Ganancias ocasionales en la declaración de renta AG 2025: Tarifas y exenciones

La tarifa general de ganancias ocasionales para personas naturales es del 15 % y la de loterías, rifas y apuestas es del 20 %. Conoce las exenciones vigentes, los límites actualizados con la UVT 2025 y las casillas 112 a 115 del formulario 210.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 14 Jul 2026

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Ganancias ocasionales en la declaración de renta

Índice

Las ganancias ocasionales tienen una depuración independiente de la renta ordinaria y, para el año gravable 2025, se gravan generalmente a una tarifa del 15 %. No obstante, las loterías, rifas, apuestas y premios similares conservan una tarifa especial del 20 %.

Para liquidarlas correctamente debes identificar el origen del ingreso, determinar su valor fiscal, establecer los costos procedentes y aplicar las exenciones vigentes después de la Ley 2277 de 2022. Esta última redujo varios beneficios relacionados con herencias, seguros de vida y venta de vivienda que todavía suelen calcularse con los límites anteriores.

En este artículo respondemos las principales preguntas sobre las ganancias ocasionales AG 2025, con los topes expresados en pesos según la UVT de 2025 —$49.799— y las casillas aplicables del formulario 210. Los vencimientos para las personas naturales están comprendidos entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT.

  • ¿Cuál es la tarifa general de ganancias ocasionales para una persona natural residente? El 15 %, de acuerdo con el artículo 314 del ET.
  • ¿Cuál es la tarifa para loterías, rifas, apuestas y similares? El 20 %, conforme al artículo 317 del ET.
  • ¿Cuánto está exento en una herencia recibida por el cónyuge o un heredero? Hasta 3.250 UVT —$161.846.750—, sin perjuicio de las exenciones adicionales que puedan aplicar según los bienes que pertenecían al causante.
  • ¿Cuánto está exento en un seguro de vida? Hasta 3.250 UVT —$161.846.750—.
  • ¿Cuánto puede estar exento en la venta de la vivienda? Las primeras 5.000 UVT de la utilidad —$248.995.000—, cuando se cumplen todos los requisitos legales.

¿Qué son las ganancias ocasionales?

Las ganancias ocasionales son ingresos que la ley clasifica expresamente dentro del impuesto complementario de ganancias ocasionales. Aunque suelen provenir de circunstancias extraordinarias o esporádicas, no basta con que un ingreso sea inusual para darle este tratamiento.

Los hechos que generan ganancias ocasionales están previstos principalmente en los artículos 299 a 306-1 del Estatuto Tributario. Entre ellos se encuentran la venta de activos fijos poseídos durante dos años o más, la liquidación de sociedades, las herencias, las donaciones, los seguros de vida y los premios de loterías, rifas o apuestas.

A diferencia de los salarios, honorarios, arrendamientos y demás rentas ordinarias, las ganancias ocasionales:

  • Se depuran en una sección independiente.
  • No se suman a la cédula general para aplicar la tabla del artículo 241 del ET.
  • No están sometidas al límite conjunto del 40 % y 1.340 UVT.
  • Tienen tarifas y exenciones propias.
  • Solo permiten restar los costos y pérdidas expresamente procedentes.

Tip Alegra: no clasifiques un ingreso como ganancia ocasional únicamente porque no se repite todos los años. Debes verificar que corresponda a uno de los hechos señalados expresamente en la legislación tributaria.

Consulta también nuestro artículo: El sistema cedular en renta para personas naturales, que explica la depuración por cédulas del formulario 210 AG 2025.

¿Cuáles son las principales ganancias ocasionales en el AG 2025?

La naturaleza del ingreso determina la forma de calcular la base gravable, el costo aceptado y las exenciones aplicables. Los principales conceptos que puede encontrar una persona natural son los siguientes:

Tipo de ganancia ocasionalRegla principalTarifa
Venta de activos fijos poseídos durante dos años o másUtilidad entre el precio de venta y el costo fiscal15 %
Liquidación de sociedades con dos años o más de existenciaExceso recibido sobre el capital aportado, cuando no corresponda a dividendos15 %
Herencias, legados y porción conyugalValor fiscal de los bienes y derechos recibidos, menos exenciones15 %
Donaciones y actos gratuitos entre vivosValor fiscal del bien o derecho recibido, menos la exención procedente15 %
Indemnizaciones por seguros de vidaExento hasta 3.250 UVT; el exceso se grava15 %
Loterías, rifas, apuestas y premios similaresValor bruto del premio20 %
Venta de casa o apartamento de habitaciónPuede aplicar una exención de hasta 5.000 UVT sobre la utilidad15 %

La tarifa general aplicable a las personas naturales residentes es la prevista en el artículo 314 del ET. El artículo 313 establece también el 15 %, pero para sociedades y entidades nacionales y extranjeras.

¿Cómo tributa la venta de activos fijos poseídos durante dos años o más?

Para determinar el tratamiento de la venta debes establecer primero si el bien era un activo fijo y cuánto tiempo permaneció en el patrimonio del contribuyente.

El artículo 300 del ET señala que la utilidad en la venta de un activo fijo poseído durante dos años o más constituye ganancia ocasional. Cuando el activo fue poseído por menos de dos años, la utilidad se trata como renta ordinaria.

La fórmula general es:

Ganancia ocasional = precio fiscal de venta − costo fiscal del activo.

Ejemplo de venta de un vehículo

Una persona natural vende durante 2025 un vehículo que adquirió en 2021:

  • Precio fiscal de venta: $90.000.000.
  • Costo fiscal determinado conforme a las normas aplicables: $70.000.000.
  • Tiempo de posesión: más de dos años.

La ganancia ocasional sería:

$90.000.000 − $70.000.000 = $20.000.000.

