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Periodicidad del IVA e inicio de actividades: ejemplos prácticos para entender su aplicación

La interpretación del inicio de actividades en la determinación de la periodicidad del IVA suele generar muchas dudas. En este artículo analizamos tres doctrinas clave de la Dian respecto a este tema para que lo entiendas de manera correcta y así evites sanciones y reprocesos.

Equipo Siempre Al Díа

Actualizado el: 06 Mar 2025

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7 min de lectura

Periodicidad del IVA

¿Cuál es la periodicidad del IVA en Colombia?

Según los artículos 600 y 915 del Estatuto Tributario —ET—, la periodicidad del IVA puede ser bimestral, cuatrimestral o anual. A continuación, te explicamos cada una:

BimestralCuatrimestralAnual
◉ Grandes contribuyentes.

◉ Personas naturales y jurídicas con ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT en el año anterior ($4.329.980.000 por 2024, para las declaraciones en 2025).

◉ Responsables indicados en los artículos 477 y 481 del ET.

◉ Prestadores de servicios del exterior.

◉ Nuevos responsables de IVA que inicien actividades en el año.
Personas naturales y jurídicas con ingresos inferiores a 92.000 UVT en el año anterior ($4.329.980.000 por 2024, para las declaraciones en 2025).Contribuyentes del Régimen Simple de Tributación —RTE—, sin importar el nivel de ingresos (artículo 915 del ET).

Tip Alegra: Según el Concepto Dian 283 de 2021 y el Decreto 2229 de 2023 los ingresos considerados para determinar los topes son solo aquellos de operaciones gravadas y/o exentas.

¿Cómo se determina la periodicidad del IVA cuando se inician actividades?

Muchos contadores se preguntan: ¿Cómo interpretar el inicio de actividades en términos de periodicidad del IVA?

El artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 de 2016 establece que los nuevos responsables del IVA deben presentar su declaración de forma bimestral. El período gravable se cuenta desde la fecha de inicio de actividades hasta el final del período correspondiente.

Sustento doctrinal con relación a la periodicidad del IVA en el inicio de actividades

Al respecto del tema, a continuación relacionamos doctrinas relevantes emitidas por la Dian:

DoctrinaTesis
Concepto 008724 de 2015La Dian aclaró que la calidad de responsable del IVA se adquiere desde el momento en que se realicen hechos generadores del impuesto, sin que la fecha de constitución de la empresa o su inscripción en la Cámara de Comercio tenga incidencia en ello.

Esta interpretación se fundamenta en el artículo 600 del ET el cual establece una distinción clara entre:

a. Responsables del IVA que ya ostentaban esta calidad en el año gravable anterior.
b. Nuevos responsables que adquieren dicha condición dentro del ejercicio fiscal en curso.
Oficio 12221 de 2017La Dian aclaró que los contribuyentes del régimen simplificado (hoy no responsables de IVA) que realizaban actividades gravadas o exentas debían llevar un libro fiscal de registro de operaciones. Además, debían verificar sus ingresos del año anterior para determinar si su declaración de IVA sería bimestral o cuatrimestral. Si no realizaban operaciones gravadas ni exentas, debían presentar la declaración de IVA de forma bimestral, siendo catalogados como nuevos responsables.
Oficio 010619 de 2018La Dian reiteró lo señalado en el Concepto 008724 de 2015.

Esto significa que un contribuyente se convierte en responsable del IVA desde el momento en que realiza su primera operación gravada o exenta, ya sea mediante la enajenación de bienes o la prestación de servicios sujetos al impuesto, sin que la fecha de inscripción en la Cámara de Comercio o en el RUT tenga incidencia en este proceso.
Reglas clave para la determinación de la periodicidad del IVA

Te puede interesar nuestro editorial: IVA 2025: lo que debes revisar sobre los topes y las fechas de presentación aplicables, en donde profundizamos los requisitos a evaluar para poder operar como no responsable de este impuesto.

Casos prácticos

EjemploPeriodicidad de IVAJustificación
La empresa ABC SAS fue constituida en octubre de 2024, registrándose en la Cámara de Comercio y obteniendo su RUT. Sin embargo, durante todo ese año no realizó ninguna venta ni operación comercial. En enero de 2025, la empresa concretó su primera venta de bienes gravados con IVA, lo que generó automáticamente su condición de responsable del impuesto.BimestralAunque la empresa fue constituida en 2024, su calidad de responsable del IVA no se activó en ese momento, sino en 2025, cuando realizó su primera venta de bienes gravados o exentos.

Adquiere la calidad de nuevo responsable del IVA. Deben presentar su declaración de forma bimestral durante el año en que adquieren dicha calidad.

Al iniciar el 2026, deberá evaluar los ingresos brutos obtenidos en 2025 (considerando solo aquellos provenientes de operaciones gravadas y exentas) para determinar si mantiene la periodicidad bimestral o si, por no superar el umbral de 92.000 UVT, puede cambiar a cuatrimestral.
En 2024, una persona natural inicia una actividad económica que está excluida del IVA, lo que significa que no tiene la obligación de recaudar ni declarar este impuesto.

