Deducciones en la declaración de renta de personas naturales residentes AG 2025: 9 conceptos aplicables
Estas son las 9 deducciones especiales que pueden aplicar las personas naturales residentes en la declaración de renta AG 2025, con topes en UVT y pesos, casillas del formulario 210 y el límite conjunto del 40 % / 1.340 UVT. Evita sanciones por inexactitud.
Escrito por:
Dana Becerra
Equipo Siempre Al Día
Contenido revisado por:
Equipo Alegra
Resume esta entrada del blog con:
Índice
ToggleLas deducciones especiales son, junto a las rentas exentas, la palanca más importante para reducir el impuesto a cargo de tus clientes personas naturales residentes. Pero en la declaración de renta AG 2025 —que se presenta entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026— cada deducción tiene su propio tope, su artículo del Estatuto Tributario y su casilla en el formulario 210.
En este artículo vas a encontrar las 9 deducciones en renta de las personas naturales vigentes para el AG 2025, con sus topes en UVT y en pesos calculados con la UVT 2025 ($49.799), la cédula donde aplican y el impacto de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 sobre la nueva deducción por dependientes y el 1 % de compras con factura electrónica.
- ¿Cuál es el límite general de las deducciones AG 2025? El 40 % de la renta líquida en la cédula general, sin exceder 1.340 UVT ($66.730.660).
- ¿Qué cédulas permiten aplicar deducciones? Rentas de trabajo, capital y no laborales dentro de la cédula general; también en dividendos con reglas específicas.
- ¿Cuál es el tope de la deducción por intereses de vivienda? 1.200 UVT anuales ($59.758.800) según el artículo 119 del Estatuto Tributario.
¿Qué cédulas del formulario 210 permiten aplicar deducciones?
La declaración de renta de personas naturales opera bajo el sistema cedular. Según los artículos 335 y 336 del Estatuto Tributario, las deducciones especiales imputables se aplican dentro de la cédula general (rentas de trabajo, capital y no laborales) y en la cédula de dividendos con reglas específicas.
La cédula de pensiones no admite deducciones, solo la renta exenta de las 1.000 UVT mensuales del artículo 206 num. 5 del ET. Este es un error frecuente al llenar el formulario 210.
Te puede interesar nuestro artículo: Personas naturales obligadas a declarar renta.
¿Cuáles son las 9 deducciones aplicables a personas naturales por el AG 2025?
La siguiente tabla consolida las 9 deducciones especiales vigentes para el AG 2025 con su base normativa, la cédula donde aplican y el tope máximo en UVT y en pesos con la UVT 2025 ($49.799).
| # | Deducción | Norma | Cédula | Tope AG 2025 |
| 1 | Intereses sobre préstamos para adquisición de vivienda | Art. 119 ET | General (rentas de trabajo) | 1.200 UVT anuales ($59.758.800) |
| 2 | Intereses por préstamos educativos con el Icetex | Art. 119 ET | General (rentas de trabajo) | 100 UVT anuales ($4.979.900) |
| 3 | Pagos por medicina prepagada o pólizas de salud privadas | Art. 387 num. 1 ET | General (rentas de trabajo) | 16 UVT mensuales ($796.784) |
| 4 | Dependientes económicos (deducción tradicional) | Art. 387 num. 2 ET | General (rentas de trabajo) | 10 % del ingreso bruto, máx. 32 UVT mensuales ($1.593.568) |
| 5 | Aportes voluntarios a fondos de cesantías de independientes | Art. 126-1 ET | General (rentas de trabajo) | 2.500 UVT anuales o 1/12 del ingreso, lo menor |
| 6 | Nueva deducción por dependientes (Ley 2277) | Art. 336 num. 3 lit. c ET | General | 72 UVT por dependiente, hasta 4 dependientes (máx. 288 UVT = $14.342.112) |
| 7 | Deducción del 1 % de compras soportadas con factura electrónica | Art. 336 num. 5 ET | General | 240 UVT anuales ($11.951.760) |
| 8 | Gravamen a los movimientos financieros (GMF) | Art. 115 ET | General | 50 % del GMF certificado, sin requisito de causalidad |
| 9 | Costos y deducciones procedentes con relación de causalidad | Art. 336 num. 4 ET | General (rentas no laborales) | Sin tope específico si son procedentes; aplican al 40 % / 1.340 UVT |
Consulta también nuestro artículo: Rentas exentas en personas naturales, que complementa este análisis con los 20 conceptos de rentas exentas AG 2025 aplicables a la misma cédula general.