El impuesto inicial sería:

$20.000.000 × 15 % = $3.000.000.

¿Cómo se determina el costo fiscal de un vehículo?

El costo debe establecerse aplicando las normas fiscales correspondientes al activo, incluidos el precio de adquisición, los valores directamente atribuibles, las mejoras procedentes, los ajustes fiscales permitidos y las depreciaciones que deban disminuirlo.

No es correcto señalar que siempre debe utilizarse el mayor valor entre el costo ajustado y un avalúo comercial fijado por la DIAN. El artículo 300 remite a las reglas generales de costo fiscal y el formulario 210 exige registrar el costo fiscal fiscalmente soportado.

Tip Alegra: conserva la factura o contrato de compra, la tarjeta de propiedad, los comprobantes de mejoras, las declaraciones anteriores y el documento de venta. El valor declarado como costo debe ser conciliable con los soportes y con el patrimonio de años anteriores.

¿Qué ocurre si un activo fijo se vende con pérdida?

Las pérdidas ocasionales procedentes pueden restarse de las ganancias ocasionales para determinar la ganancia ocasional neta. No obstante, su aceptación no es automática, porque los artículos 311 y 312 del ET establecen reglas y restricciones específicas.

Entre otras, no se aceptan determinadas pérdidas por venta de acciones de sociedades de familia ni por operaciones entre sociedades y personas vinculadas. Además, debe demostrarse correctamente el costo fiscal y el valor de enajenación.

Por ello, en la venta de un vehículo particular a un precio inferior al costo no debe afirmarse, sin análisis adicional, que la diferencia es siempre compensable. El contador debe revisar:

  • Que el vehículo constituya un activo fijo.
  • El tiempo de posesión.
  • La determinación correcta del costo fiscal.
  • La realidad y el valor de la operación.
  • Las restricciones de los artículos 149, 151, 152, 153 y 312 del ET.
  • La existencia de otras ganancias ocasionales contra las cuales pueda imputarse.

El formulario 210 no permite que la casilla de ganancias ocasionales gravables arroje un valor negativo: cuando la resta entre ingresos, costos y exenciones es negativa, la casilla 115 se diligencia en cero.

¿Cómo tributan las utilidades en la liquidación de sociedades?

La liquidación de una sociedad puede generar una combinación de devolución de capital, dividendos y ganancias ocasionales. Por tanto, no todo el valor recibido por el socio tiene el mismo tratamiento.

El artículo 301 del ET considera ganancia ocasional el exceso recibido sobre el capital aportado o invertido cuando:

  • La sociedad haya cumplido dos años o más de existencia.
  • El valor no corresponda a rentas, reservas o utilidades comerciales distribuibles como dividendos o participaciones.

Si la sociedad tiene menos de dos años de existencia, la utilidad se trata como renta ordinaria. Los valores provenientes de utilidades o reservas susceptibles de distribuirse como dividendos conservan el tratamiento tributario de dividendos, incluso cuando se entreguen durante la liquidación.

Tip Alegra: solicita la certificación de la sociedad liquidada con la discriminación del capital aportado, los dividendos, las reservas y el remanente que constituye ganancia ocasional. No liquides el 15 % sobre todo el dinero recibido.

¿Cuáles son las exenciones por herencias y donaciones AG 2025?

La Ley 2277 de 2022 modificó los numerales del artículo 307 del ET y redujo varias exenciones que estuvieron vigentes hasta 2022. Por eso, para el AG 2025 no deben utilizarse los límites de 3.490 ni 2.290 UVT.

Con una UVT de $49.799, los beneficios vigentes son los siguientes:

Concepto exentoLímite en UVTValor AG 2025
Un inmueble de vivienda de habitación de propiedad del causante13.000 UVT$647.387.000
Bienes inmuebles diferentes de la vivienda de habitación del causante6.500 UVT$323.693.500
Porción conyugal, herencia o legado recibido por el cónyuge y cada heredero o legatario3.250 UVT$161.846.750
Herencias o legados recibidos por personas diferentes de los legitimarios o del cónyuge20 %, máximo 1.625 UVT$80.923.375
Donaciones y otros actos gratuitos entre vivos20 %, máximo 1.625 UVT$80.923.375
Libros, ropa, utensilios personales y mobiliario de la casa del causanteSin límite específicoValor fiscal procedente

¿La exención de 6.500 UVT solo aplica a inmuebles rurales?

No. El texto actual del numeral 2 del artículo 307 se refiere a los bienes inmuebles diferentes de la vivienda de habitación de propiedad del causante.

Esto puede comprender inmuebles urbanos o rurales que no tengan la condición de vivienda de habitación del causante. La redacción anterior sí diferenciaba entre vivienda urbana e inmueble rural, pero fue sustituida por la Ley 2277 de 2022.

¿Las exenciones pueden aplicarse conjuntamente?

La DIAN ha reconocido doctrinalmente que las exenciones relacionadas con los inmuebles del causante y las correspondientes a la asignación recibida por el heredero atienden circunstancias diferentes y pueden concurrir cuando se cumplen los requisitos de cada una.

Por ejemplo, el heredero de la vivienda de habitación puede analizar tanto la exención aplicable al inmueble como la exención individual de su asignación. La doctrina que desarrolló esta concurrencia fue emitida antes de la Ley 2277, por lo que deben utilizarse los nuevos límites de 13.000, 6.500, 3.250 y 1.625 UVT.

Tip Alegra: no apliques automáticamente todas las exenciones sobre el mismo valor. El papel de trabajo debe mostrar la base fiscal del bien, la participación adjudicada, el tipo de beneficiario y el orden en que se imputan los beneficios.

¿Cómo se determina el valor de una herencia o donación?

