividad Territorial de San Pedro y Miguelón |
3 | Estado de Kuwait |
4 | Estado de Qatar |
5 | Estado Independiente de Samoa Occidental |
6 | Isla Queshm |
7 | Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno |
8 | Islas Salomón |
9 | Labuán |
10 | Macao |
11 | Mancomunidad de las Bahamas |
12 | Reino de Bahréin |
13 | Reino Hachemí de Jordanía |
14 | República Cooperativa de Guyana |
15 | República de Ángola |
16 | República de Cabo Verde |
17 | República de Islas Marshall |
18 | República de Liberia |
19 | República de Maldivas |
20 | República de Nauru |
21 | República de Trinidad y Tobago |
22 | República de Vanuatu |
23 | República del Yemen |
24 | Santa Elena, Ascensión y Tristán de Cunha |
25 | Sultanía de Omán |
Del listado de 37 países se eliminaron 12:
N° | País |
1 | Antigua y Barbuda |
2 | Estado de Brunei Darussalam |
3 | Granada |
4 | Hong Kong |
5 | Islas Cook |
6 | Mancomunidad de Dominica |
7 | República de Mauricio |
8 | República de Seychelles |
9 | República Libanesa |
10 | San Kitts & Nevis |
11 | San Vicente y las Granadinas |
12 | Santa Elena, Ascensión y Tristan de Cunha |
La actualización de este listado tiene implicaciones significativas para los contribuyentes colombianos que realizan operaciones internacionales, dado que las transacciones con entidades ubicadas en jurisdicciones consideradas no cooperantes pueden estar sujetas a regulaciones más estrictas, como mayores tasas de retención en la fuente, efectos en la residencia fiscal para efectos de la declaración de renta, limitaciones en la deducibilidad de gastos y una mayor vigilancia por parte de las autoridades fiscales.
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La actualización del listado de jurisdicciones no cooperantes y paraísos fiscales representa un paso importante en la lucha contra la evasión fiscal y en el fortalecimiento de la transparencia tributaria en Colombia. ¿Cómo crees que estas medidas impactarán las operaciones internacionales y el cumplimiento fiscal de las empresas? Comparte tu opinión y continúa explorando nuestro portal Siempre Al Día más análisis y herramientas útiles para mantenerte informado y preparado frente a las normativas tributarias.
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