Descuentos tributarios en renta de personas naturales AG 2025: 6 conceptos

En la declaración de renta AG 2025, las personas naturales residentes cuentan con 6 descuentos tributarios que se restan directamente del impuesto: impuestos exterior, dividendos, I+D+i, donaciones ESAL, becas e IVA en bienes de capital. Aquí topes, casillas F210 y ejemplos.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Equipo Alegra

Actualizado el: 16 Jul 2026

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Descuentos tributarios en renta de personas naturales

Los descuentos tributarios en renta de personas naturales no son deducciones ni rentas exentas: son valores que se restan directamente del impuesto a cargo, después de calcular el impuesto sobre la base gravable. Por eso su impacto en el impuesto final es peso a peso, sin verse limitados por el tope de 40 % / 1.340 UVT que aplica a rentas exentas y deducciones. Para la declaración AG 2025 (12 de agosto al 26 de octubre de 2026, según el Comunicado DIAN 128 de 2025), estos son los 6 descuentos vigentes para personas naturales.

La Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 introdujo cambios importantes: creó el descuento del 19 % por dividendos gravados que se calcula sobre la base en UVT restándole 1.090 UVT (art. 254-1 ET) y ajustó el límite general del artículo 259 del Estatuto Tributario. Aquí encontrarás cada uno con sus topes en UVT y en pesos con la UVT 2025 ($49.799).

  • ¿Cuál es la fórmula del descuento del art. 254-1 AG 2025? (Base gravable en UVT − 1.090 UVT) × 19 %, aplicado sobre las rentas líquidas gravadas por la tabla del art. 241 del ET.
  • ¿Cuánto descuento aplica en donaciones a ESAL RTE? El 25 % del valor donado, según el artículo 257 del Estatuto Tributario.
  • ¿Dónde se declaran? Casillas 130 a 132 de la cédula de descuentos del formulario 210 AG 2025. El descuento por dividendos se refleja en la casilla 124.

¿Cuáles son los descuentos tributarios en renta de personas naturales por el AG 2025?

Estos son los 6 descuentos tributarios vigentes para personas naturales residentes en la declaración de renta AG 2025, con sus topes y bases normativas:

Descuento tributarioNormaAplicación AG 2025
1Impuestos pagados en el exteriorArt. 254 ETHasta el monto del impuesto de renta atribuible a la misma renta
2Dividendos y participaciones (PN residentes)Art. 254-1 ET(Base gravable en UVT − 1.090 UVT) × 19 %
3Inversiones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación (I+D+i)Art. 256 ET30 % del valor de la inversión
4Donaciones a ESAL del Régimen Tributario Especial (RTE)Art. 257 ET25 % del valor donado
5Becas por impuestosArt. 257-1 ETSegún reglamentación específica del Gobierno
6IVA en la importación de bienes de capitalArt. 258-2 ET100 % del IVA pagado en la importación

1. Impuestos pagados en el exterior

Según el artículo 254 del Estatuto Tributario, las personas naturales residentes en Colombia que obtienen rentas de fuente extranjera y pagan impuesto sobre ellas en el país de origen tienen derecho a descontar ese impuesto extranjero del impuesto colombiano.

El descuento se limita al monto del impuesto de renta colombiano que corresponde proporcionalmente a la misma renta de fuente extranjera. Si el impuesto extranjero pagado es mayor que el colombiano atribuible a esa renta, el excedente no se puede descontar ni acumular a años siguientes.

Consulta la determinación de la residencia fiscal en: Guía para determinar la residencia fiscal de las personas naturales.

2. Dividendos y participaciones para personas naturales residentes (art. 254-1 ET)

El artículo 254-1 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 5 de la Ley 2277 de 2022, creó un descuento tributario del 19 % para personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas residentes que reciben dividendos.

Con la Ley 2277 de 2022, los dividendos no gravados del artículo 49 del ET dejaron de tener tabla propia y ahora se integran a la base gravable de la cédula general y de pensiones, aplicando la tabla progresiva del artículo 241 del ET. El descuento del art. 254-1 mitiga ese aumento de tributación.