La base no corresponde necesariamente al valor que las partes decidan incluir en la escritura de donación, en el inventario o en la partición.

El artículo 303 del ET establece como regla general el valor que tengan los bienes y derechos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la liquidación de la sucesión o al perfeccionamiento del acto gratuito. La misma norma contiene reglas especiales según la naturaleza del bien.

En el caso de inmuebles, por ejemplo, la DIAN precisó que:

  • Los obligados a llevar contabilidad aplican el costo fiscal correspondiente.
  • Los no obligados a llevar contabilidad consideran el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el autoavalúo y el avalúo catastral actualizado.

El valor aprobado dentro del proceso sucesoral no sustituye por sí solo las reglas fiscales.

¿Cuánto está exento en las indemnizaciones por seguros de vida?

Las indemnizaciones recibidas por seguros de vida constituyen ganancias ocasionales. La parte que no exceda de 3.250 UVT se considera exenta y el exceso se grava con la tarifa general aplicable a las ganancias ocasionales.

Para 2025, las 3.250 UVT equivalen a:

3.250 × $49.799 = $161.846.750.

La exención vigente deriva del artículo 303-1 del ET, modificado por la Ley 2277 de 2022. Antes de la reforma, el límite era superior, por lo que no deben utilizarse topes de años anteriores.

Ejemplo

Un beneficiario recibe durante 2025 una indemnización por seguro de vida de $250.000.000:

  • Ingreso por seguro: $250.000.000.
  • Ganancia ocasional exenta: $161.846.750.
  • Ganancia ocasional gravable: $88.153.250.
  • Impuesto al 15 %: $13.222.988, aproximadamente.

La indemnización completa se registra dentro de los ingresos por ganancias ocasionales y la porción exenta se informa separadamente en el formulario.

¿Cómo tributan las loterías, rifas, apuestas y premios?

Los premios obtenidos ocasionalmente en loterías, rifas, apuestas y conceptos similares tienen una tarifa del 20 %, diferente de la tarifa general del 15 %.

Cuando el premio es en dinero, la base corresponde al valor efectivamente recibido. Cuando se entrega en especie, debe considerarse el valor comercial del bien al momento de la entrega. Para un ganador ocasional no existe un costo asociado que pueda restarse del premio.

El impuesto debe ser retenido por la persona o entidad encargada de pagar el premio. Sin embargo, esto no significa que la retención siempre sustituya la declaración de renta.

Cuando el ganador está obligado a declarar debe:

  1. Registrar el valor bruto del premio en la casilla 112.
  2. Determinar la ganancia gravable.
  3. Liquidar el impuesto del 20 % en la casilla 127.
  4. Incluir la retención practicada dentro de las retenciones del año gravable.

El instructivo del formulario 210 señala expresamente que el premio se informa sin descontar la retención practicada.

Tip Alegra: compara el certificado expedido por el operador con la información exógena de la DIAN. El valor del ingreso, la retención y el dinero neto entregado son tres cifras diferentes.

¿Cómo funciona la exención por venta de la vivienda?

La exención vigente ya no es de 7.500 UVT. Desde la Ley 2277 de 2022, pueden tratarse como exentas las primeras 5.000 UVT de la utilidad en la venta de la casa o apartamento de habitación.

Para 2025, las 5.000 UVT equivalen a:

$248.995.000.

Para acceder al beneficio deben cumplirse, entre otras, estas condiciones:

  • La casa o apartamento debe haber sido poseído durante dos años o más.
  • La totalidad de los recursos recibidos debe destinarse a los fines autorizados.
  • Los recursos pueden depositarse en una cuenta AFC del vendedor para adquirir otra casa o apartamento.
  • También pueden destinarse al pago total o parcial de créditos hipotecarios vinculados directamente con la vivienda vendida.
  • Cuando se realiza el abono directo al crédito hipotecario del inmueble vendido, no se exige el depósito previo en la cuenta AFC.
  • Los retiros de la cuenta AFC deben utilizarse exclusivamente para adquirir otra vivienda bajo las modalidades reglamentadas.

¿El inmueble debe tener un valor inferior a 15.000 UVT?

No. La Ley 2277 eliminó el parágrafo que condicionaba el beneficio a que el valor catastral o autoavalúo de la vivienda no superara 15.000 UVT.

Por tanto, el precio de venta, el avalúo catastral o el autoavalúo no constituyen actualmente ese límite de acceso. El beneficio se concentra en las primeras 5.000 UVT de la utilidad y en el cumplimiento del destino de los recursos.

Ejemplo

Una persona vende su vivienda por $700.000.000:

  • Costo fiscal: $400.000.000.
  • Utilidad: $300.000.000.
  • Recursos destinados correctamente mediante cuenta AFC: $700.000.000.
  • Exención máxima: $248.995.000.
  • Ganancia ocasional gravable: $51.005.000.
  • Impuesto al 15 %: $7.650.750.

Si no se cumple el destino exigido para la totalidad de los recursos, la exención puede perderse y la entidad financiera deberá practicar las retenciones que inicialmente no se realizaron.

¿Cuál es el tope de ganancias ocasionales para estar obligado a declarar?

Las ganancias ocasionales deben considerarse al evaluar los ingresos brutos del contribuyente, aunque posteriormente una parte o la totalidad se trate como exenta.

Para el AG 2025, el límite general de ingresos brutos es de 1.400 UVT:

1.400 × $49.799 = $69.718.600.

Por tanto, una persona puede quedar obligada a declarar por recibir una herencia, una donación, un seguro de vida o un premio, incluso si el valor termina cubierto total o parcialmente por una exención. La obligación también puede surgir por patrimonio, compras, consumos, consignaciones u otros criterios.