Sin embargo, en 2025, esta persona amplía su actividad económica e incorpora la venta de bienes o la prestación de servicios gravados con IVA. Durante el año, sus ingresos aumentan y supera el umbral de 3.500 UVT, lo que activa su responsabilidad frente al IVA.
BimestralEn 2025, esta persona se convierte en un nuevo responsable del IVA, lo que significa que debe empezar a presentar su declaración de manera bimestral, sin importar que su inscripción en la Cámara de Comercio o su registro en el RUT haya ocurrido en 2024.

Sin embargo, al finalizar 2025, deberá evaluar sus ingresos brutos obtenidos durante ese año para determinar si en 2026 sigue con periodicidad bimestral o si puede cambiar a cuatrimestral, según los topes establecidos.
En 2023 y 2024, una persona natural inició actividades con operaciones gravadas o exentas de IVA, pero cumplió con las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437 del ET para ser no responsable de IVA. Esto implicó que no estaba obligada a facturar ni declarar IVA. Sin embargo, en 2025, al superar el umbral de 3.500 UVT en ingresos por operaciones gravadas, se convierte automáticamente en responsable de IVA.Bimestral: si los ingresos brutos por operaciones gravadas o exentas en 2024 fueron iguales o superiores a 92.000 UVT. 
Cuatrimestral: si los ingresos brutos por operaciones gravadas o exentas en 2024 fueron inferiores a 92.000 UVT.
Aunque esta persona natural adquiere formalmente la calidad de responsable del IVA en 2025, lo cierto es que desde 2023 ya realizaba operaciones generadoras de IVA. 

¿Por qué no era responsable de IVA antes?
Porque hasta 2024 cumplía con las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437 del ET, lo que le permitía permanecer exonerado de esta obligación a pesar de realizar actividades gravadas o exentas.

¿Cómo se determina su responsabilidad en 2025?
En 2025, al superar el umbral de 3.500 UVT en ingresos por operaciones gravadas, se activa su responsabilidad de facturar IVA y presentar declaraciones. Sin embargo, para determinar la periodicidad de sus declaraciones en 2025, debe evaluar los ingresos de 2024. Como no superó las 92.000 UVT en ese año, su periodicidad será cuatrimestral. En 2026, evaluará los ingresos de 2025 para determinar si debe cambiar a bimestral.

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Cambio de periodicidad del IVA: ¡Atención a los tiempos!

La periodicidad del IVA rige durante todo el año calendario y solo puede modificarse en la primera declaración del año siguiente.

Te puede interesar nuestro editorial Periodicidad del IVA al cambiar de régimen: traslado del régimen simple al ordinario.

Ejemplo: Si una empresa en 2025 presenta IVA cuatrimestral pero a mediados de ese año supera las 92.000 UVT, deberá continuar como cuatrimestral hasta finalizar 2025 y cambiar a bimestral en 2026.

Tip Alegra: Los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación declaran el IVA de forma anual, sin importar los ingresos.

¿Cambia el formulario de IVA según la periodicidad?

No. Independientemente de si la periodicidad es bimestral, cuatrimestral o anual, el formulario para declarar el IVA es el 300.

Tip Alegra: Los contribuyentes del régimen simple de tributación deben presentar anticipos bimestrales a través del formulario 2593.

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Según la doctrina de la Dian ¿cuándo se adquiere la calidad de responsable del IVA? Comparte tu respuesta en los comentarios y sigue explorando Siempre Al Día para estar al tanto de las novedades fiscales y contables.

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Yesenia
Yesenia
1 mes hace

Muy buen artículo. Es un tema muy importante en nuestra profesión y con los ejemplos prácticos queda todo súper claro. Muchas gracias!!

Siempre Al Día
Editor
1 mes hace
Responder a  Yesenia

¡Hola Yesenia! Nos alegra mucho que te haya sido útil. En Siempre Al Día trabajamos para brindar contenido claro y práctico para la profesión. Gracias por tu comentario, y si hay algún otro tema que te interese, cuéntanos para ayudarte.

Javier
Javier
1 mes hace

Si una persona natural del régimen simple de tributación completa las 3.500 UVT en Marzo de 2024, debe empezar a recaudar y pagar el IVA a partir del siguiente periodo, es decir Mayo-Junio de 2024 o lo haría a partir del año siguiente es decir Enero de 2025???

Siempre Al Día
Editor
1 mes hace
Responder a  Javier

Hola Javier, gracias por tu interés en nuestros contenidos. Según el artículo 508-2 del Estatuto Tributario, cuando un contribuyente supera el tope de 3.500 UVT, adquiere la responsabilidad de recaudar y pagar el IVA desde el período inmediatamente siguiente a aquel en el que dejó de cumplir los requisitos para seguir como no responsable de este impuesto. Dado que en este caso la persona natural del Régimen Simple supera las 3.500 UVT en marzo de 2024, y la periodicidad de presentación del RST es bimestral (según el formulario 2593, con la obligación de presentar la declaración anual consolidada en el formulario 300 en el 2025), el tope se estaría superando en el bimestre marzo-abril de 2024.
Por lo tanto, la obligación de recaudar y pagar el IVA iniciaría a partir del siguiente bimestre, es decir, desde mayo-junio de 2024.

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