¿Cómo funciona la nueva deducción por dependientes de la Ley 2277 de 2022?
Este es el cambio más relevante para el AG 2025. El artículo 336 numeral 3 literal c) del Estatuto Tributario —adicionado por el artículo 7 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022— permite a las personas naturales deducir 72 UVT anuales por cada dependiente, con máximo de 4 dependientes (288 UVT = $14.342.112 en 2025).
A diferencia de la deducción tradicional del artículo 387, esta se resta directamente en la depuración cedular sin exigir soportes mensuales. Sin embargo, quedan sujetas al tope conjunto del 40 % / 1.340 UVT.
Profundiza en nuestro artículo: Deducción por dependientes en la declaración de renta AG 2025. Y si tu cliente tiene hijos de crianza, revisa también: ¿Pueden incluirse los hijos de crianza como dependientes económicos?.
¿Cómo se aplica la deducción del 1 % de compras con factura electrónica?
El artículo 336 numeral 5 del Estatuto Tributario —adicionado también por la Ley 2277 de 2022— permite deducir el 1 % del valor de las adquisiciones (bienes o servicios) soportadas con factura electrónica de venta, sin exceder 240 UVT anuales ($11.951.760 en 2025).
La factura debe estar expedida a nombre del contribuyente, con su NIT o cédula, y pagada por medios electrónicos. Los soportes de pago electrónico son el punto que la DIAN más audita en este beneficio.
Consulta sobre este tema en nuestro artículo: Facturas electrónicas para deducción en renta.
¿Cuánto puedes deducir por intereses de vivienda y préstamos Icetex?
Según el artículo 119 del Estatuto Tributario, los intereses pagados sobre préstamos para adquisición de vivienda del contribuyente son deducibles hasta 1.200 UVT anuales ($59.758.800 en 2025). Los intereses pagados al Icetex por créditos educativos del propio contribuyente o de sus dependientes se pueden deducir hasta 100 UVT anuales ($4.979.900).
Ambas deducciones exigen certificado de la entidad financiera o del Icetex y quedan sujetas al tope conjunto del 40 % / 1.340 UVT en la cédula general.
¿Cómo se depuran los pagos de medicina prepagada y salud complementaria?
El artículo 387 numeral 1 del Estatuto Tributario permite deducir los pagos por medicina prepagada o pólizas de salud voluntaria del contribuyente, cónyuge, hijos o dependientes, hasta 16 UVT mensuales ($796.784 en 2025) o 192 UVT anuales ($9.561.408).
Tip Alegra: los pagos a EPS del régimen contributivo obligatorio no cuentan aquí —esos son un aporte obligatorio, no una deducción especial. La deducción solo aplica a pólizas de salud privadas o medicina prepagada.
¿Es deducible el GMF (4 x 1.000)?
Sí. El artículo 115 del Estatuto Tributario permite deducir el 50 % del gravamen a los movimientos financieros pagado, sin requisito de que tenga relación de causalidad con la actividad productora de renta. Se soporta con certificado del banco.
¿Cuál es el límite conjunto de rentas exentas y deducciones en la cédula general?
Según el artículo 336 numeral 3 del Estatuto Tributario, la suma de rentas exentas y deducciones especiales imputables a la cédula general no puede exceder el 40 % de la renta líquida depurada ni 1.340 UVT anuales ($66.730.660 en el AG 2025). El que resulte menor.
Esto significa que aunque acumules deducciones por intereses de vivienda + medicina prepagada + dependientes + GMF, si la suma con las rentas exentas del artículo 206 supera las 1.340 UVT, el exceso no se acepta y se suma a la base gravable.
Tip Alegra: ordena las deducciones en un papel de trabajo con dos columnas (concepto vs. tope legal individual + tope conjunto). El tope conjunto es la razón #1 de correcciones por inexactitud en la cédula general.
¿En qué casillas del formulario 210 se declaran las deducciones AG 2025?