Tip Alegra: no confundas ingreso exento con ingreso excluido del cálculo de la obligación formal. La exención reduce la base gravable, pero no necesariamente elimina el ingreso bruto recibido.

¿Qué ganancias ocasionales están exentas en el AG 2025?

Las exenciones no pueden tomarse de la lista general de rentas exentas del impuesto sobre la renta. El impuesto complementario de ganancias ocasionales tiene sus propios beneficios.

Entre los principales se encuentran:

  • Las exenciones por inmuebles, herencias, legados, porción conyugal y donaciones del artículo 307.
  • Los libros, ropa, utensilios de uso personal y mobiliario de la casa del causante.
  • Las primeras 3.250 UVT de las indemnizaciones por seguros de vida.
  • Las primeras 5.000 UVT de utilidad en la venta de vivienda cuando se cumplen los requisitos.
  • Las exenciones reconocidas por convenios internacionales o normas supranacionales, cuando sean aplicables.

El artículo 308 del ET fue derogado por la Ley 1607 de 2012. Por ello, no debe presentarse como una exención vigente para los aportes obligatorios al sistema pensional que reciba un beneficiario después del fallecimiento del cotizante.

Tampoco debe afirmarse de manera general que cualquier premio relacionado con ciencia, tecnología o artes es una ganancia ocasional exenta. Antes de otorgar un tratamiento especial debe identificarse la norma concreta, la naturaleza del concurso y los requisitos aplicables.

¿Cuál es la tarifa de ganancias ocasionales AG 2025?

La tarifa depende del tipo de ingreso y de la condición del contribuyente. Para personas naturales residentes, la liquidación general se realiza de la siguiente manera:

Tipo de ganancia ocasionalTarifaFundamento
Venta de activos fijos poseídos dos años o más15 %Artículo 314 ET
Herencias, legados y porción conyugal15 %Artículo 314 ET
Donaciones y actos gratuitos15 %Artículo 314 ET
Liquidación de sociedades15 %Artículo 314 ET
Exceso gravado de seguros de vida15 %Artículos 303-1 y 314 ET
Loterías, rifas, apuestas y similares20 %Artículo 317 ET

La Ley 2277 aumentó la tarifa general del 10 % al 15 % desde el AG 2023. El incremento aplica tanto a las personas naturales residentes como a las no residentes y a las sociedades, aunque cada grupo se encuentra regulado por un artículo diferente.

¿En qué casillas del formulario 210 se declaran?

El formulario 210 aplicable al AG 2025 fue prescrito por la Resolución DIAN 000044 de 2024 para el AG 2023 y siguientes. Su instructivo fue modificado por la Resolución 000120 de 2024 y posteriormente compilado en la Resolución Única 000227 de 2025.

Por tanto, debe eliminarse del artículo la referencia a la Resolución 000165 de 2024 como norma que prescribió el formulario.

Las casillas aplicables son:

ConceptoCasilla del formulario 210
Ingresos por ganancias ocasionales del país y del exterior112
Costos por ganancias ocasionales113
Ganancias ocasionales no gravadas y exentas114
Ganancias ocasionales gravables115
Impuesto de ganancias ocasionales127
Descuento por impuestos pagados en el exterior por ganancias ocasionales128
Retenciones del año gravable132

La casilla 115 se obtiene restando de los ingresos de la casilla 112 los costos de la casilla 113 y las ganancias no gravadas o exentas de la casilla 114. Si el resultado es negativo, se registra cero.

En la casilla 127:

  • Se aplica el 20 % a las loterías, rifas y apuestas.
  • Se aplica el 15 % a las demás ganancias ocasionales gravables.

El sistema de diligenciamiento puede calcular por defecto una tarifa del 20 % en la opción de usuario experto, por lo que el contador debe revisar y modificar la tarifa cuando el ingreso esté sometido al 15 %.

¿Cómo Alegra Contabilidad ayuda a controlar las ganancias ocasionales?

La preparación de esta sección requiere conservar la trazabilidad de los activos, sus costos, las fechas de adquisición, los documentos de venta y los comprobantes que soportan las exenciones.

Con el módulo de activos fijos de Alegra puedes:

  • Registrar activos tangibles e intangibles.
  • Configurar su vida útil y sus cuentas contables.
  • Adjuntar imágenes y documentos de soporte.
  • Consultar la ficha y el historial del activo.
  • Registrar depreciaciones.
  • Dar de baja los activos vendidos o retirados.
  • Generar reportes contables para conciliar los movimientos.

Esta información facilita la construcción del papel de trabajo, pero el contador debe validar por separado:

  • El carácter de activo fijo o movible.
  • El tiempo fiscal de posesión.
  • El costo fiscal aceptado.
  • La procedencia de las pérdidas.
  • La exención aplicable.
  • La tarifa correspondiente.
  • La información registrada en el formulario 210.

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Te puede interesar nuestra herramienta: Guía interactiva con IA: Declaración de renta personas naturales AG 2025, que te acompaña paso a paso en la depuración de todas las cédulas del formulario 210.

Preguntas frecuentes sobre ganancias ocasionales AG 2025

Estas son las dudas que se presentan con mayor frecuencia al preparar la declaración de personas naturales con ventas de activos, herencias, donaciones, seguros o premios.

¿Las pérdidas de la renta ordinaria pueden compensar ganancias ocasionales?

No. La renta ordinaria y las ganancias ocasionales se determinan independientemente. Una pérdida de rentas no laborales, de capital o de trabajo independiente no puede reducir la ganancia ocasional gravable.

Dentro de la sección de ganancias ocasionales pueden restarse las pérdidas ocasionales procedentes, pero deben respetarse las restricciones del artículo 312 del ET.