Fórmula del descuento AG 2025:

Descuento tributario = (Base gravable en UVT − 1.090 UVT) × 19 %

La base gravable en UVT es la que quedó sometida a la tabla del art. 241 del ET (rentas líquidas cedulares de la cédula general, pensiones y dividendos, según el artículo 331 del ET). El descuento se calcula automáticamente por la plataforma web de la DIAN y se refleja en el renglón 124 del formulario 210.

Ejemplo AG 2025: Un contribuyente recibe $180.000.000 de dividendos no gravados. Asumiendo que no hay más rentas líquidas cedulares, la base gravable es 3.614,53 UVT ($180.000.000 / $49.799).

  • Base gravable en UVT: 3.614,53 UVT.
  • Se resta 1.090 UVT: 3.614,53 − 1.090 = 2.524,53 UVT.
  • Se multiplica por 19 %: 2.524,53 × 19 % = 479,66 UVT ($23.887.669) como descuento tributario.

Tip Alegra: este descuento aplica únicamente a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas residentes que reciben dividendos de sociedades nacionales. Amplia el cálculo paso a paso en nuestro artículo: Descuento tributario por dividendos para personas naturales.

3. Inversiones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación (I+D+i)

El artículo 256 del Estatuto Tributario permite descontar el 30 % del valor de las inversiones realizadas en proyectos calificados como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT).

La inversión debe ejecutarse en un proyecto avalado y el descuento se aplica en el año de la inversión. El excedente no aprovechado puede tomarse en los cuatro periodos gravables siguientes.

4. Donaciones a entidades sin ánimo de lucro del Régimen Tributario Especial (RTE)

Según el artículo 257 del Estatuto Tributario, las donaciones efectuadas a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial (RTE) o entidades no contribuyentes de los artículos 22 y 23 del ET dan derecho a un descuento del 25 % del valor donado.

El descuento requiere que la donación esté soportada con certificación de la ESAL beneficiaria, donde conste la fecha, el valor y el destino de la donación. La ESAL debe estar registrada y calificada en el RTE en la fecha de la donación.

5. Becas por impuestos

El artículo 257-1 del Estatuto Tributario —adicionado por la Ley 2010 de 2019— permite descontar el valor de becas otorgadas a estudiantes de bajos recursos, previa aprobación y reglamentación específica del Gobierno nacional.

En la práctica, este descuento tiene una aplicación limitada porque exige cumplimiento de requisitos reglamentarios estrictos. Verifica siempre la lista oficial de programas becables antes de aplicarlo.

6. IVA en la importación de bienes de capital

Según el artículo 258-2 del Estatuto Tributario, los responsables del IVA (personas naturales o jurídicas) que importen maquinaria pesada para industrias básicas pueden descontar del impuesto sobre la renta el 100 % del IVA pagado en la importación.

Este descuento es específico y aplica sobre todo a personas naturales con actividades industriales. Los bienes deben estar registrados como maquinaria pesada según el reglamento vigente.

¿En cuáles casillas del formulario 210 se reportan los descuentos tributarios AG 2025?

El formulario 210 AG 2025, regulado por la Resolución DIAN 000165 de noviembre 1 de 2024, ubica los descuentos tributarios en las siguientes casillas:

ConceptoCasilla F210 AG 2025
Descuento tributario por dividendos (art. 254-1 ET)124
Impuestos pagados en el exterior130
Otros descuentos tributarios (I+D+i, donaciones, becas, IVA importación)131
Total descuentos tributarios132
Impuesto neto de renta (después de descuentos)133

Los descuentos se aplican una vez calculado el impuesto sobre la renta. El impuesto neto no puede ser inferior a cero.

¿Cuáles son los límites aplicables a los descuentos tributarios AG 2025?

El artículo 259 del Estatuto Tributario —modificado por el artículo 96 de la Ley 2277 de 2022— establece que los descuentos tributarios no pueden reducir el impuesto neto por debajo del 75 % del impuesto de renta presuntiva antes de cualquier descuento.

Sin embargo, desde la Ley 2010 de 2019, la tarifa de renta presuntiva sobre patrimonio líquido es 0 % para personas naturales, por lo que en la práctica los descuentos pueden reducir el impuesto de renta hasta cero, sin generar impuesto negativo ni saldo a favor.