El formulario 210 AG 2025, regulado por la Resolución DIAN 000165 de noviembre 1 de 2024, ubica las deducciones así:
| Cédula | Concepto | Casilla F210 AG 2025 |
| General — rentas de trabajo | Deducciones imputables (intereses vivienda, salud, dependientes 387, GMF, aportes) | 39 |
| General — rentas de capital | Deducciones imputables (GMF, intereses) | 50 |
| General — rentas no laborales | Costos y deducciones procedentes | 62 |
| General | Total rentas exentas y deducciones limitadas (40 % / 1.340 UVT) | 68 |
| General | Nueva deducción por dependientes (Ley 2277) | Dentro de casilla 68 |
Verifica siempre la última versión del formulario 210 en la página de la DIAN.
¿Cómo Alegra Contabilidad te ayuda a controlar las deducciones en la declaración de renta?
Rastrear manualmente qué facturas electrónicas del año soportan el 1 %, cuánto acumulaste en medicina prepagada por cliente y cuánto GMF certificó cada banco puede consumirte días completos en agosto. Alegra Contabilidad te libera ese tiempo.
Con la contabilidad automatizada de Alegra puedes:
- Consolidar automáticamente las facturas electrónicas recibidas por cada cliente y calcular la base para el 1 % del artículo 336 num. 5 del ET.
- Emitir reportes de intereses de vivienda, medicina prepagada y GMF pagado en el año, listos para adjuntar al papel de trabajo.
- Cruzar los pagos electrónicos con los soportes exigidos por la DIAN para validar la deducibilidad de cada factura.
- Consultar con Alegra IA dudas específicas sobre topes UVT y aplicación cedular sin salir del software.
Esto no reemplaza tu criterio profesional, pero sí te quita el trabajo mecánico y te deja concentrarte en la planeación tributaria. ¡Realiza tu prueba gratuita por 15 días y descubre las funcionalidades que tenemos para ti!
Te puede interesar nuestra herramienta: Guía interactiva con IA: Declaración de renta personas naturales AG 2025, que te acompaña paso a paso en la depuración cedular y la aplicación de rentas exentas y deducciones.
Preguntas frecuentes sobre deducciones en renta de personas naturales AG 2025
Estas son las dudas más comunes que tienen los contadores al depurar deducciones especiales en la declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2025.
¿La deducción por dependientes del artículo 387 y la nueva de la Ley 2277 son compatibles?
Sí, pero suman al mismo tope conjunto del 40 % / 1.340 UVT. La del artículo 387 numeral 2 (10 % del ingreso, máx. 32 UVT mensuales) es tradicional; la del artículo 336 num. 3 lit. c) (72 UVT por dependiente, máx. 4) es nueva. Se aplican simultáneamente pero cuentan dentro del mismo límite general. Revisa quién califica como dependiente en nuestro artículo: ¿Quiénes pueden incluirse como dependientes en la declaración de renta?.
¿Los aportes obligatorios a salud y pensión son deducciones especiales?
No. Los aportes obligatorios a EPS y pensión no son deducciones especiales sino ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional (INCRNGO), según los artículos 55 y 56 del Estatuto Tributario. Se restan en la depuración previa, no dentro del tope del 40 % / 1.340 UVT.
¿Qué pasa si la suma de deducciones supera las 1.340 UVT en la cédula general?
El exceso se rechaza y se suma a la base gravable. Si ya se presentó la declaración, aplica corrección voluntaria con sanción reducida (art. 588 ET) o sanción por inexactitud del 100 % del mayor valor a pagar si la DIAN lo detecta primero.
Fuentes oficiales
Consulta las normas oficiales que sustentan este análisis:
- Congreso de la República de Colombia. (2022). Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 — Reforma Tributaria.
- Presidencia de la República de Colombia. (1989). Decreto 624 de marzo 30 de 1989 — Estatuto Tributario.
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. (2024). Resolución 000165 de noviembre 1 de 2024 — Formulario 210 AG 2025.
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. (2025). Comunicado de Prensa 128 de diciembre 26 de 2025 — Plazos calendario tributario 2026.
¿Has tenido casos donde el tope conjunto del 40 % / 1.340 UVT te obligó a priorizar entre deducciones? Cuéntanos en los comentarios cómo lo resolviste. No olvides que en la sección de impuestos de Siempre Al Día encontrarás más contenido para acompañarte durante el pico de renta AG 2025.
