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Interés presuntivo por préstamos entre socios y sociedades para 2023 y 2024: estos son los detalles

El interés presuntivo que debe utilizarse en la declaración de renta de personas naturales y jurídicas es definido año a año por el Ministerio de Hacienda. Para el año gravable 2023 este fue establecido mediante el Decreto 848 de mayo 19 de 2023 y por el año gravable 2024 a través del Decreto 1006 de agosto 5 de 2024. 

¡Veamos los detalles!

Equipo Siempre al Díа

Actualizado el: 09 Ago 2024

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5 min de lectura

Interés presuntivo en la declaración de renta

El interés presuntivo es definido por lo regular al inicio de cada período gravable con la expedición de un decreto por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 

Por el año gravable 2023 este fue definido mediante el Decreto 848 de 2023 y por el año gravable 2024 a través del Decreto 1006 de 2024. Estos decretos también definen el componente inflacionario que podrán calcular las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la declaración de renta del año gravable anterior al año de emisión del decreto, es decir:

  1. El Decreto 848 de 2023 definió el interés presuntivo del año gravable 2023 y el componente inflacionario que se podrá calcular en las declaraciones de renta del año gravable 2022.
  2. El Decreto 1006 de 2024 definió el interés presuntivo del año gravable 2024 y el componente inflacionario que se podrá calcular en las declaraciones de renta del año gravable 2023.

Profundiza sobre el componente inflacionario en nuestro editorial Componente inflacionario para personas naturales por el año gravable 2023 fue definido por el MinHacienda.

En relación con este último decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público había publicado el proyecto en el mes de marzo, pero solo a 7 días del inicio de la temporada de vencimientos de declaración de renta de las personas naturales fue materializada dicha normativa.

¿Qué es el interés presuntivo?

Supongamos que una persona natural, socia de la empresa Soluciones Alegra SAS, realiza un préstamo a la sociedad o que la sociedad realiza un préstamo en dinero al socio. 

Así, las partes que realizan el préstamo no deseen cobrar ningún interés a la otra parte, para efectos del impuesto de renta, de acuerdo con el artículo 35 del Estatuto Tributario —ET— se presume que todo préstamo en dinero cualquiera que sea su naturaleza, genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión.

Dicho rendimiento equivale a la tasa DTF vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al gravable.

Tip Alegra: El interés presuntivo que se aplicará para cada año gravable, es definido mediante decreto por el Ministerio de Hacienda.

¿Cuál es el interés presuntivo para los préstamos realizados en el 2023? 

El artículo 1 del Decreto 848 de 2023, mediante el cual se sustituyó el artículo 1.2.1.7.5 del Decreto 1625 de 2016, el interés presuntivo que aplicó para los préstamos realizados en 2023 y que deberá tenerse en cuenta en las declaraciones de renta y complementario de dicho período gravable que se presentan en 2024 es de 13,70 %.

Escenarios que se pueden presentar en relación con el interés presuntivo

En el momento de la determinación del interés presuntivo pueden presentarse los siguientes escenarios:

  1. Escenario 1. Que quien realiza el préstamo no haya cobrado ningún interés haya cobrado menos del 13,70 %: En la declaración de renta, entonces se deberá llevar como mínimo el 13,70 % por concepto de intereses presuntivos. Este valor solo tiene efectos a nivel fiscal, por lo que se generará una diferencia permanente entre los saldos contables y fiscales.
  2. Escenario 2. Que quien realiza el préstamo haya cobrado el 13,70 % de intereses. En la declaración de renta, entonces se deberá llevar ese mismo valor dado que corresponde al mínimo establecido en la norma tributaria. No se generará diferencias entre los saldos contables y fiscales.
  3. Escenario 3. Que quien realiza el préstamo haya cobrado más del 13,70 % como intereses. En la declaración de renta, se deberá llevar ese mismo valor, dado que como mínimo debía calcularse el 13,70 %, por lo que no deberá realizarse ningún ajuste por el exceso cobrado. No se generará diferencias entre los saldos contables y fiscales.

¡Descarga nuestra Guía para la elaboración de la declaración de renta para personas naturales por el año gravable 2023!

¿Cómo calcular los intereses presuntivos por el año gravable 2023?

Te compartimos nuestra Herramienta para calcular intereses presuntivos de 2023 en la cual podrás realizar estos cálculos de forma fácil y rápida.

¿Cuál es el interés presuntivo para los préstamos realizados en el 2024? 

De acuerdo con el artículo 1 del Decreto 1006 de 2024, mediante el cual se sustituyó el artículo 1.2.1.7.5 del Decreto 1625 de 2016, el interés presuntivo que aplicará para los préstamos realizados en 2024 y que deberá tenerse en cuenta en las declaraciones de renta y complementario de dicho período gravable que se presentan en 2025 es de 12,69 %.

Los escenarios que se deberán evaluar frente a la aplicación de este interés presuntivo serán los mismos que explicamos en el apartado anterior; pero cambiando el porcentaje.

¡Descarga el Decreto 1006 de 2024!

Histórico del interés presuntivo en los últimos 5 años

A continuación te presentamos una matriz donde se expone el valor del interés presuntivo durante los últimos 5 años,  así como la norma que lo estableció: 

Intereses presuntivos del año%Decreto
20194,54 %Decreto 703 de 2019
20204,48 %Decreto 886 de 2020
20211,89 %Decreto 455 de 2021
20223,21 %Decreto 728 de 2022
202313,7 %Decreto 848 de 2023
202412,69 %Decreto 1006 de 2024

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Gracias por llegar hasta aquí,
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