¿La venta de un vehículo siempre genera ganancia ocasional?

No. Para que la utilidad sea ganancia ocasional, el vehículo debe:

  • Tener la calidad de activo fijo.
  • Haber sido poseído durante dos años o más.
  • Venderse por un valor superior a su costo fiscal.

Si fue poseído por menos de dos años, la utilidad es renta ordinaria. Si se vende por debajo del costo, debe analizarse si existe una pérdida ocasional fiscalmente aceptada.

¿La venta de vivienda está exenta hasta 7.500 UVT?

No. El límite actual es de 5.000 UVT de la utilidad, equivalentes a $248.995.000 en 2025.

También se eliminó la condición que restringía el beneficio a inmuebles con avalúo catastral o autoavalúo inferior a 15.000 UVT.

¿La exención de vivienda aplica únicamente por depositar la utilidad en una AFC?

No. La norma exige controlar la totalidad de los dineros recibidos por la venta, no únicamente el valor de la utilidad.

Los recursos deben depositarse en una cuenta AFC para adquirir otra vivienda o utilizarse directamente para pagar uno o varios créditos hipotecarios vinculados con el inmueble vendido.

¿Una donación en dinero tiene una exención de 3.250 UVT?

No. La exención de 3.250 UVT corresponde a la porción conyugal y a las herencias o legados recibidos por el cónyuge y cada heredero o legatario.

Las donaciones y demás actos jurídicos gratuitos entre vivos tienen una exención del 20 % del valor recibido, limitada a 1.625 UVT —$80.923.375 en 2025—.

¿La retención sobre una lotería reemplaza la declaración?

No necesariamente. Primero deben revisarse todos los requisitos para determinar si el ganador está obligado a declarar.

Cuando debe presentar el formulario 210, registra el premio bruto, liquida la tarifa del 20 % y descuenta la retención certificada por el pagador.

¿Una ganancia ocasional exenta cuenta para los topes de declaración?

Sí. La exención se aplica al depurar el impuesto, pero el ingreso bruto recibido puede incidir en la obligación formal de declarar.

Por ejemplo, una herencia cubierta por las exenciones del artículo 307 puede no producir impuesto y, aun así, superar el límite de ingresos o de patrimonio aplicable al contribuyente.

¿Las herencias se declaran cuando fallece el causante?

Por regla general, la ganancia ocasional del heredero se causa cuando queda ejecutoriada la providencia judicial que aprueba la partición o adjudicación. En las sucesiones tramitadas ante notario debe revisarse la fecha en que se perfecciona la adjudicación correspondiente.

Fuentes oficiales

Consulta las normas oficiales que sustentan este análisis:

¿Has enfrentado casos donde el cliente vendió una vivienda familiar y quiere aplicar la exención del artículo 311-1? Cuéntanos en los comentarios cómo validas los requisitos del AFC. No olvides que en la sección de impuestos de Siempre Al Día encontrarás más contenido para acompañarte durante el pico de renta AG 2025.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

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Moises Mejia Reyes
Moises Mejia Reyes
1 año hace

Buenos días, como puedo saber si en verdad soy beneficiario de una ganancia ocasional, y si fuera así, que debo hacer para recibirla, a mi se me pide un número de cuenta ,es normal eso,

Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  Moises Mejia Reyes

Hola Moises, gracias por ser parte de la comunidad Siempre Al Día. Respecto a tu pregunta, para validar la legitimidad de una ganancia ocasional según su origen, puedes realizar las siguientes verificaciones:

1. Enajenación de activos fijos: Si vendiste un activo fijo (como un inmueble o vehículo) que estuvo en tu patrimonio por dos años o más, verifica los documentos de compra y venta.
2. Liquidación de sociedades: En caso de recibir ingresos por la liquidación de una sociedad que existió por dos años o más, revisa el acta de liquidación y los estados financieros.
3. Herencias, legados o donaciones: Valida la autenticidad del testamento o escritura pública en notarías o registros civiles.
4. Premios de loterías, rifas o apuestas: Confirma con la entidad responsable del pago (por ejemplo, empresas operadoras de loterías) que el premio es legítimo. Estas entidades deben aplicar retención en la fuente al momento del pago.

En cualquier caso, evita compartir información bancaria sin verificar la fuente y consulta con un contador especializado si tienes dudas, para que te asegures de cumplir con las obligaciones fiscales que implica recibir una ganancia ocasional.

Olga Rincon
Olga Rincon
1 año hace

Buenas tardes si el causante tiene un apartamento arrendado y una casa desocupada pero debido al mal estado de la casa y a su avanzada edad debe vivir con otros familiares, cual sería la casa de habitación excenta de ganancia ocasional? Es una herencia.

Último editado 1 año hace por Olga Rincon
Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  Olga Rincon

¡Hola Olga! Gracias por leer nuestros contenidos. Para efectos tributarios, en términos de ganancia ocasional, cuando se habla de casa o apartamento de habitación de una persona natural, se hace referencia, al inmueble donde reside de forma permanente y del cual ha sido propietaria dicha persona.

jair
jair
1 año hace

si me gano 10 millones en una apuesta debo declarar por ganancia ocasional?

Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  jair

Hola, Jair. ¡Gracias por tu comentario y por formar parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Sobre tu inquietud, para saber si estás obligado a declarar renta por el año gravable 2024 (que se presenta en 2025), debes revisar si cumples con los topes establecidos en alguna de estas categorías: ingresos brutos, consignaciones, consumos totales, consumos con tarjeta de crédito, patrimonio, depósitos o inversiones. Los $10.000.000 que mencionas no se incluirían dentro de tus ingresos brutos por la excepción que contempla el paragrafo 1 del artículo 1.6.1.13.2.7 del Decreto 1625 de 2026. Pero si fueron depositados en una cuenta bancaria, cuentan en el tope de las consignaciones. Si al evaluar estos conceptos superas los límites definidos por la ley, estarías obligado a presentar la declaración de renta. Además, lo ganado por apuestas deberías reportarlo en la sección de ganancias ocasionales.

