Corrección de pérdidas fiscales y firmeza de la declaración de renta: ¿cuál es el impacto?
¿Sabes cómo la corrección de pérdidas fiscales puede afectar el término de firmeza de las declaraciones de renta? En este artículo, te explicamos cómo, al eliminar las pérdidas fiscales y generar renta líquida, el término de firmeza ya no es de 5 años, impactando directamente los plazos para la fiscalización de la Dian.
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ToggleImagina que eres contador de un cliente que ha reportado pérdidas fiscales en su declaración de renta. En el proceso de corrección, se elimina esta pérdida y se genera una renta líquida gravable. ¿Qué sucede con el término de firmeza de esta declaración? Aquí es donde surgen varios aspectos a analizar, para entender cómo la corrección de las pérdidas fiscales afecta el plazo durante el cual la Dian puede realizar una auditoría.
Este artículo explicará cómo las correcciones fiscales impactan el término de firmeza, según la doctrina de la Dian contenida en el Concepto 22133-1151 de 2024. Además, veremos cómo puedes evitar errores comunes al corregir pérdidas fiscales.
¿Qué establece la doctrina de la Dian en el Concepto 22133-1151 de 2024?
El Concepto 22133-1151 de 2024 aclara dos problemas jurídicos importantes relacionados con las correcciones fiscales y el término de firmeza de las declaraciones de renta. Veamos las claves:
Problema Jurídico #1: Impacto de la corrección de pérdidas fiscales
Cuando un contribuyente presenta una corrección a su declaración de renta que elimina una pérdida fiscal y genera renta líquida gravable, la declaración corregida deja de estar sujeta al término especial de firmeza de cinco años (la doctrina comete una imprecisión al mencionar seis años). En cambio, pasa a estar sujeta al término general de firmeza de tres años, según lo dispuesto en el artículo 714 del Estatuto Tributario —ET—.
- Imprecisión en la doctrina:
El artículo 117 de la Ley 2010 de 2019 aclaró que el término de firmeza para las declaraciones de renta con pérdidas fiscales es de cinco años, no de seis. Por lo tanto, si la corrección elimina la pérdida y genera renta líquida gravable, el término de firmeza pasa de cinco años a tres años.
Tip Alegra: Este cambio en el término de firmeza puede afectar la auditoría de la declaración. Si se genera renta líquida, la Dian puede actuar dentro de un plazo más corto para realizar la auditoría. Si solo se ajustan pérdidas fiscales, el plazo de cinco años se mantiene.
Ejemplo práctico:
Supongamos que un contribuyente presentó su declaración de renta del 2023 el 26 de agosto de 2024 (fecha de vencimiento de la declaración) y reportó una pérdida fiscal de $5.000.000. El término de firmeza inicial sería de cinco años, hasta el 26 de agosto de 2029. Sin embargo, si el contribuyente presenta una corrección en diciembre de 2024, eliminando esa pérdida y generando renta líquida gravable, el término de firmeza de la declaración corregida se ajusta a tres años, es decir, hasta el 26 de agosto de 2027.
Problema Jurídico #2: Corrección durante un proceso de fiscalización
Si un contribuyente está siendo fiscalizado por la Dian bajo el término especial de firmeza de cinco años y presenta una corrección que elimina las pérdidas fiscales y genera renta líquida gravable, la corrección sustituye la declaración inicial para todos los efectos. En este caso, el término de firmeza se ajusta al plazo general de tres años.
- Impacto en la fiscalización:
Si la corrección se presenta después de que hayan pasado tres años desde la fecha de la declaración original, la Dian pierde competencia para continuar con la fiscalización, ya que la corrección estaría fuera del plazo de firmeza.
Interpretación de la conjunción «y» en el inciso 7° del artículo 147 del ET
La conjunción «y» en el inciso 7° del artículo 147 del ET implica que la declaración inicial y su corrección están vinculadas al mismo término de firmeza de cinco años siempre y cuando persistan las pérdidas fiscales. Si las pérdidas fiscales se eliminan, la corrección se desvincula y está sujeta al término general de tres años.
Ejemplo práctico:
Si en diciembre de 2024, un contribuyente presenta una corrección eliminando una pérdida fiscal en su declaración original de 2023, el término de firmeza se reduce a tres años. Esto implica que la Dian tiene hasta 2027 para fiscalizar la corrección. Si la fiscalización ya ha superado los tres años, la Dian no podrá seguir con el proceso.
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Conclusiones
La corrección de pérdidas fiscales puede afectar significativamente el término de firmeza de las declaraciones de renta. Si la corrección genera renta líquida gravable, el término de firmeza se ajusta a tres años, reduciendo el plazo de fiscalización de la Dian.
Una clave para evitar correcciones innecesarias
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