Tip Alegra: los descuentos tributarios se aplican en el orden que resulte más favorable al contribuyente. Prioriza los que tienen limitación de tiempo (I+D+i con excedente aprovechable a 4 años) para no perder el beneficio.

¿Cómo Alegra Contabilidad te ayuda a controlar los descuentos tributarios de tus clientes?

Documentar los soportes de cada descuento tributario —certificados de donación de ESAL, comprobantes de impuestos pagados en el exterior, avales del CNBT, certificados de IVA en importación— y rastrear excedentes trasladables a periodos siguientes puede ocupar días completos en agosto. Alegra Contabilidad te libera ese tiempo.

Con la contabilidad automatizada de Alegra puedes:

  • Registrar cada donación a ESAL con su certificado adjunto y calcular automáticamente el 25 % del descuento del artículo 257 del ET.
  • Rastrear inversiones en I+D+i con sus avales del CNBT y calcular el saldo trasladable a los próximos 4 periodos gravables.
  • Consolidar los dividendos y calcular la base gravable en UVT para aplicar el descuento del 19 % del artículo 254-1 del ET.
  • Consultar con Alegra IA dudas específicas sobre la aplicación del límite del artículo 259 del ET.

¡Realiza tu prueba gratuita por 15 días y descubre las funcionalidades que tenemos para ti!

Te puede interesar nuestra herramienta: Guía interactiva con IA: Declaración de renta personas naturales AG 2025, que te acompaña paso a paso en la depuración de todas las cédulas del formulario 210.

Preguntas frecuentes sobre descuentos tributarios en renta de personas naturales AG 2025

Estas son las dudas más comunes que tienen los contadores al aplicar descuentos tributarios en la declaración de renta AG 2025.

¿Los descuentos tributarios se pueden aplicar a la vez que las rentas exentas y deducciones?

Sí, pero operan en momentos distintos de la depuración. Las rentas exentas y deducciones se restan de la base gravable ANTES de calcular el impuesto (sujetas al tope 40 % / 1.340 UVT del art. 336 num. 3 del ET). Los descuentos tributarios se restan del impuesto calculado, sin límite del 40 % / 1.340 UVT.

Consulta rentas exentas y deducciones en Rentas exentas en personas naturales AG 2025 y Deducciones en renta de personas naturales residentes AG 2025.

¿Un contribuyente que dona a una fundación puede aplicar el descuento del 25 %?

Solo si la fundación pertenece al Régimen Tributario Especial (RTE) y está calificada por la DIAN en la fecha de la donación. La donación debe estar soportada con certificado emitido por la ESAL donde conste fecha, valor y destino. Verifica la calificación de la ESAL en el RUT antes de aplicar el descuento del artículo 257 del ET.

¿El descuento por dividendos del art. 254-1 aplica si los dividendos son de una sociedad del exterior?

No. El descuento del 19 % del artículo 254-1 del Estatuto Tributario aplica únicamente sobre dividendos distribuidos por sociedades nacionales. Los dividendos recibidos de sociedades del exterior tributan bajo las reglas de rentas de fuente extranjera y, si pagaron impuesto en origen, pueden aplicar el descuento del artículo 254 (impuestos pagados en el exterior), no el del 254-1.

Fuentes oficiales

Consulta las normas oficiales que sustentan este análisis:

¿Has aplicado el descuento del 19 % por dividendos gravados con clientes que reciben distribuciones anuales altas? Cuéntanos en los comentarios cómo validaste el cumplimiento del artículo 254-1. No olvides que en la sección de impuestos de Siempre Al Día encontrarás más contenido para acompañarte durante el pico de renta AG 2025.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

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luz angela
luz angela
1 año hace

Hola una consulta con respecto a las donaciones. Una persona natural asalariada realiza donaciones a UNICEF con oficinas en Colombia. puede este contribuyente tomarse esa donación como descuento tributario en su declaración de renta? gracias

luz angela
luz angela
1 año hace
Responder a  Dana Becerra

Muchas gracias!!!

