Tratamiento fiscal de los ingresos recibidos para terceros en el contrato de mandato
Los ingresos recibidos para terceros en un contrato de mandato requieren un tratamiento tributario preciso. En este artículo te explicamos cómo manejarlos correctamente, evitando errores que puedan generar sanciones.
Si eres contador, tanto si trabajas con contratos de mandato como si no, es fundamental conocer las obligaciones fiscales que implican y aquí te las explicamos.
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ToggleEl contrato de mandato es una herramienta fundamental para muchos contadores, pero cuando se trata de gestionar los ingresos recibidos para terceros, el panorama puede complicarse rápidamente. Imagina estar frente a la responsabilidad de administrar recursos ajenos, y de repente te preguntas: ¿cómo debo declarar correctamente estos ingresos para cumplir con la normativa fiscal?
Este es un desafío que puede enfrentar cualquier contador, y un error podría traducirse en sanciones o pago de impuestos innecesarios. En este artículo, te explicamos cómo manejar estos ingresos de manera precisa, garantizando que cada paso esté alineado con las normativas actuales.
¿En qué consiste un contrato de mandato?
El contrato de mandato es un acuerdo en el que una persona, denominada mandante, delega a otra, el mandatario, la gestión de ciertos asuntos en su nombre, como la administración de bienes o ingreso. Aunque el mandatario actúa en representación del mandante, asume la responsabilidad de cumplir con las normativas fiscales y legales aplicables, como la correcta declaración de los ingresos que gestiona.
Obligación de facturar en el contrato de mandato
De acuerdo con el artículo 1.6.1.4.9 del Decreto 1625 de 2016, sustituido por el artículo 1 del Decreto 358 de 2020, en los contratos de mandato, las facturas de venta y/o documentos equivalentes deben ser expedidos en todos los casos por el mandatario. Asimismo, si el mandatario adquiere bienes y/o servicios en cumplimiento del contrato, la factura de venta y/o documento equivalente deberá ser emitida a nombre del mandatario.
Para que el mandante pueda soportar los respectivos costos, deducciones, impuestos descontables o devoluciones a las que tenga derecho, el mandatario deberá expedir una certificación al mandante indicando la cuantía y el concepto de estos. Esta certificación debe estar firmada por un contador público o revisor fiscal, según corresponda.
Esto significa que, por ejemplo, las retenciones y los ingresos asociados a ellas deberán ser imputados por el mandante en su declaración de renta. Como soporte, se utilizará la certificación expedida por el mandatario.
Tip Alegra: En la factura electrónica de venta elaborada bajo un contrato de mandato, es fundamental diferenciar las operaciones del mandante de las del mandatario. El mandatario deberá cumplir con todas las obligaciones relacionadas con la facturación, como solicitar la autorización o habilitación para facturar electrónicamente.
¿Cómo se manejan los ingresos recibidos para terceros en un contrato de mandato?
En un contrato de mandato, los ingresos recibidos para terceros juegan un papel fundamental, ya que el mandatario administra dichos recursos en nombre y por cuenta del mandante. Estos ingresos no pertenecen al mandatario, sino que son gestionados temporalmente bajo su responsabilidad para ser entregados al mandante o a un tercero, según lo establecido en el contrato.
Tip Alegra: El mandatario es quien realiza el encargo o mandado y el mandante es el que manda.
Desde una perspectiva fiscal, los ingresos recibidos para terceros requieren un tratamiento especial, ya que no son considerados ingresos propios del mandatario. Como contador, es fundamental que, al gestionar un contrato de mandato, tengas claro que estos ingresos deben ser registrados de manera correcta en la contabilidad y declarados ante las autoridades fiscales solo en lo que realmente le corresponde al mandatario. Esto garantiza que no se le atribuyan ingresos indebidos, evitando así obligaciones fiscales innecesarias y posibles sanciones.
Este tipo de operaciones es común en sectores como la administración de propiedades, agencias de viajes, servicios jurídicos, entre otros, donde la figura del mandatario es responsable de manejar recursos que no le pertenecen directamente.