Te invitamos a consultar nuestro editorial sobre los requisitos que obligan a declarar renta, donde podrás resolver más dudas. Ten en cuenta que, para el año gravable 2024, el valor de la UVT es de $47.065, el cual se usa para convertir los topes a pesos. ¡Esperamos que esta información te sea útil!

Enrique vera
Enrique vera
11 meses hace

Buenas noches gracias por todas sus explicaciones, tengo una duda si en una sucesion de herencia aparte de la casa de habitación del causante como ejemplo existiera otro apartamento y un lote, la exención descrita en numeral 3 de las ganancias ocasionales exentas aplica individualmente para el valor del apartamento y el valor del lote adicional a la casa de habitación del causante? 

Siempre Al Día
Editor
11 meses hace
Responder a  Enrique vera

Hola Enrique. ¡Gracias por leer nuestros contenidos y participar activamente! Con relación a tu consulta; interpretamos que el numeral 3 establece que están exentas las primeras 3,250 UVT del valor de las asignaciones que reciba el cónyuge supérstite y cada uno de los herederos o legatarios. Por lo tanto, cada heredero puede restar hasta 3.250 UVT de la asignación. Recuerda que la Dian ha reiterado en los Oficios 33116 de 2015, 1361 de 2021 y 1292 de 2021 que las rentas exentas de los numerales 1 y 2 son concurrentes con las establecidas en los numerales 3 y 4; por ejemplo el bien inmueble de casa de habitación tiene su renta exenta particular y también podrá beneficiarse de la renta exenta referida al total de asignaciones si corresponde según el tipo de persona que reciba el bien. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Te invitamos a ver este video para que conozcas las funcionalidades que Alegra ha desarrollado con Inteligencia Artificial para facilitar tu trabajo diario.

Enrique vera
Enrique vera
11 meses hace
Responder a  Siempre Al Día

Muchas gracias por su respuesta siempre sus publicaciones son de mucha ayuda, pero específicamente me refería era al numeral de «el equivalente a las primeras 6.500 uvt de inmuebles diferentes a la vivienda de habitaci6de propiedad del causante», para un ejemplo práctico si un heredero recibe un apartamento por 100 millones y un lote por 50 millones, como se aplicaría en este caso, como ésta exenta es nueva no tengo claro como se aplicaría.

Juan Manuel Rodríguez
Juan Manuel Rodríguez
11 meses hace

Hola. Desde ya, mil gracias por su respuesta. En el caso de haber recibido una herencia, además de la ganancia ocasional se deben registrar los inmuebles en el patrimonio en caso de no haberlos vendido en el mismo año gravable de recibir la herencia?

Siempre Al Día
Editor
11 meses hace

Hola Juan Manuel. ¡Gracias por leer nuestros contenidos e interactuar a través de tus consultas! Respecto a tu inquietud, efectivamente, cuando se recibe una herencia se deben considerar dos momentos distintos en la declaración de renta:

a. Ganancia ocasional: La herencia como tal se declara en este concepto el año en que fue recibida.

b. Patrimonio: Si los bienes heredados (por ejemplo, un inmueble) no se venden en ese mismo año gravable, debe incluirse dentro del patrimonio del contribuyente en la declaración de renta, reportando su valor fiscal conforme a las normas vigentes.

En resumen: en el año de la herencia declaras la ganancia ocasional, y a partir de ahí, mientras conserves los bienes heredados, estos hacen parte de tu patrimonio hasta que los vendas o se transfieran. Te invitamos a ver este video para que conozcas las funcionalidades que Alegra ha desarrollado con Inteligencia Artificial para facilitar tu trabajo diario.

Miguel angel angarita
Miguel angel angarita
11 meses hace

Buenas tardes tengo una consulta , me gane un chance de millón 261mio , este año me tocó declarar renta porq supere los topes , y en la página de la DIAN me sale que tengo que pagar 252mil , edite el formulario y puse la cantidad que me gane osea el millón 261mil en ganancias ocasionales no gravables y exentas , y ahora me sale que en 0 o sea que no tengo que pagar , pero me da miedo prestarla así, porq depronto me ponen una multa , quisiera saber si puedo hacer eso o no . Según tengo entendido por la cantidad que me gane no deberían cobrarme impuestos . Gracias espero su respuesta

Siempre Al Día
Editor
11 meses hace

Hola Miguel. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Con relación a tu inquietud, la ganancia de un “chance” o lotería se considera ganancia ocasional gravable, no exenta. Por lo tanto:

a. La tarifa aplicable es del 20 % sobre el valor total del premio.
b. Ese 20% corresponde aproximadamente a los $252.000 que te salió en el formulario (1.261.000 × 20%= 252.200).
c. No puedes ubicar ese monto como ganancias ocasionales no gravables o exentas, porque la ley tributaria solo exime ciertos casos muy específicos (por ejemplo, donaciones o herencias hasta un límite), pero no premios de juegos de suerte y azar.

Si presentas la declaración poniendo el premio como exento y no pagas el impuesto que corresponde, la Dian podría considerarlo como una inexactitud en la declaración, con riesgo de intereses y sanciones. En todo caso, siempre te recomendamos revisar y validar si la información del reporte de terceros y la de la declaración sugerida corresponden a tu realidad, dado que estos reportes son solo una guía. Te invitamos a leer sobre este tema en nuestro artículo: Información reportada por terceros a la Dian por el año gravable 2024: ¡Ya se encuentra disponible! y adicionalmente de ser necesario asesorarte con un profesional contable para que pueda orientarte en sí los demás rubros incluidos en tu declaración de renta están siendo utilizados de forma correcta. Por ello te recomendamos la red de profesionales de Alegra.