ANYELA CRISTINA VILLARREAL QUINTERO
ANYELA CRISTINA VILLARREAL QUINTERO
1 año hace

HOLA BUENOS DIAS.. UNA CONSULTA PORFA.. UN CLIENTE TIENE COMO DESTO TRIBUTARIO DEL AÑO 2021 SOBRE ENERGIA RENOVABLE .. EN ESTE AÑO DEBERIA DE DESTONTAR MI OTRO 50/100 … Y SEGUN EL FORMATO NO TIENE POR DONDE YO DESCONTARLO ,…. ME PODRIA DAR UNA GUIA O AYUDA ,,,, PORFa

Siempre Al Día
Editor
1 año hace

Hola Anyela, gracias por leer nuestros contenidos. En el formulario 210 aplicable por el año gravable 2023, los descuentos diferentes a los impuestos pagados en el exterior y donaciones deben ser incluidos en la casilla 124.

Isabel
Isabel
1 año hace

El beneficio tributario por inversión en Gestión Eficiente de la Energía se aplica también en la casilla 124 del formulario 210? La normatividad tiene una limitación del 50%de la renta líquida, esto es aplicable para el 2024?

Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  Isabel

Hola Isabel. ¡Gracias por leer nuestros contenidos! Respecto a tu pregunta, el beneficio tributario que mencionas se encuentra regulado por el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014, modificado por el artículo 8 de la Ley 2099 de 2021, vigente todavía. Esta norma indica que procederá sobre los obligados a declarar renta sin limitar a que solo aplique a personas naturales o a personas jurídicas; es decir aplica a ambos; pero no es un descuento sino una deducción. Ten en cuenta que la deducción puede ser aplicada, en un período no mayor de 15 años, contados a partir del año gravable siguiente en el que haya entrado en operación la inversión, en lo correspondiente al 50 % del total de la inversión realizada.

El valor a deducir por este concepto en ningún caso podrá ser superior al 50 % de la renta líquida del contribuyente, determinada antes de restar el valor de la inversión.

Isabel
Isabel
1 año hace
Responder a  Siempre Al Día

Muchas gracias por su respuesta. Tengo otra inquietud, esa deducción para personal debe tener relación de causalidad con la actividad productora de la renta?

Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  Isabel

Hola Isabel. Gracias por seguir nuestros contenidos y por tu nueva consulta. Es un gusto ayudarte. Respecto a tu inquietud, es importante tener en cuenta que, según el artículo 256 del Estatuto Tributario, el descuento tributario aplica sobre la remuneración pagada a personal con título de doctorado vinculado por las empresas contribuyentes de renta. Sin embargo, para que este beneficio sea procedente, es fundamental que se cumplan las condiciones y criterios establecidos por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios —CNBT—. Entre esos criterios, se destaca que la vinculación del personal debe estar directamente relacionada con actividades de investigación, desarrollo tecnológico o innovación dentro de la empresa. Esto implica una relación de causalidad con la actividad productora de renta, ya que dichas actividades deben ser inherentes a los objetivos y operaciones que generan ingresos para la empresa.

Javier Botero
Javier Botero
1 año hace
Responder a  Siempre Al Día

Gracias por la información. Quisiera me aclaren en qué casilla se incluiría la deducción por esa inversión.

Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  Javier Botero

Hola Javier. ¡Gracias por leer nuestros contenidos y ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Si te refieres al descuento por inversiones realizadas en investigación, desarrollo tecnológico e innovación estás se reportan en el renglón 123 del formulario 210 y en el 93 en el caso del formulario 110. Ahora, si te refieres a la deducción de la que trataba el artículo 158-1 del ET, esta fue derogada por el artículo 96 de la Ley 2277 de 2022; por tanto desde las declaraciones del año gravable 2023; solo es posible aplicar el descuento tributario por dicho concepto. Te invitamos a leer nuestro editorial: Inversión en investigación y desarrollo tecnológico: beneficios tributarios en Colombia. Puedes también constatar esta información en el instructivo de cada formulario. Recuerda que puedes compartir los contenidos que más te hayan sido útiles con otros colegas para que más personas estén Siempre Al Día.

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