Tratamiento para efectos del impuesto de renta
En cuanto a los efectos tributarios de un contrato de mandato en relación con el impuesto de renta , debe tenerse en cuenta que estos recaen sobre el mandante dado que es este el sujeto pasivo de los ingresos, costos y gastos realizados en el desarrollo del contrato. De esta manera, el único ingreso que es propio del mandatario se limita a los honorarios o la remuneración que se pacta en su nombre en el contrato cuando este se realiza a título oneroso.
Resumen de responsabilidades fiscales en el contrato de mandato
En un contrato de mandato, es fundamental entender las responsabilidades tributarias tanto del mandatario como del mandante, ya que estas pueden variar dependiendo de las operaciones realizadas. Aspectos como la facturación, la retención en la fuente, el IVA, el impuesto a la renta y la información exógena deben ser gestionados correctamente para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones.
A continuación, te presentamos una matriz que detalla claramente las responsabilidades de cada una de las partes en estos conceptos clave:
Concepto | Mandante | Mandatario |
Facturación | Delega la facturación al mandatario para que la expida en su nombre. | Debe emitir la factura a su nombre si actúa en nombre propio o solicitar la expedición de la misma a terceros en su nombre. |
Retención en la fuente | De acuerdo a su calidad de agente de retención se determina la responsabilidad del mandatario. | Si el mandante es agente de retención (es decir, está obligado a practicar retenciones en la fuente en sus operaciones), el mandatario, actuando en nombre del mandante, debe realizar la retención en la fuente en las operaciones que gestionen en el marco del mandato. Esto implica que el mandatario debe asumir la función de agente de retención, siguiendo las mismas reglas que el mandante, para cumplir con la normativa fiscal en las operaciones propias del contrato. Si el mandante no es agente de retención (es decir, no está obligado a practicar retenciones en sus operaciones), entonces el mandatario no debe practicar retención en la fuente en las operaciones relacionadas con el mandato. En este caso, no es necesario realizar retenciones, ya que el mandante no tiene esa obligación. Es el mandatario quien presenta la declaración de retención en la fuente. |
IVA | Aunque el mandatario puede estar encargado de ejecutar las operaciones y emitir facturas, es el mandante quien debe asegurar que se cumpla con el pago del IVA en caso de que la transacción esté gravada. Además es quien tiene la obligación de incluir en su declaración de IVA las operaciones que ha realizado a través del mandatario, aunque este último sea quien emita la factura y cobre dicho impuesto (ver Concepto 077986 de 2001). | Si en el desarrollo del contrato de mandato el mandatario vende o presta un servicio gravado con el IVA, debe facturar y cobrar ese impuesto considerando la responsabilidad del mandante. Adicionalmente, cuando cobra sus honorarios o comisiones, si el mandatario es responsable de IVA debe cobrar y facturar este impuesto por la remuneración que está obteniendo. |
Impuesto a la renta | Los ingresos obtenidos por el contrato de mandato forman parte de su base gravable. | No incluye los ingresos recibidos para terceros como propios. Solo declara los honorarios recibidos por el servicio prestado. |
Información exógena | Responsable de reportar los ingresos que surgieron a través del contrato, de acuerdo a las indicaciones que establece año a año la Dian mediante resolución. | Debe reportar a la Dian el valor total de las operaciones realizadas durante el año gravable inherentes a las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos, con indicación del detalle que año a año solicita la Dian mediante resolución. |
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Registrar los ingresos recibidos para terceros en un contrato de mandato puede ser un desafío para muchos contadores, especialmente cuando se deben manejar múltiples operaciones. Afortunadamente, con Alegra, este proceso se vuelve mucho más simple y eficiente. La plataforma está diseñada para facilitar la gestión de los ingresos que administra el mandatario en nombre de su mandante, cumpliendo con las obligaciones fiscales de manera clara y precisa.
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- Configuración de la cuenta de ingresos para terceros de acuerdo a los ítems de venta inventariables y de servicios.
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Beneficios de utilizar Alegra para el registro de ingresos de terceros
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- Cumplimiento tributario: La plataforma está alineada con las normativas fiscales vigentes, lo que asegura que no se cometan errores en la declaración de ingresos.
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