Antonio Grisales
Antonio Grisales
11 meses hace

Gane un chance por valor de $1.041.000
Debo pagar impuesto de ganancias ocasionales?
Gracias

Siempre Al Día
Editor
11 meses hace
Responder a  Antonio Grisales

Hola Antonio. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día y por interactuar con nuestros artículos! Si cumples los requisitos para declarar renta y ganaste un chance; sin importar el valor de este, debes pagar el impuesto a las ganancias ocasionales correspondiente al 20% del valor; sin la posibilidad de imputar alguna parte como exenta; dado que el Estatuto Tributario no contempla alguna exención para este tipo de conceptos. Cuando el pagador del premio, practica retención en la fuente sobre el valor pagado; este sería el único concepto que se podría restar en la casilla correspondiente a las retenciones en la fuente.

Enrique vera
Enrique vera
11 meses hace

Buenas tardes, dónde me puedo comunicar para consulta sobre la. Liquidación de unas ganancias ocasionales en una susecion. Si existe esta opción y necesito información del costo

Siempre Al Día
Editor
11 meses hace
Responder a  Enrique vera

Hola Enrique. Gracias por tu consulta. Respecto al tema, desde el Equipo Siempre Al Día, no ofrecemos asesoría personalizada ni fijamos costos de servicios desde el portal, pero puedes encontrar contadores y asesores expertos que te orienten directamente a través de la red de profesionales de Alegra. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día!

Julio cesar
Julio cesar
11 meses hace

Buenas tardes, por exceder el valor de movimientos de cuentas, tengo que declarar renta. En la declaración sugerida, me aparece como ganancia ocacional, el traspaso a persona indeterminada de un vehículo modelo 1976, son cerca de 230 mil de impuesto, es válido ese cobro?, si no es así, como puedo solucionarlo?. Gracias.

Siempre Al Día
Editor
11 meses hace
Responder a  Julio cesar

Hola Julio. ¡Gracias por leer nuestros contenidos y ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Respecto a tu consulta, debes tener en cuenta que la ganancia ocasional se origina cuando se vende o transfiere un activo fijo (como un automóvil) que ha estado en el patrimonio por 2 años o más. El impuesto se calcula sobre la diferencia entre el valor de transferencia y el costo fiscal del bien. Para vehículos, no aplica exención y la tarifa vigente es del 15% sobre la ganancia obtenida, siempre que se deba declarar renta.

Cuando el traspaso se realiza a persona indeterminada, se considera que hubo transferencia de dominio, lo cual puede generar la obligación de liquidar la ganancia ocasional si existe utilidad. El monto de $230.000 de impuesto será correcto únicamente si corresponde a la liquidación sobre el valor de utilidad fiscal. Te invitamos a recibir una asesoría personalizada a través de nuestra Red de profesionales Alegra. Adicionalmente puedes suscribirte a nuestro newsletter gratuito para que estés informado sobre estos temas.

velez
velez
11 meses hace

Buen día, maravilloso articulo y muy útil, tengo una consulta:
Una persona que recibió un terreno en donación en el año 2012, (para estos años no declaraba renta), y lo entrega en Dación de pago en el año 2024, como se clasificaría este movimiento, una Ganancia ocasional y el costo seria 0 ? dado que fue una donación por medio de la cual recibió el terreno o se podrá tomar como un costo, el valor por el cual fue donado el inmueble ?

Siempre Al Día
Editor
11 meses hace
Responder a  velez

Hola Velez. ¡Nos alegra que el artículo te haya sido de utilidad y que puedas interactuar con nuestros contenidos! Respecto a tu consulta, en nuestro criterio interpretamos que:

a. La recepción del terreno en donación en 2012 para el receptor constituyó una ganancia ocasional en ese momento, pues según el Estatuto Tributario colombiano las donaciones son consideradas ganancia ocasional, afectando el patrimonio del donatario y potencial impuesto a pagar según el valor declarado o comercial del bien al momento de la donación. Pero en este año entendemos que la persona no tuvo la obligatoriedad de declarar.

b. Respecto a la entrega del terreno en dación de pago en 2024, este acto se considera una forma de enajenación o extinción de la obligación mediante la entrega de un bien. Para efectos fiscales, esta dación de pago se debe tratar como una enajenación donde se puede generar ganancia ocasional por el tiempo de posesión del bien (2 años o más).

c. El costo fiscal para efectos de la enajenación sería el valor fiscal o costo fiscal que se le asignó al bien en la donación (no cero), considerando ajustes y depreciaciones según corresponda, pues normalmente el costo fiscal es el valor declarado en la donación.

Sin embargo, como tu caso es tan específico, te recomendamos buscar una asesoría personalizada, por ejemplo, en nuestra Red de profesionales de Alegra podrás encontrar la persona que podrá guiarte en este proceso. Te invitamos a suscribirte a nuestro newsletter gratuito para que todas estas tendencias lleguen directamente a tu correo. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día!

carlos
carlos
10 meses hace

si me gano una rifa de $200.000; y estoy obligado a declarar. debo pagar el 20% de renta que seria $40.000. (no practicaron retencion en el momento del pago)

Siempre Al Día
Editor
10 meses hace
Responder a  carlos

Hola, Carlos. Gracias por seguir nuestros contenidos. Debes tener en cuenta tres cosas en este caso. En primer lugar, el impuesto de ganancia ocasional acompaña al impuesto de renta, por lo que primero debes validar si estás obligado a declarar renta para poder declarar la ganancia ocasional. En segundo lugar, de acuerdo con los artículos 304 y 317 del Estatuto Tributario, del valor de lo que recibiste como ingresos por la rifa se liquidaría un impuesto de ganancia ocasional del 20 %. Y por último, en cuanto a la retención seguramente no te la hicieron porque el monto no supera la cuantía mínima para practicar retención que es de 48 UVT que para 2025 es de $2.390.000.

