Deducción del 1 % por compras soportadas con facturas electrónicas cuando el medio de pago fue registrado como efectivo
¿Un error en el medio de pago de la factura electrónica podría afectar la deducción del 1 %? La Dian aclaró cómo manejar esta situación si el pago registrado es en efectivo, pero se realizó por medios electrónicos.
¡Descubre qué dijo la entidad y cómo puedes asegurar la correcta aplicación del beneficio fiscal!
5 min de lectura

Índice
ToggleLa aplicación de la deducción del 1 % por compras con facturas electrónicas, en el impuesto de renta de personas naturales resulta ser una oportunidad valiosa para los contribuyentes (en el proyecto de reforma tributaria se pretende aumentar el porcentaje de beneficio); por lo que los contadores deben ser cuidadosos al revisar que el valor que llevan como beneficio en la declaración de renta por concepto de tales facturas, realmente cumpla con todos los requisitos establecidos en el numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario —ET—.
En la evaluación de dichos requisitos, muchos contribuyentes manifestaron que a pesar de haber pagado sus compras con medios de pago electrónicos, en el momento de la expedición de la factura electrónica por error esta fue emitida indicando como medio de pago “Efectivo”. Esto generó dudas sobre la procedencia de esta deducción dado que la Dian publicó un comunicado en el que alertó sobre la invalidez de tales facturas para efectos de la deducción.
Te puede interesar nuestro editorial: Facturación electrónica en Colombia: de la A a la Z.
Medio de pago aceptado para la deducción del 1 % por compras soportadas con facturas electrónicas
De acuerdo a lo expuesto en el numeral 5.3 del artículo 336 del ET, uno de los requisitos para la procedencia de la deducción es que la factura electrónica de venta se encuentre pagada a través de tarjeta débito/crédito o cualquier medio electrónico en el cual intervenga una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera o quien haga sus veces dentro del período gravable en el cual se solicita la deducción.
Con relación al tema, el 17 de julio de 2024 la Dian facilitó en su plataforma un reporte a través del cual se pueden observar las facturas electrónicas con validación previa que han sido emitidas a nombre de las personas naturales, los montos totales de notas de débito y crédito correspondientes al año gravable 2023 y los valores susceptibles del beneficio fiscal del numeral 5 del artículo 336 del ET que en todo caso deben ser verificados por los contribuyentes:
Como puede observarse, cuando el medio de pago registrado en el reporte es “Efectivo”, automáticamente se descarta el valor de esa factura como elegible para el beneficio fiscal. Sin embargo, puede suceder que la compra realmente se haya pagado a través de medios electrónicos, y debido a un error de automatización o de digitación, se haya dejado registrado erróneamente como “Efectivo” en la factura.
¿Qué sucede si el medio de pago que aparece en la factura es “Efectivo” pero en realidad fue a través de medios electrónicos?
En el Concepto 738 de 2024, la Dian aclaró que sí es posible aplicar la deducción del 1 %, siempre y cuando se pueda demostrar que el pago se realizó por medios electrónicos autorizados, como tarjetas débito, crédito o cualquier otro medio electrónico regulado por la Superintendencia Financiera.
Aunque la factura es el primer medio para verificar el tipo de pago, la entidad reconoció que pueden ocurrir errores de digitación. En estos casos, se permite corregir el error si el contribuyente puede aportar pruebas idóneas, como extractos bancarios o comprobantes de pago, que demuestren que el pago se realizó a través de medios electrónicos y no en efectivo.
La importancia de la libertad probatoria
La Dian destacó que el principio de libertad probatoria permite al contribuyente presentar cualquier medio de prueba válido que acredite el hecho de que el pago fue realizado electrónicamente, lo cual se ajusta tanto al artículo 165 del Código General del Proceso como al artículo 743 del ET. Estas pruebas adicionales pueden ser fundamentales para subsanar el error en la factura sin perder el beneficio fiscal.
Ejemplo práctico
Imagina que uno de tus clientes realiza una compra importante que cumple con los requisitos para la deducción del 1 %. Sin embargo, al revisar la factura, te das cuenta de que el pago aparece como “Efectivo”, aunque realmente se realizó con tarjeta de crédito. En este caso, el cliente no perdería el derecho a la deducción si puede demostrar mediante los documentos correspondientes (como extractos o recibos) que el pago fue electrónico.
Esta aclaración de la Dian es clave para asegurar que los contribuyentes no pierdan el beneficio por un simple error en la factura, siempre y cuando puedan demostrar la realidad del pago.
¡Descarga el Concepto 738 de 2024!
Facturas electrónicas sin errores
Los proveedores tecnológicos juegan un papel fundamental en la emisión de facturas electrónicas conforme a los requisitos legales establecidos. En muchos casos, se ha observado que algunos software contables, por defecto, registran el pago como “efectivo”, lo que puede generar inconvenientes para los contribuyentes al aplicar beneficios fiscales, como la deducción del 1 % por compras con medios electrónicos.
En Alegra, nos aseguramos de que las facturas electrónicas sean emitidas sin errores y con todos los requisitos normativos, permitiendo que al facturar a tus clientes, estos puedan acceder sin problemas a los beneficios fiscales, como la deducción del 1 %, sin preocuparse por errores en la información del medio de pago.
El correcto manejo de la emisión de facturas electrónicas es clave para que los clientes de tu comercio puedan acceder a los beneficios fiscales sin inconvenientes. ¿Has tenido que enfrentar problemas con la emisión de facturas electrónicas o conoces alguna situación similar? Te invitamos a compartir tus comentarios y reflexionar sobre este tema.
Además, sigue explorando nuestro portal Siempre Al Día para mantenerte informado sobre las últimas novedades en contabilidad y gestión fiscal. ¡Descubre más herramientas y tips que pueden ayudarte a optimizar tu práctica contable!