¿Contabilidad Siempre Al Día?
Si un asalariado declarante, como deduce los pagos por sueldos y prestaciones y aportes, de la persona que le hace las labores de su casa, como deduce estos gastos??
en que renglón y cedula los incorpora??
Hola, Pedro Rafael. Los pagos por sueldos, prestaciones sociales y aportes a seguridad social de la persona que realiza labores del hogar de un asalariado declarante no son deducibles de su declaración de renta. La razón: el artículo 107 del ET exige que los gastos sean necesarios y proporcionales para producir la renta, y los gastos personales del hogar no cumplen ese requisito.
Esos pagos solo serían deducibles si la persona declarante tiene actividad gravada (por ejemplo, un independiente que utiliza personal de servicio para apoyar su actividad económica con afectación directa a la renta), lo cual debe quedar plenamente acreditado. Para un asalariado puro, no hay un renglón donde reportarlos. Si el contribuyente tiene rentas no laborales y los gastos están vinculados a esa actividad económica, ahí sí podrían considerarse como costo o gasto deducible dentro de la cédula correspondiente, con todos los soportes documentales requeridos. ¡Saludos!
me toca presentar declaracion de renta 2023, puedo colocar como dependiente a mi abuela tiene 78 años y no tiene ingresos, a mi me toca responder por los gastos de ella
Hola Tatiana, gracias por estar al tanto de nuestros contenidos. Respecto a tu inquietud, el parágrafo 2 del artículo 387 del ET, define de forma específica las personas que se pueden llevar como dependientes económicos, siendo solamente aplicable el beneficio por hijos, cónyuge o compañer@ permanente, padres y hermanos, siempre que se cumplan cada una de las condiciones allí enunciadas.
una persona natural que declara iva, los gastos de servicios publicos o/u otros gastos para sus empleados y desarrollo de su actividad comercial puede deducir esos gastos en la declaracion de renta
¡Hola Juliana! Gracias por tu consulta. Según el artículo 107 del Estatuto Tributario, los gastos son deducibles en la declaración de renta siempre que sean necesarios, proporcionales y relacionados directamente con la actividad generadora de ingresos. Esto incluye los gastos de servicios públicos y otros gastos asociados al desarrollo de la actividad comercial, siempre y cuando estén debidamente soportados y relacionados con la generación de ingresos. En nuestro artículo sobre Deducción de servicios públicos en la declaración de renta, también proporcionamos más información sobre este tema.
Gracias por esta información detallada y clara. Felicidades para todo el equipo de trabajo.
Hola Flor ¡Muchas gracias por tu comentario! Nos alegra saber que la información te ha sido útil. En Siempre Al Día, trabajamos con dedicación para brindar contenido de calidad que apoye a la comunidad contable y empresarial. Tus palabras nos motivan a seguir mejorando.
EXELENTE TRABAJO FELICITACIONES ES DE GRAN AYUDA Y CONOCIMIENTO SIGAN PUBLICANDO ESOS TRABAJOS
Hola Luis ¡Nos alegra leer tu comentario! También nos motiva muchísimo saber que nuestro contenido te ayuda y aporta conocimiento. Todo lo que publicamos lo hacemos con el objetivo de apoyar a la comunidad contable, así que seguiremos trabajando para brindarte información actualizada y de valor. ¡Gracias por tu apoyo y por ser parte de la comunidad Siempre Al Día!
Buenas noches, gracias infinitas por su gran aporte. Una sobrina trabaja en un aeropuerto, le consignan el sueldo que gana( $ 3.500.000,oo) en un banco, además la empresa le consigna dinero para gastos del aeropuerto, ella pasa este dinero a Falabella, para disponer de él tanto el sueldo como el otro dinero lo que hizo que pasara de los topes para declarar renta llegando el aviso de la Dian que debe declarar por ingresos. Que hacer para separar estos dineros en el formulario 210 y este ve. Al pasarlo a Falabella aparece dinero doble.