Marlon Castaño
Marlon Castaño
10 meses hace

Hola buen día….excelente artículo, gracias por compartir. Me gustaría resolver algunas inquietudes: estoy en un proceso de una sucesión que se falló a favor en un juzgado en el año 2024, aproximadamente 30 herederos con porcentajes distintos:
– Se debe declarar está ganancia ocasional en el 2025, así no estén todas las propiedades registradas o notariadas a los herederos ?
– Si recibo, por ejemplo, 150 millones en estos bienes(propiedades, efectivo, etc.), cual sería la exención, descuento o a cuáles tendría derecho.
– Si pago el porcentaje de la ganancia ocasional correspondiente y resulta que se pagó de más, es posible una correción y una devolución por el valor excedido ?

Siempre Al Día
Editor
10 meses hace
Responder a  Marlon Castaño

Hola Marlon. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Respecto a tu consulta, La ganancia ocasional generada por la adjudicación de la herencia debe declararse en la declaración de renta del año gravable en que se falle la sucesión judicial. En Colombia existen varias exenciones para ganancias ocasionales por herencias, que se pueden aplicar de forma concurrente según las condiciones de cada bien y beneficiario:

a. Porción conyugal, herencias o legados para cada heredero legitimario o cónyuge supérstite: hasta 3.250 UVT por cada heredero, que se aplica sobre el valor recibido individualmente.

b. Exención por vivienda principal del causante: hasta 13.000 UVT, que se reparte proporcionalmente entre todos los herederos que reciban esta vivienda.

c. Exención por otros bienes inmuebles diferentes a la vivienda de habitación: hasta 6.500 UVT para el conjunto de estos bienes. Es decir, si un heredero recibe dos o tres inmuebles que no son vivienda principal, la exención total máxima que puede aplicar es de 6.500 UVT para todos esos bienes en conjunto, no por cada inmueble.

Ahora, si después del pago del impuesto por ganancia ocasional se determina que hubo un pago en exceso, es posible presentar una declaración corregida ante la Dian para ajustar el valor pagado y solicitar la devolución o compensación del valor excedente, conforme a los procesos y requisitos establecidos en la normativa tributaria vigente. Como tu caso es tan específico te recomendamos buscar una asesoría personalizada, por ejemplo en nuestra Red de profesionales Alegra. Para que profundices en el tema de las correcciones y los tiempos aplicables te compartimos nuestro artículo: ¿Cómo realizar una corrección en la declaración de renta?

Santiago Andrade
Santiago Andrade
10 meses hace

Hola buen dia, espero esten muy bien.
Quisiera saber si al haber vendido una propriedad que tenia como desde hace 10 años en el año 2024 por $180,000,000 millones debo declarar y pagar impuesto a la renta, ya valide la declaracion sugerida y me dice que es $0, pero agradezco me saquen de la duda gracias.

Siempre Al Día
Editor
10 meses hace
Responder a  Santiago Andrade

Hola Santiago. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Con relación a tu inquietud, los requisitos que obligan a declarar son aquellos relacionados con tu responsabilidad frente al IVA, el valor de tus ingresos, patrimonio, consignaciones, inversiones, consumos o compras en los topes que explicamos en nuestro artículo: Personas naturales obligadas a declarar renta 2024 en Colombia. Por ejemplo si ese dinero fue consignado a tu cuenta, claramente cumplirías el requisito de consignaciones por el 2024 dado que este valor superaría los $65.891.000 o incluso el de ingresos. Ahora frente al valor del impuesto, como el bien fue poseído por 2 años o más, la ganancia obtenida de la venta se considera una ganancia ocasional que tributa con la tarifa del 15 % y para su determinación se deben revisar varias variables. Recuerda que la declaración sugerida es solo una guía (es responsabilidad del contribuyente verificar que la información si corresponda a la realidad y se apliquen las normas tributarias correspondientes, dado que hay información que la Dian no posee y solo la posee el contribuyente). Por tanto, como tu caso es tan específico y se deben revisar varias variables para determinar si hubo o no ganancia ocasional te recomendamos buscar asesoría personalizada como por ejemplo la que se ofrece en nuestra Red de Profesionales de Alegra.

Elmer Bonilla
Elmer Bonilla
7 meses hace

Tengo entendido que, por expresa disposición del paragrafo 1 del art 1.6.1.13.2.7 del DUR, la venta de activos fijos no cuenta dentro del computo de los ingresos para declarar, por tanto, creo que me confunde lo siguiente: «las ganancias ocasionales pueden influir en el tope de ingresos…», por tanto es conveniente aclarar que esto aplica para el resto de ganancias ocacionales y no para venta de activos fijos ni por rifas apuestas y similares.

Siempre Al Día
Editor
7 meses hace
Responder a  Elmer Bonilla

Hola Elmer. ¡Gracias por tu comentario! Tienes razón en la excepción que comentas, ya acabamos de ajustar nuestra mención al impacto de las ganancias ocasionales aclarando que sí podrían influir en el tope de consignaciones y toda la interpretación reglamentaria que se ha dado frente al artículo 1.6.1.1.3.2.7 del Decreto 1625 de 2016 que mencionas y que hace alusión al artículo 593 del ET. ¡Gracias por ayudarnos a mejorar nuestros contenidos y ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día!

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