Hola, Luz Mery. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Con relación a tu inquietud, en la declaración de renta solo deben registrarse como ingresos aquellos que correspondan realmente a ingresos propios de la persona. En cuanto a los valores consignados por la empresa, es importante revisar si dichos recursos fueron destinados a cubrir gastos directamente relacionados con ella (por ejemplo, comidas etc) y confirmar en el contrato cuál es la naturaleza de ese dinero, para determinar si realmente fue ingreso propio.
Es diferente cuando la empresa transfiere recursos para cubrir conceptos como nómina u obligaciones de la empresa hacia otras personas. En esos casos, se deben distinguir claramente los ingresos propios de los que no lo son, conservando siempre los soportes correspondientes de transferencias o pagos; para que en el momento en que la Dian pregunte a qué corresponde la diferencia entre los ingresos declarados y las consignaciones, se sepa identificar que esa diferencia correspondió a dineros para cubrir obligaciones externas a la persona. Te invitamos a explorar nuestro artículo: Presunción de ingresos por consignaciones bancarias en Colombia: ¿De qué se trata y sobre quién recae?
Buenas noches,
Mi pregunta es: si tengo un solo hij@ en la casilla 39 puedo deducir lo referente al 10% que me da en la casilla 32 de ingresos brutos, es decir, si alli aparecen 70.000.000 puedo deducir 7.000.000 y luego en la casilla 92 puedo volver a deducir lo correspondiente a 72 UVT no importa si es el mismo hij@?
Si yo trabajo cuales casillas debería utilizar solamente, gracias.
Hola Johann. ¡Gracias por leer nuestros contenidos y ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día! Respecto a tu inquietud, si recibes rentas de trabajo laborales puedes aplicar ambos beneficios de forma concurrente sobre el mismo dependiente. La subcédula que debes de utilizar si eres empleado residente en Colombia es la de rentas de trabajo (la primera subcédula). Recuerda que la deducción del artículo 387 del ET, está limitada a 384 UVT anuales. Te invitamos a profundizar sobre este tema en nuestro editorial: Deducción por dependientes en la declaración de renta: ¿Cómo funciona?.
Hola, por movimientos deblo declarar recibo pagos por datafono, me puedo deducir esa retennción que me hacen por esos pagos? la empresa me ertificó pero en la exogena no sale ese dato
Hola Mar. ¡Gracias por interactuar con nuestros contenidos! Respecto a tu consulta, las retenciones en la fuente que podrás imputar en tu declaración de renta deben estar soportadas; si cuentas con soporte de las mismas podrás incluirlas aun cuando no aparezcan en el reporte de exógena. Recuerda que este último es solo una guía. Te invitamos a profundizar sobre el tema en nuestro artículo: Información reportada por terceros a la Dian por el año gravable 2024: ¡Ya se encuentra disponible!
¿Cuál es el límite general de las deducciones de las personas naturales por el año gravable 2024?Las deducciones, con excepción de la deducción por dependientes mencionada en el numeral 3 del artículo 336 del ET y la deducción del 1 % por adquisiciones de bienes y servicios soportados con factura electrónica del numeral 5 del mismo artículo, no están sujetas al límite general establecido en el artículo 336 del ET.
Por favor revisen, creo que es un error involuntario de transcripción, decir que NO están sujetas al límite general establecido en el art. 336 E.T. Porque tengo entendido que todas las subcédulas de la cédula general: Rentas de trabajo, Rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral, Rentas de Capital y Rentas No Laborales, todas en su conjunto están sometidas al límite del 40%.
Hola, Omar. Gracias por hacer parte de la comunidad de Siempre Al Día. Hemos tenido en cuenta tu recomendación y estamos de acuerdo. Muchas gracias.
Buenas noches; el pago por planes de salud COMPLEMENTARIOS aplican como deducciones?
Hola Ivonn. ¡Gracias por leer nuestros contenidos! Con relación a tu consulta, de acuerdo con el artículo 387 del ET, los pagos por servicios de salud, como medicina prepagada o pólizas de seguro, realizados por el contribuyente son deducibles, independientemente de que los planes beneficien a su núcleo familiar. En el punto 3 de este artículo puedes encontrar las limitaciones aplicables a esta deducción. Recuerda que contamos además con un newsletter al cual puedes suscribirte de forma gratuita para recibir análisis sobre temas tributarios, contables y laborales.